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Integración Económica Europea

Integración Económica Europea . Obj .: comprender la importancia de la integración europea. Antecedentes.

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Integración Económica Europea

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  1. Integración Económica Europea Obj.: comprender la importancia de la integración europea.

  2. Antecedentes • Para los europeos los debates de la guerra fría y el desarrollo motivaron la necesidad de fortalecer una identidad propia capaz de competir con la preponderancia internacional de EE.UU. , surgió entonces la idea de crear los “Estados Unidos de Europa”, lo que se comenzó a concretar desde la II° mitad del S. XX. • Pacto de Bruselas o BENELUX(1948): agrupaba a Bélgica, los países bajos y Luxemburgo en una unión aduanera común. • Organización para la Cooperación Económica Europea (OECA) 1948, su objetivo era administrar los recursos de ayuda norteamericanos después de la Guerra.

  3. Consejo de Europa(1949), cuyas funciones apuntaban a la creación de un marco ampliado de representación. • Confederación Europea del Carbón y del Acero (CECA), 1951, integarada por Francia, Alemania Federal, Italia y los países del benelux. • Tratado de Roma (1957) mediante el cual se creó la Comunidad Económica Europea (CEE) integrada por países del CECA, surgió como una “tercera vía” distinta a la URSS y EE.UU., el tratado buscaba alcanzar la unión aduanera, la fijación de un arancel exterior común, facilitar la libre circulación de mercancias, capitales y personas, y el desarrollo de políticas e instituciones comunes, luego se incorporarán: Dinamarca, G. Bretaña, Irlanda, Grecia, Portugal, España, y tras la caída del muro de Berlín, Suecia, Finlandia y Austria.

  4. Hacía la década de 1980 la CEE entró en crisis producto de que la mayoría de los puntos del Tratado de Roma no se habían cumplido, de hecho, solo la unión aduanera se había concretado. Muchos países eran reticentes a la unión monetaria y política, mientras la población europea sentía desconfianza ante instituciones supranacionales. • Para solucionar esto se debió impulsar la integración para lo cual se crea el Acta Única Europea (1987) con el cual se establecía la concreción del mercado interno sin fronteras para 1992; sentando las bases para una política exterior común que mejoró el sistema de toma de decisiones. • Tratado de Maastricht (1992): se crea la Unión Europea con los cuales se cumplen nuevos objetivos: -Espacio económico interior: libre circulación -promoción del crecimiento y desarrollo: nivel similar y sustentabilidad -Unión monetaria: euro (13 de 27 países) conforman la Eurozona -Identidad europea en contexto internacional: política exterior y seguridad común. -Ciudadanía europea: los mismos derechos para todo los ciudadanos de la UE. Parlamento Europeo: representa a ciudadanos de los pueblos de Europa

  5. Doc. Nº1 Art. Nº2 Tratado de Maastricht La Unión tendrá los siguientes objetivos: — promover el progreso económico y social y un alto nivel de empleo y conseguir un desarrollo equilibrado y sostenible, principalmente mediante la creación de un espacio sin fronteras interiores, el fortalecimiento de la cohesión económica y social y el establecimiento de una unión económica y monetaria que implicará, en su momento, una moneda única, conforme a las disposiciones del presente Tratado, — afirmar su identidad en el ámbito internacional, en particular mediante la realización de una política exterior y de seguridad común que incluya la definición progresiva de una política de defensa común que podría conducir a una defensa común, de conformidad con las disposiciones del artículo 17, — reforzar la protección de los derechos e intereses de los nacionales de sus Estados miembros, mediante la creación de una ciudadanía de la Unión, — mantener y desarrollar la Unión como un espacio de libertad, seguridad y justicia, en el que esté garantizada la libre circulación de personas conjuntamente con medidas adecuadas respecto al control de las fronteras exteriores, el asilo, la inmigración y la prevención y la lucha contra la delincuencia, — mantener íntegramente el acervo comunitario y desarrollarlo con el fin de examinar la medida en que las políticas y formas de cooperación establecidas en el presente Tratado deben ser revisadas, para asegurar la eficacia de los mecanismos e instituciones comunitarios. Los objetivos de la Unión se alcanzarán conforme a las disposiciones del presente Tratado, en las condiciones y según los ritmos previstos y en el respeto del principio de subsidiariedad tal y como se define en el artículo 5 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.

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