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Dra. Lorena Pizarro Ríos Neuróloga Pediátrica CENTRO VED

VISIÓN GLOBAL DE LA EDUCACIÓN INTEGRADA ¿QUÉ ES? ¿CÓMO FUNCIONA? Proceder de los Padres, Profesores y Médico tratante . Dra. Lorena Pizarro Ríos Neuróloga Pediátrica CENTRO VED. INTRODUCCIÓN.

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Dra. Lorena Pizarro Ríos Neuróloga Pediátrica CENTRO VED

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  1. VISIÓN GLOBAL DE LA EDUCACIÓN INTEGRADA ¿QUÉ ES?¿CÓMO FUNCIONA?Proceder de los Padres, Profesores y Médico tratante Dra. Lorena Pizarro Ríos Neuróloga Pediátrica CENTRO VED

  2. INTRODUCCIÓN • Durante las últimas décadas la educación ha sido en Chile un punto de encuentro común para políticos y técnicos, dado que se considera esencial su optimización para un desarrollo sustentable. • Junto a cada cambio político, hemos vivido de manera silenciosa incesantes cambios en programas de estudio, planes de desarrollo paralelo , jornada escolar, etc. • En el último año una verdadera crisis en relación a educación: resultados-administración-políticas públicas.

  3. “Educación de Calidad, una tarea de todos” • Se han estructurado en nuestro país distintas estrategias para enfrentar las diversas condiciones y lograr máxima cobertura de educación a la población: • Actualmente existe: • Currículum de enseñanza pre-escolar • Programa de enseñanza básica • Programa de enseñanza media científico-humanista o técnico-profesional • Curriculum paralelo Educación Especial • Programa de Integración Escolar

  4. OF-CMO 2002 MINEDUC El reconocimiento de la libertad, igualdad y dignidad de las personas impone al Estado el deber de garantizar una enseñanza básica de calidad para todos que, sin excepciones, contribuya a que cada hombre y cada mujer se desarrollen como personas libres y socialmente responsables.

  5. ESCOLARIDAD PROMEDIO EN CHILE: • A inicios ´90: 8.7 años, • Año 2000 : 9.2 años • Escolaridad promedio de los más pobres: 7.8 años. • Se estima que cerca de 300 mil chilenos menores de 21 años no han terminado su enseñanza media, especialmente en los sectores más modestos. • La Reforma Constitucional va acompañada de un Plan de Escolaridad Completa que incluye la entrega de una Subvención Diferenciada Pro-Retención para los establecimientos educacionales que atienden a los estudiantes más pobres que cursan entre séptimo básico y cuarto medio. Además, contempla el reforzamiento de acciones para enfrentar la deserción escolar, el embarazo adolescente , el trabajo juvenil y la nivelación de estudios, entre otros temas.

  6. Decretos Educación

  7. Requisitos básicos Educación Básica • ◊ Primero Básico: edad mínima, 6 años cumplidos al 31 de marzo del • El Director puede aceptar alumnos con 6 años al 30 de junio. • ◊ No se fija edad límite para ningún otro curso de este nivel. Educación Media HC y TP diurna • ◊ Primer año (diurno): edad máxima 18 años cumplidos, válido hasta • 19 años. • ◊ No hay edad mínima aunque debe tener aprobado el 8º año de E. Básica. Educación Especial • ◊ No hay edad mínima de ingreso para ningún déficit. Sólo diagnóstico • y elaborado por un Centro de Diagnóstico o por profesionales competentes. • ◊ Edad máxima de permanencia en la Enseñanza Especial: 24 años.

