1 / 19

Elaboración de un código deontológico

Elaboración de un código deontológico. Sumario. La Comisión de Redacción del código. Documentos de referencia. Ética, moral, deontología. Ética profesional. ¿Por qué elaborar un código deontológico?. Características del código deontológico del COBDC. Ámbito de aplicación.

hanley
Télécharger la présentation

Elaboración de un código deontológico

An Image/Link below is provided (as is) to download presentation Download Policy: Content on the Website is provided to you AS IS for your information and personal use and may not be sold / licensed / shared on other websites without getting consent from its author. Content is provided to you AS IS for your information and personal use only. Download presentation by click this link. While downloading, if for some reason you are not able to download a presentation, the publisher may have deleted the file from their server. During download, if you can't get a presentation, the file might be deleted by the publisher.

E N D

Presentation Transcript


  1. Elaboración de un código deontológico

  2. Sumario • La Comisión de Redacción del código. • Documentos de referencia. • Ética, moral, deontología. • Ética profesional. • ¿Por qué elaborar un código deontológico?. • Características del código deontológico del COBDC. • Ámbito de aplicación. • Estructura del código deontológico. • Valores incorporados al código deontológico. • Cumplimiento del código deontológico. • Calendario • 12, Aplicación práctica del código • 13, Bibliografía sobre el código

  3. 1. La Comisión de Redacción del código • Misión de la Comisión Redactora • La Comisión de Redacción tenía el encargo de elaborar una propuesta de código deontológico para los miembros del COBDC. • Miembros integrantes de la Comisión • Concha Rodríguez (Facultat de Biblioteconomia i Documentació de la UB) • Sílvia Sunyer (Biblioteca de la UPC//Oficina de Doctorado (2009)) • Nora Vela (Facultat de Biblioteconomia i Documentació de la UB) • Josep Vives (Biblioteca de la UPC//Subdirección General de Bibliotecas Generalitat de Catalunya (2009))

  4. 2. Documentos de referencia • Documentos de trabajo • ONU, Déclaration universelle des droits de l'Homme, adoptée par l'Assemblée générale des Nations-Unies, le 10 décembre 1948 [Consulta, 25/07/2004] • Declaració universal dels drets humans [Consulta, 25/07/2004] • IFLA/FAIFE, Declaración de la IFLA sobre las bibliotecas y la libertad intelectual, aprobada por su Comité Ejecutivo en La Haya, Holanda, 25 de marzo de 1999 [Consulta, 25/07/2004] • ECIA, Ethical Principles adopted by ECIA members at their meeting in Lisbon in November 1998 [Consulta, 25/07/2004] • Principis deontològics dels professionals de la informació i la documentació: el codi de l'European Council of Information Associations (ECIA) [Consulta, 25/07/2004] • .... • Códigos deontológico bibliotecarios-documentalistas • Códigos deontológicos de otros profesionales (psicólogos, médicos, educadores sociales, etc.) • Bibliografía especializada

  5. 3. Ética, moral, deontología ÉTICA, El término deriva del griego ethos que significa 'costumbre' y ,por eso, ha sido definida con frecuencia la ética como la doctrina de las costumbres. Aristóteles usa el término como adjetivo de virtudes, 'virtudes éticas'. Se trata de saber si una virtud (valores de ahora), una forma de obrar, una acción o una calidad son éticas. La ética estudia ahora la bondad o maldad de los actos humanos desde el sentimiento del individuo. MORAL. deriva de mos, 'costumbre' en latín lo mismo que ética en griego, de aquí que ética y moral a menudo son usados indistintamente. La moral estudia ahora la determinación con el fin de hacer que los actos humanos sean éticos. Determinación que dictará la sociedad. Costumbres sociales. O tempora, o mores! DEONTOLOGÍA. Desde 1834 se usa el término DEONTOLOGÍA como la ciencia de los deberes. Proviene del griego deon, deontos, que significa ‘lo obligatorio, lo justo, lo adecuado'). Jeremy Bentham derivó el vocablo en deontology en su Deontology or the science of morality, 1834. La deontología es la ciencia de los deberes y concreta Bentham que deontología es la disciplina que tiene como finalidad la determinación de los deberes que hacen falta cumplir en determinadas circunstancias sociales y, muy especialmente, dentro de una profesión determinada.

