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“ Préstamo de Valores ”

“ Préstamo de Valores ”. Mtro. Víctor Manuel Rojas Saavedra Septiembre de 2012. Contenido. Utilidad Prestamista Prestatario Valores que pueden prestarse. Préstamo de Valores.

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“ Préstamo de Valores ”

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Presentation Transcript


  1. “Préstamo de Valores” Mtro. Víctor Manuel Rojas Saavedra Septiembre de 2012

  2. Contenido • Utilidad • Prestamista • Prestatario • Valores que pueden prestarse

  3. Préstamo de Valores Se define como la transferencia temporal de la propiedad de valores (inscritos en el RN), del propietario de los mismos, conocido como prestamista, al prestatario, siendo este quien se obliga, al vencimiento del plazo establecido, a restituir al prestamista, otros títulos del mismo valor, especie, clase, serie y pago de la contraprestación o premio convenido. Y a reemplazar el producto de los derechos patrimoniales que hubieren generado los valores durante la vigencia del propio contrato.

  4. Utilidad Sólo con la participación del préstamo de valores se pude concebir operaciones como las Ventas en Corto entre otras, lo que permite dimensionar la utilidad del préstamo de valores

  5. Prestamista Persona física o moral, propietaria de los valores. Se obliga a: • Transferir la “propiedad” de los valores objeto del préstamo al prestatario, Derecho de: • Recibir otros tantos títulos del mismo emisor, clase y serie o el equivalente en efectivo expresamente pactado, • Reembolso de los derechos patrimoniales (dividendos) generados durante el préstamo • Y el premio que en su caso se convenga.

  6. Prestatario Persona física o moral, propietaria de los valores. Derecho de: • Transferir la “propiedad” de los valores objeto del préstamo al prestatario, Se obliga a: • Recibir otros tantos títulos del mismo emisor, clase y serie o el equivalente en efectivo expresamente pactado, • Reembolso de los derechos patrimoniales (dividendos) generados durante el préstamo • Y el premio que en su caso se convenga.

  7. Garantías • Éstas se encuentran establecidas en las disposiciones de la circular 10-194 BIS 4. el monto mínimo de la garantía deberá ser equivalente a la cantidad que resulte de aplicar a valor del mercado de los valores, el porcentaje que se señala para cada tipo de valores en el cuadro siguiente:

  8. Valores que pueden prestarse a) Valores Gubernamentales: • Certificados de la Tesorería de la Federación, • Bonos de Desarrollo del Gobierno Federal (Bondes). b) Títulos bancarios • Aceptaciones Bancarias • Certificados de Depósito a Plazo • PRLV • Bonos Bancarios • Papel Comercial con Aval Bancario • CPO con Aval Bancario,

  9. Valores que pueden prestarse c) Títulos Valor • Acciones • CPO’s sobre Acciones Debiendo ser todos ellos de alta o media bursatilidad, de conformidad con los criterios al efecto por la Bolsa Mexicana de valores El plazo podrá pactarse libremente por las partes, no pudiendo exceder de 360 días naturales. Las operaciones podrán prorrogarse, siempre y cuando las prorrogas no excedan el plazo antes mencionado.

  10. Gracias

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