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SENCICO. - DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO -. LA NUEVA LEY N° 26850 DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO - TEXTO ÚNICO ORDENADO - Y SU REGLAMENTO APROBADO POR D.S. N° 083 y 084-2004-PCM. Registro Nacional de Proveedores. SENCICO. - DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO -.

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  1. SENCICO - DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO - LA NUEVA LEY N° 26850 DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO - TEXTO ÚNICO ORDENADO - Y SU REGLAMENTO APROBADO POR D.S. N° 083 y 084-2004-PCM

  2. Registro Nacional de Proveedores

  3. SENCICO - DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO - • IMPORTANCIA DEL REGISTRO NACIONAL DE PROVEEDORES: • (RNP) • Constituye un elemento de apoyo para las entidades públicas en la toma de decisiones de adquisiciones y contrataciones. • Facilitará la identificación y validación de los proveedores. • Simplificará la presentación de documentos por parte de los proveedores • IMPEDIDOS DE ACCEDER AL RNP • Proveedores con sanción vigente • Personas jurídicas cuyos socios o titulares formen o hayan formado parte de personas jurídicas sancionadas administrativamente, siempre que su participación sea superior al 5% del capital social y la sanción este vigente. • Personas naturales que hayan sido o sean socios o titulares de personas jurídicas sancionadas.

  4. SENCICO - DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO - • CERTIFICADO DE INSCRIPCION • Evaluado y Aprobado, CONSUCODE emite un Certificado de Inscripción con un plazo de vigencia de un (01) año. • En el Primer año de operaciones del RNP la inscripción será de aprobación automática • Vigencia provisional de dos años para los ejecutores y consultores inscritos • Validación del Certificado de Inscripción a través de la página Web de CONSUCODE • CONSTANCIA DE NO ENCONTRASE INHABILITADO • Obligatoria para la suscripción del contrato • Excepción: Adjudicaciones de menor cuantía • Vigencia: 30 días calendario • Validación a través de la página Web de CONSUCODE

  5. Requisitos Generales para la inscripción BIENES SERVICIOS EJECUTORES CONSULTORES LEGALMENTE CAPACITADAS PARA CONTRATAR CAPACIDAD TECNICA EJECUTORES

  6. SOLVENCIA ECONOMICA Requisitos Generales para la inscripción BIENES EJECUTORES CONSULTORES BIENES SERVICIOS EJECUTORES CONSULTORES ORGANIZACIÓN SUFICIENTE

  7. Certificado de Inscripción • En el primer año de operaciones del RNP la inscripción será de aprobación automática. • Vigencia provisional de dos años para los ejecutores y consultores inscritos. • Validación del Certificado de Inscripción a través de la página web de CONSUCODE. Emite un Certificado de Inscripción Evaluado y Aprobado Un año de vigencia

  8. Flujograma del Procedimiento Registral 7 DÍAS HÁBILES SOLICITUD APROBADA 30 DÍAS CALEND. OBSERVADA SUBSANA APROBADA NO SUBSANA RECURSO DE RECONSIDERACIÓN 15 DÍAS HÁBILES NO APROBADA RECURSO DE APELACIÓN

  9. Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado

  10. SENCICO - DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO - • SE@CE • SISTEMA ELECTRONICO DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES DEL ESTADO • DEFINICION: (Art. 66° Ley) • El Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (SEACE), es el sistema electrónico que permite el intercambio de información y difusión sobre las adquisiciones y contrataciones del Estado, así como la realización de transacciones electrónicas. • FUNCIONALIDAD • A los proveedores • Informarse de los procesos de selección convocados por las entidades • Participar electrónicamente en los procesos de selección. (implementación) • A las Entidades del Estado • Registrar información sobre el Plan Anual, Procesos de Selección y sus Contratos • Recibir con toda seguridad documentos enviados por los postores en forma electrónica (en etapa de implementación en CONSUCODE)

  11. SENCICO - DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO - • FUNCIONALIDAD • A las Entidades de Control y Supervisión • Realizar control y seguimiento oportuno de los procesos de selección • A la Ciudadanía en General • Tener acceso a la información relacionada con la contratación pública • VALIDEZ DE ACTOS (Art. 69° Ley) • Los actos realizados por medio del SEACE que cumplan con las disposiciones jurídicas vigentes poseen la misma validez y eficacia jurídica que los actos realizados por medios manuales pudiéndolos sustituir para todos los efectos legales • OBLIGATORIEDAD • - Las Entidades Estatales están obligadas a utilizar el SEACE (Art. 67° Ley) • La Entidad obligatoriamente publicará el aviso de convocatoria y las bases del proceso de Selección en el SEACE (Art. 308 Reglamento) • El Comité Especial no puede continuar con el proceso si no ha cumplido con publicar las bases integradas a través del SEACE, bajo sanción de nulidad y sin perjuicio de las responsabilidades a que hubiera lugar (Art. 118° Reglamento)

