1 / 55

SEGUNDO TEMA

La norma jur

Audrey
Télécharger la présentation

SEGUNDO TEMA

An Image/Link below is provided (as is) to download presentation Download Policy: Content on the Website is provided to you AS IS for your information and personal use and may not be sold / licensed / shared on other websites without getting consent from its author. Content is provided to you AS IS for your information and personal use only. Download presentation by click this link. While downloading, if for some reason you are not able to download a presentation, the publisher may have deleted the file from their server. During download, if you can't get a presentation, the file might be deleted by the publisher.

E N D

Presentation Transcript


    1. SEGUNDO TEMA INTERPRETACIN DE LA NORMA Y PROBLEMAS DE LAGUNAS Y ANTINOMIAS

    2. La norma jurdica Concepto y concepciones

    3. Concepto Genrico de norma jurdica Generalmente el trmino norma jurdica en la teora del derecho actual hace referencia a: la entidad conceptual que nace mediante actos humanos de autoridad reconocida y comunicada mediante textos orales o escritos y cuya funcin es regular una accin o situacin humana

    5. Usos y concepciones relativas a la norma jurdica Texto normativo Llamado tambin: Enunciado normativo Formulacin normativa Disposicin normativa La norma jurdica puede ser considerada como: Soluciones para casos generales o individuales Razones para la accin Tcnicas de control social

    8. La norma jurdica y Los usos del lenguaje

    12. Importancia de la clasificacin de los usos del lenguaje La clasificacin citada evita las siguientes confusiones Las normas jurdicas son construidas principalmente en lenguaje prescriptivo y en ciertos casos en sentido realizativo Sin embargo la redaccin de algunos textos normativos son construidos inadecuadamente- en lenguaje descriptivo ( llamado tambin asertivo o informativo); Por Tanto : se debe interpretar y traducir dichos textos y pasarlos al lenguaje prescriptivo para comprenderlos mejor y evitar confusiones. Ej. El texto del Art.106 del C.P. esta construido en lenguaje descriptivo pero lo que corresponde es traducirlo al lenguaje prescriptivo.

    15. Utilidad de la diferencia entre norma prescriptiva y constitutiva en materia probatoria

    16. Normas de Competencia Segn Moreso las normas de Competencia son tambin constitutivas.

    17. Estructura de las Normas jurdicas

    25. SISTEMA JURDICO CONCEPCIONES Y DEFECTOS

    28. Sistema Jurdico entendido como sistema de tipo deductivo o axiomtico Esta concepcin es propia de las escuelas ius naturalistas racionalistas Tesis : De un conjunto de normas se deducen otras normas tcitas o expresas. Ejemplo: De la norma N1 Se debe respetar la vida humana Se deduce la norma N2 prohibido matar

    29. Concepcin gentica del sistema jurdico Esta es propia del positivismo de tipo kelseniano: Tesis : Un sistema jurdico es un sistema principalmente dinmico en el que un conjunto de normas habilitan a un conjunto de rganos y personas para producir normas en determinadas materias Ejemplo : La Constitucin habilita al congreso a crear normas generales (leyes) ; y las leyes habilitan a los rganos jurisdiccionales a aplicar normas generales y crear normas individuales (como sentencias de condena)

    30. DEFECTO DE LA CONCEPCIN DEDUCTIVA Adoptar la concepcin deductiva de sistema jurdico trae el riesgo de sostener que una norma para ser calificada de valida o constitucional debe subsumirse en una de mayor jerarqua Ejemplo : el reglamento debe subsumirse conceptualmente en la ley y la ley en la constitucin Defecto de esta concepcin : considerara errneamente que: Prescribir mas de lo que la constitucin prescribe es Prescribir en contra de la constitucin.

    31. Defecto de la concepcin Gentica Usar slo esta concepcin como modelo trae el riesgo de considerar que una norma es valida o constitucional si respeta el orden constitucionalmente establecido, sin importar el contenido de las normas de conducta Ejemplo : Si la La norma constitucional dice : permitida la esclavitud; bajo la reglamentacin legislativa La ley prescribe : Es permitida la venta o donacin de esclavos Conclusin = La ley se considerara vlida por estar habilitada por la Constitucin.

    32. Criterios de Validez de las normas Criterio Formal = se funda en la concepcin kelseniana, Una norma es vlida si ha sido emitida por la autoridad competente y el debido proceso Criterio Material = se funda por ejemplo en la concepcin Neo Constitucionalista. Una norma es valida si respeta los derechos fundamentales.