  6. 4. Ética profesional Definida la ética como la ciencia que estudia la bondad o maldad de los actos humanos ahora nos toca definir lo que es la profesión. Profesión se puede definir como la actividad personal, al servicio de los otros con la dignidad que corresponde a la persona humana. La finalidad del trabajo profesional es el bien común. La capacitación que se requiere para ejercer este trabajo, está siempre orientada a un mejor rendimiento dentro de las actividades especializadas para el beneficio de la sociedad. En virtud de su profesión, el sujeto ocupa una situación que le confiere deberes y derechos especiales ... COLEGIOS PROFESIONALES o ASOCIACIONES son los organismos que pueden canalizar los deberes y derechos de unos profesionales ...

  7. 5. ¿Por qué elaborar un código deontológico? • Signo de madurez de la profesión. • Herramienta de mejora personal y colectiva. • Indicador de calidad profesional. • Apoyo a la práctica profesional, especialmente en profesiones "públicas". • Práctica sobradamente difundida en la profesión bibliotecaria internacional (un mínimo de 37 códigos). • Mandato que tiene el COBDC (art. 9.1. de los estatutos): • Para el cumplimiento de sus finalidades, el Colegio ejercerá las funciones siguientes: • 1. Fomentar la solidaridad entre sus miembros, velar por la ética profesional y por el respeto a los derechos de los ciudadanos y ejercer la jurisdicción disciplinaria en materias profesionales y colegiales.

  8. 5. ¿Por qué elaborar un código deontológico? PREÁMBULO DEL CÓDIGO "La información se ha convertido en un bien esencial en nuestra sociedad, y es un factor indispensable para el desarrollo social, cultural y profesional de las personas y las organizaciones. En este contexto, los bibliotecarios-documentalistas desarrollan un papel fundamental en el proceso de facilitar el acceso a la información y a la cultura. Para cumplir este objetivo, los bibliotecarios-documentalistas recogen, conservan y difunden aquellas informaciones que resultan de interés para sus usuarios presentes y futuro. La importancia de esta responsabilidad hace imprescindible el disponer de un conjunto de normas deontológicas propias que complementen las buenas prácticas y las técnicas propias de la profesión. Por eso, como miembros del Colegio Oficial de Bibliotecarios-Documentalistas de Cataluña (COBDC) reconocemos la necesidad de difundir a la profesión y al público en general los principios éticos que guían nuestro trabajo."

  9. 6. Características del código deontológico

  10. 6. Características del código deontológico • Educacional • No es un código disciplinario (no incluye sanciones) • Pretende ser transversal • Polivalente • Actual • Aplicable • No es exhaustivo • No incluye soluciones “mágicas” • Abierto a modificaciones • Participativo (período establecido de exposición pública y enmiendas)

  11. 7. Ámbito de aplicación TÍTULO PRELIMINAR "Este código tiene por objetivo guiar la práctica profesional de los bibliotecarios-documentalistas en las tareas que les son propias. Es, al mismo tiempo, el instrumento del COBDC para, tal como marcan sus estatutos, velar por el ejercicio ético de la profesión de sus colegiados y colegiadas." • Un código deontológico es un conjunto de normas éticas de un colectivo concreto • Este código deontológico se dirige a todas las tipologías profesionales del colectivo. • El proyecto que se presenta como una pauta concreta de actuación aunque no entra en consideraciones particulares.

