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CONSEJO MEXICANO PARA LA INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO DE NORMAS DE INFORMACIÓN FINANCIERA , A.C.

CONSEJO MEXICANO PARA LA INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO DE NORMAS DE INFORMACIÓN FINANCIERA , A.C. “CINIF”. JULIO 2004. INSTITUCIONES FUNDADORAS. Una docena de instituciones, de los sectores privado y público, han fundado al CINIF: Usuarios Asociación de Banqueros de México

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CONSEJO MEXICANO PARA LA INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO DE NORMAS DE INFORMACIÓN FINANCIERA , A.C.

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Presentation Transcript


  1. CONSEJO MEXICANO PARA LA INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO DE NORMAS DE INFORMACIÓN FINANCIERA , A.C. “CINIF” JULIO 2004

  2. INSTITUCIONES FUNDADORAS Una docena de instituciones, de los sectores privado y público, han fundado al CINIF: Usuarios Asociación de Banqueros de México Asociación Mexicana de Intermediarios Bursátiles Asociación de Instituciones Financieras Internacionales Consejo Coordinador Empresarial Sector educativo Asociación Nacional de Facultades y Escuelas de Contaduría y Administración Regulador Bolsa Mexicana de Valores Comisión Nacional Bancaria y de Valores Comisión Nacional de Seguros y Fianzas Instituto Mexicano de Contadores Públicos Secretaría de Hacienda y Crédito Público Secretaría de la Función Pública Preparador Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas

  3. OBJETIVOS DEL CINIF • Desarrollar en beneficio de la sociedad, normas de información financiera, transparentes, objetivas y confiables relacionadas con el desempeño de las entidades económicas y que sirvan a los objetivos de los emisores y usuarios de dicha información financiera. • Efectuar los procesos de investigación, auscultación, emisión y difusión de las normas de información financiera. • Armonizar las normatividad contable en diversos sectores económicos en México (e.j. gubernamental-SHCP, financiero-CNBV y educativo-AMOCVIES). • Promover la convergencia de principios y normas nacionales con normas de información financiera aceptadas globalmente.

  4. ESTRUCTURA DEL CINIF ASAMBLEA DE ASOCIADOS COMITÉ DE VIGILANCIA COMITÉ DE NOMINACIONES CONSEJO DIRECTIVO Director Ejecutivo (administración, operación y servicios) COMITÉ TÉCNICO CONSULTIVO CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO (CID) Subgrupo de Investigación Subgrupo de Investigación Subgrupo de Investigación * * * * Universidades, instituciones públicas y privadas, profesión contable Informa a Enlace, comunicación y recomendaciones Asigna prioridades y proyectos

  5. CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO (CID) • El CID es el núcleo o “corazón” del CINIF. • Es un pequeño pero excepcional núcleo creador, reformador y emisor de normas de información financiera de alta calidad. • Realizará los procesos reflexivos y críticos de la normatividad contable. • Su objetivo es avanzar hacia una mayor comparabilidad de las normas de información financiera en apego a estándares internacionales. El CID está integrado con investigadores de alto nivel que: • Participan en seminarios nacionales e internacionales • Tienen acceso a instituciones universitarias en el país y el extranjero • Colaboran en publicaciones especializadas

  6. CAMBIOS MÁS RELEVANTES • El CINIF sustituye en su función de emisor de normas contables en México a la Comisión de Principios de Contabilidad (CPC) del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP). • Se ha firmado un protocolo de transferencia al CINIF de los derechos para analizar, revisar y en su caso, modificar, auscultar y emitir los PCGA, previamente emitidos por el IMCP. • Los PCGA continuarán vigentes en tanto sean reemplazados y/o modificados por la nueva normatividad emitida por el CINIF.

  7. BENEFICIOS • Facilitar la comprensión y confiabilidad en la información financiera. • Preparar información financiera bajo reglas similares. • Facilitar la captación de recursos financieros, de lo contrario, será muy difícil y costoso para aquellas compañías que deseen tener acceso a los mercados de capital

  8. METODOLOGÍA PARA EMITIR NORMAS CONTABLES • Tener alcances muy amplios • Contener pocas (de ser posible ninguna) alternativas o excepciones • Las transacciones similares deben tener un tratamiento similar • Apropiado juicio profesional, reconociendo que no sería posible emitir normas específicas que cubran cualquier situación particular. • Enfoque “en base a principios”