  12. SENCICO - DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO - • OBLIGATORIEDAD (Excepción) • (Segunda Disposición Transitoria del Reglamento) • En el caso de las Entidades que no tengan acceso a Internet: • - La convocatoria de LP, CP y ADP se realizarán mediante publicación de aviso en un diario de circulación nacional o local. Las ADS y AMC se convocarán mediante invitación • Las notificaciones se efectuarán mediante comunicación escrita, salvo el otorgamiento de la Buena Pro, realizado en acto público. • REGLAS DE PARTICIPACION (Art. 310 Reglamento) • Las Entidades deben indicar en el aviso de Convocatoria y las Bases: • Forma, medio y lugar de cancelación de los derechos de participación • Señalar si aceptará participación de proveedores a través del SEACE (presentación de consultas, observaciones y propuestas). • COEXISTENCIA • Aunque los proveedores dispongan de acceso al SEACE para dar seguimiento y obtener información de los procesos de selección en que participen, siempre podrán tomar la opción de acudir a participar físicamente a los distintos actos públicos que se lleven a cabo relacionados con el proceso de selección

  13. SENCICO - DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO - • REGIMEN DE NOTIFICACIONES (Art. 87° Reglamento) • - Todos los Actos realizados dentro de los procesos de selección se entenderán notificados a partir del día siguiente de su publicación en el SEACE • A solicitud del participante, se le notificará personalmente en la sede de la Entidad o la dirección de correo electrónico que consigne al momento de registrase como participante. • Es responsabilidad del participante el permanente seguimiento del respectivo proceso a través del SEACE y de la revisión de su correo electrónico. • INFORMACION QUE SE REGISTRA EN EL SEACE • Plan Anual • Prepublicación de las Bases • Convocatorias • Formulación y absolución de consultas a las Bases • Formulación y absolución de observaciones a las Bases • Pronunciamientos del CONSUCODE a las observaciones • Bases integradas • Actas de Propuestas Técnicas presentadas • Otorgamiento de la Buena Pro • Consentimiento de la Buena Pro • Resumen de Contratos • Resoluciones o acuerdos de aprueban las exoneraciones • Prórrogas o Postergaciones • Declaración de Desierto • Cancelación del Proceso de Selección • Resultados de Convenios Marco • Resoluciones del Tribunal

  14. SENCICO - DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO - • CONCLUSIONES • Portal Web con toda la información sobre la contratación pública • Cada Entidad decide si acepta participación electrónica (lo indica en convocatoria) • Cada Proveedor decide si participa vía Web o se apersona físicamente. • Las Entidades están obligadas a REGISTRAR LA INFORMACION de TODOS LOS PROCESOS DE SELECCIÓN MAYORES A 1 UIT • Se reemplaza la Publicación en Diario por la publicación en el SEACE. • Todos los actos realizados dentro de los procesos de selección se entenderán notificados a partir del día siguiente de su publicación en el SEACE • INFORMACION ADICIONAL • Manuales de Usuario y Normativa en: • www.seace.gob.pe • www.consucode.gob.pe

  15. Tipos de usuario en el SEACE (*) Acceso libre y gratuito

  16. Participación de la Entidad Pública Programación y Actos Preparatorios Selección Ejecución Contractual • Plan Anual • Convocatoria. • Pliego de absolución de consultas • Pliego de absoluciónobservaciones • Bases Integradas • Presentación de propuestas • Cuadro comparativo • Buena Pro • Consentimiento • Contrato

  17. Participación del Proveedor Programación y Actos Preparatorios Ejecución Contractual Selección • Consulta del Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones de las entidades • Consulta de Procesos de selección y los documentos asociados • Participación en los procesos de selección que acepten participación electrónica • Consulta de la información de los contratos registrados.

