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Marco Regulatorio de las modalidades de manejo de los recursos forestales y de fauna silvestre

Marco Regulatorio de las modalidades de manejo de los recursos forestales y de fauna silvestre . Lima, mayo 2014. Marco Regulatorio Patrimonio Forestal Modalidades de Acceso Nueva Ley Forestal y de Fauna Silvestre. Contenido de la Presentación. Constitución Política

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Marco Regulatorio de las modalidades de manejo de los recursos forestales y de fauna silvestre

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Presentation Transcript


  1. Marco Regulatorio de las modalidades de manejo de los recursos forestales y de fauna silvestre Lima, mayo 2014

  2. Marco Regulatorio Patrimonio Forestal Modalidades de Acceso Nueva Ley Forestal y de Fauna Silvestre Contenido de la Presentación

  3. Constitución Política Ley Orgánica para el aprovechamiento sostenible de los RRNN, Ley 26821 Convención sobre el Comercio Internacional de Especie Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre. Ley general del ambiente, Ley 28611 Ley Forestal y de fauna silvestre, Ley Nº 27308 Ley Forestal y de Fauna Silvestre, Ley Nº 29763 Otros Marco Regulatorio

  4. Potencial Forestal POTENCIAL FORESTAL NACIONAL • 67.9 millones de ha de bosques (FRA 2010) • Costa 4.6% • Sierra 1.3 % • Selva 94.1% Tierras con aptitud para reforestación 10.5 millones de ha COSTA SELVA 0.5 millones ha SIERRA 2.5 millones ha 5% 7.5 millones ha 24% 71%

  5. Constitución Política del Perú • Elartículo 66° de nuestra Constitución establece que los recursos naturales, renovables y no renovables, son patrimonio de la Nación, siendo el Estado soberano en su aprovechamiento. • Asimismo, se dispone que por ley orgánica se fijan las condiciones de su utilización y de su otorgamiento a particulares.

  6. LFFS, LEY Nº 27308, y su Reglamento DS 014-2001-AG S O S T E N I B I L I D A D ZONIFICACION Y ORDENAMIENTO FORESTAL MODALIDADES DE ACCESO PARA EL APROVECHAMIENTO DE RECURSOS FORESTALES MODALIDADES PARA ACCESO A FLORA CONTROL Y SUPERVISION MODALIDADES DE ACCESO PARA EL APROVECHAMIENTO DE FAUNA SILVESTRE CONTROL Y SUPERVISION

  7. Recurso Forestal y de Fauna Silvestre

  8. MODALIDADES DE ACCESO

  9. Patrimonio Forestal Nacional

  10. Tipos de Concesiones Forestales

  11. Otorgamiento de Concesiones Forestales Maderables

  12. Otorgamiento de Concesiones Forestales Maderables

  13. Otorgamiento de Concesiones Forestales con Fines No Maderables

  14. Concesiones Forestales con Fines No Maderables

  15. Concesiones de forestación y/o reforestación

  16. Permisos y Autorizaciones

  17. Condiciones para el aprovechamiento forestal

  18. CON FINES COMERCIALES MODALIDADES DE ACCESO PARA APROVECHAMIENTO DE FAUNA • Áreas para manejo de fauna • Zoocriaderos • Zoológico • Centro de Rescate y Custodia Temporal CON FINES NO COMERCIALES

  19. No se requiere autorización para la extracción forestal con fines de autoconsumo, es decir, para el consumo directo y de la familia o de la comunidad en forma asociativa, sin destinar a la comercialización y/ o industrialización los productos extraídos. (Artículo 162º RLFFS) No se requiere autorización para la caza de subsistencia, es decir, aquella que se practica exclusivamente para el consumo directo del cazador y de su familia, integrantes de las comunidades nativas y campesinas. (Artículo 3.20 RLFFS) AUTOCONSUMO Y SUBSISTENCIA

  20. El MINAG, elabora y actualiza la clasificación oficial de especies de flora y fauna silvestre en función de su estado de conservación, a fin de establecer las necesidades de protección o restauración, así como la factibilidad de su aprovechamiento sostenible. D.S. 043-2006-AG (Flora) D.S. 004-2014-MINAGRI(Fauna) Clasificación de especies en función de su estado de conservación

  21. La exportación de los productos forestales y de fauna silvestre cuyo comercio se encuentre regulado por normas nacionales o tratados, convenios o acuerdos internacionales en los que el Perú es parte, debe ser autorizada por el MINAG De la Exportación

  22. El internamiento al país de productos forestales y de fauna silvestre de origen extranjero está sujeto al cumplimiento de las disposiciones de la legislación forestal y de sanidad agraria; a los compromisos internacionales del Perú sobre bioseguridad, fito y zoosanidad y comercio de productos de flora y fauna silvestre; y de las disposiciones tributarias y aduaneras vigentes. De la importación

  23. De los camélidos sudamericanos silvestres

  24. De los camélidos sudamericanos silvestres

  25. Gracias Yessenia Cadillo Rivera

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