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UNIDADES DE APOYO ANTE DESASTRES

UNIDADES DE APOYO ANTE DESASTRES. UNIDADES DE APOYO ANTE DESASTRES MARCO DE REFERENCIA. Mecanismo de Cooperación de Protección Civil de la U E. Iniciativa OCHA (Office for the Coordination of Humanitarian Affairs) de Naciones Unidas.

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UNIDADES DE APOYO ANTE DESASTRES

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  1. UNIDADES DE APOYOANTE DESASTRES

  2. UNIDADES DE APOYO ANTE DESASTRESMARCO DE REFERENCIA • Mecanismo de Cooperación de Protección Civil de la U E. • Iniciativa OCHA (Office for the Coordination of Humanitarian Affairs) de Naciones Unidas. • Línea estratégica de la política del Ministerio del Interior en materia de protección civil.

  3. UNIDADES DE APOYO ANTE DESASTRESINSTRUMENTACIÓN JURÍDICA Real Decreto 1123/2000, de 16 de junio, por el que se regula la creación e implantación de unidades de apoyo ante desastres ( BOE de 30 de junio de 2.000 ). Real Decreto 285/2006, de 10 de marzo, por el que se modifica el anterior, para ajustarlo a los requerimientos del Mecanismo de Cooperación de Protección Civil de la UE.

  4. Constitución mediante adecuación de medios, materiales y humanos, ya existentes. Para emergencias en España o fuera de ella. Actuación según directrices de la autoridad competente. Respuesta inmediata. Alta especialización. Adecuado equipamiento. Autosuficiencia. Permanencia limitada en el lugar de operaciones. Unidad de mando operativo. Unidad de procedimientos. UNIDADES DE APOYO ANTE DESASTRESPRINCIPIOS BÁSICOS

  5. UNIDADES DE APOYO ANTE DESASTRESCONSTITUCIÓN • Orden del Ministerio del Interior o del de la Presidencia ( si se trata de servicios de la Administración General del Estado). • Convenio entre el Ministerio del Interior y la entidad aportante de medios materiales y humanos. Posibilidad de convenios tripartitos entre el Ministerio del interior, una entidad local aportante de medios materiales y humanos, y la correspondiente Comunidad Autónoma.

  6. UNIDADES DE APOYO ANTE DESASTRESCONTENIDO DE LOS CONVENIOS • Títulos jurídicos que capacitan a las partes. • Objetivo del Convenio. • Características de las unidades constituidas. • Medios y recursos, materiales y humanos, aportados. • Programas de adecuación: • Formación especializada • Ejercicios • Equipamiento complementario • Régimen de financiación. • Procedimiento de seguimiento de la ejecución del convenio. • Vigencia, prorrogabilidad y mecanismos de denuncia y de solución de controversias.

  7. UNIDADES DE APOYO ANTE DESASTRESÁREAS DE ACTIVIDAD • Análisis y valoración de necesidades de intervención y apoyo a la gestión de emergencias. • Búsqueda, salvamento y rescate. • Asistencia sanitaria de emergencia. • Apoyo psicológico. • Organización áreas de albergue provisional y asistencia social. • Restablecimiento de servicios esenciales. • Telecomunicaciones de emergencia. • Actuación frente a riesgos biológico, químicos y radiológicos. • Identificación de víctimas. • Apoyo logístico a las intervenciones.

  8. UNIDADES DE APOYO ANTE DESASTRESPERSONAL • Españoles o extranjeros residentes en España, mayores de edad. • Con conocimiento y experiencia en la actividad correspondiente. • Compromiso individual suscrito con el Ministerio del Interior, relativo a su aportación voluntaria y a título gratuito, y especificando derecho a: • Indemnización en caso de accidente. • Alojamiento, manutención y transporte. • Percepción de retribución habitual. • Consideración en ascensos carrera profesional.

  9. UNIDADES DE APOYO ANTE DESASTRESMOVILIZACIÓN • Por los titulares de los recursos involucrados. • A requerimiento de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias. • De acuerdo con los procedimientos que se hayan establecido y en un máximo de 6 horas desde el primer aviso. • Podrá ser total o parcial, para componer los grupos de intervención que requieran las tareas concretas a desarrollar. • A instancias del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, del MIC o en virtud de Convenios Internacionales, para actuaciónes en el extranjero.

