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Gestión de Solicitudes: Ley N° 20.285

Gestión de Solicitudes: Ley N° 20.285. Ley Nº 20.285 y Gestión de Solicitudes. www.probidadytransparencia.gov.cl. Principio de Transparencia de la Función Pública.

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Gestión de Solicitudes: Ley N° 20.285

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Presentation Transcript


  1. Gestión de Solicitudes: Ley N° 20.285

  2. Ley Nº 20.285 y Gestión de Solicitudes www.probidadytransparencia.gov.cl

  3. Principio de Transparencia de la Función Pública • El principio de transparencia de la función pública consiste en respetar y cautelar la publicidad de los actos, resoluciones, procedimientos y documentos de la administración, así como la de sus fundamentos, y en facilitar el acceso de cualquier persona a esa información, a través de los medios y procedimientos que al efecto establezca la ley Principio de Transparencia de la Función Pública .01 Comisión de Probidad y Transparencia

  4. Principios más Relevantes • El derecho de acceso a la información reconoce los siguientes principios: • Libertad de información • Facilitación • No discriminación • Oportunidad • Control • Responsabilidad • Divisibilidad • Máxima divulgación Principios más Relevantes .02 Comisión de Probidad y Transparencia

  5. Derecho de Acceso a la Información Pública La Ley N° 20.285 consagra el derecho de toda persona a solicitar y recibir información de cualquier órgano de la administración del Estado A fin de garantizar este derecho y evitar las sanciones asociadas a su incumplimiento, resulta necesario que cada servicio cuente con un procedimiento para la recepción y procesamiento de solicitudes, es decir, con una eficiente Gestión de Solicitudes Derecho de Acceso a la Información Pública .03 Comisión de Probidad y Transparencia

  6. Recomendaciones de la Comisión www.probidadytransparencia.gov.cl

  7. Gestión de la Solicitud La gestión de solicitudes se refiere al conjunto de actividades y herramientas que permiten a un servicio recibir, derivar, procesar, monitorear y dar respuesta a las solicitudes presentadas por la ciudadanía Cada servicio puede utilizar la metodología que mejor se adapte a sus necesidades y características No obstante, la Comisión de Probidad y Transparencia ha elaborado un conjunto de orientaciones y herramientas que pueden ser utilizadas para facilitar el diseño e implementación de sus procedimientos para: Recepción Procesamiento Respuesta Gestión de la Solicitud .04 Comisión de Probidad y Transparencia

  8. Esquema del Procedimiento de Gestión de Solicitudes 1° Fase 2° Fase 3° Fase Recepción Procesamiento Respuesta Requisitos de fondo Tipificación Costos Admisibilidad Formalidades Competencia Entrega Ingreso Disponibilidad Valoración Esquema del Procedimiento de Gestión de Solicitudes .05 Comisión de Probidad y Transparencia

  9. Fase 1: Recepción www.probidadytransparencia.gov.cl

  10. Si la solicitud es tipificada como acceso a la información pública, el funcionario deberá proveer del formulario “Solicitud de Acceso a Información Pública” y seguir el procedimiento que se describe a continuación Tipificación del Requerimiento Tipificación de la solicitud En este punto, se deberá identificar el tipo de acción que la persona desea realizar en el órgano o servicio Si la solicitud no es de acceso a la información pública, deberá gestionarse mediante los procedimientos establecidos dentro del órgano o servicio Tipificación del Requerimiento .06 Comisión de Probidad y Transparencia

  11. Formalidad: Contenido de la Solicitud IDENTIFICACIÓN DEL SOLICITANTE (OBLIGATORIO) Nombre Apellidos Dirección del solicitante y de su apoderado en su caso Identificación clara que se requiere Firma del solicitante estampada por cualquier medio habilitado (Firma electrónica simple) 6. Órgano administrativo a quien se dirige INFORMACIÓN RELEVANTE Fecha de recepción Folio (número de identificación) Medio de notificación y recepción de la información INFORMACIÓN ESTADÍSTICA (OPCIONAL) Nivel educacional Ocupación Nacionalidad Rut Otros Formalidad: Contenido de la Solicitud .07 Comisión de Probidad y Transparencia

  12. Ingreso de Solicitudes Las solicitudes podrán ser formuladas por Vía presencial El solicitante acude a las oficinas con la intención de realizar una petición de acceso a la información pública. Esta petición puede realizarse mediante un formulario o por cualquier medio escrito, siempre que cuente con los datos obligatorios Ingreso de Solicitudes .08 Comisión de Probidad y Transparencia

