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ORGANISMOS INTERNACIONALES, MISIONES DIPLOMATICAS, FUNCIONARIOS Y DIPLOMATICOS

ORGANISMOS INTERNACIONALES, MISIONES DIPLOMATICAS, FUNCIONARIOS Y DIPLOMATICOS. OBJETIVO DEL REGIMEN.

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ORGANISMOS INTERNACIONALES, MISIONES DIPLOMATICAS, FUNCIONARIOS Y DIPLOMATICOS

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Presentation Transcript


  1. ORGANISMOS INTERNACIONALES, MISIONES DIPLOMATICAS, FUNCIONARIOS Y DIPLOMATICOS

  2. OBJETIVO DEL REGIMEN Conceder el beneficio de exoneración de impuesto Sobre Ventas a las embajadas, organismos misiones diplomáticas en base a la normativa legal existente entre los Gobiernos , en apego irrestricto a las leyes nacionales respectando las normas dictadas por la sección del Ceremonial Diplomático de la Secretaria de estado en los Despachos de Relaciones Exteriores, las cuales son de aplicación reciproca entre los países con que existe la misma.

  3. INVENTARIO DE LA NORMATIVA LEGAL VIGENTE • Convenio de Viena • convenio o acuerdo de subvención (en el caso de proyectos financiados con fondos de organismos). • Normativa Nacional (leyes de aplicación de norma legal y leyes de aplicación de orden tributario, procedimientos internos institucionales) para conceder el beneficio fiscal solicitado y establecer el mecanismo al cual deberá de acogerse el organismo, agencia, misión o proyecto.

  4. INVENTARIO DE BENEFICIARIOS DIRECTOS

  5. INVENTARIO DE LOS BENEFICIOS FISCALES ORGANISMOS • Exoneración de Impuesto Sobre Ventas (DEI) • Exoneración esto 4% turismo • Exoneración de Derechos arancelarios (SEFIN) MISIONES DIPLOMATICAS • Exoneración de Impuesto Sobre Ventas (DEI) • Exoneración 4% turismo • Exoneración de Derechos Arancelarios (SEFIN) PROYECTOS FINANCIADOS POR ORGANISMOS • Exoneración de Impuesto Sobre Ventas (DEI) • Exoneración del 4% turístico • Exoneración de Derechos Arancelarios (SEFIN)

  6. REVISION Y ANALISIS DE LA NORMATIVA • DERECHOS Y OBLIGACIONES TRIBUTARIAS CONTENIDAS O NO EN EL CONVENIO DE VIENA Y SUS REFORMAS VIGENTES A FAVOR DE LOS MIEMBROS DIPLOMATICOS, MISIONES DIPLOMATICAS. • En referencia a los derechos y obligaciones contenidas en el convenio de Viena en relación a los beneficios concedidos a los Diplomáticos, Funcionarios y misiones Diplomáticas, el convenio de Viena, da libertad en el sentido de que el país receptor de la misión diplomática u organismo podrán conceder y apegarse estrictamente a lo establecido en la convención de Viena, sin embargo establece que el país receptor podrá conceder beneficios diferentes a los establecidos mediante estricta reciprocidad (Articulo N.-47 numeral 2 inciso b)

  7. CONSTATAR LOS BENEFICIOS OTORGADOS EN LA CONVENCION DE VIENA • Los beneficios concedidos en la Convención de Viena no son más que los establecidos mediante la estricta reciprocidad con las salvedades mencionadas en el numeral anterior, en relación a los beneficios que establece el país receptor de la misión, organismo, funcionario o diplomático.

  8. CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES FISCALES LOCALES • Para este inciso resulta imprescindible el hacer una aclaración a la diferenciación entre obligación y beneficio de exoneración ya que una obligación en el mejor de los casos conlleva un pago, y una exoneración contempla o establece beneficios fiscales no obligaciones que correspondan a pago o ingreso para el gobierno central.

  9. En tal sentido los organismo, misiones, proyectos financiados con fondos de organismo internacional, funcionarios y diplomáticos al gozar de exoneraciones libres de gravámenes, tasas e impuestos no forman parte de ninguna obligación para con el estado receptor; es así que podemos hablar de la existencia de beneficios para el país orientados en materia de proyectos de desarrollo humano, social y económico.

