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SISTEMA UNIVERSAL DE PROTECCIÓN

SISTEMA UNIVERSAL DE PROTECCIÓN . INTRODUCCIÓN E INSTRUMENTOS FUNDAMENTALES. LOS DERECHOS HUMANOS EN LA CARTA DE LA ONU. Preámbulo, párrafo 2

johana
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SISTEMA UNIVERSAL DE PROTECCIÓN

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Presentation Transcript


  1. SISTEMA UNIVERSAL DE PROTECCIÓN INTRODUCCIÓN E INSTRUMENTOS FUNDAMENTALES

  2. LOS DERECHOS HUMANOS EN LA CARTA DE LA ONU • Preámbulo, párrafo 2 “Nosotros, los pueblos de las Naciones Unidas, determinados a reafirmar la fe en los derechos humanos fundamentales, en la dignidad y valor de la persona humana, en la igualdad de derechos de hombres y mujeres y de naciones grandes y pequeñas”

  3. LOS DERECHOS HUMANOS EN LA CARTA DE LA ONU • Artículo 1, propósitos de la organización: “3. lograr la cooperación internacional al resolver problemas internacionales de carácter económico, social, cultural o humanitario, promoviendo y favoreciendo el respeto por los derechos humanos y por las libertades fundamentales de todos sin distinción de raza, sexo, idioma o religión”.

  4. LOS DERECHOS HUMANOS EN LA CARTA DE LA ONU • Artículo 55: “…con intención de crear condiciones de estabilidad y bienestar que son necesarias para las relaciones pacíficas y amistosas entre las naciones basadas en el principio de la igualdad de derechos y la autodeterminación de los pueblos, las Naciones Unidas promoverán …el respeto universal y el cumplimiento de los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos”

  5. LOS DERECHOS HUMANOS EN LA CARTA DE LA ONU • Artículo 13, competencias de la Asamblea General. “iniciar estudios y hacer recomendaciones con el propósito de… … asistir en la realización de los derechos humanos y de las libertades fundamentales para todos”

  6. LOS DERECHOS HUMANOS EN LA CARTA DE LA ONU • Artículo 56: “todos los miembros se comprometen a tomar acciones conjunta y separadamente en la cooperación con la organización para la realización de los propósitos mencionados anteriormente”

  7. La “Carta Internacional de los Derechos Humanos” • Declaración Universal de los Derechos Humanos (Resolución AG217A (III) del 10/12/1948.

  8. La “Carta Internacional de los Derechos Humanos” • Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Resolución AG 200 A (XXI) del 16/12/1966)

  9. La “Carta Internacional de los Derechos Humanos” • Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (Resolución 200 A (XXI) del 16/12/1966). • Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

  10. La “Carta Internacional de los Derechos Humanos” • Segundo Protocolo Facultativo al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos sobre la Eliminación de la Pena de Muerte (1989)

  11. SISTEMA UNIVERSAL DE PROTECCIÓN MECANISMOS DE PROTECCIÓN

  12. Mecanismos convencionales • Comité de derechos humanos (inició funciones en 1977) • Comité para eliminación de discriminación racial (1969) • Comité de derechos económicos, sociales y culturales (1987) • Comité para la eliminación de discriminación de las mujeres (1981) • Comité contra la tortura (1988) • Comité de los derechos del niño (1991) • Comité de derechos de trabajadores migratorios (2004) • Comité sobre los derechos de las personas con discapacidad (2009)

  13. Comité de derechos económicos, sociales y culturales 18 expertos elegidos por Estados partes, mandato: 4 años • Comité de derechos humanos , 18 expertos, 4 años • Comité para eliminación de discriminación racial 18 expertos, 4 años • Comité para la eliminación de discriminación de las mujeres 23 expertos, 4 años • Comité contra la tortura 10 expertos, 4 años • Comité de los derechos del niño 18 expertos, 4 años • Comité de derechos de trabajadores migratorios 10 expertos, 4 años

  14. Funciones de los Comités 1. Examen de informes Estados partes deben presentar informes inicial y periódicos a los Comités. 2. Hacer observaciones Generales 3. Quejas individuales

