E N D
13. Los lineamientos tendrn vigencia a partir del ciclo escolar 2011-2012, XXI Etapa del Programa.
Con la entrada en vigor de los presentes lineamientos se abroga toda norma, disposicin, acuerdos y alcances emitidos con antelacin por la Comisin Nacional SEP-SNTE.
Los puntajes obtenidos en las evaluaciones globales hasta la XX Etapa, ciclo escolar 2010-2011, dejan de tener vigencia.
Para los participantes de la Primera, Segunda y Tercera Vertientes de los niveles y modalidades de Preescolar, Preescolar Indgena, Inicial, primero y segundo grados de Primaria, Educacin Fsica, Educacin Artstica y Educacin Tecnolgica donde el aprendizaje de los alumnos no se valoran con pruebas de aplicacin nacional, en tanto se cuente con los instrumentos correspondientes, el puntaje del factor Aprovechamiento Escolar se determinar en funcin de los resultados que obtengan en factor Preparacin Profesional.
Los docentes que, al entrar en vigor los presentes Lineamientos Generales estn cursando alguna Maestra o Doctorado, podrn obtener, por nica vez, 20 puntos en el factor de Formacin Continua en la Etapa correspondiente, siempre y cuando acrediten estos estudios hasta la XXIII.