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IMPLEMENTACIÓN DE RECOMENDACIONES PARA LA GESTIÓN

IMPLEMENTACIÓN DE RECOMENDACIONES PARA LA GESTIÓN. Abog . CPCC. JULIÁN CONTRERAS LLALLICO Lima - 2011. Seguimiento de la Implantación de Medidas Correctivas en las Entidades del Estado REVISIÓN DE CONCEPTOS Y GENERALIDADES. NORMAS. FUNCIONARIOS. Obligatoriedad En interés de.

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IMPLEMENTACIÓN DE RECOMENDACIONES PARA LA GESTIÓN

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Presentation Transcript


  1. IMPLEMENTACIÓN DE RECOMENDACIONES PARA LA GESTIÓN Abog. CPCC. JULIÁN CONTRERAS LLALLICO Lima - 2011

  2. Seguimiento de la Implantación de Medidas Correctivas en las Entidades del Estado REVISIÓN DE CONCEPTOS Y GENERALIDADES

  3. NORMAS FUNCIONARIOS • Obligatoriedad • En interés de Consentimiento LEGITIMIDAD GOBERNADOS PODER

  4. FUNCIONES DEL PODER Legislativas Jurisdiccionales Administrativas Especiales : Control Distribuído : varios detentadores

  5. Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República Nº 27785 publicada 23/07/2002 Ley Nº 27785

  6. Control Gubernamental Prevenir y verificar la correcta, eficiente y transparente Utilización y gestión de recursos y bienes del Estado. El desarrollo honesto y probo de las autoridades, funcionarios y servidores públicos Cumplimiento de metas y resultados Art. 2º Ley 27785

  7. Sistema Nacional de Control - SNC ÓRGANOS DEL SNC Contraloría General de la República Sociedades de Auditoría Órgano de Control Institucional

  8. Atribuciones del Sistema Formular recomendaciones Efectuar supervisión, vigilancia y verificación de la gestión y utilización de bienes del Estado Impulsar modernización y mejoramiento de gestión pública Propugnar capacitación de funcionarios

  9. Atribuciones del Sistema Exigir a funcionarios y servidores Públicos responsabilidad por sus actos. Emitir informes con sustento Técnico y legal. Brindar apoyo técnico al Procurador público

  10. Atribuciones de la Contraloría General Ordenar acciones de control Supervisar cumplimiento de recomendaciones. Acceso a registros, documentos e información Disponer inicio de acciones legales. Normar y velar por implantación de OAI’s

  11. REGLAMENTO DE LOS ÓRGANOS DE CONTROL INSTITUCIONAL

  12. OBJETIVO DEL OCI Unidad especializada responsable de llevar a cabo el control gubernamental en la entidad. Promueve la correcta y transparente gestión de los recursos y bienes de la entidad.

  13. OBJETIVO DEL OCI • Cautela la legalidad y eficiencia de sus actos y operaciones, así como el logro de sus resultados, mediante la ejecución de labores de control.

  14. FUNCIONES DE LOS OCI Remitir los informes resultantes de sus labores de control a la Contraloría , como al titular de la entidad y del Sector cuando corresponda. Efectuar el seguimiento de las medidas correctivas que adopte la entidad, como resultado de las labores de control, comprobando su materialización efectiva.

  15. AUTORIDAD LEGAL PARA EJERCER LAS ACTIVIDADES DE AUDITORÍA GUBERNAMENTAL La auditoría debe realizarse de acuerdo a disposiciones legales establecidas.

  16. APLICABILIDAD DE LAS NORMAS DE AUDITORÍA GUBERNAMENTAL Las NAGU determinan los requisitos de orden personal y profesional del auditor, uniforman el trabajo.

  17. LA AUDITORÍA GUBERNAMENTAL SE DIRIGE A LA MEJORA DE LAS OPERACIONES DE LAS ENTIDADES Dirigido a mejorar operaciones futuras antes que criticar los hechos pasados.

