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“LA SEGURIDAD SOCIAL:

“LA SEGURIDAD SOCIAL: PIEZA FUNDAMENTAL EN LA AGENDA DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LAS PERSONAS VIEJAS”. Aura Marlene Márquez Herrera Integrante Grupo Interdisciplinario de Estudios sobre envejecimiento - UNAL

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Presentation Transcript


  1. “LA SEGURIDAD SOCIAL: PIEZA FUNDAMENTAL EN LA AGENDA DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LAS PERSONAS VIEJAS” Aura Marlene Márquez Herrera Integrante Grupo Interdisciplinario de Estudios sobre envejecimiento - UNAL Coordinadora Grupo Interinstitucional sobre Envejecimiento y Derechos. GIED – CORV, Colombia. Co-fundadora de la Coordinación Regional de organismos de sociedad Civil sobre envejecimiento y vejez, CORV Integrante del Comité Ejecutivo Regional Editora Boletín “Envejecer con Derechos”. auramarquezh@etb.net.co

  2. “Una sociedad que tolera el crecimiento de la pobreza de los ancianos en su propia casa demuestra tener un espíritu mezquino y una falta de visión a la hora de responder a las necesidades globales”. Robín Blackburn (2010)

  3. Contenido de la presentación Situación actual Importancia de la Seguridad Social como Derecho Humano Fundamental Conclusiones

  4. Concepto > PERSONAS VIEJAS • “un principio” • No se trata de cambiar términos, • sino las realidades • “vejeces diferentes” = • personalidades diferentes • No una sola idea de vejez resultado de: • Pobreza • Maltrato • Abandono

  5. VEJEZ = • Fortalece nuevo nicho de mercado • Traslada responsabilidades • a la familia • Reafirma idea que los pensionados de los sistemas antiguos son los responsables de la quiebra de los sistemas • y por lo tanto • de la falta de seguridad social de las nuevas generaciones. INCAPACIDAD DEPENDENCIA ENVEJECIMIENTO: RIESGO

  6. SITUACIÓN ACTUAL • Las personas viejas son una carga “pesada” para los jóvenes • y una carga prestacional y económica para el Estado. • El alto número de personas viejas que no cuentan con respaldo económico ni social para vivir su vejez, deben ser asumidas en programas de combate a la pobreza, aunque eso significa “un saco roto de los presupuestos”. • Son un problema, pues significa proveer mayores servicios para personas consideradas improductivas y enfermas que no retornan nada al capital.   (Argumentos presentados por expertos económicos del mundo desde la segunda mitad del siglo pasado)

  7. EN SINTESIS: QUE TENEMOS HOY RETROCESO ESTADO BIENESTAR FORTALECIMIENTO DE UN MUNDO MERCANTIL Y FINANCIERO CON PRETENSIÓN DE VOLVERSE ILIMITADO (BLACKBURN/2006) - POLÍTICAS PÚBLICAS QUE SE TRADUCEN EN “PROGRAMAS FOCALIZADOS, ASIGNADOS A CLIENTELAS POLÍTICAS, QUE NO OTORGAN DERECHOS SINO MAS BIEN PRESTACIONES REVERSIBLES E IRREVOCABLES” (LO VUOLO/2004, MAKANDAWIRE, 2005 COURTIS/2007).

  8. Perspectiva de género las mujeres continúan siendo un grupo maltratado llevando principalmente la carga del cuidado Han adquirido nuevas responsabilidades al ingresar al mundo laboral, pero sin facilidades para la protección de su familia. la expectativa de  vida de las mujeres, al llegar a los 60 años, es mayor que la de los hombres y se incrementa según avanza la edad (OMS); viven más años, pero con más discriminaciones y vulnerabilidades. Un estudio reciente en América Latina y el Caribe mostró que más de la mitad de las mujeres de entre 20-24 años no buscan empleo por la carga de trabajo que tienen con las tareas domésticas (Sepúlveda, Hendra 2014).

  9. Trabajo en la vejez • Trabajadores van ganando mayores ingresos mientras van adquiriendo más experiencia = Pico de ganancias está entre los 40 y los 50 años de edad, estabilizándose después o quizá decreciendo. • En América Latina este patrón se ha acentuado con ingresos que crecen rápidamente hasta los 40-50 años y decrecen de manera fuerte en los años anteriores a la jubilación. OIT • Mujeres tienden a percibir menores ingresos que los hombres, pero continúan trabajando • “Doble inequidad, puesto que castiga a las mujeres por su inserción más precaria en el empleo y su carga, en el cuidado Desde el 2013 la OIT viene haciendo un llamado de alerta sobre el desempleo juvenil (7’500.000 menores de 28 años en búsqueda de trabajo). Es tan crítica la situación que incluso Sherry Tross, secretaria ejecutiva para el Desarrollo Integral de la Organización de Estados Americanos (OEA), advirtió que, de no adoptar medidas urgentes, para el año 2050 no tendrán acceso a una pensión”. Portafolio.co – Marzo 22 de 2014 OIT

  10. La importancia de Seguridad Social como Derecho Humano Fundamental Declaración Universal de Derechos Humanos (1948) Art. 22 Derecho, como miembro de la sociedad, a la seguridad social Art. 25Derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; Derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez y otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad. Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC - 1966) Art. 9Los Estados Partes del Pacto reconocen el derecho de toda persona a la seguridad social Art. 11 Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados, y a una mejora continua de las condiciones de existencia. Ni la sociedad en su conjunto, ni el Estado, pueden arrebatárselo a ninguna persona y por el contrario, están obligados a respetarlo, garantizarlo, satisfacerlo y promoverlo. No es un derecho del trabajador/a, sino que es un derecho de todo ser humano”

  11. Seguridad Social: derecho complejo Aquel cuyo contenido es un conjunto de derechos: atención médica, seguridad en el trabajo, salud, jubilación” y exigible frente al Estado. Observación General Nº 6 al Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) Derecho a la seguridad social (Art. 9) De conformidad con el art. 9 del Pacto y con las disposiciones de aplicación de los Convenios de la OIT sobre seguridad social -Convenio N 102, relativo a la norma mínima de la seguridad social (1952) y Convenio N 128 sobre las prestaciones de invalidez, vejez y sobrevivientes ,los Estados Partes deben tomar las medidas adecuadas para establecer, con carácter general, sistemas de seguros de vejez obligatorios, a percibir a partir de una edad determinada

  12. Conclusión El derecho más importante de los seres humanos es el derecho a envejecer sano, activo y sin angustia. DDHH > Realizar udeak dek ser humano: Vivir libre del temor y lz mixeriz (Mejía, 2011)

  13. Respecto de los Derechos Humanos no cabe relativismo alguno O se respetan y garantizan O no se respetan y por lo tanto se violan

  14. Coordinación Regional de Organismos de Sociedad Civil de América Latina y el Caribe sobre envejecimiento RED de organizaciones de diferente naturaleza, dedicada a impulsar la promoción y defensa de los derechos de las personas de edad. Entre sus propósitos contempla el monitoreo al cumplimiento de los acuerdos internacionales en materia de envejecimiento, y el fortalecimiento de las redes nacionales de personas mayores e instituciones de la sociedad civil. Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Honduras, México, Nicaragua, Perú, Paraguay, República Dominicana, Uruguay.

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