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Medio ambiente en el Estado de México

Medio ambiente en el Estado de México. DECRETO NUMERO 183. EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MEXICO ENRIQUE PEÑA NIETO (RUBRICA). EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO VICTOR HUMBERTO BENITEZ TREVIÑO (RUBRICA). DE LA EDUCACION Y CULTURA AMBIENTAL.

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Presentation Transcript


  1. Medio ambiente en el Estado de México

  2. DECRETO NUMERO 183 EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MEXICO ENRIQUE PEÑA NIETO (RUBRICA). EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO VICTOR HUMBERTO BENITEZ TREVIÑO (RUBRICA).

  3. DE LA EDUCACION Y CULTURA AMBIENTAL • Artículo 2.18. El Ejecutivo Estatal: incorporará en los diversos niveles, tipos y modalidades educativas contenidos ecológicos y ambientales teórico-prácticos en los programas de los ciclos educativos

  4. La concientización de la sociedad • Inclusión de contenidos ambientales teórico-prácticos en los programas de educación ambiental • La coordinación y el fomento de acciones de cultura ambiental en todo el Estado • La integración y ejecución de investigaciones científicas y sociales, además de programas para eldesarrollode técnicas y procedimientos que permitan prevenir, controlar y abatir la contaminación

  5. LA ACCION CIUDADANA • Artículo 1.8. Toda persona podrá presentar denuncia ante las autoridades correspondientes de • hechos, actos u omisiones que constituyan infracciones a las disposiciones del presente Código y su reglamentación. • Para dar curso a la acción ciudadana basta el señalamiento de los hechos que constituyan la causa de la denuncia. • Se reconoce el derecho de toda persona física o jurídica colectiva para ejercitar las acciones previstas por este Código.

  6. LA CONSERVACION, PRESERVACION, REHABILITACION Y RESTAURACION DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO • La Secretaría con el apoyo de otras dependencias y entidades estatales y municipales determinará las zonas y bienes estatales que requieran actividades de preservación, conservación, remediación, rehabilitación y restauración del equilibrio ecológico. • El Programa de Ordenamiento Ecológico del Territorio Estatal, • Los Programas de Ordenamiento Ecológico del Territorio Municipal • los Programas de Ordenamiento Ecológico Regionales del Territorio Estatal

  7. DE LAS SANCIONES • Artículo 6.91. Se considera como infractor a toda persona o autoridad que por hecho, acto u omisión directa, intencional o imprudencial o colaborando de cualquier forma induzca directa o indirectamente a alguien a infringir o violar las disposiciones del presente Libro, su Reglamento y demás ordenamientos jurídicos aplicables.

  8. Las infracciones Serán sancionadas, en su caso, con: • I. Amonestación. Multa de uno a ciento cincuenta días de salario mínimo vigente en el Estado contra quien por segunda ocasión realice alguna de las conductas descritas

  9. II. Multa. Multa de ciento cincuenta a mil días de salario mínimo vigente en el Estado por las violaciones a lo • dispuesto • III. Arresto . Arresto inconmutable de treinta y seis horas y multa de mil a dos mil quinientos días de salario • mínimo vigente en el Estado por violaciones a lo dispuesto

  10. Legislación ambiental del Estado de México

  11. La LVII legislatura del Estado de México es la encargada de crear y modificar las leyes que gobiernan el estado. Dentro de las leyes que se han aprobado y modificado se encuentras las siguientes: Código para la biodiversidad del Estado de México. Ley de agua del Estado de México.

  12. Código para la biodiversidad del Estado de México. Publicación: 3 de mayo de 2006. Ultima reforma aplicad: 6 de marzo de 2010 Ley de agua del Estado de México Publicación: 10 de marzo de 1999 Ultima reforma aplicad: 17 de agosto de 2009

  13. La ley de agua de del Estado de México fue presentada al la LIII legislatura del estado como iniciativa de ley el día 1 de septiembre de 1998. Código para la biodiversidad del Estado de México fue presentado a la LV legislatura del estado como iniciativa de ley por los diputados del grupo parlamentario del partido verde ecologista el día 13 de mayo de 2005 .