  18. Registro de Convocatoria 2 1 Revisa, descarga las bases y acepta participación electrónica 3 Envío de consultas Registro de Absolución de consultas 4 5 Revisa de Absolución de consultas 6 Envío de observaciones Registro de Absolución de Observ. 7 8 Revisa Absolución de obs. Registro de Bases integradas 9 10 Revisa bases integradas Envío de Propuesta Electrónica 11 15 19 14 12 Acta de propuestas presentadas Registro de Buena Pro consentida Registro de P.T. aprobadas Registro de propuestas presenciales Apertura de propuestas técnicas (PT) electrónicas Apertura de propuestas económicas electrónicas 16 13 18 Registro del Acta del Resultado del Proceso y Cuadro Comparativo 17 Consulta de resultados del proceso Participación Electrónica

  19. Plan Anual deAdquisiciones y Contrataciones

  20. SENCICO - DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO - • PLAN ANUAL DE ADQUISICONES Y CONTRATACIONES • MARCO LEGAL • Normativa Presupuestaria • Normativa de Adquisiciones y Contrataciones Pública • Otras normas • FASES DE LAS ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES • Programación • Selección • Ejecución Contractual • PLANIFICACION DE NECESIDADES • Plan Estratégico Institucional • Plan Operativo • Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) • Plan nual de Adquisiciones y Contrataciones

  21. Planificación de Necesidades PESEM PDRC PDLC Plan Estratégico Institucional

  22. Planificación de Necesidades Plan Estratégico Institucional Plan Operativo Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones Presupuesto Institucional de Apertura

  23. Diferencias • P I A • INGRESOS • GASTOS • 1. REMUNERACIONES • 2. OBLIGACIONES PREVISIONALES • 3. BIENES Y SERVICIOS • 4. OTROS GASTOS CORRIENTES • 5. INVERSIONES • 6. INVERSIONES FINANCIERAS • 7. OTROS GASTOS DE CAPITAL • 8. INTERESES Y CARGA DE LA DEUDA • 9. AMORTIZACIÓN DE LA DEUDA PAAC 3, 5 y 7

  24. SENCICO - DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO - • MODIFICACION DEL PAAC • Reprogramación de la asignación presupuestal o de metas institucionales • - Incluir o Excluir procesos • - Valor Estimado varíe en +/- 25% y cambie tipo de proceso. • Aprobación formal • Comunicación: • - CONSUCODE: SEACE • - Local y Web de la Entidad • REMISION DE LA INFORMACION AL CONSUCODE • Vía Web: SEACE • Por Excepción: Medios magnéticos. Sólo Entidades autorizadas por CONSUCODE • PROCEDIMIENTO DE REGISTRO DE LA INFORMACION A SEACE • Solicitar designación de USUARIO • Descargar formato del portal de CONSUCODE • Publicar PAAC en SEACE

  25. Elaboración y Difusión del Plan Anual Segundo Momento (30 Días naturales después) Aprobación de PIA Aprobación Plan Anual APROBACION Consolidación en cuadro de necesidades SEACE Difundir Dentro de los 5 días hábiles de aprobado Primer Momento LOCAL Y WEB DE LA ENTIDAD Usuarios definen requerimientos

  26. Errores Frecuentes (1) • Publicación del instrumento aprobatorio del PAAC fuera de plazo. • No publicó instrumento aprobatorio en SEACE. • Aprobación en “vías de regularización”. • No informó modificación a CONSUCODE. • No publica en la Web de la Entidad. • Informó modificación electrónicamente fuera de plazo.

  27. Errores Frecuentes (2) • No incluye procesos de otros regímenes. • No precisa si se trata de procesos años anteriores. • Se incurre en fraccionamiento. • No se determina bien el objeto y tipo del proceso de selección. • El funcionario designado como usuario no cumple con su responsabilidad de mantener actualizado su PAAC.

  28. Expediente del Proceso (Actos Preparatorios)

  29. SENCICO - DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO - • EXPEDIENTE DEL PROCESO • (Actos Preparatorios) • DEFINICION • Constituye una etapa de actuaciones de la fase de planificación y programación, previa al desarrollo del proceso de selección, que se inicia con la decisión de adquiriri o contratar • FINALIDAD • Contar con la base técnica, económica y selectiva que le permita a la Entidad obtener una oferta idónea, con la calidad requerida o mejorada y a un costo o precio adecuado. • CONTENIDO • Inicio del expediente de contratación (Área Usuaria) • Aprobación del mismo (Autoridad competente) • Elaboración de Bases (Comité Especial o Dependencia Encargada)