  8. Educación Especial • Inicialmente modelo biomédico. Basado en el déficit. • 1852 1º Escuela Especial para niños y niños sordos de Latinoamérica • 1928 1º Escuela Especial, niños con R.Mental. • 1976 1º Programa específico de Educación Especial. • ´60  Se inicia formación de Educadores Diferenciales • 1965 Presidente Frei Montalva impulsó políticas de protección, previsión, trabajo, educación, asistencia sanitaria y legal. • 1960-´70 Enfoque médico-rehabilitador • 1966-´70Inicio formación especialistas en EE en T. de Audición, Lenguaje y Visión. • 1974Creación de Grupos Diferenciales • ´80-´90Cambio de modelo centrado en el Déficit ------- Modelo Educativo. 2005 “POLITICA DE EDUCACIÓN ESPECIAL : NUESTRO COMPROMISO CON LA DIVERSIDAD”

  9. ANTECEDENTES HISTÓRICOS, PRESENTE Y FUTURO DE LAEDUCACIÓN ESPECIAL EN CHILEMª Paulina Godoy L., Mª Luisa Meza L., Alida Salazar U.Ministerio de Educación, Programa de Educación Especial. 2004. El Estado de Chile está comprometido a nivel nacional e internacional en la generación de políticas y marcos legales para hacer efectivo el derecho a la educación que tienen todos los niños y niñas. A través de la Reforma Educacional, ha desarrollado políticas y orientaciones con el fin de mejorar la calidad y equiparar oportunidades para aprender. En este marco, el Programa de Educación Especial del Ministerio de Educación, ha sido el responsable de implementar las políticas de atención de las personas con necesidades educativas especiales con y sin discapacidad, en todos los niveles y modalidades del sistema escolar. Sin embargo, existe un largo camino que recorrer para mejorar las condiciones en que se desarrollan los procesos educativos de este colectivo

  10. AQUÍ ESTAMOS!! Seguimos aquí……

  11. Punto de Partida

  12. Desarrollo de la política de Integración Escolar (1998 – 2003) • Se entiende la integración escolar como la herramienta educativa del principio de normalización, que se traduce en el derecho de las personas con discapacidad a participar en todos los ámbitos de la sociedad, recibiendo el apoyo que necesitan en el marco de las estructuras comunes de educación. El principio de integración se sustenta en el derecho que tiene toda persona con discapacidad o N.E.E a desarrollarse en la sociedad sin ser discriminada.

  13. MATRÍCULA DE LA EDUCACIÓN ESPECIALAl año 2005, en el sistema educacional son 129.994 los alumnos y alumnas que presentan necesidades educativas especiales y que reciben apoyos especializados. De éstos, 100.521 asisten a escuelas especiales y 29.473 son alumnos y alumnas de escuelas y liceos con proyectos de integración. AÑO 2008 AUMENTO NIÑOS Y NIÑAS CON N.E.E CON APOYO ESPECIALIZADO: 40.000 ALUMNOS INTEGRADOS 69.000 EN GRUPOS DE APOYO DIFERENCIAL 120.000 ASISTEN A ESCUELAS ESPECIALES

  14. AUMENTO SIGNIFICATIVO DEL COSTO DE LA SUBVENCIÓN DEL ORDEN DE 380%. • 1990 $16.462 • 2008 $78.650 sin JEC. $98.955 con JEC.

  15. Discapacidad 􀂲 ¿Cómo garantiza el sistema educativo el derecho a la educación de los niños con necesidades educativas especiales? • Según lo establece la Ley de Integración Social Nº 19.284 de 1994 y el Decreto Supremo N° 1 (que aprueba reglamento del capítulo II del Título IV de dicha Ley), el sistema escolar en su conjunto deberá brindar alternativas educacionales a aquellos educandos que presenten necesidades educativas especiales a través de: ◊ Establecimientos comunes de enseñanza ◊ Establecimientos comunes de enseñanza con proyectos de integración ◊ Escuelas Especiales Además, dispone la integración de personas con discapacidad a la educación común y en el caso de establecimientos subvencionados, por estos alumnos entrega subvención equivalente a Educación Especial.

  16. ¿Qué es una N.E.E? • Una necesidad de apoyo extraordinario o ayuda en el proceso de aprendizaje como resultado de una discapacidad o trastorno del desarrollo.

