1 / 63

CURSO DE COOPERATIVISMO Y MUTUALISMO

CURSO DE COOPERATIVISMO Y MUTUALISMO. La Economía al Servicio de los Valores Humanos. COOPERATIVISMO Y MUTUALISMO. COOPERAR: Es obrar en unión con otro ú otros con un mismo fin. Hay correspondencia mutua. Sistema democrático. Esfuerzo propio y ayuda mutua. Para satisfacer necesidades.

paley
Télécharger la présentation

CURSO DE COOPERATIVISMO Y MUTUALISMO

An Image/Link below is provided (as is) to download presentation Download Policy: Content on the Website is provided to you AS IS for your information and personal use and may not be sold / licensed / shared on other websites without getting consent from its author. Content is provided to you AS IS for your information and personal use only. Download presentation by click this link. While downloading, if for some reason you are not able to download a presentation, the publisher may have deleted the file from their server. During download, if you can't get a presentation, the file might be deleted by the publisher.

E N D

Presentation Transcript


  1. CURSO DE COOPERATIVISMO Y MUTUALISMO La Economía al Servicio de los Valores Humanos

  2. COOPERATIVISMO Y MUTUALISMO • COOPERAR: Es obrar en unión con otro ú otros con un mismo fin. • Hay correspondencia mutua. • Sistema democrático. • Esfuerzo propio y ayuda mutua. • Para satisfacer necesidades.

  3. PRINCIPIOS ESCENCIALES DE LA COOPERACION • EL HOMBRE: Centro y fin de toda actividad humana. • LA DEMOCRACIA: Sistema basado en la igualdad de todos los hombres. • EL SERVICIO: Como actitud de trabajo.

  4. LA DOCTRINA DE LA COOPERACION SOSTIENE VALORES TALES COMO • LA LIBERTAD: Permite la realización personal del hombre en el medio social. • LA JUSTICIA: Practica el trato igualitario de los hombres entre sí. • LA SOLIDARIDAD: Como idea de comunidad que persigue un propósito: LA DIGNIDAD HUMANA.

  5. EL HOMBRE • SER INDIVIDUAL: Libre y racional, capaz de concebir un proyecto personal de vida. • SER SOCIAL: Necesita de los demás, convive con ellos, se relaciona. Esta relación le permite descubrirse él y descubrir a los otros.

  6. FINALIDAD DEL COOPERATIVISMO Y EL MUTUALISMO • La satisfacción de necesidades. • Elevar la calidad de vida de las personas. • Dignificar al hombre. • Es un Modelo de vida

  7. CUALIDADES DEL HOMBRESOLIDARIO • Moral relevante. • Espíritu democrático. • Sensibilidad social. • Sentido de la equidad. • Respeto por la libertad y la dignidad. • Capacidad y honestidad para asumir responsabilidades.

  8. COMPETENCIA • Cuando una persona ó grupo tiene como objetivo obtener un mejor resultado para sí en desmedro de otra persona ó grupo. • Genera oposición entre ellos. • Deriva en conflicto. • Es negativa.

  9. COOPERACION • Cuando las personas ó grupos combinan sus actividades. • Trabajan juntos para un objetivo común. • El éxito de una de las partes concurre al éxito de todos. • A trabaja con B y nó contra B • Es positiva

  10. UNA COOPERATIVA ES • Una asociación autónoma de personas que tienen necesidades y aspiraciones económicas, sociales y/o culturales comunes, que satisfacen gestionando democráticamente una empresa que es propiedad del conjunto.

  11. CARACTERISTICAS • Basadas en el esfuerzo propio y la ayuda mutua. • Integradas por grupos de personas para atender sus propias necesidades socio-económicas de protección, defensa y reacción. • Comprenden elementos sociales y económicos: a) La asociación de personas; b) La empresa como unidad económica.

  12. PRECURSORES • Inglaterra: Robert OWEN, crea las Colonias Autónomas • Francia: Charles FOURIER, crea Los Falansterios

  13. REALIZADORES • Inglaterra: William KING • Francia: Philippe BOUCHEZ – Louis BLANC • Alemania: SCHULZE-DELITHZ y F. RAFFEISEN

  14. PENSADORES MODERNOS • Inglaterra. Los pioneros de ROCHDALE • Francia: Charles GIDE- ESCUELA DE NIMES: a) Soberanía del consumidor, b) Precio justo, c) Repùblica Cooperativa