  30. SENCICO - DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO - • EXPEDIENTE DE CONTRATACION • CONCEPTO • Documento que contiene todas las actuaciones referidas a la adquisición o contratación, desde la decisión de adquirir o contratar hasta la culminación del contrato. • CONTENIDO EN SU PRIMERA FASE • Características técnicas y cantidad • Valor referencial • Disponibilidad presupuestal • FORMACION DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACION • Requerimiento del área usuaria • Definición de las Características Técnicas y Valor Referencial a través de: • - Estudio de Mercado: Licitaciones y Concursos Públicos • - Indagaciones: Adjudicaciones Directas y Adjudicaciones de Menor Cuantía

  31. SENCICO - DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO - • ESTUDIO DE MERCADO • Investigación y análisis previo de las condiciones del mercado, mediante la obtención de documentos técnicos, publicaciones, investigaciones de campo, etc. Que permiten identificar y/o mejorar las características de lo requerido, conocer el mercado proveedor a través del volumen y monto ofertado. • INDAGACIONES • Averiguaciones previas realizadas mediante cotizaciones, compras recientes y similares al objeto del proceso, información solicitada a otras Entidades, etc. • CARACTERISTICAS TECNICAS • Definición: • Descripción precisa de las características fundamentales de los bienes, servicios u obras objeto del proceso de selección. • Devienes en las Especificaciones Técnicas o Términos de Referencia • No constituyen factores de evaluación • A tener en cuenta en su elaboración • Congruentes, proporcionales y razonables en función al mercado. • Responder a la función y operatividad requerida por el área usuaria • Cumplir con las normas nacionales aprobadas por las autoridades competentes • NO hacer referencia a marcas, diseños, etc., salvo procesos de estandarización.

  32. SENCICO - DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO - • VALOR REFERENCIAL • Determinado sobre los precios de mercado • Incluye los tributos, seguros, transporte y otros que incidan en valor total. • Define el tipo de proceso de selección • Antigüedad no mayor a dos meses de la convocatoria • En obras, consta en el Expediente Técnico • Cada item tiene su propio valor referencial • TIPO DE PROCESO DE SELECCIÓN – PROHIBICIONES • Según art. 14° de la Ley y art. 77° del Reglamento. • Prohibición de fraccionamiento • No se debe dividir una adquisición o contratación para dar lugar al cambio del tipo de proceso de selección • Ejemplos: • LP = ADP + ADP • ADP = ADS + AMC • ADS = AMC + AMC + AMC

  33. SENCICO - DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO - • NO SE CONSIDERA FRACCIONAMIENTO • Procesos por tramos, lotes, paquetes o etapas por razones de presupuesto o financiamiento. • Mismo proveedor con objeto contractual distinto o bajo distintas circunstancias • Propiciar participación de MYPES en sectores competitivos declarados por D.S. • OTROS ELEMENTOS DEL EXPDIENTE: • SISTEMA Y MODALIDAD DE CONTRATACION: • SISTEMA: • Suma Alzada monto fijo integral • Precios Unitarios monto según lo ejecutado • OTROS ELEMENTOS DEL EXPEDIENTE • MODALIDADES: • Modalidades de Selección: • - Subasta Inversa • - Convenio Marco de Precios • Modalidades de ejecución contractual • - Por su financiamiento • - Por el alcance del Contrato

  34. SENCICO - DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO - • ADEMAS DEBE CONTENER • Disponibilidad Presupuestal • En Obras: • - Declaración de viabilidad • - Expediente Técnico • - Disponibilidad de terreno. • APROBACION DEL EXPEDIENTE • Cada Entidad determina procedimientos y plazos para su elaboración y aprobación. • Será aprobado por el funcionario competente de acuerdo a sus normas de organización interna. • Una vez aprobado, es entregado al Comité Especial para la elaboración de las bases. • CONCLUSIONES: • El expediente de contratación aprobado es requisito para convocar a proceso de selección, bajo sanción de nulidad • Los estudios de mercado o indagaciones fundamentan las características del requerimiento y su valor referencial • La falta de estudio de mercado / indagaciones puede sobrevenir en observaciones y posterior causal de nulidad.