  14. SECRETARIA DEL MEDIO AMBIENTE DEL ESTADO DE MÉXICO

  15. Antecedentes Históricos • La Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, aprobada por el Congreso de la Unión en 1987, estableció líneas generales para lograr la coordinación interinstitucional de los tres ámbitos de gobierno en materia ecológica. • En este sentido, en el Estado de México fue necesario crear un organismo público para lograr la coordinación de los esfuerzos de la Administración Pública Estatal y Federal, orientados a la solución de los problemas ambientales a través de la concertación de acciones con los sectores social y privado. De esta manera, el 18 de febrero de 1988, mediante Acuerdo del Ejecutivo, se creó la Comisión Estatal de Ecología, como un órgano desconcentrado dependiente del Poder Ejecutivo.

  16. En el año 1991, la Legislatura Local aprobó la Ley de Protección al Ambiente para el Desarrollo Sustentable del Estado de México • A partir de 1995, la Secretaría de Ecología ha sido sujeta a diversos procesos de reestructuración, entre los que destaca el realizado en el año 2000, derivado del cual se reorientaron las funciones de las unidades administrativas sustantivas y se fortaleció la desconcentración territorial de esta dependencia. Posteriormente, en el año 2001 destaca la creación de la Subsecretaría de Prevención y Control de la Contaminación, con la finalidad de agrupar bajo una sola línea de mando, funciones afines y complementarias. • En mayo de 2004 nuevamente se modifica la estructura de organización de esta dependencia, derivado de la revisión de sus programas, lo que permitió contar con una estructura de organización con instancias de decisión más cercanas a los niveles operativos.

  17. Planeación Estratégica • Promover una alianza ambiental con todos los municipios, los sectores productivos, las instituciones académicas y las organizaciones ciudadanas estatales para consolidar la cultura de protección del medio ambiente, mediante la educación, capacitación y difusión de la política ambiental.

  18. PROGRAMAS DE CONSERVACIÓN, PREVENCIÓN, PRESERVACIÓN, PROTECCIÓN, REMEDIACIÓN Y RESTAURACIÓN DE LAS ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS Y ZONAS FORESTALES. • Fortalecer el control y vigilancia de las áreas naturales protegidas y las de alto valor ambiental, y establecer penas más estrictas para quien atente contra estos recursos. • Extender los programas de reforestación urbana y rural, estimulando económicamente acciones de protección y mantenimiento para garantizar su sobrevivencia; así como desarrollar viveros en las reservas ecológicas con especies nativas.

  19. Crear el Sistema Estatal de Áreas Naturales Protegidas. • Fortalecer la protección de las áreas naturales y los santuarios del agua, disminuyendo la tala clandestina, el cambio de uso del suelo y los incendios forestales. • Promover el desarrollo de una cultura para evitar prácticas que puedan producir incendios forestales, así como fortalecer las acciones para su prevención.

  20. APROVECHAMIENTO SUSTENTABLE DE LA VIDA SILVESTRE • Desarrollar la gestión ambiental con un enfoque ecosistémico.Generar campañas de difusión para la conservación de especies amenazadas y en peligro de extinción.Impulsar reformas legales para castigar con mayor rigor la tala clandestina, la contaminación ambiental, la cacería ilegal y el tráfico de animales y plantas endémicas.Vigilar el uso racional y responsable de pesticidas y fertilizantes, así como promover la agricultura orgánica y el uso de ecotecnias.

  21. PROGRAMAS CONTRA LA CONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA • Se cuenta con los Programas Aire Limpio (PROAIRE), tanto para el Valle de México, como para el Valle de Toluca; los cuales son programas de gestión de la calidad del aire en ambos valles, por lo que contemplan estrategias para la habilitación de medidas con las que se hace frente a la creciente emisión de contaminantes atmosféricos, pero bajo el consenso de los tres niveles de Gobierno, así como de los sectores académico, privado y social.

  22. Fortalecer la Comisión Metropolitana para la Prevención y Control de la Contaminación Atmosférica, y auspiciar otras instancias de coordinación ambiental interestatal. • Favorecer la reconversión tecnológica de la industria hacia el uso de tecnología limpia. • Instaurar una política que favorezca la instalación de equipos y sistemas de control que vigilen los límites de emisiones y el uso de combustibles limpios. • Incentivar la participación de empresas en programas ambientales.Fortalecer y modernizar los sistemas de verificación vehicular.Incentivar el transporte público masivo no contaminante.Fortalecer la normatividad que reglamenta el transporte concesionado en materia de contaminación del aire.

