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PROCESO DE TRAMITE DE PENSIÓN

PROCESO DE TRAMITE DE PENSIÓN. Ana María Reyes Espinoza JEFA DEPARTAMENTO PRESTACIONES A.F.P. DIVISIÓN PRESTACIONES Y SEGUROS 9 de Julio de 2010. Proceso Pensión: Recepción de Solicitud y documentos.

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PROCESO DE TRAMITE DE PENSIÓN

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  1. PROCESO DE TRAMITE DE PENSIÓN Ana María Reyes Espinoza JEFA DEPARTAMENTO PRESTACIONES A.F.P. DIVISIÓN PRESTACIONES Y SEGUROS 9 de Julio de 2010

  2. Proceso Pensión: Recepción de Solicitud y documentos En una agencia o centro de servicio de la AFP, o efectúa la solicitud de pensión a través de la página web de la AFP, o en un Centro de Atención Previsional Integral (CAPRI), excepto si se trata de vejez anticipada o la remite a la AFP por correo. En este último caso debe adjuntar una fotocopia legalizada de la cédula nacional de identidad. El afiliado, mandatario o beneficiario suscribe la solicitud de Pensión de vejez, invalidez o sobrevivencia y entrega documentación El único documento necesario que debe aportar el Afiliado para solicitar la Pensión de Vejez Edad o invalidez es la Cédula de Identidad y el Poder Notarial a presentar, cuado se trate de Apoderado. En sobrevivencia se requiere además, el certificado de defunción. En pensión anticipada debe adjuntar además, los certificados de nacimiento y matrimonio del afiliado y de sus beneficiarios. . AFP Verifica identidad, respalda fecha de recepción y controla documentación Si se trata de solicitud de pensión de invalidez, la AFP deberá informar al afiliado la conveniencia de completar y entregar los formularios de protocolo de invalidez y del certificado de antecedentes de invalidez, lo cual es opcional y no le impide suscribir la solicitud. Si es Solicitud de Pensión de invalidez la AFP verifica que el afiliado no está pensionado, no es mayor de 65 años y no tiene en trámite otra solicitud de pensión de invalidez. Esto es, sin Dictamen ejecutoriado. De no ser así , rechaza la solicitud.

  3. Sistema Solicitudes Pensión y Reclamo (CAPRI)

  4. Proceso Pensión: Información al afiliado • Los requisitos que debe cumplir para acogerse al beneficio solicitado. • Ruta del trámite, estimación de los tiempos involucrados, todas las etapas del proceso indicando las acciones que el afiliado debe efectuar para obtener el beneficio Al recibir la solicitud de pensión la AFP Deberá, entre otros, informar al afiliado • Que la AFP le puede responder cualquier consulta que se refiera al beneficio solicitado. Que no necesita patrocinio de terceros, concurrir a cualquier agencia y utilizar sin costo los teléfonos consulta o sitio web, si fuere el caso . • Que debe declarar o actualizar la declaración de todos sus potenciales beneficiarios legales de pensión de sobrevivencia, describiendo la AFP cada uno de ellos. • Que en caso de tener un beneficiario inválido, debe declararlo como tal y solicitar a la brevedad su calificación de invalidez a la Comisión Médica Regional, correspondiente, a través de la AFP.

  5. Proceso Pensión: Información al afiliado • Que deberá someterse al procedimiento de consultas y ofertas de pensión antes de seleccionar modalidad de pensión. • Que sus datos, incluyendo los personales formarán parte de un Listado Público a menos que señale expresamente que no desea formar parte de dicho listado. Al recibir la solicitud de pensión la AFP deberá Informar al afiliado • Que deberá solicitar el traspaso de todos los Depósitos Convenidos que tengan en otras AFP y en Instituciones Autorizadas, y de las Cotizaciones Voluntarias y Depósitos de Ahorro Previsional voluntario y Depósito de Ahorro Previsional Voluntario Colectivo, que deseen destinar a pensión, en el formulario establecido para ello. A su vez, en el formulario “Destino de cotizaciones Voluntarias” deberá indicar el monto de las que se encuentren en su AFP y desea destinar a pensión. . • Que puede traspasar parte o todo los depósitos que registre en su cuenta de ahorro voluntario. De igual forma, una vez que se hayan pensionado. • A los que soliciten Excedente de Libre Disposición deberá informar el régimen tributario a afecta a dicho beneficio.

