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II Diplomado en Comercio Internacional Comercio y Medio Ambiente

II Diplomado en Comercio Internacional Comercio y Medio Ambiente. Lic. Daniel Basurto. INTRODUCCIÓN AL DERECHO AMBIENTAL Constitución Política de los EUM. Tratados Internacionales (art. 133 const.) Leyes del Congreso Reglamentos Normas Oficiales Mexicanas

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II Diplomado en Comercio Internacional Comercio y Medio Ambiente

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Presentation Transcript


  1. II Diplomado en Comercio Internacional Comercio y Medio Ambiente Lic. Daniel Basurto

  2. INTRODUCCIÓN AL • DERECHO AMBIENTAL • Constitución Política de los EUM. • Tratados Internacionales (art. 133 const.) • Leyes del Congreso • Reglamentos • Normas Oficiales Mexicanas • Instituciones Federales encargadas de la Gestión Ambiental

  3. Derecho Ambiental: Conjunto de normas jurídicas que regulan las conductas humanas que pueden influir de una manera relevante en los procesos de interacción que tienen lugar entre los sistemas de los organismos vivos y sus sistemas de ambiente, mediante la generación de efectos de los que se espera una modificación significativa de las condiciones de existencia de dichos organismos. (R. Brañes 2000).

  4. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS • ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

  5. Artículo 4, párrafo 4; • Artículo 25, párrafos 1 y 6; • Artículo 27 párrafo 3 (varias menciones); • Artículo 73 fracción XVI, base 4ª y XXIXG; • Artículos 115 y 122. • Reformas constitucionales en materia • ambiental: • - 5 de febrero de 1917 (texto original) • - 6 de julio de 1971 • - 6 de febrero de 1976 • - 3 de febrero de 1983 • - 10 de agosto de 1987 • - 28 de junio de 1999

  6. Artículo 4 párrafo 4: (28 de junio de 1999) Toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar.

  7. Artículo 25 Párrafo 1: Corresponde al Estado la Rectoría del desarrollo nacional para garantizar que sea integral y sustentable (28 de junio 1999). Párrafo 6: Bajo criterios de equidad social y productividad, se apoyará e impulsará a las empresas de los sectores social y privado de la economía, sujetándolos a las modalidades que dicte el interés público y al uso, en beneficio general, de los recursos productivos, cuidando su conservación y el medio ambiente (3 de febrero de 1983).

  8. Artículo 27 Párrafo 3: La Nación tendrá en todo el tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público, así como el de regular, en beneficio social, el aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de apropiación, con el objeto de hacer una distribución equitativa de la riqueza pública, cuidar de su conservación, lograr el desarrollo equilibrado del país y el mejoramiento de las condiciones de vida de la población rural y urbana (texto original 5 de febrero de 1917).

  9. Artículo 115 Establece en su Fracción III que entre las funciones y servicios públicos a cargo de los municipios, se encuentran los de: Agua potable, drenaje alcantarillado, tratamiento y disposición final de aguas residuales; así como la recolección traslado, tratamiento y disposición final de residuos. En su Fracción V señala que están facultados para: Participar en la creación y administración de zonas de reservas ecológicas y en la elaboración de programas de ordenamiento en esta materia.

  10. Artículo 122 Establece en su apartado C, Base Primera, inciso j) que la ALDF tendrá la facultad de legislar, entre otras, en materia de preservación del ambiente y protección ecológica. En su apartado G, dispone que el Distrito Federal podrá suscribir convenios, entre otras materias, en protección al ambiente; preservación y restauración del equilibrio ecológico; agua potable y drenaje; recolección, tratamiento y disposición de desechos sólidos.

  11. II. MARCO JURÍDICO INTERNACIONAL

  12. AGENDA VERDE • Convenio sobre la Diversidad Biológica. Secretariado: Montreal, Canadá. • Protocolo de Cartagena sobre la Seguridad de la Biotecnología. Secretariado: Montreal, Canadá. • Foro de las Naciones Unidas sobre los Bosques. Secretariado apoyado por el ECOSOC: Nueva York

  13. AGENDA VERDE • Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Flora y Fauna Silvestres (CITES). Secretariado: Ginebra, Suiza. • Convención sobre los Humedales de Importancia Internacional especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas (RAMSAR). Secretariado: Gland, Suiza.