  10. PROCEDIMIENTO DE OTORGAMIENTO DE LOS BENEFICIOS FISCALES PROCEDIMIENTO SEFIN

  11. DIRECCION EJECUTIVA DE INGRESOS

  12. MECANISMOS DE CONTROL DIRECCION EJECUTIVA DE INGRESOS (12% IMPUESTO SOBRE VENTAS) • Para todos y cada uno de los casos en el proceso de análisis previo a la emisión de dictámenes técnicos existen controles manuales generales llevados de forma manual para todas las solicitudes mismas que son: • a) Registro manual del expediente • b) Verificación de la documentación adjunta por tipo de beneficiario • c) validación del beneficio concedido en Convenio, Tratado, Decreto etc.

  13. d) aplicación de la normativa tributaria para el establecimiento del mecanismo de exoneración en caso de proceder • Todo lo anterior conlleva un proceso dinámico de interacción entre el analista y el personal (dentro de la Oficina Especial de Devoluciones) que posee la información y capacitación necesaria para dictaminar de forma expedita lo solicitado por el beneficiario.

  14. MISIONES DIPLOMATICAS • Actualmente los controles para este tipo de beneficiarios son limitados a los recursos tecnológicos disponibles dentro de la institución ya que todo se lleva a través del sistema DEI EN LINEA. Se cae el sistema y no pueden generar órdenes.

  15. AGENCIAS DE COOPERACIÓN Y PROYECTOS EJECUTADOS CON FONDOS DE ORGANISMOS INTERNACIONALES. • Revisión de documentación física presentada y adjunta a la solicitud de exoneración de ISV, para la determinación de los beneficios claramente establecidos. • Revisión manual de los requisitos establecidos previo a la autorización de la Orden de Compra, reducción del monto concedido en la resolución de exoneración de ISV

  16. Revisión manual de la liquidación de las órdenes de compra permitiendo determinar el uso final de la orden de compra ya que es hasta este momento en que la institución se da cuenta del uso real que le dieron a la orden exenta autorizada.

  17. DIPLOMATICOS Y FUNCIONARIOS DE ORGANISMOS INTERNACIONALES • La DEI entrega talonarios de exoneración de Impuesto Sobre Ventas a petición de Relaciones Exteriores quien los distribuye a los Diplomáticos. • Presentan su informe a Relaciones exteriores y este los remite a la DEI de forma trimestral. • Una vez efectuada la compra la DEI verifica de forma manual la factura comercial y la copia del codo del talonario de exoneración (emite informe)

  18. SECRETARIA DE FINANZAS Y PRESUPUESTO (DIRECCION GENERAL DE CONTROL DE FRANQUICIAS ADUANERAS DERECHOS ARANCELARIOS) • Admisión de la documentación presentada en ventanilla (auto de admisión, registro automatizado, asignación de numero de control) • Registro manual en el libro de control • Sellar y foliar los documentos del expediente • Traslado del expediente al Jefe de Análisis para su revisión y asignación (físico y por la red) • Asignación automático del expediente al analista

  19. El analista revisa la documentación del expediente y emite un dictamen conforme a ley, • Posteriormente remite el expediente físico y por la red al Departamento legal interno y emite la Resolución correspondiente • Seguidamente traslada el expediente físico y vía red a la Dirección para su firma • En caso de venta de vehículos y resoluciones denegadas se envían a firma del vice ministro de Finanzas y Presupuesto • Posteriormente se envía el documento físico y via red a la asistente de Secretaria General para la refrendación de las firmas consignadas en las resoluciones

  20. Seguidamente se envía al departamento de correspondencia el expediente físico y vía red para la impresión de sello seco de seguridad a la original que se remite a la aduana correspondiente como a la del interesado.

  21. PROBLEMAS ENCONTRADOS Y POSIBLES SOLUCIONES

  22. LOS GRANDES CAMBIOS COMIENZAN, CON LAS PEQUEÑAS ACCIONES QUE EMPRENDAMOS EN FAVOR DE LAS MASAS

  23. GRACIAS POR SU ATENCION

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