  15. LOS PIONEROS DE ROCHDALE • Veintiocho asociados que aportan 1 Libra esterlina cada uno • Capital social : 28 Libras • Veintisiete socios eran analfabetos • El 21 de Diciembre de 1844 inician sus actividades con un almacén ubicado en la callejuela de los sapos, en Rochdale (Inglaterra)

  16. PRINCIPIOS • Asociación libre y voluntaria • Administración democrática • Educación cooperativa • Neutralidad política y religiosa • Interés limitado al Capital • Retorno proporcional de excedentes • Pago al contado

  17. EL COOPERATIVISMO EN ARGENTINA • Las primeras manifestaciones se remontan al último tercio del Siglo XIX. • Por entonces el Cooperativismo era ya una realidad muy promisoria en Europa • Los inmigrantes llevan a la práctica en nuestro país la experiencia económico-social del Viejo Continente

  18. PRIMERAS COOPERATIVAS • 1898: Se funda EL PROGRESO AGRICOLA, en Pigüé - Pcia. Bs. As. • 1905:Juan B. Justo funda EL HOGAR OBRERO • 1922: Se constituye A.C.A. • 1932: FED, ARGENTINA DE COOP DE CONSUMO • 1956: CONINAGRO • 1960: Departamento de Fomento Cooperativo en Córdoba- Existían 560 Coop. • 1962: COOPERA

  19. NORMATIVAS • 1889: Código de Comercio. Por primera vez menciona a las Cooperativas • Ley 11380. Autoriza al Banco Nación. a otorgar créditos a Coop. Agrícolas-Plantea excención impositiva • Ley 11388. Promulgada en 1926. Proyecto de J.B. Justo de 1923 • Ley 20337. A partir de Mayo de 1973. Creación del INAC

  20. LEY 20337 • Tiene alcance nacional • Define a las Cooperativas y las caracteriza • Enuncia Principios Cooperativos • Mínimo diez (10) asociados p/constitución • Integración cooperativa • Prestación servicios a 3ros no asociados • Limita responsabilidad de sus asociados • Otorga un (1) voto a cada asociado • Duración, Capital y número de asociados ilimitados • Distribución en proporción al uso de los servicios • Educación cooperativa • Limita interés a cuotas sociales

  21. LEY 20337 • Permite asociarse con otras personas jurídicas • No permite transformarse en otras personas jurídicas • Son sujeto de derecho • Define el “acto cooperativo”

  22. ORGANIGRAMA DE UNA COOPERATIVA SINDICATURA ASAMBLEA AUDITOR EXTERNO CONSEJO DE ADMINISTRACION D S A

  23. LA ASAMBLEA DE ASOCIADOS • CARACTERES • Organo de gobierno de la Cooperativa • Organo volitivo • Primario, no deriva de otro • No permanente • Colegiado: decide por mayoría • Necesario. Imprescindible • Tiene facultades indelegables • Decisiones obligatorias para todos

  24. DESARROLLO DE LA ASAMBLEA • Quórum • Voto por poder • Mayoría simple – Casos especiales • Participación de Consejeros, Síndicos, Gerentes y Auditores • Cuarto intermedio • Remoción de consejeros y Síndicos

  25. CONSEJO DE ADMINISTRACION • Integrado por asociados • Organo imprescindible • Es permanente • Renovación periódica • Colegiado • Elección indirecta de sus miembros • No menos de tres (3) titulares • Pueden elegirse suplentes • Retribución al trabajo personal • Reembolso de gastos

  26. CONDICIONES PARA SER CONSEJERO • Ser asociado • Tener capacidad para obligarse • No tener deudas vencidas con la Cooperativa. • Relaciones normales con la Cooperativa. • Antigüedad mínima fijada por Estatutos • EL PRESIDENTE ES EL REPRESENTANTE LEGAL DE LA COOPERATIVA • RESPONSABILIDAD DE LOS CONSEJEROS: Ley 19550 – Art. 274

  27. LA SINDICATURA • Cuerpo Unipersonal ó Colegiado • Miembros Titulares y Suplentes • Duración limitada • No renovable • Remoción por Asamblea • Reembolso de gastos • Retribución al trabajo personal • No parentesco con los miembros del Consejo de Administración

  28. ATRIBUCIONES DE LA SINDICATURA • Fiscalizar la administración. Examinar libros y documentación • Convocar a Asambleas • Verificar periódicamente estado de Caja y existencia de Títulos y Valores • Asistir con voz a reuniones del Consejo de Administración • Verificar y facilitar el ejercicio de los derechos de los asociados • Informar por escrito a la Asamblea • Hacer incluir temas en el Orden del Día de Asambleas • Designar Consejeros en caso de acefalía • Vigilar operaciones de Liquidación • Velar por la observación de la Ley, Estatutos y Reglamentos por parte del Consejo de Administración

  29. UNA MUTUAL ES • Son Asociaciones Mutuales las constituídas libremente, sin fines de lucro por personas inspiradas en la solidaridad, con el objeto de brindarse ayuda recíproca frente a riesgos eventuales o de concurrir a su bienestar material y espiritual, mediante una contribución periódica.