  18. FASES DE LA AUDITORÍA PLANEAMIENTO. EJECUCIÓN. INFORME. SEGUIMIENTO DE MEDIDAS CORRECTIVAS.

  19. EXAMEN IN SITU PLANIFICACIÓN DE LA AUDITORÍA ELABORACIÓN DE LAS CONCLUSIONES DE LA AUDITORÍA SUB PROCESOS 2 1 3 REUNIÓN DE TRABAJO ÁREAS CRÍTICAS PLAN Y PROGRAMA DE AUDITORÍA REUNIÓN DE APERTURA CONCEPTO DE LA AUDITORÍA CONTENIDO COMPROBACIONES PREPARACIÓN DE LA AUDITORÍA REDACCIÓN FINAL ESTRUCTURA PRODUCTOS CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES DE LA AUDITORÍA DOCUMENTACIÓN BUSQUEDA DE EVIDENCIA DOCUMENTOS SUB PROCESOS PROCEDIMIENTO DE DICTAMEN PRESENTACIÓN DEL INFORME SEGUIMIENTO 4 5 6 FORMULACIÓN Y COMUNICACIÓN DE HALLAZGOS CONTRIBUCIÓN AL INFORME ADOPCCIÓN DE MEDIDAS CORRECTIVAS Y PREVENTIVAS CONTROLES DE CALIDAD PRODUCTOS COMENTARIOS Y/O ACLARACIONES REMISIÓN A LOS ÓRGANOS COMPETENTES BALANCE DE RESULTADOS PROCESO DE LA AUDITORÍA

  20. Fase del Informe de Auditoría • NAGU 4.40 y modificatorias. • Tipos de Informes. • Estructura del informe del Examen Especial. • D. Informe Especial Legal.

  21. A. NAGU 4.40 Tiene por finalidad regular el contenido del informe largo de auditoría financiera, de gestión y de otros tipos que se deriven de los mismos, tales como exámenes especiales. Informe de Auditoría Informe

  22. I N F O R M E S TIPOS DE INFORMES • Financieros y Presupuest. • Legales • Gestión Institucional • Seguimiento de medidas correctivas GENERAL • Faltas graves • Indicios de Comisión de delito • Responsabilidad Civil ESPECIAL CONTROL INTERNO • Debilidades de diseño y • funcionamiento de los • sistemas

  23. Informe de Auditoría • Medio a través del cual el auditor, emite su juicio profesional sobre los aspectos examinados. • Expresión escrita donde el auditor expone su conclusión sobre la tarea auditora.

  24. RECOMENDACIONES Medidas específicas para la administración. Promover superación de causas. Dirigidas al Titular o Funcionarios competentes. Constructivas y que posibiliten mejoras. Procesamiento de responsabilidades. Factibilidad de implementación.

  25. Elevación de Informe Titular de la Entidad. CONTRALORÍA GENERAL

  26. CASUÍSTICA

  27. CASO Nº 1 Incumplimiento de pago de dietas a regidores, existiendo disponibilidad económica correspondiente. Penalidades La ocurrencia de esta acción constituye delito de Abuso de Autoridad y Peculado en la modalidad de Retardo Injustificado de Pago, previstos y penados en los artículos 376º y 390º del Código Penal.

  28. CASO Nº 2 Autorizar rendiciones de caja, cargados al despacho de alcaldía sin documentación sustentatoria y/o con en documentos que no precisan las razones o motivos por los cuales se autorizaron y que no evidencien la urgencia o necesidad del gasto. Penalidades Esta acción constituye los hechos en comisión del delito de Peculado, previsto y penado en el artículo 387º del Código Penal

  29. CASO Nº 3 Contratar servicios, fraccionando el monto, correspondiendo efectuarse un proceso de adjudicación directa con publicación, además favoreciendo a uno de los postores, otorgándose la buena pro al postor que carece de licencia de funcionamiento y que no se encuentra legalmente constituido. Penalidades Constituye la comisión del delito de Corrupción de Funcionarios en la modalidad de Negociación Incompatible con el Cargo, previsto y penado en el artículo 397º del Código Penal.

  30. CASO Nº 4 Efectuar gastos corrientes con recursos provenientes del FONCOMUN y que no estén relacionados con la operatividad de la Municipalidad. (alimentos, cervezas, fotografías....) dándoseles una aplicación definitiva diferente de aquella a la que estaban destinados. Compras de artículos de limpieza, útiles de oficina, servicios de fotocopias, tipeos, honorarios profesionales , sin el sustento debido y cargados a los diferentes proyectos u obras ejecutadas por la entidad.

