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COMPROBANTES DE PAGOS ELECTRONICOS

COMPROBANTES DE PAGOS ELECTRONICOS. RECIBO POR HONORARIOS ELECTRONICOS Y FACTURA ELECTRONICA. ¿Qué es el Sistema de Emisión Electrónica - SEE?. Es un mecanismo desarrollado por la SUNAT que permite a los contribuyentes que obtienen rentas de cuarta categoría (trabajo independiente):

alexia
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COMPROBANTES DE PAGOS ELECTRONICOS

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Presentation Transcript


  1. COMPROBANTES DE PAGOS ELECTRONICOS RECIBO POR HONORARIOS ELECTRONICOS Y FACTURA ELECTRONICA

  2. ¿Qué es el Sistema de Emisión Electrónica - SEE? • Es un mecanismo desarrollado por la SUNAT que permite a los contribuyentes que obtienen rentas de cuarta categoría (trabajo independiente): • La emisión de Recibos por Honorarios Electrónicos y Notas de Crédito en forma electrónica • La generación del Libro de Ingresos y Gastos Electrónico. • Quienes opten por este sistema pueden emitir sus recibos por honorarios tanto físicos como virtuales. El libro de ingresos y gastos ya no será llevado de manera física sino virtual, para lo cual deberá ingresar al sistema los datos de los recibos emitidos físicamente, así como la información referida a sus gastos.

  3. PROCESO TRADICIONAL – RECIBOS HONORARIOS DOM. FISCAL HABIDO Sujeto Perceptor de Rentas de 4ta Categoría IMPRESIÓN R/H Requisito: Obtención del RUC y afectarse a Rentas de 4ta.

  4. Ventajas del Sistema de Emisión Electrónica • No requiere autorización de impresión de comprobantes de pago. • Ya no tendrá que elaborar su libro de Ingresos y Gastos, el sistema le permite generarlo en forma electrónica. • Puede enviar su Recibo por Honorarios al correo electrónico de su cliente. • Puede realizar consultas de sus recibos por fecha de emisión, rango de numeración y destinatarios.

  5. ¿Qué es el Recibo por Honorarios Electrónico? • Es el comprobante de pago que debe emitir el trabajador independiente que preste sus servicios por el ejercicio individual de su profesión, arte, ciencia u oficio. Estos ingresos generan rentas de cuarta categoría, de acuerdo a la legislación del Impuesto a la Renta. • El Recibo por Honorarios Electrónico no es un nuevo comprobante de pago, es el mismo Recibo por Honorarios que se emite de manera física, con la diferencia que en este caso, su generación será a través del Sistema de Emisión Electrónica (SEE).

  6. Características del Recibo por Honorarios • Es emitido por el trabajador independiente que opte por afiliarse al Sistema de Emisión Electrónica (SEE), quien adquiriere la condición de emisor electrónico. • La información del documento, al ser electrónico, estará expresado en bits dentro de un archivo digital, siendo su soporte distinto al tradicional (papel). • Su serie será única y alfanumérica, identificándose con los siguientes 4 caracteres: E001. • Su numeración será automática y correlativa, siendo generada de manera cronológica por el Sistema de Emisión Electrónica. • Contiene un mecanismo de seguridad generado por medios electrónicos que añadido y/o asociado al documento, garantiza su autenticidad e integridad.

  7. Afiliación al Sistema de Emisión Electrónica – SEE • Para utilizar el Sistema de Emisión Electrónica – SEE de sus Recibos por Honorarios, previamente debe afiliarse. Para ello solo requiere cumplir con los siguientes requisitos: • Tener su Clave SOL • Su domicilio fiscal debe tener la condición de habido • No encontrarse en el estado de suspensión temporal de actividades o baja de inscripción. • Estar afecto en el RUC al Impuesto a la Renta de cuarta categoría. • Su afiliación será rechazada si no cuenta con estos requisitosPara afiliarse ingrese con su Clave SOL a SUNAT Operaciones en Línea - SOL, y seleccione la opción Afiliación al Sistema de Emisión Electrónica. Luego que se afilie le recomendamos imprimir la constancia de afiliación que el sistema genera.

  8. IMPORTANTE • La afiliación al sistema es definitiva, es decir, una vez que se ha afiliado no hay opción para desafiliarse. Sin embargo, si puede optar por emitir sus recibos por honorarios de manera física o virtual.