  30. RESEÑA HISTORICA • En el año 3.000 A.C. agricultores del Nilo • El Tratado de Bava Cama en Palestina • En Grecia: Colegios y Sodalitias, Hetairias • Edad Media: Ghildas en Germania • Cofradías y Montepíos en España • UNION PIO TIPOGRAFICA ITALIA DE S.M. 1738 – La más antigua

  31. EN LA ARGENTINA • Virreynato: Los Montepìos • Decreto del 4 de Septiembre de 1812 • Ley complementaria: 22 Agosto 1821

  32. ENTRE 1856 Y 1875 SE FUNDARON • Buenos Aires 27 • Capital Federal 12 • Santa Fé 19Entre Ríos 9 • Córdoba 6 • Tucumán 1

  33. INTEGRADAS POR: • Italianos 25 • Españoles 14 • Franceses 7 • Suizos 3 • El resto eran cosmopolitas y de gremios (zapateros, sastres y tipógrafos)

  34. LEGISLACION • A principio del Siglo XX surge preocupación por una legislación específica • Hasta entonces se regían por C.C. • 1913: Proyectos de Ley: Ibarguren – Giménez • 1910: Existían 559 sociedades con 172.592 socios

  35. DIRECCION DE MUTUALIDADES • Se crea por Decreto No. 24.499/45 • Determina aporte de $0.10 m/n p/construcción del Primer Policlínico Mutualista • Ratificado por Ley No. 12.291 • Ley 17.376 (1967). Establece aporte del 1% de cada cuota social al Fondo de Promoción Mutual • Ley 19.331 (1971) crea el INAM • Ley 20.321 (1973) Ley Orgánica de Mutuales

  36. ORGANIZACION • Organigrama similar a Cooperativas. • Asamblea: Llamado con treinta (30) días de anticipación • Consejo Directivo- Mandato hasta 4 ejercicios • Junta Fiscalizadora-Idem • Distintas categorías de asociados: a) Activos, b) Participantes, c) Adherentes • También se admiten Honorarios y Vitalicios

  37. DIFERENCIAS ENTRE COOPERATIVAS Y MUTUALES • COOPERATIVAS • No tienen categorías de socios • Aportan Capital • Distribuyen ó capitalizan los excedentes • Todos tienen idénticos derechos • Reintegro del Capital al retirarse

  38. DIFERENCIAS ENTRE COOPERATIVAS Y MUTUALES • MUTUALES • Establecen distintas categorías para sus asociados • No aportan Capital – Cuota Social • No distribuyen excedentes • Sólo los socios Activos participan del gobierno de la Institución • No tienen derecho a reintegro de los aportes

  39. FISCALIZACION PUBLICA • Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social. I.N.A.E.S.. • Organos Locales Competentes

  40. CONSEJO DIRECTIVO • Integrado por asociados • Organo imprescindible • Es permanente • Renovación periódica • Colegiado • Elección directa de sus miembros • No menos de cinco (5) titulares • Pueden elegirse suplentes • Retribución al trabajo personal • Reembolso de gastos

  41. JUNTA FISCALIZADORA • No menos de tres (3) miembros titulares é igual número de suplentes

  42. CONSTITUCIÓN • Acta Constitutiva • Incluye Estatuto Social y Reglamentos de Servicios • Nòmina con datos de los integrantes del Consejo Directivo y Junta Fiscalizadora con firmas certificadas • Nomina de asistentes. • Servicio no arancelado • Mínimo: 20 personas

  43. PASOS PARA CONSTITUIR UNA COOPERATIVA • Curso dispuesto por Res. 2037/03-INAES • Acta constitutiva (incluye Estatutos) • Acta de Distribución de Cargos-Cons.Adm • Depósito de garantía en Bco. Oficial o Cooperativo ( 5% Capital Suscripto) • Arancel INAES $30.- excepto Cooperativas de Trabajo • El trámite, se inicia ante el Organo Local Competente

  44. DISTRIBUCION DE EXCEDENTES • Excedentes repartibles: Son aquéllos que provienen de la diferencia entre el costo y el precio del servicio prestado al asociado. • Retorno: Es la parte del Excedente que recibe el socio. • Cálculo: Proporcional al uso de los servicios de la Cooperativa

  45. Ley Educación Nacional - 26.206 • Artículo 90: En Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, promoverá a través del Consejo Federal de Educación, la incorporación de los principios y valores del cooperativismo y del mutualismo en los procesos de enseñanza-aprendizaje y la capacitación docente correspondiente, en concordancia con los principios y valores establecidos en la Ley No. 16.583. y sus reglamentaciones. Asimismo se promoverá el cooperativismo y el mutualismo escolar.

