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LEY 1369 DE 2009

LEY 1369 DE 2009 POR MEDIO DE LA CUAL SE ESTABLECE EL REGIMEN DE SERVICIOS POSTALES Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES. COMPARATIVO DE LA REGLAMENTACION PARA LA PRESTACION DEL SERVICIO POSTAL. DECRETO 229 DE FEBRERO 1 DE 1995. LEY 1369 DE DICIEMBRE 30 DE 2009. SERVICIOS POSTALES

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LEY 1369 DE 2009

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Presentation Transcript


  1. LEY 1369 DE 2009 POR MEDIO DE LA CUAL SE ESTABLECE EL REGIMEN DE SERVICIOS POSTALES Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES

  2. COMPARATIVO DE LA REGLAMENTACION PARA LA PRESTACION DEL SERVICIO POSTAL DECRETO 229 DE FEBRERO 1 DE 1995 LEY 1369 DE DICIEMBRE 30 DE 2009 SERVICIOS POSTALES Consisten en el desarrollo de las actividades de recepción, clasificación, transporte y entrega de objetos postales a través de redes postales, dentro del país o para envío hacia otros países o recepción desde el exterior. Son servicios postales, entre otros, los servicios de correo, los servicios postales de pago y los servicios de mensajería expresa SERVICIOS POSTALES Servicio público de recepción, clasificación y entrega de envíos de correspondencia y otros objetos postales. Comprenden la prestación del servicio de correos nacionales e internacionales y del servicio de mensajería especializada.

  3. Envíos de Correspondencia • Envíos Prioritarios o no prioritarios de correo hasta 2 Kilogramos • Encomienda • Servicio de correo telegráfico • Otros servicios de Correo • Correo Certificado • Apartados Postales • Ambos autorizados por Concesión mediante Contrato • Giros Postales y Telegráficos • Envíos de Correspondencia y Objetos Postales • Ambos autorizados por Concesión mediante contrato • Servicio Postal Independiente de las Redes Postales oficiales de Correo hasta dos (2) kilogramos de peso Servicio de Correo Servicios Postales de Pago Servicio de Correos Servicios Especiales y Financieros de Correos • Giros Nacionales • Giros Internacionales • Otros (UPU) COMPARATIVO DE LA REGLAMENTACION PARA LA PRESTACION DEL SERVICIO POSTAL - CLASIFICACION DECRETO 229 DE FEBRERO 1 DE 1995 LEY 1369 DE DICIEMBRE 30 DE 2009 Servicio de Mensajería Expresa Servicio de Mensajería Especializada Servicio de Mensajería Expresa de objetos postales hasta 5 Kg.

  4. SERVICIO DE CORREO Envíos Prioritarios Hasta 2 kg Envíos No Prioritarios Envíos de Correspondencia Entrega no urgente, de objetos postales, mercancías, paquetes o cualquier artículo de permitida circulación en el territorio nacional o internacional, con o sin valor declarado, hasta un peso de 30 Kg Encomienda Servicio de Correo Telegráfico

  5. SERVICIOS POSTALES DE PAGO Giros Nacionales: Servicio mediante el cual se ordenan pagos a personas naturales o jurídicas por cuenta de otras, en el territorio nacional, a través de una red postal. La modalidad de envío podrá ser entre otras, física o electrónica. Giros Internacionales. servicio prestado exclusivamente por el Operador Postal oficial o concesionario de Correo, mediante el cual se envía dinero a personas naturales o jurídicas por cuenta de otras, en el exterior. La modalidad de envío podrá ser, entre otras, física o electrónica.

  6. COMPARATIVO MENSAJERIA ESPECIALIZADA VS. MENSAJERIA EXPRESA LEY 1369 DE DICIEMBRE 30 DE 2009 Servicio postal urgente que exige la aplicación y adopción de características especiales para la recepción, recolección, clasificación, transporte y entrega de objetos postales hasta de 5 kilogramos. Este peso será reglamentado por la Comisión de Regulación de Comunicaciones. Rastreo. Es la posibilidad de hacer un seguimiento al curso del envío desde la recepción hasta la entrega. DECRETO 229 DE FEBRERO 1 DE 1995 Se entiende por servicio de mensajería especializada, la clase de servicio postal prestado con independencia de las redes postales oficiales del correo nacional e internacional, que exige la aplicación y adopción de características especiales, para la recepción, recolección y entrega personalizada de envíos de correspondencia y demás objetos postales, transportados vía superficie y/o aérea, en el ámbito nacional y en conexión con el exterior. El servicio de mensajería debe prestarse en condiciones normales con unos tiempos de entrega no superiores a: Veinticuatro (24) horas en servicio urbano. Cuarenta y ocho (48) horas en servicio nacional a cualquier lugar del país. Noventa y seis (96) horas en servicio internacional