  23. MANEJO INTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOS • Vigilar que en los procesos de recolección, traslado, tratamiento y disposición final de los residuos sólidos urbanos, se cumplan con criterios de protección ambiental, con estricto respeto a la autonomía municipal. • Fortalecer en los programas educativos la cultura sobre el manejo adecuado de la basura y fomentar el sistema de separación para su aprovechamiento. • Impulsar tecnologías para el adecuado manejo, tratamiento, reciclaje, reutilización y disposición final de residuos sólidos urbanos y de manejo especial.

  24. Revisar, al menos dos veces al año, el cumplimiento a las condicionantes de los resolutivos de impacto ambiental, expedidas a los sitios de disposición final de residuos sólidos urbanos y de manejo especial.Apoyar proyectos de desarrollo científico y tecnológico para la gestión integral de los residuos sólidos urbanos y de manejo especial.

  25. REMEDIACIÓN Y RESTAURACIÓN DE SITIOS ALTERADOS • Promover el mercado de derechos y servicios ambientales. • Establecer zonas intermedias de amortiguamiento cuando existan actividades que afecten al medio ambiente. • Determinar, en labor conjunta con los municipios, las zonas y bienes estatales que requieran actividades de preservación, conservación, remediación, rehabilitación y restauración del equilibrio ecológico.

  26. MANEJO SUSTENTABLE DEL SUELO • Fomentar en los sectores productivos que realicen actividades de exploración o manejo de depósitos del subsuelo, el cumplimiento de la obligación de internalizar costos, restaurar el suelo y subsuelo afectados, reforestar y regenerar los entornos volcánicos, así como las estructuras geomorfológicas dañadas.Promover programas y acciones de conservación, protección y restauración de la calidad de los suelos mediante técnicas bioagroecológicas.

  27. DEFENSA DEL AGUA Y RESTAURACIÓN ECOLÓGICA DE LAS CUENCAS • Mantener como prioridad la defensa del recurso agua a través del fortalecimiento de los trabajos coordinados entre las secretarías del Medio Ambiente y del Agua y Obra Pública, así como del Programa Hidráulico Integral del Estado de México. • Planear el uso del agua a mediano y largo plazos, con recursos suficientes para cubrir las necesidades futuras. • Fortalecer las acciones para garantizar la disponibilidad de agua, frenar la degradación, sobreexplotación y contaminación de cuencas y acuíferos.

  28. Buscar la autosuficiencia financiera del sistema hidráulico de la entidad.Desarrollar un programa integral de restauración y protección de las cuencas hidrológicas.Promover los santuarios del agua y desarrollar sus planes de manejo.Monitorear la calidad del agua en los acuíferos, cuerpos de agua y corrientes.Fomentar actividades que utilicen el agua de forma racional y eficiente.

  29. CULTURA DEL AGUA • Fortalecer, en coordinación con los medios de comunicación, el sector académico y las distintas organizaciones de la sociedad civil, una cultura que inculque, desde la niñez, el ahorro, cuidado y uso racional del agua.Apoyar la investigación tecnológica para el aprovechamiento y reutilización del agua en los valles de México y Toluca.Capacitar a los usuarios del agua en la producción agrícola para reducir pérdidas en los sistemas y promover una mayor tecnificación en el riego.

  30. FUNCIONES • La Secretaría del Medio Ambiente es el órgano encargado de la formulación, ejecución y evaluación de la política estatal en materia ecológica; y le corresponde el despacho de los siguientes asuntos:- Aplicar y vigilar el cumplimiento de las disposiciones legales en materia de ecología y protección al ambiente atribuidas al Ejecutivo Estatal; - Formular, ejecutar y evaluar el Programa Estatal de Protección al Ambiente; - Emitir los lineamientos destinados a preservar y restaurar el equilibrio ecológico y proteger el ambiente;

  31. Convenir con los Gobierno Federal, de las Entidades Federativas y de los Municipios del Estado, así como con los particulares, la realización conjunta y coordinada de acciones de protección ambiental;- Establecer medidas y criterios para la prevención y control de residuos y emisiones generadas por fuentes contaminantes;- Establecer sistemas de verificación ambiental y monitoreo de contaminantes;- Implantar medidas y mecanismos para prevenir, restaurar y corregir la contaminación del aire, suelo, agua y del ambiente en general;- Difundir los programas y estrategias relacionadas con el equilibrio ecológico y la protección al ambiente;