  17. ¿Qué derechos debe percibir? • Recursos humanos: profesores especializados,profesionales no docentes (fonoaudiólogos, kinesiólogos,terapeutas) • Recursos materiales y ayudas técnicas: • Audífonos,sintetizadores, teclados adaptados,tableros de comunicación, aumentar el tamaño de letras de textos, pruebas, etc. • Adaptación curricular: son las modificaciones o ajustes que realizan los profesres de enseñanza regular o educación especial de los objetivos, contenidos, metodologías de evaluación para facilitar el progreso del alumno-a en función de sus NEE.

  18. OPCIONES EDUCATIVASNEE  • a)     Las escuelas especiales, que atienden alumnos y alumnas que presentan  discapacidad sensorial, intelectual, motora, de la relación y comunicación y trastornos específicos del lenguaje. • b)     Los establecimientos de educación regular con Proyectos de Integración escolar y con grupos diferenciales,  para aquellos estudiantes  que presentan discapacidad y dificultades de aprendizaje y  • c)     Las Escuelas y Aulas hospitalarias para niños hospitalizados.

  19. ALTERNATIVAS DE IMPLEMENTACIÓN 21a) Proyectos Comunales de Integración: Diferentes establecimientos educacionales regulares de una misma comuna y dependencia formulan un Proyecto de integración en conjunto. Se establece un convenio entre la Secretaría Regional Ministerial y el sostenedor de los establecimientos, quien percibirá la subvención de la modalidad de Educación Especial . b) Proyectos de Integración Escolar de establecimientos con diferentes dependencias y sostenedores: Son establecimientoseducacionales de distintas comunas de igual o diferente dependencia que se asocian para la formulación y ejecución de los proyectos de integración. Los sostenedores de los establecimientos comunes perciben la subvención que corresponde al nivel educativo. El sostenedor del Centro de Recursos o escuela que otorga el apoyo especializado percibe la diferencia de la subvención especial c) Proyectos de Integración Escolar por establecimiento: Son establecimientos de educación regular que deciden elaborar un Proyecto de Integración en forma individual. El establecimiento percibirá la subvención de la modalidad y se comprometerá en la entrega de los recursos .necesarios para su desarrollo.

  20. Opción 1 El alumno asiste a todas las actividades del curso común y recibe atención de profesionales especialistas docentes o no docentes en el “aula de recursos” en forma complementaria, es decir dentro o fuera del curso común. • Opción 2 El alumno asiste a todas las actividades del curso común, excepto a aquellas áreas o subsectores en que requiera de mayor apoyo, las que deberán ser realizadas en el “aula de recursos”. • Opción 3 En esta opción, los alumnos asisten una proporción de tiempo al aula común y comparten algunos objetivos del currículum común con todos los alumnos. En la otra porción del tiempo desarrollan un curriculum adaptado a sus características y necesidades en el aula de recursos. • Opción 4 El alumno asiste a todas las actividades en el aula de recursos y comparte con los demás alumnos recreos, actos o ceremonias oficiales del establecimiento o de la localidad, y actividades extraprogramáticas en general. (Representa sólo una opción de integración física y social).

  21. GRUPO DIFERENCIAL • La organización escolar denominada Grupo Diferencial tiene como propósito atender a los alumnos y alumnas que presentan problemas de aprendizaje y/o adaptación escolar ya sean, de carácter transitorio o permanente que no se derivan de una discapacidad.(Decr 291/99)