  31. CASO Nº 4 Penalidades Estos hechos constituyen perjuicio económico para la entidad y hacen presumir comisión de delitos de Peculado en las modalidades de Malversación y de Peculado Doloso, previstos y penados en los artículos 389º y 387º del Código Penal, respectivamente.

  32. CASO Nº 5 Otorgar incentivos a la Productividad a funcionarios, sin corresponderles por haber sido designados con el carácter de Ad Honorem, es decir sin derecho a retribución económica alguna. Comentarios Se produce perjuicio económico a la entidad debido a que se efectúa un desembolso económico sin sustento legal para el caso de los funcionarios Ad Honorem, dada su especial naturaleza. La misma que por su propia definición exige que no se perciba retribución alguna, independientemente de su carácter remunerativo o pensionable, aspectos que no resulta relevantes para tal efecto.

  33. Seguimiento de la Implantación de Medidas Correctivas en las Entidades del Estado VERIFICACIÓN Y SEGUIMIENTO DE LA IMPLANTACIÓN

  34. FINALIDAD OPTIMIZAR EL SEGUIMIENTO Y VERIFICACIÓN DE LA IMPLANTACIÓN DE MEDIDAS CORRECTIVAS, A FIN DE FORTALECER EL SISTEMA NACIONAL DE CONTROL EN EL MARCO DEL PROCESO DE MODERNIZACIÓN DEL ESTADO.

  35. FINALIDAD DESTACAR QUE EL SEGUIMIENTO A LAS RECOMENDACIONES EN EL PROCESO DE AUDITORÍA ES UNA CONTRIBUCIÓN A LA TAREA DE ADMINISTRAR LOS RECURSOS DE UNA ORGANIZACIÓN LA CUAL DESCANSA EN LA ALTA DIRECCIÓN.

  36. ETAPAS ACCIONES ADOPTADAS POR EL TITULAR RESUMEN DEL INFORME DE AUDITORÍA GUBERNAMENTAL SEGUIMIENTO DE MEDIDAS CORRECTIVAS

  37. DIRECTIVA Nº 014-2000-CG/B150 VERIFICACIÓN Y SEGUIMIENTO DE IMPLEMENTACIÓN DE RECOMENDACIONES DERIVADAS DE INFORMES DE ACCIONES DE CONTROL.

  38. A. OBJETIVOS ESTABLECER PROCEDIMIENTOS PARA LA VERIFICACIÓN Y SS.MM A LAS RECOMENDACIONES FORMULADAS EN LOS INFORMES DE AUDITORÍA. ESTABLECER PAUTAS PARA EL SEGUIMIENTO DE LOS PROCESOS JUDICIALES DERIVADOS DE LAS ACCIONES DE CONTROL.

  39. B. ALCANCE APLICACIÓN OBLIGATORÍA TITULAR JEFE OCI CGR SOA

  40. C. RESPONSABILIDAD • Titulares de las Entidades. • Jefes de los Órganos de Control Institucional. • Jefes de las Unidades Órganicas de la CGR. • Sociedades de Auditoría designadas por la CGR. El incumplimiento de la Directiva genera responsabilidad administrativa.

  41. D. VIGENCIA La presente Directiva rige desde el 01 de enero del 2001 y su aplicación es para las acciones de control que se inician a partir de esa fecha.

  42. E. DISPOSICIONES GENERALES • Responsable de disponer las acciones: Titular. • Responsable de efectuar la Verificación, Seguimiento y Registro: OCI. • Entidades sin OCI: La CGR encargará el Seguimiento. • OCI que realicen acciones de control por encargo: Responsables del Seguimiento.