  14. AGENDA AZUL • Acuerdo sobre la Aplicación de las disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar del 10 de diciembre de 1982, relativas a la Conservación y Ordenación de las Poblaciones de Peces Transzonales y las Poblaciones de Peces Altamente Migratorios (Acuerdo de 1995). Área encargada: División de Asuntos Oceánicos y Derecho del Mar de Naciones Unidas, Nueva York.

  15. AGENDA AZUL • Convención Interamericana para la Protección y Conservación de las Tortugas Marinas (CIT). Secretaría Pro Témpore: San José, Costa Rica. • Comisión Ballenera Internacional (CBI). Secretariado: Londres, Reino Unido.

  16. AGENDA GRIS • Convenio de Basilea sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su Eliminación. Secretariado: Ginebra, Suiza. • Convenio de Estocolmo sobre ciertos Contaminantes Orgánicos Persistentes. Secretariado apoyado por el PNUMA: Ginebra, Suiza.

  17. AGENDA GRIS • Convenio de Rotterdam sobre el Procedimiento del Consentimiento Fundamentado Previo a ciertos Plaguicidas y Productos Químicos Peligrosos objeto del Comercio Internacional. Secretariado apoyado por el PNUMA y la FAO: Ginebra, Suiza / Roma, Italia.

  18. AGENDA GRIS • Protocolo de Montreal relativo a las Sustancias que Agotan la Capa de Ozono. Secretariado apoyado por el PNUMA: Nairobi, Kenia.

  19. SUELOS • Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación en los Países Afectados por Sequía Grave o Desertificación, particularmente en África. Secretariado: Bonn, Alemania.

  20. CAMBIOCLIMÁTICO • Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático. Secretariado: Bonn, Alemania. • Protocolo de Kyoto. Secretariado: Bonn, Alemania.

  21. ORGANISMOS INTERNACIONALES • Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA). Sede: Nairobi, Kenia. • Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD). Sede: Nueva York. • Comisión sobre Desarrollo Sostenible. Sede: Nueva York. Programa de las Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos (ONU-Hábitat). Sede: Nairobi, Kenia.

  22. III. LEYES DEL CONGRESO

  23. Leyes ambientales de 1971, 1982 y 1988 • Ley Federal para prevenir y controlar la contaminación ambiental (1971). • Ley Federal de Protección al Ambiente (1982). • Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (1988).

  24. Marco Legal de Protección al Ambiente • LGEEPA • Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable • Ley General de Vida Silvestre • Ley de Aguas Nacionales • Ley de Desarrollo Rural Sustentable • Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentable • Ley General de Asentamientos Humanos • Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados • Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos • Ley Minera

  25. Otras leyes: • Ley Orgánica de la Administración Pública Federal • Ley Federal sobre Metrología y Normalización • Ley de Planeación • - Código Penal

  26. IV. REGLAMENTOS

  27. Algunos ejemplos de Reglamentos a la LGEEPA: • Materia de Áreas Naturales Protegidas • • Materia de Ordenamiento Territorial • • Materia de Auditoría Ambiental • • Para la Protección del Ambiente contra la Contaminación originada por Ruido • • Materia de Evaluación del Impacto Ambiental • • Materia de Prevención y Control de la Contaminación de la Atmósfera • • Materia de Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes

  28. V. NORMAS OFICIALES MEXICANAS

  29. ALGUNOS EJEMPLOS: • NOM-001-SEMARNAT-1996 lo mismo que la anterior pero a nivel federal descarga en cuerpo receptor federales • NOM-002-SEMARNAT-1996 habla de límites máximos para descarga en alcantarillado o sea competencia municipal • NOM-059-SEMARNAT-2001 listado de especies en riesgo, especificaciones para su inclusión, exclusión o cambio

  30. V. Instituciones Federales encargadas de la Gestión Ambiental

  31. Secretaría del Medio Ambiente y Recursos • Naturales • - Comisión Nacional del Agua • - Instituto Nacional de Ecología • - Procuraduría Federal de Protección al Ambiente • - Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas • Comisión Nacional Forestal • Instituto Mexicano de Tecnología del Agua

  32. GRACIAS POR SU ATENCIÓN dbasurto@iniciativasustentable.com.mx

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