  22. Ley 20201 • Biblioteca del Congreso Nacional • Identificación de la Norma : LEY-20201 • Fecha de Publicación : 31.07.2007 • Fecha de Promulgación : 06.06.2007 • Organismo : MINISTERIO DE EDUCACION "Para los efectos de esta ley, se entenderá por Necesidades Educativas Especiales de Carácter Transitorio, aquellas no permanentes que requieran los alumnos en algún momento de su vida escolar a consecuencia de un trastorno o discapacidad diagnosticada por un profesional competente, y que necesitan de ayudas y apoyos extraordinarios para acceder o progresar en el currículum por un determinado período de su escolarización. El Reglamento determinará los requisitos, instrumentos o pruebas diagnósticas para establecer los alumnos con necesidades educativas especiales que se beneficiarán de la subvención establecida en el inciso anterior, debiendo primero escuchar a los expertos en las áreas pertinentes. Con todo el Reglamento considerará entre otras discapacidades a los déficit atencionales y a los trastornos específicos del lenguaje y aprendizaje.

  23. Equipo Multidisciplinario • Es necesario establecer diagnósticos específicos en cada ámbito de desarrollo: • Intelectual-cognitivo • Social- afectivo • Aprendizaje en distintas áreas • Esto requiere la participación de profesionales de distintos ámbitos: • Pedagogía-psicopedagogía • Educación Diferencial • Psicología • Fonoaudiología • Terapia Ocupacional • Kinesiología • Neurología y Psiquiatría

  24. Proceder De Los Padres • Derecho a ser informado y obligación de informarse. “Considerar las características y necesidades educativas de su hijo es la base para realizar una buena elección de establecimiento” “Al momento de elegir un establecimiento es muy importante que los apoderados soliciten el PEI a la dirección, de tal manera de informarse y evaluar si ese es el tipo de educación que quieren para sus hijos y se comprometan con su puesta en práctica”. • Participar en forma activa en desarrollo de PEI Y PIE local en los colegios. • Mantener proceso de aprendizaje y refuerzo de plan desarrollado específicamente • Supervisar desarrollo y cumplimiento de plan propuesto

  25. Proceder de los Profesores • Mantenerse actualizado en técnicas de trabajo y del plan específico para cada alumno integrado • Propiciar ambiente favorable para facilitar integración de todos los alumnos en igualdad de condiciones • Comunicación y coordinación con educadores encargados de adecuaciones curriculares • Implementar sugerencias del especialista en sala de clases • Derecho a capacitación específica • Desarrollar evaluación diferenciada si es pertinente.

  26. EVALUACIÓN DIFERENCIADA • Considera o respeta los niveles con que se inician los niños, sus ritmos de avance, sus estilos y procedimientos de aprendizaje, así como las diferentes formas que tienen de expresar y comunicar sus aprendizajes. • Propende al desarrollo máximo de las potencialidades de todo niño o niña, cualquiera sea su punto de partida,más aún en caso de NEE transitorias o permanentes. • No se contempla la eximición de asignaturas, salvo evaluación por el Consejo del establecimiento(RIE).

  27. Proceder de los Profesionales • Debe existir un equipo de profesionales multidisciplinario permanentemente actualizado e idóneo, disponible para • Definir diagnóstico preciso • Definir pronóstico • Orientación escolar a distintas alternativas de educación • Desarrollar plan de sugerencias, adecuaciones curriculares y/o evaluación diferenciada si procede • Monitorizar el avance del proceso • Coordinarse a fin de optimizar el desarrollo del alumno o alumna con NEE/ discapacidad.

  28. CONCLUSIÓN • El proceso de integración escolar en marcha es posiblemente lo más próximo al respeto total de los derechos del niño, sin embargo el camino no es fácil, tanto para los docentes, alumnos integrados y sus familias, como para los compañeros y sistemas escolares. • Debemos aprender a vivir en la diversidad, desarrollando respeto y tolerancia hacia las diferencias, y generando alternativas flexibles y creativas que puedan implementarse para que la integración sea completa y efectiva. • La maravillosa oportunidad de un docente de ayudar a desarrollar las máximas potencialidades en cualquier niño o niña, sugiere una hermosa tarea que requiere una fomación técnica sólida y mucha abnegación. “En Chile hemos logrado progresos importantes en nuestra manera de concebir la discapacidad, desde concepciones tradicionales de rechazo y segregación, pasando por concepciones clínico rehabilitatorias centradas en revertir los efectos de la discapacidad a la concepción de derecho que la define como un fenómeno social con servicios basados en la normalización, la integración y la equiparación de oportunidades”.

