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La Gobernanza del Agua en Nicaragua

La Gobernanza del Agua en Nicaragua. Foro Internacional AGUA y CUENCA Managua 28 y 29 de Febrero 2012. Los Recursos Hídricos de Nicaragua. 21 cuencas hidrográfica 175 sub-cuencas aprox 9 humedales Ramsar 6 Lagunas 2 Lagos: Cocibolca y Xolotlán 2 Mares: Océano Pacífico y Atlántico

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La Gobernanza del Agua en Nicaragua

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Presentation Transcript


  1. La Gobernanza del Agua en Nicaragua Foro Internacional AGUA y CUENCA Managua 28 y 29 de Febrero 2012

  2. Los Recursos Hídricos de Nicaragua • 21 cuencas hidrográfica • 175 sub-cuencas aprox • 9 humedales Ramsar • 6 Lagunas • 2 Lagos: Cocibolca y Xolotlán • 2 Mares: Océano Pacífico y Atlántico • 10,033 km2 de Lagos y Lagunas • Lago Cocibolca una gran prioridad para el futuro del agua en Nicaragua • Cuenca del Río San Juan y Cuenca del Río Coco dentro de las 10 cuencas más grandes de Centroamérica

  3. 1965 Ley Especial sobre Exploración y Explotación de Minas y Canteras (derogada) prohibía la contaminación de aguas y obligaba al tratamiento de las aguas vertidas, entre otras. Los avances del Marco Jurídico del Agua en Nicaragua 1995 Decreto 33-95, Disposiciones para el Control de la Contaminación proveniente de las descargas domésticas, industriales y agropecuarias 1996 Ley 217, Ley General del Medio Ambiente y los Recursos Naturales 1998 Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo (Ley 290): MIFIC-Adguas. Ley General de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario, (Ley 297) 2007 Ley General de Aguas Nacionales (Ley 620):primer país Centroamericano con una ley moderna que regula de forma integral los recursos hídricos

  4. La Ley 620 de Aguas Nacionales Superficiales Cuencas Subterráneas Las aguas como recurso finito y vulnerable teniendo como uso prioritario el Derecho Humano del Agua para la Vida Residuales Recurso Estratégico Conocimiento Preservación y Defensa Manejo Integral Participación Ciudadana Coordinación Armónica Rigor Subsidiario Responsabilidad Precaución Principios • Bienestar al Pueblo • Ambiental • Ecosistemas • Cambio Climático Enfoques Gestión Integrada de Recursos Hídricos Entidad para la integración Nacional: Autoridad Nacional del Agua

  5. La Ley 620 de Aguas Nacionales: Gobernanza de Aguas Superficiales y Subterráneas • Asegura control cualitativo y cuantitativo de los usos de agua • Ejercicio efectivo de los derechos de acceso al agua ANA otorga derechos de uso y aprovechamiento de los recursos hídricos y sus bienes La administración y lo correspondiente a servicios de agua potable y alcantarillado sanitario, generación de energía hidroeléctrica y del riego le corresponde a las instituciones sectoriales respectivas de conformidad con su legislación vigente Sistema automatizado del Registro Público Nacional de Derechos de Agua RPNDA

  6. La Ley 620 de Aguas Nacionales: Gobernanza sobre los Humedales Se estima que más de 25,000 km2 del territorio nicaragüense reúnen condiciones de humedales. Actualmente 6 humedales tienen reconocimiento Ramsar • 1996 Nicaragua se adhiere al Convenio Ramsar • 1996 en la Ley 217 General del Ambiente se establece el permiso especial para el aprovechamiento sostenible de manglares y otras vegetaciones en las ensenadas caletas y franjas costeras. El uso de los arrecifes coralinos y zonas adyacentes se autorizará únicamente con fines de observación e investigación y de subsistencia de las comunidades étnicas”. • 2007 La Ley 620 de Aguas Nacionales contempla a los humedales como uno de los ecosistemas susceptibles de recibir compensación económica por medio del sistema de pago por servicios ambientales hídricos

