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ESTRATEGIA ARTICULACIÓN NACIÓN TERRITORIO

ESTRATEGIA ARTICULACIÓN NACIÓN TERRITORIO. COMITÉ AMPLIADO DEPARTAMENTO DE SUCRE AGOSTO 19 DE 2010. Grupo de Coordinación Territorial en Materia de Desplazamiento Forzado Ministerio del Interior y de Justicia. Tematica a Desarrollar

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ESTRATEGIA ARTICULACIÓN NACIÓN TERRITORIO

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Presentation Transcript


  1. ESTRATEGIA ARTICULACIÓN NACIÓN TERRITORIO COMITÉ AMPLIADO DEPARTAMENTO DE SUCRE AGOSTO 19 DE 2010 Grupo de Coordinación Territorial en Materia de Desplazamiento Forzado Ministerio del Interior y de Justicia

  2. Tematica a Desarrollar Marco Jurídico de competencias de las entidades territoriales en materia de desplazamiento forzado Marco General de Competencias Estrategia de Coordinación Nación Territorio Comités departamentales de atención integral a población desplazada, ampliados a los municipios Retos del SNAIPD Nacional en el territorio para el 2010

  3. 1. Marco Jurídico de competencias de las Entidades Territoriales • "Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales (..)” (Art 1) CONSTITUCIÓN POLITICA • "La función administrativa esta al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado. “ (Art 209)

  4. 1. Marco Jurídico de competencias de las Entidades Territoriales • (..) Las competencias atribuidas a los distintos niveles territoriales serán ejercidas conforme a los principios de coordinación, concurrencia y subsidiariedad en los términos que establezca la ley.“ (Art 288) CONSTITUCIÓN POLITICA • “(..) Los departamentos ejercen funciones administrativas, de coordinación, de complementariedadde la acción municipal, de intermediación entre la Nación y los Municipios y de prestación de los servicios que determinen la Constitución y las leyes. “ (Art 298) • "Al municipio como entidad fundamental de la división político‑administrativa del Estado le corresponde prestar los servicios públicos que determine la ley, construir las obras que demande el progreso local, ordenar el desarrollo de su territorio, promover la participación comunitaria, el mejoramiento social y cultural de sus habitantes y cumplir las demás funciones que le asignen la Constitución y las leyes.“ (Art 311)

  5. 1. Marco Jurídico de competencias de las Entidades Territoriales • "Principio de coordinación. En virtud del principio de coordinación y colaboración, las autoridades administrativas deben garantizar la armonía en el ejercicio de sus respectivas funciones con el fin de lograr los fines y cometidos estatales.(Art 6) Ley 489 de 1998 "Descentralización administrativa. En el ejercicio de las facultades que se le otorgan por medio de esta ley y en general en el desarrollo y reglamentación de la misma el gobierno será especialmente cuidadoso en el cumplimiento de los principios constitucionales y legales sobre la descentralización administrativa y la autonomía de las entidades territoriales. En consecuencia procurará desarrollar disposiciones y normas que profundicen en la distribución de competencias entre los diversos niveles de la administración siguiendo en lo posible el criterio de que la prestación de los servicios corresponda a los municipios, el control sobre dicha prestación a los departamentosy la definición de planes, políticas y estrategias a la Nación. (Art 7)

  6. 1. Marco Jurídico de competencias de las Entidades Territoriales • (…) en el caso particular del desplazamiento forzado, el principio de la descentralización implica que las entidades territoriales locales y regionales deben establecer una estrategia tendiente a determinar los medios a partir de los cuales se atiende y se previene la situación de desplazamiento en su territoriodestinando los recursos necesarios para ello, e implementando programas y proyectos específicos conforme a las particularidades de su territorio y a la población desplazada que se ubique en su jurisdicción Auto 314 de 2009 • (…) El principio de coordinación significa que las entidades territoriales deben establecer su estrategia de acción, en armonía con los parámetros establecidos en las leyes nacionales y decisiones de la Corte Constitucional, y conforme a los canales e instancias de coordinación del sistema nacional de atención integral a la población desplazada –SNAIPD-. La concurrenciallama a las entidades locales y regionales a respetar los límites de cada autoridad territorial; y finalmente, el principio de subsidiariedaddetermina que, en el evento en que las autoridades territoriales no cuenten con la capacidad presupuestal e institucional requerida para atender la dimensión del desplazamiento en sus localidades, sus obligaciones propias deben ser atendidos por las entidades de niveles superiores.