  6. Proceso de Pensión: Información al afiliado AFP le entregará folleto explicativo informando las diferencias entre los distintos tipos de Fondos en los que él podría mantener los recursos para pensionarse y la rentabilidad que ha obtenido cada Fondo, durante los últimos 12 y 36 meses. Al recibir la solicitud de pensión la AFP deberá entregar al solicitante información respecto de los Tipos de Fondos Los diferentes tipos de fondos deberán informarse como: Fondo A – Más riesgoso Fondo B – Riesgoso Fondo C – Intermedio Fondo D – Conservador Fondo E – Más conservador . La AFP informará al afiliado que puede en cualquier momento, desde el inicio de su tramite de pensión, solicitar cambio de tipo de fondos para sus saldos previsionales, no importando el resultado de su tramitación de pensión.

  7. Proceso de Pensión Invalidez: Información al afiliado Que al suscribir la solicitud de pensión está iniciando su trámite para pensionarse por invalidez y que una vez emitido el dictamen respectivo no podrá desistirse. Al recepcionar la solicitud de pensión de invalidez la AFP deberá informar al afiliado verbalmente y por escrito. El detalle del trámite completo de calificación de invalidez y sus posibles resultados. . Si el afiliado se encuentra por cumplir los 65 años, dentro de los próximos seis meses, la AFP deberá informarle que tiene derecho a suscribir la solicitud de pensión de invalidez conjuntamente con la solicitud de reevaluación, la cual solo tendrá efectos en el caso de declararse su invalidez parcial definitiva. Si no solicita conjuntamente la reevaluación y se declara su invalidez parcial, tendrá pensión transitoria por tres años y podrá solicitar su reevaluación, producto de la cual podrá adquirir derecho a una invalidez definitiva total o parcial..

  8. Proceso de Pensión: Emisión del Certificado de Saldo La AFP deberá emitir el certificado de saldo o la ficha de cálculo de Retiro Programado. En todos casos en que el saldo de la cuenta de capitalización individual destinado a pensión sea insuficiente para financiar una pensión igual o superior a la pensión básica solidaria se deberá emitir la ficha de cálculo de Retiro Programado y pagar las pensiones de acuerdo a dicha modalidad. En caso contrario, se deberá emitir el certificado de saldo. Simultáneamente se deberá notificar de su emisión al afiliado y remitir al SCOMP el certificado electrónico de saldo y la información de retiros programados .

  9. SCOMPSISTEMA DE CONSULTAS Y OFERTAS DE PENSIÓN • SISTEMA INTERCONECTADO ENTRE : • COMPAÑÍAS DE SEGUROS DE VIDA • AFP’s • ASESORES Y ENTIDADES DE ASESORIA PREVISIONAL El SCOMP es responsabilidad de las AFP’s y Compañías de Seguros • OBJETIVO • ENTREGAR INFORMACIÓN DE LAS OFERTAS DE RENTA VITALICIA Y DE LOS MONTOS DEL RETIRO PROGRAMADO EN FORMA • CLARA • COMPARABLE

  10. SCOMP • Sus funciones son: • Recibir y transmitir las solicitudes de montos de pensión • Recibir y transmitir las ofertas de RV • Informar al afiliado, los montos mensuales de RV y RP • Efectuar los remates que soliciten los consultantes

  11. SCOMP • Cuenta con mecanismos de: • Confidencialidad: información sólo conocida por el destinatario. • Integridad: información no puede ser alterada durante la transmisión.   • Autenticación: el destinatario puede verificar la identidad del emisor. • No repudio: el emisor no puede negar su autoría y contenido. • Control de acceso: sólo pueden tener acceso los autorizados.

  12. SCOMP • Las Administradoras al tramitar una pensión, deben remitir: • la información necesaria para que las Cías puedan cotizar “Certificado electrónico de Saldo” • los montos de Retiro Programado y su proyección • Vigencia 35 días INFORMACION DESDE LAS AFP

  13. SCOMP CONSULTA AL SISTEMA • El afiliado puede ingresar al Sistema a través de una AFP, Cía o Asesor. • En cada consulta puede solicitar: • Retiro Programado • Renta Vitalicia Inmediata Simple • Renta Vitalicia Inmediata con condiciones especiales de cobertura • Renta Temporal con Renta Vitalicia Diferida Simple • Renta Temporal con Renta Vitalicia Diferida con condiciones especiales de cobertura • Renta Vitalicia Inmediata con Retiro Programado • El número de consultas permitido por vigencia del certificado de saldo es tres.