  29. Adiós……

  30. EXIMICION DE UN SUBSECTOR • ENSEÑANZA BASICA Y ENSEÑANZA MEDIA • El Decreto Nº 158/97 (1º de E. Básica a 2º año de E.Media) faculta al Director (a), previa consulta al Profesor Jefe de curso o Profesores de subsector de aprendizaje, para eximir al alumno (a) de un subsector en casos debidamente fundados: Dificultades de aprendizaje o problemas de salud. • ENSEÑANZA MEDIA • Decreto 83/01 artículos 6º y 12 letra g (3er. y 4º año de E.Media). El Director (a) del establecimiento podrá autorizar la eximición de hasta un subsector o asignatura a los alumnos (as) que presenten dificultades de aprendizaje o problemas de salud. Sin embargo, los alumnos de E.Media Técnico Profesional no podrán ser eximidos de ningún módulo o asignatura de la especialidad que estudian. Los requisitos para la eximición deberán estar establecidos en el Reglamento Interno de Evaluación del establecimiento.

  31. SITUACIONES ESPECIALES DE EVALUACIÓN Y PROMOCION • ENSEÑANZA BASICA • Decreto 511/97, art. 12. El Director del Establecimiento con el (o los) profesor (es) respectivo (s), deberán resolver las situaciones especiales de evaluación y promoción de los alumnos de 1º a 4º. Para los alumnos de 5º a 8º, esta resolución deberá ser refrendada por el Consejo de Profesores. Entre otros resolverán los casos de alumnos que por motivos justificados requieren ingresar tardíamente a clases, ausentarse por un período determinado, finalizar el año escolar anticipadamente u otros semejantes. • Todas las situaciones de evaluación deberán quedar resueltas dentro del período escolar correspondiente. • ENSEÑANZA MEDIA. • Decreto 112/99 artículo 4º (1er. y 2º año de Enseñanza Media). • Decreto 83/01 artículo 12º, letra i, (3er. y 4año de E. Media). • La Dirección y el Consejo de Profesores deberán resolver situaciones especiales dentro del año escolar, tales como: ingreso tardío a clases, ausencias a clases por períodos prolongados; situaciones de embarazo; servicio militar, certámenes nacionales o internacionales en el área del deporte, la literatura, las ciencias y las artes; becas u otros similares. Los requisitos y procedimientos para resolver dichas situaciones, deberán estar establecidos en el Reglamento Interno de Evaluación del Establecimiento.

  32. PROMOCION DE ALUMNOS CON PORCENTAJE • INFERIOR AL 85% • ENSEÑANZA BASICA • Decreto Nº 511/97, art. 11, inciso 2º “Por razones de salud u otras causas debidamente justificadas, el Director del establecimiento y el profesor jefe podrán autorizar la promoción de los alumnos, de 1º a 4º año, con porcentajes menores de asistencia. En el 2º Ciclo Básico (5º a 8º año) esta autorización deberá ser refrendada por el Consejo de Profesores. • ENSEÑANZA MEDIA • Decreto 112/99 artículo 8º, inciso 2 y art. 4º (1er. y 2º año de Enseñanza Media). “Por razones establecidas en el Reglamento Interno de Evaluación, se podrá autorizar la promoción de alumnos con porcentajes menores de asistencia”. • Decreto 83/01 art. 5º Asistencia, letra c y artículo 12º, letra i. (3er. y 4º año de E. Media). • La Dirección del establecimiento, consultado el Consejo de profesores podrán promover alumnos con porcentajes menores al 85% de asistencia. Los requisitos y procedimientos para resolver dichos casos deberán estar establecidos en el Reglamento Interno de Evaluación del Establecimiento. • Tanto en Educación Básica como en Educación Media los alumnos que hayan sido autorizados, deberán ser incluidos en el acta regular de calificaciones finales y promoción escolar de su curso, registrando en ella el % de asistencia y artículo pertinente del decreto respectivo.