  10. UNIDADES DE APOYO ANTE DESASTRESINTERVENCIONES EN ESPAÑA • A requerimiento del órgano competente para la dirección de la emergencia de que se trate y de conformidad con las necesidades expresadas por éste. • Bajo la dirección y coordinación del órgano de dirección.

  11. UNIDADES DE APOYO ANTE DESASTRES INTERVENCIONES EN EL EXTERIOR -A requerimiento del país afectado según las necesidades del mismo. -De acuerdo con un programa previo de actuación que contemple previsiones sobre: • Movilización de efectivos. • Transporte, albergue, manutención y apoyo logístico de los grupos de intervención. • Procedimientos de coordinación de los grupos de intervención y de éstos con la Dirección General de Protección Civil y Emergencias, con las autoridades del País afectado y con la Embajada de España.

  12. Formación, ejercicios y equipamiento complementario. Aseguramiento períodos de formación y actuaciones en España y, en su caso, en el extranjero. Intervenciones en España. Intervenciones en el extranjero. Participación de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias según convenio u órdenes de constitución. Dirección General de Protección Civil y Emergencias. Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación UNIDADES DE APOYO ANTE DESASTRESFINANCIACIÓN

  13. UNIDADES DE APOYO ANTE DESASTRESACTIVIDADES DE PREPARACIÓN - Suscripción de Convenios de constitución. - Establecimiento de la estructura organizativa. - Determinación de tareas y procedimientos de trabajo. - Definición de los perfiles necesarios para desempeñar los diferentes puestos. - Establecimiento de una base de datos de personal participante. - Tramitación de compromisos de participación, de tarjetas de identificación y otra documentación relativa al personal participante. - Tramitación de pólizas de seguro de participantes. - Preparación e impartición de programas teórico-prácticos de formación. - Preparación y realización de ejercicios y simulacros.

  14. UNIDADES DE APOYO ANTE DESASTRESESPECIALIDADES PRIORITARIAS • Unidad de evaluación y coordinación. • Unidades de búsqueda y rescate (SAR). • Unidades de asistencia sanitaria de primera intervención (SAN). • Unidades para riesgos nuclear, químico y biológico (NBQ). • Unidad de Telecomunicaciones de Emergencia(COM).

  15. UNIDADES DE APOYO ANTE DESASTRESUnidad de Evaluación y CoordinaciónFUNCIONES BÁSICAS • Asegurar la coordinación con el órgano de dirección de la emergencia. • Dirigir las actuaciones de las UAD desplazadas. • Prever y evaluar riesgos y necesidades de medios de intervención.

  16. UNIDADES DE APOYO ANTE DESASTRESUnidad de Búsqueda y Rescate ( SAR )FUNCIONES BÁSICAS • Contribuir a la localización y salvamento de personas en zonas afectadas por catástrofes. • Prestar apoyo en la evaluación de necesidades de asistencia de las zonas dañadas, a corto y medio plazo.

  17. UNIDADES DE APOYO ANTE DESASTRESUnidad de Asistencia Sanitaria de Primera Intervención ( SAN )FUNCIONES BÁSICAS • Establecer una instalación sanitaria de estabilización médico-quirúrgica y de recuperación. • Proporcionar cobertura a otras unidades de apoyo ante desastres no sanitarias • Prestar apoyo en la evaluación de necesidades de asistencia sanitaria en las zonas afectadas, a corto y medio plazo.

  18. UNIDADES DE APOYO ANTE DESASTRES Unidad NRBQFUNCIONES BÁSICAS • Intervenciones especiales en casos de riesgos nuclear, biológico o químico. • Prestar apoyo en la evaluación de riesgos y actividades de intervención.

  19. UNIDADES DE APOYO ANTE DESASTRESUnidad de Telecomunicaciones de EmergenciaFUNCIONES BÁSICAS • Establecer sistemas de telecomunicaciones dentro del área afectada para la coordinación de las operaciones de socorro. • Facilitar la comunicación con los órganos de dirección/coordinación y con la Dirección General de Protección Civil y Emergencias. • Evaluar necesidades del área afectada en materia de telecomunicaciones, a corto y medio plazo.

  20. LAS UNIDADES DE APOYO ANTE DESASTRES UN INSTRUMENTO PARA LA SOLIDARIDAD

  21. LAS UNIDADES DE APOYO ANTE DESASTRES UN INSTRUMENTO PARA LA SOLIDARIDAD

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