  7. PROCESO DE MENSAJERIA ESPECIALIZADA RECEPCION RECOLECCION ENTREGA PERSONALIZADA

  8. PROCESO DE MENSAJERIA EXPRESA RECEPCION ENTREGA CLASIFICACION RECOLECCION TRANSPORTE

  9. AUTORIDADES DE REGULACIÓN, CONTROL Y VIGILANCIA • Conductas Desleales • Abuso de Posición Dominante • Practicas comerciales restrictivas Comisión de Regulación de Comunicaciones- CRC Promover y regular la libre y leal competencia para NO Regular los aspectos técnicos y Regular Fijar indicadores Poner en conocimiento de la SIC Requerir información Resolver las controversias que se susciten entre Operadores de Servicios Postales Establecer el modelo único para las pruebas de entrega • Tarifas • Protección al Usuario • Calidad de los Servicios • Solución de Controversias • Calidad • Cobertura • Eficiencia • Régimen de Competencia • Protección a usuarios

  10. AUTORIDADES DE REGULACIÓN, CONTROL Y VIGILANCIA Superintendencia de Industria y Comercio – SIC Autoridad Competente para hacer cumplir las normas de ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones Inspección vigilancia y control ComitE de Contacto Postal Aduanero Actualizar y elaborar normas necesarias para la eficiente intervención de la autoridad aduanera en materia de correspondencia y envíos nacionales e internacionales. • Libre Competencia • Competencia Desleal • Protección al Consumidor Solicitar información relativa a operaciones cambiarias Banco de La República • Investigaciones por infracciones al régimen cambiario • Control del lavado de activos y el financiamiento del terrorismo DIAN

  11. DERECHOS Y DEBERES DE LOS USUARIOS Inviolabilidad, Intimidad y Confidencialidad del Correo Igualdad de trato Divulgación de Reconocer y pagar Devolución de los objetos postales • Cobertura • Frecuencia • Tiempos de Entrega • Tarifas • Tramite de las Peticiones y Reclamaciones • Perdida • Expoliación • Avería • No entregados al Destinatario • Cambio de Dirección

  12. EXENCIONES DE RESPONSABILIDAD • Fuerza Mayor o Caso Fortuito • Incautación o Decomiso • Imprecisión en la Información • del Remitente respecto al Contenido • El Remitente no presenta reclamación • dentro de diez (10) días calendario • (Nacional) o seis (6) meses • (Internacional) contados a partir de • la Recepción del Operador • Cuando el Destinatario no presenta • reclamación por expoliación o avería • dentro de los cinco (5) días siguientes • al recibo del Objeto EXENCIONES DE RESPONSABILIDAD

  13. PETICIONES, RECLAMOS Y SOLICITUDES DE INDEMNIZACION • Quince (15) días hábiles siguientes al recibo • Recurso de Reposición • Subsidio de Apelación Autoridad Encargada • Diseñar un Procedimiento que no exceda treinta (30) días hábiles incluido el pago de la Indemnización a que haya lugar TRAMITE DEVOLUCION RETENCION DOCUMENTAL • El usuario a su elección podrá solicitar la entrega del objeto y estará en la obligación de devolver la indemnización que haya recibido del Operador Postal • El usuario podrá quedarse con la Indemnización y no reclamar el Objeto • Guías y documentos conservación hasta tres (3) años desde la fecha de expedición de los mismos • Destrucción siempre que por cualquier medio técnico adecuado se garantice su reproducción exacta.

  14. REGIMEN SANCIONATORIO INFRACCIONES POSTALES MUY GRAVES GRAVES LEVES

  15. INFRACCIONES MUY GRAVES • Violar la libertad y confidencialidad de los envíos postales • Haber sido sancionado administrativamente por la comisión de más de dos infracciones graves en un periodo de (2) años • Violación al régimen laboral en la contratación de trabajadores • Violación Régimen Cambiario • No tener Licencia y no inscribirse en el registro de operadores • Signos, rótulos, emblemas, anuncios, o impresos que induzcan a confusión • Negarse, obstruir o resistirse a ser inspeccionado • Liquidar contraprestación con ingresos inferiores a los reales

  16. INFRACCIONES GRAVES • No divulgar, en sitio visible en todos los puntos de atención al público, las condiciones de prestación de cada servicio postal • No divulgar, en la página Web de la empresa y/o en medio de comunicación escrito, las condiciones de prestación de cada servicio postal • No pagar oportunamente las contraprestaciones • La demora en facilitar la información requerida por el Ministerio • No atender las PQR de los clientes dentro de los 30 días calendarios siguientes a la recepción de la reclamación. • Haber sido sancionado administrativamente por la comisión de más de dos infracciones leves en un periodo de dos (2) años.

  17. INFRACCIONES LEVES • El incumplimiento por parte de los Operadores de servicios Postales de las condiciones de prestación de los servicios postales divulgadas por éstos ante sus clientes o usuarios SANCIONES • Caducidad del Contrato de Concesión al Operador Postal Oficial o Concesionario de Correo. • Cancelación del título habilitante para la prestación de servicios postales y su eliminación del Registro de Operadores Postales. • Multa que oscile entre sesenta (60) y doscientos (200) S.M.L.M.V Muy Graves Graves Leves Multa que oscile entre treinta (30) y sesenta (60) S.M.L.M.V Multa que oscile entre uno (1) salario y treinta (30) S.M.L.M.V

  18. GRACIAS

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