  46. Ley 16.583. Enseñanza del cooperativismo en las Escuelas Nacionales • Articulo 1º - Declárese de alto interés nacional la enseñanza de los principios del cooperativismo. • Artículo 2º - El Poder Ejecutivo, por intermedio del Ministerio de Educación y Justicia, dictará las normas para la inclusión de los planes y programas de los establecimientos educacionales de su dependencia, de la enseñanza teórico - práctica del cooperativismo. • Artículo 3º - El Poder Ejecutivo, por los organismos de coordinación correspondiente, interesará a los gobiernos de provincias para la implementación en los establecimientos educacionales, de sus respectivas jurisdicciones, de la enseñanza del cooperativismo. • Artículo 4º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

  47. Cooperativas Escolares Asociaciones de alumnos. Fines Educativos Promover Solidaridad, ayuda mutua y justicia Preparar para Cooperativas Juveniles y Movimiento Cooperativo Complementar y perfeccionar Proceso Enseñanza Aprendizaje Con Personería Escolar Ministerio de Educación. Cooperativas Juveniles Asociaciones mixtas (padres, alumnos y docentes) Fines Productivos Crear Unidades de Trabajo (Producción, comercialización y servicios) Con Personería Jurídica (Ley 20.337) A Pedido de la autoridad escolar a la Autoridad Local Competente. Cooperativas Escolares Vs. Cooperativas Juveniles

  48. Miembros: Alumnos regulares (mayores de 18 y menores por sus representantes legales) Egresados (hasta 2 años después de su egreso) Los Docentes del Centro Educativo Otras Coop. Juveniles regularmente Constituidas Órganos: Consejo de Administración (6 representantes de alumnos y 3 de docentes) Consejo Juvenil (9 a 15 miembros) Comisión Asesora Director/a 2 Padres de alumnos-socios 2 Docentes especializ. 2 Egresados / Socios Cooperativas Juveniles

  49. Consejo de administración: (Idem Ley 20337) Consejo Juvenil: Planificar la actividad económica. Seleccionar ofertas de proveedores y clientes. Organizar la operatoria social cuidando que exista la máxima participación de todos los asociados. Optimizar los costos de funcionamiento. Coadyuvar a la plena formación cooperativa en los campos teóricos y prácticos. Propender al mantenimiento del establecimiento educativo. Comisión Asesora: Estimular a los asociados en la práctica del cooperativismo escolar. Asesorar a los asociados en el manejo y funcionamiento de las mismas. Realizar reuniones técnicas. Asistir, si lo considera necesario, a las reuniones del Consejo de Administración con voz. Expedirse sobre los proyectos rechazados por el Consejo de Administración, a requerimiento del Consejo Juvenil o del Consejo de Administración. Llevar a cabo toda la otra acción en beneficio de la cooperativa. Cooperativas Juveniles: Funciones

  50. Cooperativas Juveniles Disposiciones Generales • Art. 26º: La autoridad de aplicación deberá destinar una partida especial de los recursos previstos en la Ley Nº 7734 para créditos y subsidios. • Art. 27º: Los Centros Educativos deberán realizar Jornadas, Cursos y/o Talleres de Formación Cooperativa, previo a la constitución de las mismas. • Art. 28º: El Ministerio de Educación y Cultura, por intermedio de sus organismos técnicos deberá: • a) Organizar la capacitación cooperativista para el personal docente, con asignación de puntaje. • b) Establecer Pasantías en entes públicos o privados, para alumnos y docentes. • Art. 29º: Cada Cooperativa dictará, por Asamblea General de Asociados, el Estatuto conforme a las disposiciones de esta ley y la Ley Nacional Nº 20.337. • Art. 30º: El Ministerio de Educación y Cultura deberá incluir en el calendario escolar, la conmemoración del Día Internacional de la Cooperación, el primer sábado del mes de julio de cada año.

More Related