  15. Características de los informes periódicos • Presentación periódica de informes por los Estados • Se someten a los Comités por conducto del Secretario General de Naciones Unidas con una periodicidad fijada por la misma Convención. • Deben exponer las medidas adoptadas para hacer efectivos los derechos contenidos en cada una de las convenciones, los progresos realizados en el orden interno en la garantía y disfrute de tales derechos y los factores que impiden o dificultan el cumplimiento del tratado. • El procedimiento viene regulado por las convenciones. • El examen se realiza en una sesión pública a través de un diálogo constructivo entre el Estado y el Comité con el propósito de ayudar a aquél a cumplir con las obligaciones prescritas por el tratado. • Concluido el debate, el Comité señala las carencias observadas e insta al Estado para favorecer un cambio de actitud.

  16. Comité de derechos económicos, sociales y culturales • 19 Observaciones generales • Comité de derechos humanos • 31 Observaciones generales • Comité para eliminación de discriminación racial • 31 Recomendaciones generales • Comité para la eliminación de discriminación de las mujeres • 25 Recomendaciones generales • Comité contra la tortura • 1 Observación general • Comité de los derechos del niño • 10 observaciones generales

  17. 3. Examen de quejas individuales • Comité contra la discriminación racial (artículo 14) • Comité de Derechos Humanos (Protocolo facultativo) • Comité contra la tortura (art. 22) • Comité para la eliminación de la discriminación contra la mujer (Protocolo adicional) • Comité de derechos de Trabajadores migratorios (cuando 10 Estados, art.77) • Comité DESC (cuando entre en vigor el Protocolo)

  18. Características  de la función de examinar quejas individuales de los Comités • mecanismo facultativo • El Estado parte debe expresamente aceptar la competencia del Comité en cuestión, para examinar quejas individuales. • el procedimiento es contradictorio y cuasi-judicial entre el Estado y la víctima

  19. Reglas de receptabilidad • Debe ser presentado por escrito, por la propia víctima o por su representante. • No puede ser anónimo • No puede haber sido presentado ante otra instancia internacional • se deben haber agotado previamente los recursos internos

  20. Trámite de una petición de un caso individual ante el Comité de Derechos Humanos • Primera fase: admisibilidad • Segunda fase: determinación de los hechos • Tercera fase: opinión sobre el fondo • Cuarta fase: publicación y seguimiento

  21. MECANISNOS EXTRACONVENCIONALES DE PROTECCIÓN DE DDHH Los principales organismos son: • la Comisión de Derechos Humanos/Consejo de Derechos Humanos • la Subcomisión de Promoción y Protección de los Derechos Humanos/ Comité Asesor de Derechos Humanos • La Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos

  22. La Comisión de Derechos Humanos • creada en 1946 por el ECOSOC (artículo 68 de la Carta de la ONU) • compuesta por 53 Estados miembros elegidos por un periodo de tres años por el ECOSOC • Los Estados no miembros pueden participar como observadores con voz pero sin voto • ONG con estatus consultivo ante el ECOSOC pueden hacer intervenciones orales o escritas • La Comisión sesiona una vez al año por un periodo de seis semanas entre marzo y abril.

  23. Funciones de la CDH 1. Codificación de los derechos humanos. Importantes instrumentos internacionales de derechos humanos han sido aprobados en la Comisión. • Investigar violaciones masivas y flagrantes de derechos humanos en un país o en una región. • Procedimiento confidencial: procedimiento 1503 (resolución de 1970 reformado por resolución 2000/3) • debate público • Resolución • Declaración del Presidente

  24. CONSEJO DE DERECHOS HUMANOS • Creado por la Asamblea General (Resolución 60/251 del 3 de abril de 2006) • Órgano subsidiario de la Asamblea General • Se reunirá periódicamente a lo largo del año y tendrá como mínimo 3 periodos de sesiones por año. Mínimo 10 semanas • Podrá celebrar períodos extraordinarios de sesiones por solicitud de un miembro del Consejo, con el apoyo de un tercio de los miembros.