  7. 1. Marco Jurídico de competencias de las Entidades Territoriales Plan Nacional de Desarrollo 2006 - 2010 CONPES 3400 de 2005 Decreto 250 de 2005 Ley 387 de 1997 Ley 489 de 1998 Decreto 2569 de 2000 Decreto 1997 de 2009 Ley 1190 de 2008 2009 2004 2005 2007 2008 2006 1997 Autos 176 177 178 de 2005 Autos 04 05 06 07 08 314 de 2009 Sentencia T 025 de 2004 Autos 109 233 de 2007 Autos 052 092 116 251 de 2008

  8. CTAIPD 2. Evolución Instancias de coordinación en el territorio LEY 387 DE 1997 • Reglamenta su Creación • Entidades que lo conforman • Situaciones que llevan a convocarlo • Articulación con el SNAIPD DECRETO 2569 DE 2000 • Alcaldes y Gobernadores, responsables de su creación y convocatoria. • Indicaciones sobre situaciones que llevan a convocatoria. • Funciones del Comité DECRETO 250 DE 2005 • Responsabilidades y Funciones de las entidades territoriales del CTAIPD. - Según principios orientadores (particularidades del territorio) - Según principios de intervención (complementariedad, concurrencia y subsidiariedad) - En las diferentes fases de atención (Prevención y Protección, Atención Humanitaria de Emergencia y Estabilización Socioeconómica) • Operación a través de Mesas de Trabajo Regionales o Comisiones Temáticas. • Responsabilidad de elaborar los Planes Integrales Únicos (PIU). Herramienta para planificar, implementar y hacer seguimiento a la política pública de prevención y atención a PD

  9. 2.- MARCO GENERAL DE COMPETENCIAS

  10. Fortalecer la capacidad institucional de los Entes Territoriales para implementar la política pública de atención integral a la población desplazada y garantizar el goce efectivo de los derechos. FORMACIÓN Y ASISTENCIA TÉCNICA 3. Estrategia de Coordinación Nación Territorio • Desconocimiento de la actual política de prevención y atención, tanto normatividad como jurisprudencia. • Alta rotación de funcionarios • Falta de Identificación del presupuesto por poca claridad de los requerimientos y del como incorporarlo una vez aprobado el plan de desarrollo, así como inversiones fuera del rubro específico de desplazados. FALENCIAS DETECTADAS DESDE Y CON EL TERRITORIO LINEA ESTRATEGICA

  11. 3. Estrategia de Coordinación Nación Territorio FALENCIAS DETECTADAS DESDE Y CON EL TERRITORIO • Falta de información, no apropiación de los procesos de atención y los beneficiarios • Baja comunicación al interior de la entidad territorial • Baja comunicación del nivel territorial con el nivel nacional • Bajo registro de la información tales como actas de sesiones del CTAIPD, acciones emprendidas desde el PIU, desarrollo de mesas temáticas. Promover la interoperabilidad de los diferentes sistemas de información territorial administrados por el Departamento Nacional de Planeación, Acción Social y el Ministerio del Interior y de Justicia, con el objeto de contar con información oportuna, pertinente y real frente a las acciones adelantadas por los Entes Territoriales en el marco de sus competencias y funciones. A su vez busca retroalimentar a las entidades nacionales sobre las necesidades particulares de las entidades territoriales, que sirvan de insumo para la aplicación de los principios de concurrencia, subsidiaridad y complementariedad. SISTEMA DE INFORMACIÓN TERRITORIAL LINEA ESTRATEGICA