  12. 8. Estructura del código • Preámbulo • Título preliminar • 31 artículos • Principios generales (6 artículos) • De los servicios a los usuarios (5 artículos) • De los fondos documentales (3 artículos) • De las relaciones entre colegas (9 artículos) • De la gestión de los centros (2 artículos) • De la vida colegial (2 artículos) • Disposiciones finales (3 artículos)

  13. 9. Valores incorporados al código • Integridad profesional * • Precisión en el servicio (accuracy) • Libertad de acceso a la información* • Libertad intelectual y derecho de expresión * • No discriminación por motivos de origen, raza, etc. • Cooperación bibliotecaria • Desarrollo de la colección • Censura ideológica o comercial * • Protección de datos personales * • Propiedad intelectual • Acceso libre a la información (open access) • Acceso gratuito a la información* • Multiculturalismo. • Compromiso con la institución • Respecto entre colegas • Calificación académica suficiente • Desarrollo profesional * * Valores más citados en los códigos deontológicos bibliotecarios (Shachaf, 2005)

  14. 10. Cumplimiento del código deontológico • El código deontológico es de obligado cumplimiento por parte del colegiados: • Art. 18 a. Estatutos) "Ejercer la profesión de acuerdo con la ética profesional." • La Junta del COBDC es la responsable del cumplimiento del código. • Se crea la Comisión Deontológica (art. 29 del proyecto de código) con el fin de velar por el respeto y cumplimiento del código y asesorar a la Junta de Gobierno del Colegio en su aplicación. • El código deontológico se actualizará de forma periódica para mantener la vigencia.

  15. 11. Calendario • Enero 2004 • Llamada a los colegios para constituir una comisión redactora • . • 2005/2006Trabajos de la comisión. • Febrero/Marzo 2006 • Publicación en la intranet del COBDC del borrador y plazo presentación de enmiendas. • 2006Presentación de la propuesta a la Asamblea del COBDC y aprobación.

  16. 12. Aplicación práctica • 1r caso 2013 • Un colegiado denuncia ante el COBDC una supuesta falta ética por parte de un colegiado.. • Renovación y convocatoria de la Comisión Deontológica. • Elaboración de un protocolo (admisión a trámite, recursos, etc.) • Reglamento de funcionamiento de la Comisión (nombramiento de miembros, etc.). • Estudiar posibles incompatibilidades de los miembros. • Estudio del caso (¿es procedente? ¿se admite a trámite?). • Delimitación del ámbito de aplicación del código. • Redacción y comunicación de la decisión. • ¿Hacer públicos los dictámenes?

  17. 12. Aplicación práctica • Aspectos a mejorar • Incluir algún artículo referente a la aptitud profesional ante la crisis. • Hacer alguna referencia al buen gobierno (datos abiertos, transparencia, participación). • Exigencia que la designación de cargos administrativos se hagan en base exclusiva a los méritos. • Redactar el reglamento de funcionamiento de la Comisión Deontológica. • Fomentar la inclusión de estudios éticos en las carreras de B+D. • Elaborar recomendaciones éticas prácticas en base a problemas actuales. • Publicar artículos en revistas profesionales internacionales.

  18. 12. Bibliografía sobre el código Rodríguez Parada, Concepción ; Sunyer Lázaro, Sílvia ;Vela, Leonor ; Vives-Gràcia, Josep. « Elaboració del Codi deontològic del Col·legi Oficial de Bibliotecaris-Documentalistes de Catalunya ». Item 45, gener-abril 2007.Pàg. 29-46 http://www.raco.cat/index.php/Item/article/view/72719/129372 Rodríguez Parada, Concepción ; Sunyer-Lázaro, Sílvia ; Vela, Nora ; Vives-Gràcia, Josep. « Código Deontológico del Col·legi Oficial de Bibliotecaris-Documentalistes de Catalunya: ¿cómo? y ¿por qué? » Educación y Biblioteca, 2007, vol. 159, pp. 127-133. http://eprints.rclis.org/13199/1/codi.pdf Rodríguez Parada, Concepción ; Vives-Gràcia, Josep. « Deontológia dels bibliotecaris-documentalistes : de la teoría a la práctica» Bibliodoc, 2006, pp. 119-136.

  19. "Ce qui permet au mal de progresser est l’inaction des hommes de bien“ -Edmund Burke-

More Related