  13. .09 Comisión de Probidad y Transparencia

  14. .10 Comisión de Probidad y Transparencia

  15. Ingreso de Solicitudes Vía sitios electrónicos Ingreso de Solicitudes .11 Comisión de Probidad y Transparencia

  16. Registro Registro .12 Comisión de Probidad y Transparencia

  17. Registro Registro .13 Comisión de Probidad y Transparencia

  18. Formulario Electrónico de Solicitud Formulario Electrónico de Solicitud .14 Comisión de Probidad y Transparencia

  19. Formulario Electrónico de Solicitud Formulario Electrónico de Solicitud .15 Comisión de Probidad y Transparencia

  20. Formulario Electrónico de Solicitud Formulario Electrónico de Solicitud .16 Comisión de Probidad y Transparencia

  21. Formulario Electrónico de Solicitud Formulario Electrónico de Solicitud .17 Comisión de Probidad y Transparencia

  22. Sistema de Gestión de Solicitudes - Funcionarios Panel de Solicitudes Sistema de Gestión de Solicitudes - Funcionarios .18 Comisión de Probidad y Transparencia

  23. Sistema de Gestión de Solicitudes - Encargado Información de la Solicitud Sistema de Gestión de Solicitudes - Encargado .19 Comisión de Probidad y Transparencia

  24. Fase 2: Procesamiento www.probidadytransparencia.gov.cl

  25. Requisitos de Fondo Admisibilidad: La solicitud de acceso a la información será admitida a trámite si en ella se identifica claramente la información solicitada y el órgano al que se dirige, acompañada de la identificación del solicitante y su firma NO Solicitud presentada ¿Es admisible? Notificar al solicitante SI Disponibilidad del documento Subsanar la falta Requisitos de Fondo .20 Comisión de Probidad y Transparencia

  26. Requisitos de Fondo SI Solicitud presentada ¿Órgano competente? Disponibilidad Órgano competente: Aquel que posee la información solicitada o que es competente para responder la solicitud NO Derivar al órgano o autoridad competente Notificar al requirente Requisitos de Fondo .21 Comisión de Probidad y Transparencia

  27. Disponibilidad • Son objetos de una solicitud de acceso a la información pública, sólo actos y documentos que estén en poder de la administración • En caso contrario se debe cumplir con la ley notificando al solicitante de la imposibilidad de dar respuesta a su solicitud Disponibilidad .22 Comisión de Probidad y Transparencia

  28. Valoración Una vez encontrada la información solicitada, se deberá determinar si es un documento sujeto a calificación de secreto o reserva, o si afecta a un tercero Información afecta a terceros Se debe notificar al tercero involucrado en un plazo de 2 días hábiles, mediante carta certificada El tercero involucrado podrá oponerse a la entrega de la información en un plazo de 3 días hábiles desde la notificación La oposición requiere expresión de causa Información secreta o reservada Se deniega la entrega del o los documentos, total o parcialmente Valoración .23 Comisión de Probidad y Transparencia

  29. Resumen Fase de Procesamiento ¿Es información reservada? ¿Afecta a tercero? ¿Solicitud de transparencia? ¿Corresponde a este servicio? SI NO NO SI Búsqueda de información NO NO SI Notifica al tercero ! Solicitud denegada(Reserva o Secreto) Solicitud denegada Solicitud derivada NO SEOPONE SE OPONE .24 Comisión de Probidad y Transparencia

  30. Fase 3: Entrega www.probidadytransparencia.gov.cl

  31. Reproducción de la Información Entrega de información SI NO Medios de reproducción ¿Implica costos? NO SI Notificación otros medios disponibles Solicitud finalizada por no pago ! ! SI Cobrar costos NO Reproducción de la Información .25 Comisión de Probidad y Transparencia

  32. Entrega de la Información La información solicitada se entregará en la forma y por el medio que el requirente haya señalado, siempre que ello no importe un costo excesivo o un gasto no previsto en el presupuesto institucional, casos en que la entrega se hará en la forma y a través de los medios disponibles Retiro en oficina Mediante correo electrónico Entrega de la Información .26 Comisión de Probidad y Transparencia

  33. Notificaciones www.probidadytransparencia.gov.cl

  34. Notificación Notificación .27 Comisión de Probidad y Transparencia

  35. Síntesis Orientar a todas las personas que requieran presentar una solicitud de acceso a la información pública Gestionar las solicitudes de acceso a la información pública, conforme a la ley Responder oportunamente a las solicitudes requeridas Síntesis .28 Comisión de Probidad y Transparencia

  36. Equipo Técnico de Gestión de Solicitudes Comisión de Probidad y Transparencia El Equipo Técnico de Gestión de Solicitudes de la Comisión de Probidad y Transparencia entregará apoyo permanente: Encargado: Leonardo Sandoval E-mail: gestiondesolicitudes@minsegpres.gov.cl .29 Comisión de Probidad y Transparencia

  37. www.probidadytransparencia.gov.cl

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