  12. Mantener un flujo de información permanente con las entidades territoriales sobre la oferta institucional nacional, las modificaciones de política pública en atención integral a la población desplazada, mecanismos de implementación de la política pública y los requerimientos de las entidades territoriales al nivel nacional y viceversa. 3. Estrategia de Coordinación Nación Territorio DIVULGACIÓN FALENCIAS DETECTADAS DESDE Y CON EL TERRITORIO • Dificultades de comunicación por rotación de personal y bases de datos desactualizadas. • Desconocimiento de los más recientes desarrollos normativos y jurisprudenciales • Falta de comunicación de las dificultades y avances desde lo territorial LINEA ESTRATEGICA

  13. 3. Estrategia de Coordinación Nación Territorio FALENCIAS DETECTADAS DESDE Y CON EL TERRITORIO • Falta de identificación de los requerimientos del orden nacional en el territorio • Falta de desarrollo de mecanismos de seguimiento a los avances y dificultades territoriales. • Baja retroalimentación al territorio desde lo nacional A partir de la información suministrada por las entidades territoriales y las acciones de apoyo realizadas en el marco de la coordinación territorial, efectuar el seguimiento a los compromisos legales y de gestión de los entes territoriales, a fin de que se adopten los correctivos pertinentes a nivel nacional y local. En otras palabras, se busca retroalimentar al SNAIPD en sus dos niveles para la toma de decisiones. LINEA ESTRATEGICA SEGUIMIENTO

  14. Promover y facilitar la participación real y efectiva de las Organizaciones de Población Desplazada, así como de los grupos de especial protección constitucional para que cuenten con los espacios de participación contemplados en el marco normativo. 3. Estrategia de Coordinación Nación Territorio PARTICIPACIÓN DE LA PD • Mediana información de los procesos en desarrollo de la participación de la PD • Grado de desconocimiento de los procesos desarrollados en el tema de participación de la PD desde el territorio • Baja sistematización de los procesos de participación e inclusión de nuevas iniciativas FALENCIAS DETECTADAS DESDE Y CON EL TERRITORIO LINEA ESTRATEGICA

  15. 4. Comités Departamentales de Atención Integral a la PD Ampliados COMITÉS DEPARTAMENTALES DE ATENCIÓN INTEGRAL A POBLACIÓN DESPLAZADA, AMPLIADOS A LOS MUNICIPIOS Departamento Municipio A Municipio B Municipio C Municipio D

  16. PAPEL DE LOS DEPARTAMENTOS EN EL MARCO DE LA ATENCION A LA POBLACIÓN DESPLAZADA

  17. PAPEL DE LOS DEPARTAMENTOS EN EL MARCO DE LA ATENCION A LA POBLACIÓN DESPLAZADA - ElementosNormativos- Ley 715 de 2001 • Promover, financiar o cofinanciar proyectos nacionales, departamentales o municipales de interés departamental. • Administrar los recursos cedidos por la Nación, atendiendo su destinación legal cuando la tengan. • Promover la armonización de las actividades de los municipios entre sí, con el Departamento y con la Nación. • Asesorar y prestar asistencia técnica, administrativa y financiera a los municipios y a las instituciones de prestación de servicios para el ejercicio de las competencias asignadas por la ley, cuando a ello haya lugar. • Realizar el seguimiento y la evaluación de la acción de los municipios y de la prestación de los servicios a cargo de estos e informar los resultados de la evaluación y seguimiento a la Nación, autoridades locales y a la comunidad. • Promover y fomentar la participación de las entidades privadas, comunitarias y sin ánimo de lucro en la prestación de los servicios que deben prestarse en el departamento”.