  35. Comité Especial

  36. SENCICO - DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO - • COMITÉ ESPECIAL • DEFINICION Y AMBITO • Órgano colegiado encargado de la organización, conducción y ejecución del proceso de selección, desde la elaboración de Bases hasta que la Buena Pro quede consentida o administrativamente firme • PRINCIPIOS DE ACTUACION DEL COMITÉ ESPECIAL • Colegialidad • Especialidad • Solidaridad • Autonomía • Confidencialidad • DESIGNACION Y FORMALIZACION • El Titular o la Máxima Autoridad lo designará (facultad delegable) • Características: • - En función a las personas • - Puede ser para mas de un proceso • - Por escrito • La Entidad entregará al Comité Especial el expediente de la contratación con la información técnica y económica

  37. SENCICO - DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO - • IMPEDIMIENTOS • Titular o la Máxima Autoridad • Funcionarios: Control y fiscalización • Funcionarios que aprobaron el expediente, Bases, Comité Especial y apelaciones • Funcionarios, servidores o expertos independientes sancionados. • CONFORME AL ALCANCE DEL ENCARGO, EL COMITÉ ESPECIAL PUEDE SER: • COMITÉ ESPECIAL: Para cada proceso de selección, se da cualquier tipo de proceso, salvo menor cuantía (opcional) • COMITÉ ESPECIAL PERMANENTE: Para varios procesos de selección; solo esta permitido en las Adjudicaciones Directas y las de Menor Cuantía. • ¿CUANDO NO ES NECESARIO CONFORMAR COMITÉ ESPECIAL? • En los procesos de menor cuantía (opcional) • En las contrataciones exoneradas • En las Compras Corporativas • CONFORMACION DEL COMITÉ ESPECIAL • I: PARA PROCESOS DE SELECCIÓN EN GENERAL • Deberá estar conformado por 3 ó 5 miembros • Condiciones mínimas • - Un integrante deberá pertenecer a la dependencia encargada de las contrataciones • - Un integrante del área usuaria • NOTA: Un de los miembros deberá tener conocimiento técnico sobre el objeto de la convocatoria.

  38. SENCICO - DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO - • CONFORMACION DEL COMITÉ ESPECIAL • II: PARA MODALIDADES ESPECIALES DE SELECCIÓN: • Subasta Inversa: Integrada por 02 miembros; uno dirigirá la subasta y el otro asumirá las funciones de secretario • Convenio Marco de Precios: Integrada por 03 o 05 miembros, donde 01 como mínimo, deberá ser representante de la sociedad civil. • Compras Corporativas: facultativas: según el acuerdo de las partes, puede se de 03 a 05 miembros. • FUNCIONES DEL COMITÉ ESPECIAL • Elabora las Bases • Convoca al proceso • Absuelve consultas y observaciones • Evalúa propuestas • Otorga la Buena Pro • Declara Desierto • Consulta o propone las modificaciones de características técnicas o del valor referencial • Otros actos necesarios.

  39. SENCICO - DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO - • COMITÉ ESPECIAL: NO ES COMPETENTE PARA MODIFICAR: • Cantidad, plano o dimensión de bien, servicio u obra • Características y especificaciones • Valor referencial • Financiamiento • Tipo de proceso. • QUE PUEDE MODIFICAR EL COMITÉ ESPECIAL • Factores de Evaluación (Sólo por consultas y observaciones) • Condiciones de las Bases que no constituyan requerimientos mínimos • Puede realizar acciones de fiscalización, sin paralizar el proceso de selección. • PARTICIPACION • SUPLENTES: Sustituye al titular en caso de su ausencia. SI el titular ha sido reemplazado, éste, ya no podrá reincorporase. • EXPERTO INDEPENDIENTE: Personas jurídicas o naturales, especialistas en el objeto de la convocatoria que integran o asesoran al Comité Especial no necesitan estar inscritos en el RNP y se contratan vía menor cuantía.

  40. SENCICO - DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO - • QUORUM PARA SESIONAR Y PARA ADOPTAR LOS ACUERDOS • Para procesos en general: • Para sesionar: Todos • Para adoptar Acuerdos • Unanimidad • Mayoría • Nota: Los actos deberán figurar en actas suscritas con las votaciones y la fundamentación de los votos en contra. • SUSTITUCION DE LOS INTEGRANTES • No pueden ser removidos, salvo caso fortuito, fuerza mayor o cese en el servicio debidamente declarado • CESE DE FUNCIONES • Buena Pro consentida • Cancelación del proceso • No se puede renunciar al cargo de miembro del Comité Especial.

  41. SENCICO - DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO - • RECOMENDACIONES FINALES • Las dependencias o áreas de la Entidad están obligadas a colaborar y apoyar en el ejercicio de sus funciones • Los integrantes del Comité Especial deben tener conocimiento sobre la Normativa de Contrataciones • Que el Comité Especial actúe con total independencia y transparencia.