  43. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS

  44. ELEVA INFORME AL TITULAR DE LA ENTIDAD AUDITADA Y DEL SECTOR. SIMULTANEAMENTE A CGR, ADJUNTADO FORMATO 4 Y DISQUETE (SAGU) INFORMES DE AUDITORÍA REGISTRA RESUMEN DEL INFORME EN EL SISTEMA SAGU, SEGÚN FORMATO 4 O C I

  45. DESIGNA A LOS FUNCIONARIOS RESPONSABLES INFORMA A LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA ACCIONES ADOPTADAS POR EL TITULAR T I T U L A R Según datos solicitados en el formato 4 En un plazo de 15 días útiles de recepcionado el informe Para su registro y seguimiento en el Sistema SAGU ENVIA COPIA DEL FORMATO 4 AL ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL

  46. N Nº de REC. FUNCIONARIOS RESPONSABLES DOCUMENTO DE ASIGNACIÓN Nº FECHA PLAZO DE ATENCIÓN APELLIDO APELLIDO NOMBRES CARGO UNIDAD ORGANICA PATERNO MATERNO O DEPENDENCIA FORMATO 4 ACCIONES ADOPTADAS POR EL TITULAR ( XXX ) NOMBRE DE LA ENTIDAD : ABC FORMATO Nº 4 ACCIONES ADOPTADAS POR EL TITULAR INFORME DE ACCIÓN DE CONTROL TITULAR DE LA ENTIDAD Nroº FECHA : NOMBRE : TÍTULO CARGO : FUNCIONARIOS RESPONSABLES DE LA IMPLANTACIÓN DE RECOMENDACIONES

  47. CASOS ESPECIALES EL TITULAR COMUNICA DIRECTAMENTE LAS ACCIONES ADOPTADAS. ENTIDADES QUE NO CUENTAN CON OAI EL RESPONSABLE DE LA IMPLANTACIÓN SERÁ: -TITULAR DEL ÓRGANO RECTOR O DEL QUE EJERCE TUICIÓN - EL QUE DESIGNE LA CONTRALORÍA COMO ENCARGADO DE IMPLANTAR DICHAS MEDIDAS. DE ESTAR COMPRENDIDO EL TITULAR, EN EL INFORME, EN PRESUNTA RESPONSABILIDAD CIVIL O PENAL

  48. REGISTRA LA INFORMACIÓN DEL FORMATO 5A – 5B EFECTÚA EL SEGUIMIENTO Y VERIFICACIÓN DE MEDIDAS CORRECTIVAS COMUNICA EL SEGUIMIENTO SEMESTRALMENTE A LA CONTRALORÍA VERIFICACIÓN Y SEGUIMIENTO DE LA IMPLEMENTACIÓN DE RECOMENDACIONES Según lo requerido en el Sistema SAGU. O C I A informes de auditorías: - realizadas a su entidad por la CGR, OCI y SOA - realizadas por sí mismo, en entidades que no cuentan con OAI. Formato 5A – 5B al 30 junio y 31 diciembre con vcmto. al 31 julio y 31 de enero.

  49. FORMATO 5A – 5B SEGUIMIENTO DE MEDIDAS CORRECTIVAS ( ABC ) NOMBRE DE LA ENTIDAD FORMATO 5A-5B VERIFICACIÓN Y SEGUIMIENTO DE LA IMPLANTACIÓN DE RECOMENDACIONES SITUACIÓN DE LAS RECOMENDACIONES Nº INFORME 001- 2003 – 2 - ABC Nº De Seguimiento 001 Período de Seguimiento DEL ( FECHA ) AL (FECHA) NOMBRE DE LA ENTIDAD (ABC) TIPO DE ÓRGANO INFORMANTE Órgano de Auditoría Interna Código del Órgano Inf. Nº RECOM. ACCIONES ADOPTADAS ACCIONES POR REALIZAR FECHA SITUACIÓN

  50. CASOSESPECIALES AUDITORÍAS REALIZADAS POR OCI EN ENTIDADES QUE CARECEN DE OCI EL OAI AUDITOR SERA RESPONSABLE DE EFECTUAR EL SEGUIMIENTO, VERIFICACIÓN Y REGISTRO DE MEDIDAS CORRECTIVAS DISPUESTAS POR EL TITULAR. AUDITORÍAS REALIZADAS POR CGR O SOAS EN ENTIDADES QUE CARECEN DE OCI LA CGR DESIGNARÁ AL ÓRGANO DEL SISTEMA COMO ENCARGADO DEL SEGUIMIENTO, VERIFICACIÓN Y REGISTRO DE MEDIDAS CORRECTIVAS.

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