1 / 11

Cómo entrar en España

Cómo entrar en España. Documentos necesarios Pasaporte Visado De estancia –no más de 3 meses De estudios –depende del tiempo de estudios De residencia –para residir permanentemente Por reagrupación familiar Para trabajar por cuenta propia

aimee
Télécharger la présentation

Cómo entrar en España

An Image/Link below is provided (as is) to download presentation Download Policy: Content on the Website is provided to you AS IS for your information and personal use and may not be sold / licensed / shared on other websites without getting consent from its author. Content is provided to you AS IS for your information and personal use only. Download presentation by click this link. While downloading, if for some reason you are not able to download a presentation, the publisher may have deleted the file from their server. During download, if you can't get a presentation, the file might be deleted by the publisher.

E N D

Presentation Transcript


  1. Cómo entrar en España • Documentos necesarios • Pasaporte • Visado • De estancia –no más de 3 meses • De estudios –depende del tiempo de estudios • De residencia –para residir permanentemente • Por reagrupación familiar • Para trabajar por cuenta propia • Para trabajar por cuenta ajena –a petición del empresario • Sin finalidad lucrativa –deben demostrarse medios de vida

  2. Cómo entrar en España • Visado de residencia para trabajar por cuenta propia Lo solicitan las personas que quieren ejercer una actividad económica por su cuenta, abrir un negocio, etc. • Visado de residencia para trabajar por cuenta ajena El empresario deberá registrar su oferta de empleo en la Dirección General de Migraciones y ésta deberá ser aceptada. Con ésta aprobación, el inmigrante podrá solicitar un visado en su país de origen. Para ello presentará un impreso oficial, 3 fotos, pasaporte, certificado de antecedentes penales y certificado médico.

  3. Cómo entrar en España • Visado de residencia sin finalidad lucrativa Lo solicitan personas que no van a realizar ninguna actividad económica en el país, pero deben acreditar medios de vida suficientes para ellos y sus familias –pensiones, rentas, etc. • Hay que volver al país de origen cuando... ...hay que recoger el visado de residencia, trámite que debe hacerse personalmente. • Excepciones: refugiados, solicitantes de asilo, cuerpos diplomáticos, países con los que haya acuerdos especiales, motivos humanitarios, cónyuge español/a, atención médica, etc.

  4. Cómo permanecer en España • Tarjeta de estudiante Autoriza la residencia en España durante el periodo de estudios. Hay que solicitarla antes que pasen los 3 meses que autoriza el visado de estudios. • Permiso de residencia temporal Se concede al extranjero que acredite medios de vida suficientes para mantenerse él y su familia. • Excepciones: Antecedentes penales, individuo “no admisible” según leyes (por causas judiciales)

  5. Cómo permanecer en España • Tarjeta de estudiante –cómo obtenerla • Pedirla antes de pasar 3 meses de la llegada • En las Oficinas de Extranjería o en Comisarías de Policía • Documentos: • Impreso de solicitud • Pasaporte • Visado de estudios • 3 fotos carnet • Matrícula del centro de estudios (reconocido por el ministerio de Educación) • Certificado bancario de disponer de medios suficientes o beca • Seguro médico • En caso de menores, autorización de sus padres o tutores legales para residir y estudiar en España en el plazo solicitado

  6. Cómo permanecer en España • Permiso de residencia temporal–cómo obtenerlo • Pedirlo en los casos que se detallan –página siguiente • En las Oficinas de Extranjería o en Comisarías de Policía • Documentos: • Impreso de solicitud • Pasaporte • Visado de residencia emitido en la embajada o consulado español de su país de origen • 3 fotos carnet • Seguro médico • Certificados que se presentaron para obtener el visado: medios económicos, vivienda, Seguridad Social... • Documentos que justifiquen su residencia: reagrupación familiar, trabajo por cuenta ajena (contrato) o propia, pensión, etc.

  7. Cómo permanecer en España • Permiso de residencia temporal–quién puede obtenerlo • Familiares por reagrupación familiar –cónyuges, hijos, incapacitados o menores dependientes • Personas que hayan demostrado una estancia ininterrumpida en España de 2 años • Empadronados en un municipio en el momento de la petición • Personas con medios económicos para subsistir • Hijos de extranjeros residentes –automáticamente tienen el mismo permiso que sus padres y no deben pedir exenció de visado • Apátridas y refugiados –circunstancias excepcionales

  8. Cómo permanecer en España • Permiso de residencia permanente El permiso temporal es renovable cada año hasta 5 años. A partir de 5 años de residencia se puede solicitar el permiso de residencia permanente. También se concede en casos extraordinarios: apátridas, jubilados, pensionistas, españoles de origen indocumentados, refugiados, etc.

  9. Cómo permanecer en España • Permiso de trabajo • Autorización administrativa para trabajar: para los que se establecen por cuenta propia • Por cuenta ajena –hay que demostrarlo presentando la oferta laboral y el contrato de la empresa • Sanciones • Trabajar sin permiso laboral puede conllevar: • Multa para el inmigrante: 300 euros si tiene permiso de residencia; 6000 euros si no lo tiene • Multa para la empresa: de 6000 a 60 000 euros.

  10. Cómo permanecer en España • Permiso de trabajo por cuenta ajena. • Existen 4 tipos: • a) o inicial, válido para un año • b) o renovado, válido para 2 años, después del primer año • c) válido para 3 años • Permanente: a partir de 5 años de trabajo, se puede obtener • Dónde se solicita: En la Dirección Provincial del Ministerio de Trabajo o en la Oficina de Extranjería.

  11. Cómo permanecer en España • Permiso de trabajo por cuenta ajena. • Documentos a aportar: • El trabajador: • Pasaporte • Certificado de antecedentes penales • Certificado médico oficial • 3 fotos • Contrato / oferta de contratación • La empresa: • NIF o CIF • Inscripción Seguridad Social • Escritura o estatutos • Recibo del último IAE pagado • TC1 y TC2 de los dos últimos meses • Certificados de estar al corriente con Hacienda y S. Social

More Related