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“ PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PARA POSTULACION Y ASIGNACION DE SUBSIDIO DE AGUA POTABLE Y SERVICIO DE ALCANTARILLADO D

“ PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PARA POSTULACION Y ASIGNACION DE SUBSIDIO DE AGUA POTABLE Y SERVICIO DE ALCANTARILLADO DE AGUAS SERVIDAS ”. DECRETO Nº 4.012, DICIEMBRE 19 DEL 2006.

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“ PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PARA POSTULACION Y ASIGNACION DE SUBSIDIO DE AGUA POTABLE Y SERVICIO DE ALCANTARILLADO D

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  1. “ PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PARA POSTULACION Y ASIGNACION DE SUBSIDIO DE AGUA POTABLE Y SERVICIO DE ALCANTARILLADO DE AGUAS SERVIDAS ” DECRETO Nº 4.012, DICIEMBRE 19 DEL 2006

  2. PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PARA POSTULACION Y ASIGNACION DE SUBSIDIO DE AGUA POTABLE Y SERVICIO DE ALCANTARILLADO DE AGUAS SERVIDAS • El postulante concurre a la Dirección de Desarrollo Comunitario con la ultima boleta de agua cancelada y con su Cedula de Identidad a objeto de postular a este beneficio. • La Dirección de Desarrollo Comunitario procede a verificar en el sistema computacional, que el postulante se encuentre con su ficha de protección social vigente, respecto del domicilio que es habitado por el solicitante. • Si el solicitante no tiene ficha de protección social vigente, se deriva a este al área de Ficha de Protección Social para solicitar aplicación o actualización de la ficha, se confecciona la solicitud respectiva y se archiva transitoriamente en espera de los resultados de la ficha. • Si el solicitante cuenta con ficha de protección social vigente, se procede a confeccionar la solicitud de postulación y se procede a incorporar a lista de espera.

  3. PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PARA POSTULACION Y ASIGNACION DE SUBSIDIO DE AGUA POTABLE Y SERVICIO DE ALCANTARILLADO DE AGUAS SERVIDAS • Se procede a determinar si el postulante es carente, es decir, si gasta el 3% o más de los ingresos familiares en agua. La carencia esta normada por Ley y la arroja directamente el sistema computacional de subsidios. • No es carente, fin del proceso, alternativamente, si se trata de un adulto mayor se procede a la confección de informe social y si resulta que aun no siendo carente la situación socioeconómica lo amerita, continua el proceso. • Si el postulante es carente, de acuerdo al puntaje Ingreso / Patrimonio asignado se procede a clasificar como postulante al 30% de subsidio o al 75% de subsidio, cuyos parámetros lo entrega MIDEPLAN y son arrojados directamente por el sistema computacional de subsidios.

  4. PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PARA POSTULACION Y ASIGNACION DE SUBSIDIO DE AGUA POTABLE Y SERVICIO DE ALCANTARILLADO DE AGUAS SERVIDAS • Mensualmente se informa al Alcalde la nomina de postulantes en condiciones de acceder al subsidio al agua potable, previa verificación de rol de patentes municipales. • En base a la nomina recibida de la Dirección de Desarrollo Comunitario, el Alcalde informa a la Secretaria Municipal e interesados los subsidios asignados, a objeto de confeccionar el respectivo decreto alcaldicio. • Se informa a la empresa sanitaria los subsidios asignados por el municipio, como también, el tramo en el que le corresponde el beneficio.

  5. PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PARA POSTULACION Y ASIGNACION DE SUBSIDIO DE AGUA POTABLE Y SERVICIO DE ALCANTARILLADO DE AGUAS SERVIDAS • La Dirección de Desarrollo Comunitario, constantemente se encuentra recibiendo de parte de la empresa sanitaria, de los beneficiarios y de información aportada por la ficha de protección social, los antecedentes necesarios para determinar si alguno de ellos se encuentra en condiciones de extinción del subsidio, lo cual puede ser por las siguientes causales: • No cumplimiento de los requisitos. • Cambio de domicilio fuera de la comuna. • Cambio de domicilio dentro de la comuna. • Renuncia voluntaria. • Morosidad. • No presentar antecedentes. • Cumplimiento del plazo de 3 años del subsidio.

  6. PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PARA POSTULACION Y ASIGNACION DE SUBSIDIO DE AGUA POTABLE Y SERVICIO DE ALCANTARILLADO DE AGUAS SERVIDAS • Mensualmente, la Dirección de Desarrollo Comunitario informa al Alcalde la nomina de beneficiarios en condiciones de extinguir el subsidio al agua potable, indicando las causales y notifica a los beneficiarios. • En base a la nomina recibida de la Dirección de Desarrollo Comunitario, el alcalde informa a la Secretaria Municipal los subsidios extinguidos a objeto de confeccionar el respectivo decreto alcaldicio. • Se informa a la empresa sanitaria los subsidios extinguidos por el municipio.

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