  25. Consejo de Derechos HumanosComposición • Integrado por 47 Estados • Elegidos por votación secreta por la mayoría absoluta de los miembros de la AG. • Distribución geográfica equitativa: Estados de África: 13 Estados de Asia: 13 Estados de Europa oriental: 6 Estados de LAC: 8 Estados de Europa occidental y otros Estados: 7 • Termino: tres años. No hay reelección inmediata después del segundo periodo

  26. Funciones: • Estudiar violaciones graves y sistemáticas de DDHH • Desarrollar el DIDH • Foro mundial de discusión de derechos humanos En julio 2006 fueron aprobados: • La Convención Internacional para proteger a todas las persona de desaparición forzada • la Declaración de Naciones Unidas sobre los derechos de los Pueblos Indígenas.

  27. Consejo de Derechos HumanosFuncionamiento • Reuniones periódicas ordinarias (mínimo 3 sesiones por año). Primera sesión se celebró el 19 de junio de 2006 • Reuniones extraordinarias a pedido de un miembro del Consejo y apoyo de un tercio de los miembros de éste. • Duración total no menor a 10 semanas

  28. El Consejo de Derechos Humanos asumió todos los procedimientos especiales de la Comisión de Derechos Humanos

  29. Procedimientos especiales de la CDH Procedimientos públicos nombrados por la Comisión de Derechos Humanos por medio de una Resolución • geográficos • temáticos

  30. Procedimientos geográficos • estudio sobre la situación de derechos humanos en un país o en una región determinada e informe a la CDH. • El relator debe presentar un informe anual a la Comisión sobre la situación de derechos humanos en el país objeto de estudio • Los relatores pueden visitar el país: requieren invitación del Estado. • Primer mecanismo geográfico: Relator especial para Chile, en 1979.

  31. Procedimientos temáticos de la CDH • El primer mecanismo temático: grupo de trabajo sobre desapariciones forzadas en 1980. • deben presentar anualmente un informe a la Comisión • puede visitar a un Estado sobre el cual hace un informe especial. • realizar llamamientos urgentes a un gobierno

  32. Los principales mandatos temáticos son • Grupo de Trabajo sobre detención arbitraria • Relatora Especial de la Comisión de Derechos Humanos sobre la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía • Grupo de Trabajo sobre desapariciones forzadas o involuntarias • Relatora Especial de la Comisión de Derechos Humanos sobre el derecho a la educación • Relatora Especial de la Comisión de Derechos Humanos sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias • Relator Especial de la Comisión de Derechos Humanos sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y expresión • Relatora Especial de la Comisión de Derechos Humanos sobre la independencia de jueces y magistrados • Representante del Secretario General sobre las personas internamente desplazadas.

  33. Relator Especial de la Comisión de Derechos Humanos sobre el uso de mercenarios • Relator Especial de la Comisión de Derechos Humanos sobre formas contemporáneas de racismo, discriminación racial, xenofobia y formas conexas de intolerancia. • Relator Especial de la Comisión de Derechos Humanos encargado de examinar cuestión de la intolerancia religiosa. • Relator Especial de la Comisión de Derechos Humanos sobre la cuestión de la tortura. • Relatora Especial de la Comisión de Derechos Humanos sobre la violencia contra la mujer • Relator Especial de la Comisión de Derechos Humanos sobre la vivienda adecuada. • Relator Especial de la Comisión de Derechos Humanos sobre el derecho a la alimentación. • Representante Especial del Secretario General sobre la situación de los defensores de los derechos humanos.

  34. EXAMEN PERIODICO UNIVESAL El examen se basará en: • La Carta de las Naciones Unidas • La Declaración Universal de Derechos Humanos • Los instrumentos de derechos humanos y DIH • los ofrecimientos voluntarios y los compromisos de los Estados.

