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PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL. ¿CÓMO PRESENTAR UN PLAN DE VIVIENDA PARA BENEFICIARSE DEL SUBSIDIO FAMILIAR DE VIVIENDA DE INTERES SOCIAL URBANA?. CONCURSO DE ESFUERZO TERRITORIAL. ¿QUÉ ES EL CONCURSO DE ESFUERZO TERRITORIAL? .

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PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL

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  1. PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICAMINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL

  2. ¿CÓMO PRESENTAR UN PLAN DE VIVIENDA PARA BENEFICIARSE DEL SUBSIDIO FAMILIAR DE VIVIENDA DE INTERES SOCIAL URBANA? CONCURSO DE ESFUERZO TERRITORIAL

  3. ¿QUÉ ES EL CONCURSO DE ESFUERZO TERRITORIAL? • Es el mecanismo por el cual el Gobierno Nacional ofrece recursos del subsidio familiar de vivienda de interés social urbana que, complementados con los recursos del municipio de departamento, benefician a las familias de más bajos ingresos del país.

  4. ¿CÓMO PARTICIPAR? • Los entes territoriales deberán presentar proyectos o planes de Vivienda ante Findeter, para que los municipios de un mismo departamento compitan por la asignación de los subsidios

  5. ¿CON QUÉ RECURSOS CUENTA EL PROGRAMA? • PRESUPUESTO NACIONAL De los recursos destinados al subsidio familiar de vivienda urbana, el 40% serán asignados al Concurso de Esfuerzo Territorial (CET) • ENTES TERRITORIALES Los municipios y/o departamentos deberán aportar recursos complementarios. • HOGARES Podrán realizar aportes de acuerdo a sus capacidades, para acceder a soluciones de vivienda tipo 1

  6. ¿QUIÉNES PARTICIPAN? • Entes territoriales: departamentos y/o municipios calificados en las categorías 3,4,5 y 6. • Hogares: con ingresos hasta de 2 salarios mínimos legales mensuales. • ONG’s: mediante el aporte de asesoría y recursos complementarios. • Gestores: encargados de organizar y gestionar los planes de vivienda.

  7. ¿CÓMO FORMULAR UN PLAN DE VIVIENDA PARA EL C.E.T?RESOLUCIÓN 610(Mayo 25 de 2004) • De acuerdo con la necesidad de vivienda de cada municipio, el ente territorial elaborará planes de vivienda para favorecer los hogares de más bajos ingresos, desplazados, soldados campesinos y damnificados por desastres naturales o por actos terroristas. • Los planes de vivienda deberán cumplir con todos los requisitos legales, técnicos y financieros de acuerdo con la Resolución 610 del 25 de mayo de 2004, para obtener la certificación de elegibilidad y poder calificar al CET.

  8. CÓMO FORMULAR UN PLAN DE VIVIENDA PARA EL C.E.T • Las soluciones de vivienda podrán ser para construcción en sitio propio, mejoramiento o adquisición de vivienda. • El oferente del plan de vivienda debe ser una entidad de orden municipal o departamental quien podrá celebrar un convenio de asociación, cumpliendo con la normatividad vigente. • Findeter es la entidad encargada de expedir la certificación de elegibilidad (30 días calendario)

  9. CONDICIONES BÁSICAS DEL PLAN DE VIVIENDA • Plan de Ordenamiento Territorial (POT) adoptado por el municipio. • Estar conformado por mínimo 5 soluciones de vivienda (aplican restricciones).

  10. ASPECTOS LEGALES • Certificado de representación legal • Conformación de convenios de asociación • Experiencia del oferente del plan • Certificado de tradición y libertad del lote

  11. ASPECTOS TÉCNICOS • Diseño arquitectónico ajustado a normas • Planos y licencia de urbanismo y/o construcción • Disponibilidad de servicios públicos (energía eléctrica, acueducto y alcantarillado) • Estudios de suelos

  12. ASPECTOS FINANCIEROS • Fuentes de financiación • Proyecto de costos • Consistencia de los datos • Presupuesto general y análisis de precios unitarios • Valor del lote (avalúos y escritura)

  13. PROCESO DE ELEGIBILIDAD • Findeter tiene plazo de 30 días calendario para expedir el certificado de elegibilidad. • Si el proyecto no cumple con los requisitos exigidos, se solicitará al oferente para que realice los ajustes necesarios para la certificación. El tiempo máximo para los ajustes es de 90 días. • Una vez revisados los ajustes al plan de vivienda, Findeter podrá realizar una visita de verificación en el terreno. • Si el plan de vivienda cumple con los requisitos exigidos, Findeter expedirá el certificado de elegibilidad. • Si el plan no cumple con los requisitos exigidos, Findeter declarará la no elegibilidad del mismo. • La vigencia del certificado de elegibilidad será igual a la vigencia de la licencia de urbanismo y/o construcción del plan de vivienda.

  14. CALIFICACIÓN DE PLANES DE VIVIENDA Para efectos de la calificación de los proyectos, el ente territorial deberá presentar ante FINDETER • Copia de la ordenanza o del acuerdo de presupuesto • Copia del acto administrativo de asignación del subsidio.

  15. CRITERIOS DE CALIFICACIÓN • Menor requerimiento del Subsidio Familiar de Vivienda (SFV) • Mayor esfuerzo territorial • Mejor relación tamaño-precio • Lotes urbanizados • Mejor relación de zonas verdes y equipamiento • Población localizada en zonas de riesgo no mitigable, desplazada o soldados campesinos.

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