    33. Concepcin eclctica de sistema jurdico El sistema jurdico es uno que debe consagrar 2 propiedades A) Respeto a los derechos humanos B) Respeto al orden constitucional formal

    34. DEFECTOS DEL SISTEMA ANTINOMIAS Y LAGUNAS

    35. ANTINOMIAS ICOMPATIBLIDADES NORMATIVAS

    36. Antinomia concreta y Abstracta Antinoma concreta = se produce cuando dos normas son incompatibles entre s N1= Obligatorio votar en las elecciones N2 = Facultativo votar en las elecciones Antinomia concreta = se produce cuando 2 normas son compatibles entre s (en su creacin) pero incompatibles en su aplicacin N3 = Obligatorio a los profesores asistir a clases en sbado N4 = Obligatorio asistir a la ceremonia de inauguracin a los profesores el sbado

    37. Antinomias segn ALF ROSS

    40. remedios jurdico formales

    41. Casos de Insuficiencia de criterios Dos normas N1 y N2 tengan: Igual jerarqua Igual cronologa Igual grado de generalidad

    42. Otros casos de insuficiencia de criterios

    43. lagunas Segn Alchurron y Bulygin

    44. CONCEPTOS PREVIOS caso genrico = son las clases de situaciones o acciones u objetos no humanos correlacionados con una solucin normativa, Ej, mayora de edad Solucin normativa = accin calificada como prohbida, obligada, facultada, permitida (los cuales son los operadores deonticos) Caso individual = caso concreto identificado con nombres propios que se pretende se subsuma en los casos genricos Ej. El caso de la edad de Juan 60 aos se subsume en el caso genrico relativo a la mayora de edad.

    46. Laguna normativa Dado el siguiente sistema S1 (ley de exportacin de camlidos peruanos) y el universo de casos U1 (conformado por los camlidos vicuas, llamas y alpacas) Y el universo de soluciones maximales USM conformado por las normas: N1= prohibida la exportacin de vicuas N2= prohibida la exportacin de alpacas La laguna se presenta en el sistema S1 respecto del caso de las llamas, ya que la accin de exportarla no est calificada = a) como prohibida b) como facultativa c) como obligada

    48. CONCEPTO GENERAL DE LAGUNA NORMATIVA La laguna normativa se presenta cuando un caso no esta correlacionado por solucin maximal alguna de un determinado sistema SOLUCIONES MAXIMALES PROHIBIO FACULTADO OBLIGADO

    49. AMBIGEDAD DEL OPERADOR DENTICO PERMISIVO Calificar de permisiva una accin resulta ambiguo puesto que EXISTEN Permisos obligatorios = votar el las elecciones presidenciales en el Per Permisos no obligatorios = el transito por el territorio de la repblica NOTA , por dicha ambigedad la permisin no se usa como operador (es decir como solucin maximal) para el test de lagunas.

    50. Laguna de conocimiento Se presenta cuando existen en el sistema una norma que solucione el caso genrico pero por falta de pruebas es decir por ausencia de informacin se desconoce si un caso individual se subsume o no en uno genrico

    51. Ejemplo de laguna de conocimiento A Juan se le acusa de parricidio, sin embargo no se puede determinar si efectivamente Juan es parricida dado que falta la prueba ADN Por tanto, no se puede determinar la subsunsin de su caso en parricidio.

    52. Laguna de reconocimiento Se presenta por la vaguedad del supuesto de hecho de la norma que regula el caso; es decir, existe una solucin para el caso genrico pero no se puede determinar si el caso individual se subsume o no en el caso genrico, puesto que los conceptos del caso genrico son indeterminados.

    53. Ejemplo de laguna de reconocimiento El caso individual de Jose respecto a la transferencia de propiedad de su vehculo consiste en que el precio pagado es menor al precio del mercado, y no se puede determinar por tanto si dicha venta se subsume en simulacin de acto jurdico o no. (por tanto no se puede determinar si es una donacin encubierta)

    54. Laguna axiolgica Esta laguna se presenta cuando, por ejemplo: el legislador ha creado una norma N1 sin exceptuar el caso genrico C1.(que cae dentro de el mbito de la norma) Y el juez considera que C1 es un caso relevante para ser excepcionado. Por tanto inaplica N1 y crea una excepcin

    55. Ejemplo de laguna axiolgica N1 = Obligatorio pagar impuesto predial caso genrico que se subsume en N1 , es el de los ancianos indigentes propietarios de inmuebles. * El juez inaplica N1 al caso individual de la anciana Silvia Mendoza porque considera que la ancianidad indigente es una propiedad relevante para ser excepcionada.

More Related