  7. La Ley 620 de Aguas Nacionales: Gobernanza sobre las zonas costeras • 1996 en la Ley 217 General del Ambiente se ratifica que los terrenos de las costas de los mares son nacionales, propiedad del Estado y se disminuye la extensión considerada propiedad del Estado de los 2 km a 30 metros. El uso, manejo y aprovechamiento de los ecosistemas acuáticos, costeros y los recursos hidro-biológicos contenidos en ellos debe realizarse con base sostenible y de acuerdo a planes de manejo que garanticen su conservación • 2007 la Ley 620, en complemento de lo anterior, ratificó en su artículo 10 lo ya establecido por la Constitución Política y la Ley 217, en cuanto a la demanialidad de las aguas marítimas, dejando abierta la posibilidad de su aprovechamiento, siempre y cuando éstas sean utilizadas como fuente de abasto, de cualquier clase; y cuando sean destino de vertidos, o cuando se trate de protegerlas contra la contaminación.

  8. Gobernanza sobre recursos hídricos fronterizos • Convenio Centroamericano de Ambiente y Desarrollo • Convenio Internacional para prevenir la contaminación por los buques (MARPOL 73) y el Protocolo de 1978 • Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (Convención de 1982, ratificada por Nicaragua en 1984) • Convenio Internacional para prevenir la contaminación de las Aguas del Mar por Hidrocarburos (Convenio de 1962, enmienda de 1971) • Plan de Acción para el Manejo Integrado del Agua en el Istmo Centroamericano • Comisión Binacional Honduras-Nicaragua sobre el Golfo de Fonseca La Ley 620 define cuenca transfronteriza a aquellas cuencas hidrográficas comunes entre países limítrofes con Nicaragua.427 Esta misma normativa dispone que para el otorgamiento de concesiones, licencias o autorizaciones, la ANA, los Consejos Regionales y las Alcaldías deben tomar en cuenta los planes de gestión de las cuencas transfronterizas

  9. Gobernanza sobre recursos hídricos: Lago Cocibolca La Ley 620 reconoce el Lago Cocibolca como la reserva natural de agua potable de los nicaragüenses

  10. Marco Institucional de la Gobernanza sobre recursos hídricos CONSEJO NACIONAL DE RECURSOS HÍDRICOS: Seguimiento al ANA Organizaciones de Participación Ciudadana para la Gestión del Agua Delegación Territorial del Gobierno Central MARENA, MAG-FOR, MINSA, MIFIC, INETER, ENACAL, INAA , MEM e INE, un Representante de cada uno de los Consejos Regionales de las Regiones Autónomas de la Costa Atlántica, 4 Representantes de los sectores productivos y 4 representantes de organizaciones de usuarios Organismos de Cuencas - ANA Comités de Cuencas Unidad Municipal de Agua y Saneamiento UMAS- ALCALDÍAS Red Nicaragüense de CAPS Red de Agua y Saneamiento de Nicaragua (RASNIC) Red Nacional de Organizaciones de Cuencas (RENOC) Comisión de Desarrollo Sostenible de la Cuenca Hídrica del Lago Cocibolca y del Río San Juan

  11. Marco Institucional de la Gobernanza sobre recursos hídricos: La Autoridad Nacional del Agua • Política Nacional de Recursos Hídricos. • Plan Nacional de Recursos Hídricos y Planes de Recursos Hídricos por Cuenca • Reglamentos de gestión de cuenca, incluyendo los acuíferos; • Declaratorias de zonas de veda, de protección o de reserva de aguas • Emite títulos de concesión y licencia y para el uso o aprovechamiento del agua y de sus bienes, y los permisos para el vertido de las aguas residuales en cuerpos receptores de dominio público; • Normar, regular y controlar sobre la construcción de todo tipo de obras de infraestructura hidráulica; Foto ANA: Inspecciones de Campo de la Dirección General de Concesiones ANA