  9. PROYECTOS DEL CID • CONVERGENCIA DE PRINCIPIOS NACIONALES CON LOS INTERNACIONALES. • ARMONIZACIÓN DE LA NORMATIVIDAD CONTABLE DEL SECTOR FINANCIERO CON LOS PCGA • ARMONIZACIÓN DE LA NORMATIVIDAD CONTABLE GUBERNAMENTAL CON LOS PCGA • ARMONIZACIÓN DE LAS PRÁCTICAS CONTABLES ESPECÍFICAS DE LAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR CON LOS PCGA

  10. CONVERGENCIA INTERNACIONAL • Convergencia.-las normas de contabilidad financiera tienden a concurrir hacia le mismo fin • Armonización.-los emisores de normas se pronuncian al final del día a favor de soluciones contables similares. • 2005: Fecha límite para la preparación de estados financieros de conformidad con NIC’s, por parte de la compañías que coticen o vayan a cotizar en el mercado regulado de la Unión Europea. • FASB e IASB suscriben el 18 de septiembre del 2002 un protocolo denominado “Acuerdo Norwalk”, en el que se comprometen a lograr la convergencia de las prácticas norteamericanas y las internacionales en 2005. Sin embargo han anticipado que las diferencias entre sus normas son complejas de resolver y que muchas de ellas persistirán más allá de ese año.

  11. CONVERGENCIA INTERNACIONAL: TÓPICOS DE ANÁLISIS PROYECTOS DE CORTO PLAZO 1. Marco conceptual • NIF A-1: Estructura de los PCGA • NIF A-2: Postulados básicos de la contabilidad financiera • NIF A-3: Objetivos de la información financiera • NIF A-4: Características cualitativas de la información financiera • NIF A-5: Elementos de los estados financieros • NIF A-6: Conceptos de valuación • NIF A-7: Presentación y revelación de los estados financieros • NIF A-8: Políticas contables • NIF A-9: Supletoriedad

  12. CONVERGENCIA INTERNACIONAL: TÓPICOS DE ANÁLISIS PROYECTOS DE CORTO PLAZO(cont…) • Ingresos • Estados financieros consolidados y combinados • Inversiones permanentes en acciones • Conversión de estados financieros • Inventarios • Tratamiento contable de cambios en políticas y estimaciones contables y errores • Inmuebles, maquinaria y equipo • Balance General • Estado de Resultados • Estado de Variaciones en el Capital Contable • Estado de Cambios en la Situación Financiera • Contabilidad inflacionaria

  13. CONVERGENCIA INTERNACIONAL: TÓPICOS DE ANÁLISIS PROYECTOS DE LARGO PLAZO(cont…) • Planes de opciones y acciones para compensar empleados • Partes relacionadas • Hechos posteriores a la fecha de cierre • Utilidad por acción • Negocios conjuntos • Capitalización del CIF • Arrendamientos • Transferencia de activos • Entidades para propósitos especiales • Instrumentos financieros • Combinaciones de negocios • Impuestos Diferidos • Información del desempeño • Capital Contable

  14. SEMINARIO INTERAMERICANO EN MÉXICO • A celebrarse los días 6 y 7 de octubre de este año • Presencia del Presidente de IASB, el presidente de la AIC, representantes de instituciones emisoras de normas de Latinoamérica y con funcionarios del sector regulador, financiero, profesional, académico y de negocios en México y América Latina. • Se tratarán varios temas: • Revisión a la Constitución de IASB • Proyecto de Mejoras a las Normas Internacionales de Contabilidad • Normas para PYMES • Convergencia Internacional

  15. Normas de información financiera aplicables a instituciones de seguros • NIIF 4, contratos de seguros • La NIIF 4 trata acerca de contratos de seguros emitidos por una entidad y contratos de reaseguro emitidos o retenidos por una entidad. • La norma aplica a todo tipo de contratos, sin tener en cuenta si la entidad está regulada como un asegurador y si el contrato es considerado como un contrato de seguros para propósitos legales.

  16. Normas de información financiera aplicables a instituciones de seguros • NIIF 4, contratos de seguros • Como definición de “contrato de seguros” se establece que: es un contrato bajo el cual una parte (el asegurador) acepta ciertos riesgos de seguros significativos de otra parte (el tenedor de la póliza o asegurado) acordando compensar al tenedor de la póliza si un evento especifico futuro incierto (el evento asegurado) afecta adversamente al tenedor de la póliza.

  17. Normas de información financiera aplicables a instituciones de seguros • NIIF 4, contratos de seguros • Por lo que se refiere a “riesgo de seguros”, se menciona que no incluye el riesgo financiero (por ejemplo riesgos por cambios en el precio de mercado o la tasa de interés).