  18. LEY 1190 DE 2008 Art 2: el “Cnaipd”, coordinará con CTAIPD, las acciones dirigidas a garantizar el compromiso de los entes territoriales en el cumplimiento y materialización de los derechos de la PD. Para garantizar el cumplimiento del presente artículo, los gobernadores de departamento y alcaldes municipales y distritales deberán: 1. Diseñar, implementar y aplicar una estrategia que logre mayores compromisos presupuestales y administrativos a nivel municipal y departamental dirigida a personas en situación de desplazamiento. 2. Definir metas puntuales a corto, mediano y largo plazo para las estrategias de promoción y coordinación con cronograma que permita hacer seguimiento permanente de las acciones realizadas. 3. Diseñar un mecanismo de evaluación periódica que permita hacer los ajustes necesarios a las estrategias diseñadas, de tal manera que sea posible adoptar correctivos cuando se presenten retrocesos o rezagos en las metas definidas. 4. Informar oportunamente de una manera adecuada, inteligible y accesible para la población desplazada sobre la forma como las entidades territoriales están trabajando en el mejoramiento de la atención a la población desplazada y de los avances logrados. 5. Adoptar y aplicar una estrategia que garantice la participación oportuna y efectiva de las organizaciones de población desplazada en el ámbito territorial, en los procesos de diseño, coordinación e implementación de las estrategias de promoción y coordinación que se adelanten. 6. Diseñar e implementar planes y programas con enfoques diferenciales dirigidos a las personas que en situación de desplazamiento, sean sujetos de especial protección constitucional o que se encuentren en mayor grado de vulnerabilidad.

  19. DECRETO 1997 DE 2009: Mecanismos de coordinación El Gobernador de cada departamento en el marco del Comité Departamental de Atención Integral a la Población Desplazada - CDAIPD, deberá ejercer las siguientes acciones : Verificar la existencia y el funcionamiento de los Comités Municipales de Atención a la Población Desplazada, generando un informe departamental al Ministerio del Interior y de Justicia a través del Sistema de Información, Coordinación y Seguimiento Territorial - SICST, cada seis meses. Verificar la existencia y el estado de los Planes Integrales Únicos en cada uno de los municipios de su jurisdicción, realizando acciones de acompañamiento técnico. Involucrar en el PIU departamental acciones prioritarias y conducentes al goce efectivo de derechos, en el marco del acompañamiento técnico y presupuestal a los municipios que lo requieran en el marco de los principios de concurrencia, subsidiaridad y complementariedad. Realizar al menos DOS veces al año un Comité Departamental de Atención Integral a la Población Desplazada, con los municipios de su jurisdicción, con el fin de socializar la dinámica que presenta cada municipio en esta materia, el desarrollo de los procesos de prevención y atención en el marco del Plan Integral Único de cada municipio, copia del acta respectiva será entregada al Ministerio del Interior y de Justicia. Verificar y adelantar las acciones a su alcance para garantizar la participación de la población desplazada en los Comités Departamentales y Municipales de Atención Integral de la Población Desplazada y en la formulación de los Planes Integrales Únicos. MIJ impulsará la realización de mesas regionales de trabajo para lograr procesos de sinergia entre municipios receptores y expulsores, acordando acciones que posibiliten los procesos de reubicación y retorno conjuntamente con las entidades del SNAIPD competentes, con acciones que garanticen el GED de la población retornada o reasentada.

  20. REQUERIMIENTOS DE INFORMACIÓN TERRITORIAL Uso de herramientas técnicas en el marco de la Estrategia de Coordinación Nación- Territorio

  21. REQUISITOS DE INFORMACIÓN PARA LAS ENTIDADES TERRITORIALES Auto 052/08 Ley 1190/08 Auto 007/09 Decreto 1997/09

  22. ARTÍCULO 3 DECRETO 1997 DE 2009 Gobernadores y Alcaldes: Informar al MIJ a través del Sistema, el día 15 de los meses de Abril, Julio, Octubre y Enero del año siguiente, sobre los avances y dificultades de los compromisos presupuestales y administrativos, así como las acciones adelantadas para atender a la PD en el marco del GED. DISEÑO Y PILOTAJE DE HERRAMIENTAS INSUMO PARA LA CERTIFICACIÓN Con la participación de 110 entidades territoriales cerca de 400 personas capacitadas

  23. RETO INSTITUCIONAL Min Hacienda, DNP, Acción Social, Min Interior y de justicia LEY 1190 INFORME ÚNICO TRIMESTRAL (a partir 2º semestre 2010) Decreto 1997 Auto 007 PRESUPUESTO

  24. Enlace Territorial del MIJ para SUCRE Marta Lucia Cordero H. martha.cordero@mij.gov.co 1- 444 31 00 extensión 2735 CEL: 3112342272

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