  9. ¿Cómo emito el Recibo por Honorarios Electrónico? • Para emitir sus Recibos por Honorarios Electrónicos solo debe seguir estos pasos: • Afiliarse (por única vez) al Sistema de Emisión Electrónica, ingresando con su Clave SOL a SUNAT Operaciones en Línea en SUNAT Virtual (www.sunat.gob.pe) y seleccionar la opción Sistema de Emisión Electrónica – SEE • Ingresar a la opción: Emisión de Recibo por Honorarios Electrónico • Registrar los siguientes datos: • Número de RUC del usuario del servicio, siempre que se requiera sustentar gasto o costo para efecto tributario. El sistema al reconocer el número de RUC automáticamente consignará los datos de identificación del usuario de acuerdo a la información registrada en nuestros sistemas

  10. ¿Cómo emito el Recibo por Honorarios Electrónico? • Cuando el usuario no proporcione su número de RUC y siempre que no requiera sustentar gasto o costo para efecto tributario, podrá registrar otro tipo de documento de identificación como: • §Documento Nacional de Identidad (DNI). • §Carné de Extranjería. • §Pasaporte • §Cédula Diplomática de Identidad. • Descripción o tipo de servicio prestado. • Tipo de renta que percibe por el servicio prestado.

  11. ¿Cómo emito el Recibo por Honorarios Electrónico? • Si el emisor electrónico está o no afecto a la retención del Impuesto a la Renta de Cuarta Categoría. • Tipo de moneda y monto de los honorarios. Si el servicio se presta a título gratuito, se deberá indicar tal circunstancia, así como el tipo de moneda y el monto de los honorarios que hubieran correspondido.IMPORTANTE: • La falta de registro de la información descrita no permitirá la emisión del Recibo por Honorarios Electrónico. El Sistema le permitirá ver una vista previa del documento que va a emitir a fin que prosiga con la emisión o proceda a corregir la información consignada

  12. ¿Cuándo se debe otorgar el Recibo por Honorarios Electrónico? • El Recibo por Honorarios Electrónico se debe otorgar en la misma oportunidad en la que se otorga el Recibo por Honorarios físico (en papel), es decir: • Tratándose de servicios prestados a título oneroso, cuando se perciba la retribución, debiéndose indicar el monto recibido. • Tratándose de servicios prestados a título gratuito, cuando se culmine el servicio. • Sin embargo, es posible anticipar la emisión del Recibo por Honorarios. • Se considera otorgado el recibo de acuerdo a la característica del usuario a quien prestó el servicio, cuando:

  13. ¿Cuándo se debe otorgar el Recibo por Honorarios Electrónico? • Si el usuario cuenta con clave SOL, al momento de su emisión. A partir de dicho momento tanto el emisor electrónico como el usuario del servicio tendrán a su disposición el documento electrónico en el SEE. • Si el usuario no cuenta con clave SOL, cuando el emisor electrónico, a elección del usuario: • a.Remita el Recibo por Honorarios Electrónico al correo electrónico que proporcione el usuario. • b.  Otorgue al usuario impreso del Recibo por Honorarios Electrónico. El referido impreso surtirá los mismos efectos del Recibo por Honorarios Electrónico.

  14. Conservación de los documentos electrónicos • Tanto el emisor electrónico como el usuario delservicio que cuenten con Clave SOL deberán descargar el Recibo por Honorarios Electrónico o la Nota de Crédito Electrónica del Sistema de Emisión Electrónica - SEE y conservarlos en formato digital. El emisor electrónico podrá descargar el documento electrónico al momento de su emisión o podrá descargarlo seleccionando la opción Consulta para emisoreshabilitado en el SEE. El usuario del servicio podrá descargar el documento electrónico seleccionando la opción Consulta parareceptoreshabilitado en el SEE. • Si el usuario del servicio no cuenta con Clave SOL, deberá conservar el Recibo por Honorarios Electrónico o la Nota de Crédito Electrónica que se le haya remitido por correo electrónico o el impreso de estos que se le haya otorgado el emisor electrónico.

  15. Libro de Ingresos y Gastos Electrónico • El Sistema de Emisión Electrónica - SEE le brinda la herramienta necesaria para que usted pueda generar su Libro de Ingresos y Gastos de manera electrónica. Para tal efecto, el sistema ordenará automática y cronológicamente la información ingresada. • Para que su registro esté completo, mensualmente deberá registrar en este sistema, dentro de la opción Registro de documentos físicos, lo siguiente: • Los Recibos por Honorarios y Notas de Crédito físicos (en papel), seleccionado la opción Registro de Recibopor Honorario Físico habilitado en el SEE.