  18. Normas de información financiera aplicables a instituciones de seguros • NIIF 4, contratos de seguros • La NIIF 4 ha sido emitido como una meta a corto plazo para cubrir un hueco en las NIIF’s. • En muchos aspectos la NIIF 4 permite a una entidad continuar con la contabilización de contratos de seguros como lo había hecho bajo PCGA anteriores.

  19. Normas de información financiera aplicables a instituciones de seguros • NIIF 4, contratos de seguros • Sin embargo, la norma realiza algunas mejoras limitadas para la contabilización de contratos de seguros: • Están prohibidas las reservas por posibles reclamaciones cuyos contratos no existan a la fecha del balance (reservas para riesgos catastróficos/equalisation provisions). No son pasivos.

  20. Normas de información financiera aplicables a instituciones de seguros • NIIF 4, contratos de seguros • mejoras limitadas (continuación): • Una entidad debe evaluar la suficiencia de sus pasivos por seguros, basándose en estimaciones recientes de flujos de efectivo futuros. Cualquier deficiencia debe ser reconocida en el estado de resultados. Los activos por reaseguro deben evaluar su deterioro. • Los pasivos por seguros deben ser presentados sin compensarse contra los activos por reaseguro que le son relativos.

  21. Normas de información financiera aplicables a instituciones de seguros • NIIF 4, contratos de seguros • mejoras limitadas (continuación): • La participación con características opcionales (discretionary participation features) (tales como contratos fundados en la obtención de utilidades y de participación) debe ser informada como pasivo o capital (o separando los componentes de pasivo y capital). Puede no ser informada separadamente de los pasivos y del capital.

  22. Normas de información financiera aplicables a instituciones de seguros • NIIF 4, contratos de seguros • mejoras limitadas (continuación): Algunos contratos de seguro contienen tanto un componente de seguro como un componente de depósito. En algunos casos la entidad debe segregar los componentes y contabilizarlos por separado. Este requerimiento es particularmente relevante para reaseguradotas financieras.

  23. Normas de información financiera aplicables a instituciones de seguros • NIIF 4, contratos de seguros • La NIIF limita los cambios en políticas contables. Cualquier cambio contable para contratos de seguro debe dar como resultado información más relevante y confiable. • Una revisión importante de la contabilización de contratos de seguro está planeada por el IASB para la fase II de este proyecto.

  24. Normas de información financiera aplicables a instituciones de seguros • NIIF 4, contratos de seguros • Mientras tanto, una entidad puede no introducir (pero si continuar) las siguientes prácticas: • Valuación de pasivos de seguros sobre una base sin descuento. • Valuación de derechos contractuales por honorarios gerenciales de inversión futura a un monto que exceda al valor razonable (basado sobre honorarios cargados en el mercado).

  25. Normas de información financiera aplicables a instituciones de seguros • NIIF 4, contratos de seguros • Mientras tanto, una entidad puede no introducir (pero si continuar) las siguientes prácticas: • Utilización de políticas contables no uniformes para pasivos de seguros de subsidiarias. • Valuación de pasivos de seguros con excesiva prudencia. • Excepto en casos inusuales, el uso de tasas de descuento que reflejen retorno de activos retenido en lugar de las características de los pasivos de seguros.

  26. Normas de información financiera aplicables a instituciones de seguros • NIIF 4, contratos de seguros • Combinaciones de negocios • La NIIF 4 aplica a contratos de seguros emitidos por una entidad que no este regulada por aseguradores. • Algunos contratos, previamente calificados como contratos de seguros, podrían no ser contratos de seguros tal como se define en la NIIF 4. Si dichos contratos generan activos y pasivos financieros (depósitos) debe aplicarse la NIC 39.

  27. Normas de información financiera aplicables a instituciones de seguros • NIIF 4, contratos de seguros • Combinaciones de negocios • Los activos financieros serán valuados de acuerdo con la NIC 39, frecuentemente a valor razonable. Para evitar una contabilización que no se corresponda, una entidad puede establecer un cambio en sus políticas contables para pasivos de seguros, de manera tal que los activos y pasivos reflejen los cambios en las condiciones de mercado (particularmente las tasas de interés).

  28. Normas de información financiera aplicables a instituciones de seguros • NIIF 4, contratos de seguros • Combinaciones de negocios • Los ejecutivos de alta dirección deben considerar como mejor satisfacer en un nivel alto las reglas de revelación de la NIIF 4. Al implementar dicha normatividad puede ser necesaria una revisión a los sistemas y una recolección de datos adicionales.

  29. Normas de información financiera aplicables a instituciones de seguros • Otras normas a considerar, podrían ser: • SFAS 5 • SFAS 60 • SFAS 97 • SFAS 113, y • SFAS 120.

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