  12. Marco Institucional de la Gobernanza sobre recursos hídricos: La Autoridad Nacional del Agua • Balance Hídrico por cuenca • Caracterización de los cuerpos de aguas para usos potenciales; • Realizar periódicamente los estudios y análisis sobre la valoración económica y financiera del agua como criterios para el cobro de tarifas y cánones de agua, incluyendo el pago por servicios ambientales hidrológicos; • Proponer las declaratorias de clasificación de zonas de alto riesgo por inundación • Coordina el Sistema de Información de Recursos Hídricos SiAGUA • Administra el Registro Público Nacional de Derechos de Agua- RPNDA • Descentralizar el ANA a través de Organismos de Cuenca • Apoyar la conformación de Comités de Cuencas Foto ANA: Inspecciones de campo de la Dirección General de Concesiones ANA

  13. La Descentralización de la gestión de los recursos hídricos: Los Organismos de Cuencas Los Organismos de Cuenca son instancias gubernamentales, autónomas, con funciones operativas, técnicas, administrativas y jurídicas especializadas propias, coordinadas y armonizadas con la ANA, para la gestión, control y vigilancia de las aguas en el ámbito geográfico de su cuenca respectiva. Estos organismos, una vez establecidos, se harán cargo de manera gradual de las funciones que le corresponden a la ANA en las respectivas regiones hidrológicas del país. Gráfica: Estructura Funcional de un Organismo de Cuenca

  14. La Participación Ciudadana: Los Comités de Cuencas Comités de Cuenca es un órgano de gestión de naturaleza pública o privada, vinculada al régimen municipal o departamental, como instancias de consulta, coordinación y concertación entre los Organismos Regionales de Cuenca, la ANA, los Municipios, las Regiones Autónomas, Organizaciones No Gubernamentales y Usuarios de la respectiva cuenca. • Funciones: • Participan en la formulación de los planes y programas que elabore el Organismo de Cuenca • Velan por una mejor administración de las aguas, el desarrollo de la infraestructura hidráulica y de los servicios respectivos • Colaboran en la gestión de mecanismos financieros que apoyen acciones de conservación de los recursos hídricos. • Conformados por: • representantes de los usuarios de agua de los diferentes usos en la cuenca, • representantes del Consejo Directivo del Organismo de Cuenca, • representantes de los Consejos Regionales Autónomos y, en su caso, • representantes de Organizaciones no Gubernamentales acreditadas

  15. Los Derechos de Agua Orden de priorización jerárquica de usos de Agua en Nicaragua Consumo humano en forma natural; Servicios de agua potable; Uso agropecuario y forestal Uso para la conservación ecológica; Generación de energía eléctrica para servicio público y autoconsumo; Industrial; Acuicultura y piscicultura; Uso medicinal, farmacéutico y cosmetológico; Turismoy usos recreativos; Navegación; Uso de bebidas de diversas naturalezas, procesadas para su comercialización al público nacional, únicamente; y Otros, no especificados, en que el uso del agua es un componente o factor relevante. El Organismo de Cuenca está facultado para modificar el orden señalado cuando así lo exija el interés social y previa opinión delos usuarios dentro de los Comités de Cuenca, exceptuando el uso para consumo humano

  16. Principales Retos de la Gobernanza del Agua en Nicaragua Continuar fortaleciendo el marco jurídico e institucional sobre la materia, tratando de armonizar todas las leyes dispersas vigentes a la fecha; Fortalecer la conformación e instrumentación de la Autoridad Nacional del Agua Basar la gestión del agua en el manejo integral de la Cuenca Hidrológica Elaborar el Plan Nacional de Recursos Hídricos del Agua; Descentralizar la gestión del recurso a través de la creación de Organismos de Cuencas Fortalecer la participación ciudadana con la conformación de los comités de cuencas Establecer mecanismos adecuados en materia de protección del recurso hídrico ante eventos de desastres naturales y cambio climático Protección y conservación de la calidad y cantidad de las aguas del Lago Cocibolca Desarrollo de los instrumentos económicos del ANA (cánones, pago por servicios ambientales de origen hídrico entre otros) que coadyuven el derroche de agua y contribuyan a la reducción de la contaminación del agua; Implementar el Fondo Nacional del Agua (FONAGUA)

  17. Gracias! www.ana.gob.ni

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