  14. SCOMP TRANSMISION DE LA CONSULTA A LAS CÍAS • El Sistema debe transmitir la Consulta a todas las Cías en forma inmediata conjuntamente con el certificado electrónico de saldo • Previamente debe asignarle un número único de consulta que no permita identificar al consultante ni al partícipe.

  15. SCOMP OFERTAS • Las Cías tendrán un plazo máximo único de 2 días hábiles para ofertar • Las ofertas se efectuarán en base a una comisión de 2,0% • La vigencia de las ofertas será de 15 días

  16. SCOMP RESULTADO • El resultado se informará a través del Certificado de Ofertas. • Dicho certificado lo emite el Sistema y lo remite por correo al afiliado y electrónicamente al partícipe y Administradora de origen • El certificado se emitirá a los dos días hábiles siguientes de ingresada la consulta • Contendrá la información de Retiro Programado y de las ofertas de RV recibidas

  17. SCOMP • Recibido el Certificado de Ofertas, el consultante puede. • Solicitar una nueva Consulta • Solicitar ofertas externas • Optar por cualquiera de las modalidades de pensión • Solicitar un remate • Desistirse ALTERNATIVAS DEL CONSULTANTE

  18. SCOMP REMATE • Se solicita en la Administradora • Los consultantes deberán seleccionar: • Al menos tres compañías que le hayan formulado ofertas que se encuentren vigentes en el Sistema, para un mismo tipo de renta vitalicia y condiciones de cobertura. • Fijar la postura mínima, que no podrá ser inferior al monto de la mayor de las ofertas de pensión bruta o netas vigentes efectuadas en el Sistema, por las Compañías seleccionadas

  19. SCOMP SELECCION • La aceptación de una oferta se efectuará en la Administradora de origen. • Será responsabilidad de la Administradora verificar: • Que el consultante efectuó al menos una consulta en el Sistema. • La vigencia de la oferta aceptada. • En caso de oferta externa, que esta sea mayor que la oferta efectuadas en el Sistema, por la Compañía seleccionada

  20. SELECCIÓN MODALIDAD DE PENSION

  21. SCOMP Certificado de saldo, montos de retiro programado y proyección Certificado de Saldo SCOMP A.F.P. CONSULTA Aceptar una oferta del Sistema. AFP, CIA, Asesor Aceptar una oferta externa. ? Solicitar remate Certificado de ofertas Desistirse Solicitud Anónima Oferta 2,0% Ofertas Externas CÍA.

  22. www.spensiones.cl verificación asesor vigente

  23. AAA (Mejor) AA A BBB (Inferior) 0,86 U.F. $ 18.075

  24. 13,76 U.F. > MAYORES PENSIONES MAS COMPETENCIA MAS SEGURIDAD

  25. COSTOS POR ASESORÍA LEY 20.255, TÍTULO XVII, DEL 17/03/2008 • MONTO MÁXIMO • 2% -------- 60 U.F. • Vigencia desde el 01/10/2008 30 J.O.G.

  26. COSTOS POR ASESORÍA • ARTÍCULO 61 BIS y 179, D.L. N° 3.500, D.S. N° 1207 24/09/2008 • SELECCIÓN MODALIDAD: • RV: 2,0% 60 UF • RP: 1,2% 36 UF • CAMBIO MODALIDAD: • RV: 2,0% - % AP 60 UF – UF AP 31 J.O.G.

  27. EJEMPLO • Asesor Previsional • Afiliado Selecciona R.P. ¿Cuánto paga de comisión? • Saldo Total = 5.000 UF • CR uf. = 5.000 x 1,2% = 60 UF • = 36 UF • CR % = 36 x 100 = 0,72% • 5.000 • Afiliado Cambia Modalidad(R.V.) ¿Cuánto paga de comisión? • Saldo = 4.000 UF • CR % = (2,0%-0,72%) = 1,28% • CR uf = 4.000 x 1,28% = 51,2 UF • (60 – 36) = 24 UF 32 J.O.G.

  28. I.3

  29. II.1

  30. VI.5.b

  31. VII.1.b VII.1.c

  32. VIII.5.a

  33. VIII.5.a

  34. VIII.1.a

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