  35. PRINCIPIOS • Promover la universalidad, interdependencia, indivisibilidad e interrelación de todos los derechos humanos. • Mecanismo de cooperación • Cobertura universal y el igual trato a todos los Estados. • Proceso intergubernamental • Participativo con el país bajo examen • Complementario, representará un valor agregado. • Objetivo, transparente, no selectivo, constructivo, no politizado • Integrar la perspectiva de género • Tomará en cuenta el nivel de desarrollo y especificidades de los países, • Asegurar la participación de las organizaciones no gubernamentales e instituciones de derechos humanos

  36. OBJETIVOS • Mejorar la situación de derechos humanos • Asegurar el cumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por el Estado y evaluar los avances positivos y los desafíos enfrentados por el Estado. • Mejorar la capacidad del Estado y de la asistencia técnica, en consulta con y con el consentimiento del Estado concernido. • Compartir las buenas prácticas entre los Estados y otras entidades interesadas. • Apoyar la cooperación para la promoción y protección de derechos humanos. • Instar a la total cooperación y compromiso con el Consejo, otros órganos de tratados y con la oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos

  37. PERIODICIDAD • Revisión se hará inicialmente a los Estados que cumplen períodos de uno o dos años • Sorteo por cada representación geográfica • Orden alfabético • 48 Estados por año durante 3 sesiones

  38. Documentación • Información preparada por el Estado. La información podrá ser presentada por escrito u oralmente. (20 páginas) • Compilación de los informes de los órganos de tratados, procedimientos especiales preparado por el Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos (10 paginas). • Información adicional creíble y confiable de otras partes interesadas. La Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos preparará un resumen con esta información (10 páginas).

  39. MODALIDADES • La documentación será revisada por el Grupo de trabajo, presidido por el Presidente del Consejo y los 47 miembros. • 3 relatores (troika) facilitan la revisión y la preparación del informe. • Dialogo con el gobierno y el Consejo se realiza en el grupo de trabajo. • El Relator puede levantar temas para que el Estado prepare la respuesta. • Dialogo entre el Estado y el Consejo durará tres horas, pudiendo ampliarse a una hora más.

  40. RESULTADO DEL EXAMEN • Informe que contiene el resultado del procedimiento llevado a cabo, las conclusiones y recomendaciones y los compromisos asumidos por el Estado. • Diagnóstico de la situación de derechos humanos • Avances positivos y los desafíos. • Las buenas prácticas • El énfasis en la cooperación • Recomendaciones • Los compromisos y ofrecimientos del país bajó examen

  41. COMITÉ ASESOR DEL CONSEJO DE DERECHOS HUMANOS • creado por la Resolución 5/1, del Consejo de Derechos Humanos (junio 18 de 2007). • órgano subsidiario del Consejo • compuesto por 18 expertos independientes, propuestos por los Estados partes y elegidos por el Consejo, por votación secreta, por un periodo de 3 años. • Hará los estudios e investigaciones sobre promoción y protección de todos los Derechos Humanos, que el Consejo le solicite. • Podrá poner a consideración del Consejo sugerencias para mejorar los procedimientos y futuras investigaciones. • Comité no adoptará decisiones o resoluciones. • El Comité tendrá dos periodos de sesiones por año.

  42. La Subcomisión para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos • órgano auxiliar de la Comisión de Derechos Humanos. • creada por la Comisión en 1947. • integrada por 26 expertos independientes elegidos por la Comisión por un periodo de tres años.. • La Subcomisión realiza investigaciones, estudios y proyectos de futuros instrumentos internacionales de derechos humanos. • Elabora recomendaciones que deben ser aprobadas por la Comisión.

  43. EL ALTO COMISIONADO DE NACIONES UNIDAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS • La Asamblea General creó por medio de la Resolución 48/141, del 20 de diciembre de 1993, el cargo del Alto Comisionado para los derechos humanos. • nombrado por el Secretario General de Naciones Unidas por un periodo de cuatro años. • sede en Ginebra (Suiza).

  44. Las principales funciones del ACNUDH son: • La promoción y protección de todos los derechos humanos • desempeñar las tareas que le asignen los órganos competentes del sistema de Naciones Unidas y formularles recomendaciones • proporcionar asesoramiento y asistencia técnica a los Estados que lo soliciten • coordinar los programas de educación e información pública en derechos humanos de Naciones Unidas • prevenir la persistencia de violaciones de derechos humanos

  45. Secretario General de las Naciones Unidas: “No tendremos desarrollo sin seguridad, no tendremos seguridad sin desarrollo y no tendremos ni seguridad ni desarrollo si no se respetan los derechos humanos” ( Informe del Secretario General a la Asamblea General A/59/2005 párr. 17.)

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