  32. - Promover la educación y la participación comunitaria, social y privada, para la preservación y restauración de los recursos naturales y la protección al ambiente;- Aplicar la normatividad para el manejo y disposición final de los residuos industriales, así como para la construcción de los sistemas de tratamiento de aguas residuales;- Promover y ejecutar directamente o por terceros, la construcción y operación de instalaciones para el tratamiento de residuos industriales, desechos sólidos y tóxicos y aguas residuales;- Concesionar la construcción, administración, operación y conservación de las instalaciones a que se refiere la fracción anterior;- Promover, coordinar y participar en acciones de protección, conservación, reforestación, fomento y vigilancia de los recursos forestales en la Entidad;

  33. - Regular y promover la protección y preservación de los recursos de fauna y flora silvestres en territorio del Estado;- Declarar las áreas naturales protegidas de interés estatal;- Fomentar, ejecutar y en su caso, operar parques y áreas verdes;- Administrar, vigilar y controlar los parques naturales que tenga a su cargo;

  34. Organismos Auxiliares • Comisión Estatal de Parques Nacionales y de Fauna • Procuraduría de Protección del Ambiente del Estado de México • Recicla gua

  35. Verificentros

  36. AGENDA AMBIENTAL

  37. Nombre del EventoMesas académicas de la UNAM • Mesa 9 – Agua y la resolución de conflictos sociales. Coordina: CEIICH / Red del Agua UNAM. Ponentes por confirmar InformesContacto:Dr. Gian Carlo Delgado: giandelgado@ gmail.comTels: (0155) 5623 0028 y 5623 0030

  38. Nombre del EventoRECICLÓN ESTADO DE MÉXICO • Resposable del EventoSecretaría del Medio Ambiente/ Ayuntamiento de Metepec/ Programa de Simbiosis Industrial/Tecnológico de Monterrey Campus Toluca/ Coca Cola CIMSA/ Universidad Autónoma del Estado de México/Mega Cable/Fundación Tláloc/ Fundación Acacia/Recicla Electrónicos México/Plaza las AméricasInformesreciclon@smagem.net Tels: 2.75.62.10, 2.08.27.11 Puedes traer: • CPU`s . • Laptops. • Teclados y ratones. • Impresoras y copiadoras. • Video proyectores. • Celulares, Ipods y palms. • Faxes y Conmutadores. • Consolas de video juegos. • Reproductores de DVD, CD y MP3. • Tarjetas electrónicas. • Discos duros y unidades. • Decodificadores (Sky, DirecTV, megacables, etc.) • Equipos de red (Modems, Routers y Gateways)

  39. Nombre del EventoCONGRESO MUNDIAL JUVENIL SOBRE CAMBIO CLIMÁTICO MÉXICO 2010Resposable del EventoEl Gobierno del Estado de Nayarit; el Movimiento Internacional para el Recreo Científico y Técnico MILSET; el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología y el Consejo de Ciencia y Tecnología del Estado de Nayarit, a través de la RED Nacional de Actividades Juveniles en Ciencia y Tecnología, con el respaldo de la Universidad Popular Autónoma del Estado de Puebla, la Secretaría del Medio Ambiente del Estado de Nayarit; la Secretaría de Planeación del Estado de Nayarit y la Secretaría de Educación Media Superior, Superior e Investigación Científica y Tecnológica del Estado de Nayarit.Podrán participar niños y jóvenes mexicanos y extranjeros entre 7 y 28 años de edad. La participación será individual y consistirá en la presentación de una Propuesta Ambiental.Podrán inscribirse también como asistentes en el Congreso jóvenes estudiantes, profesores y público en general que no presenten alguna propuesta pero que deseen asistir al programa del evento.Los participantes se inscribirán con sus Propuestas a más tardar el día 21 de Mayo de 2010 enviando por correo electrónico el Formato de Registro Disponible en la página web del evento:http://www.wycc2010.net.Cuota de Recuperación $350 pesos por participante.La Cuota de Recuperación incluye constancia de asistencia y participación al evento, paquete de participante y la oportunidad de obtener un pase para representar a México en un evento internacional de ciencia y tecnología juvenil.InformesM.C. Roberto Hidalgo RivasUPAEP, 21 sur 1103, Col. Santiago, C.P. 72160, Puebla, Pue.Tel. (222) 2 29 94 00 Ext. 7595Fax: (222) 2 32 52 51e-mail: roberto.hidalgo@upaep.mxhttp://www.wycc2010.net

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