  33. ¿Qué tipo de sanciones NO pueden aplicarse? • ◊ Castigos físicos u otros que arriesguen la seguridad de los alumnos. • ◊ Medidas disciplinarias que atenten contra la dignidad de los alumnos. • ◊ Impedir el ingreso de un alumno al colegio o enviarlo de vuelta al hogar, porque eso • representa un riesgo para la integridad física y social del estudiante. • ◊ Medidas que afecten la permanencia de los alumnos en el sistema escolar o que • perjudiquen su proceso educativo. • ◊ Prohibir o dificultar la asistencia de una alumna por estar embarazada o ser madre. • Las sanciones deben ser cumplidas al interior de los establecimientos y deben tener siempre • un sentido formativo.

  34. Expulsión y cancelación de matrícula por bajo rendimiento o • repitencia • 􀂲 ¿Puede un establecimiento expulsar a un alumno/a durante el año escolar • por problemas de rendimiento? • No, durante la vigencia del año escolar, los sostenedores y/o directores de establecimientos • subvencionados (particulares o municipales) no podrán expulsar ni cancelar la matrícula a los • alumnos exclusivamente por su rendimiento académico (Ley de Subvenciones D.F.L N° 2 Art. • 6 letra d y Decretos Nº 511/96, Nº 112/99 y 83/2001 de promoción escolar). • 􀂲 ¿Puede un establecimiento no renovar la matrícula a un alumno por • repitencia? • En caso de repitencia, algunos establecimientos tienen dificultades para asegurar la • matrícula al alumno para el año siguiente por no contar con vacantes disponibles. En estos • casos, el colegio puede solicitar al Departamento Provincial de Educación la autorización de • alumnos excedentes sobre 45 por curso. Si esto no es posible, los padres deberán buscar • matrícula en otro establecimiento. En caso de necesitar ayudar, podrán solicitarla al • Departamento Provincial de Educación. • Nota: Ver normativa de evaluación y promoción escolar en los capítulos de la Guía de • Educación Básica y Educación Media. • Orientación del Ministerio: En la mesa de convivencia escolar (marzo, 2001) en la que • participaron los representantes de los sostenedores, hubo un compromiso del sector de poner • fin a la expulsión o no renovación de matrícula por repitencia o mal rendimiento.

  35. Expulsión y cancelación de matrícula por motivos conductuales • 􀂲 ¿Es posible expulsar a un alumno por motivos conductuales? • La labor de la escuela es formativa, no punitiva. Debe estar dirigida a educar en la • convivencia y el diálogo. Por esto, la expulsión de un estudiante por problemas conductuales • es considerada como una medida extrema, excepcionalísima y última, legítima sólo cuando • efectivamente la situación implique un riesgo real y actual (no potencial o eventual) para el • resto de la comunidad y ya se haya cumplido con todos los procedimientos exigidos. • 17

  36. ¿Qué criterios se deben cumplir para poder aplicar una medida de • expulsión? • Una expulsión o cancelación de matrícula debe cumplir cuatro criterios generales: • ◊ Debe estar de acuerdo con la legalidad vigente. • ◊ Estar expresamente señalada -su causal y condiciones- en el Reglamento Interno, el que • debe haber sido conocido y aceptado por la familia al matricular a su hijo. • ◊ Basarse en razones fundadas, procedimientos transparentes y criterios no • discriminatorios. • ◊ Haber sido informada con anticipación a la familia y al alumno, en un procedimiento que • les permitiera hacer descargos y con una instancia de revisión real al interior de la • comunidad escolar.

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