  16. Libro de Ingresos y Gastos Electrónico • Las Rentas de Cuarta Categoría percibidas, seleccionado las opciones habilitadas en el SEE bajo el titulo de Registro de Pagos e Ingresos. • Asimismo, deberá registrar mensualmente seleccionando la opción Registro de Pagos, todas las rentas de cuarta categoría percibidas, detallando lo siguiente: • Fecha de percepción. • El medio de pago utilizado (efectivo, cheque, etc)  • El monto cobrado

  17. TENGA EN CUENTA QUE: • La información deberá registrarse hasta el décimo (10°) día hábil del mes siguiente al de la fecha de su emisión o de percepción de la renta de cuartacategoría, respectivamente. Deberá incluir los Recibos por Honorarios y/o Notas de Crédito que se hubieran emitido desde el primer día del mes en que se efectuó la afiliación. • Tratándose del mes en el cual opta por afiliarse al SEE, la información a registrar abarca la totalidad de los Recibos por Honorarios y Notas de Crédito físicos emitidos durante el mes de la afiliación así como la información vinculada a todas las Rentas de Cuarta Categoría percibidas en dicho período, aún cuando la afiliación haya sido posterior al primer día del mes.

  18. TENGA EN CUENTA QUE: • Cuando se equivoque en registrar la información, tanto de los documentos físicos como de los ingresos percibidos, el SEE le brindará opciones para dar de baja la información registrada incorrectamente y así volverla a ingresar.

  19. IMPORTANTE • Si luego de emitido un Recibo por Honorarios Electrónico detecta errores en la consignación de la siguiente información: • Datos de identificación del usuario del servicio. • Descripción o tipo de servicio prestado. • Tipo de Renta, según la clasificación del Artículo 33° de la Ley del Impuesto a la Renta. • El emisor podrá dejar sin efecto el documento electrónico emitido utilizando la opción Reversión del Recibo por Honorarios Electrónico que tiene habilitado en el sistema.

  20. ¿Cuándo se utiliza la Nota de Crédito Electrónica? • Cuando desee modificar un Recibo por Honorarios Electrónico o un Recibo por Honorarios físico otorgado con anterioridad. Debe ser emitido al mismo usuario a quien prestó el servicio. • Debe tener presente que tratándose del Recibo por Honorarios físico, éste deberá haber sido previamente registrado en el Sistema de Emisión Electrónica -SEE.

  21. ¿Cuándo se utiliza la Nota de Crédito Electrónica? • Para realizar la emisión de la Nota de Crédito Electrónica, deberá seleccionar la opción Emisión de Nota de Crédito Electrónica, debiendo ingresar al sistema la siguiente información: • Serie y número correlativo del Recibo por Honorarios respecto del cual se realizará la modificación. • Motivo que sustenta la emisión de la Nota de Crédito. • Monto ajustado de los honorarios.

  22. Ingresar a SUNAT Operaciones en línea y registrar afiliación Afiliación Rechazada RESUMEN AFILIACION EMISIÓN ELECTRÓNICA • Condiciones: • Domicilio Fiscal habido • RUC no con susp. Temporal ni baja de inscripción • Encontrarse en el RUC en 4ta Categ. SI Sujeto perceptor rentas de 4ta. Contar con Código acceso a SOL NO

  23. Ingresar a SUNAT Operaciones en línea y registrar afiliación RESUMEN AFILIACION EMISIÓN ELECTRÓNICA Para el emisor Afiliación aceptada Imprimir constancia de afiliación EFECTOS Para SUNAT

  24. RESUMEN AFILIACION EMISIÓN ELECTRÓNICA Para el emisor

  25. RESUMEN AFILIACION EMISIÓN ELECTRÓNICA Para SUNAT

  26. EMISION DE RECIBOS POR HONORARIOS ELECTRONICO

  27. LIBRO DE INGRESOS Y GASTOS ELECTRONICO

  28. REGISTRO DE RECIBO POR HONORARIOS FISICO

  29. REGISTRO DE NOTA DE CREDITO FISICA

  30. REGISTRO DE OTROS INGRESOS DE 4° CAT.

  31. CONSULTA PARA EL EMISOR

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