  42. Nuevos Mecanismos de Selección

  43. SENCICO - DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO - • NUEVOS MECANISMOS DE SELECCIÓN • COMPRAS CORPORATIVAS • DEFINICION: • Es una modalidad de selección a través de la cual dos o más entidades eligen conjuntamente al proveedor de los bienes, servicios que requieren, con la finalidad de aprovechar los beneficios de la economía de escala. Para tal efecto, se utiliza la figura de Selección por Encargo. • CLASIFICACION • Las Compras Corporativas son: • Obligatorias, o • Facultativas • COMPRAS CORPORATIVAS OBLIGATORIAS • D.S./PCM • Listado de bienes y servicios • Listado de entidades participantes • Unidad de Compras del Gobierno Nacional • Entidades que determinan, en última instancia, las especificaciones técnicas.

  44. SENCICO - DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO - • UNIDAD DE COMPRAS DEL GOBIERNO NACIONAL • Es el órgano designado por la PCM para cumplir las funciones inherentes al Comité Especial, incluida la consolidación de los requerimientos. • Se realiza la selección por encargo obligatorio. • COMPRAS CORPORATIVAS FACULTATIVAS • Convenio Marco entre entidades, encargante(s) y encargada • - Objeto y alcances • - Obligaciones y responsabilidades • - Permite adhesión de otras entidades antes de la convocatoria • Selección se realiza por encargo.

  45. SENCICO - DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO - • SUBASTA INVERSA • DEFINICION: • Es la modalidad de selección a través de la cual se elige al proveedor de bienes comunes únicamente en consideración a los precios ofrecidos mas no a las características técnicas del bien requerido, dado que éstas se encuentran predeterminadas. • BIENES TRANSABLES: • Son bienes comunes aquellos cuyos patrones de desempeño y calidad han sido objetivamente definidos por medio de especificaciones contenidas en las fichas técnicas aprobadas por CONSUCODE, determinando que sean incluidas en el listado correspondiente y les sea asignado el código respectivo. • COMITÉ ESPECIAL: Dos miembros • Subastador • Secretario • BASES: Condiciones mínimas: • Plazos, forma y lugar para la entrega • Proforma del Contrato • Otras que establezca la Directiva.

  46. SENCICO - DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO - • CLASES DE SUBASTA INVERSA • Presencial • Electrónica o Virtual • ETAPAS • Convocatoria • Inscripción de participantes • Presentación de propuestas, puja y otorgamiento de la Buena Pro. • CONVOCATORIA • A través del SEACE, sea cual fuere el monto del valor referencial • Descripción y código del bien requerido • Calendario y lugar de realización de las etapas. • INSCRIPCION DE PARTICIPANTES: • Requisitos para ser postor: • - Inscrito en el RNP • - No estar inhabilitado para contratar con el Estado • - Pagar derecho de participación.

  47. SENCICO - DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO - • PRESENTACION DE PROPUESTAS, PUJA Y OTORGAMIENTO DE BUENA PRO • En un solo acto público • Se presume cumplimiento de especificaciones contenidas en la ficha • Propuestas de precios en sobres cerrados. • Propuestas no deben superar en más de 10% el Valor Referencial. No se aplican márgenes mínimos del Art. 33° de la Ley.

  48. SENCICO - DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO - • CONVENIO MARCO DE PRECIOS • DEFINICION: • El CMP es el instrumento que permite contratar directamente los bienes o servicios que requieran las Entidades adheridas al mismo, sobre la base del registro de precios correspondiente publicado en el SEACE. • CARACTERISTICAS • Obliga a las Entidades que suscriben el acta de adhesión a contratar con el proveedor elegido, salvo que, cuando lo requieran, el mercado les ofrezca condiciones más ventajosas. • Es obligatorio para el proveedor elegido respecto de las entidades que participaron en el convenio marco. • Su plazo de vigencia no será mayor a un año. • El proveedor es elegido a través de un proceso de selección ordinario o por subasta inversa. • Permite que otras entidades se adhieran después de suscrito el CMP. • El Comité Especial debe tener un representante de la sociedad civil como miembro (no veedor)

  49. SENCICO - DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO - • VENTAJAS: • Acceso a mejores precios y condiciones • Plazos de entrega más convenientes • Posibilidad de emitir O/C u O/S en forma directa • Eliminación de etapas en la cadena de abastecimiento. • SUPUESTOS DE APLICACION • Contrataciones frecuentes • Suministro periódico de bienes • Conveniente para atender a más de una Entidad • Naturaleza del objeto no permite definir o cuantificar la demanda del Estado.

  50. Exoneraciones

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