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II DIPLOMADO EN SALUD AMBIENTAL ECOSISTEMAS SANOS, GENTE SANA. DESARROLLO URBANO, MEDIO AMBIENTE Y SALUD AUDITORÍA AMBIE

UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA MAESTRÍA EN CIENCIAS DE LA SALUD AMBIENTAL C. U. C. S. - C. U. C. B. A. II DIPLOMADO EN SALUD AMBIENTAL ECOSISTEMAS SANOS, GENTE SANA. DESARROLLO URBANO, MEDIO AMBIENTE Y SALUD AUDITORÍA AMBIENTAL. Emilio Valdivia Aguilar ecomunic@yahoo.com.mx

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II DIPLOMADO EN SALUD AMBIENTAL ECOSISTEMAS SANOS, GENTE SANA. DESARROLLO URBANO, MEDIO AMBIENTE Y SALUD AUDITORÍA AMBIE

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  1. UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA MAESTRÍA EN CIENCIAS DE LA SALUD AMBIENTAL C. U. C. S. - C. U. C. B. A. II DIPLOMADO EN SALUD AMBIENTAL ECOSISTEMAS SANOS, GENTE SANA. DESARROLLO URBANO, MEDIO AMBIENTE Y SALUD AUDITORÍA AMBIENTAL Emilio Valdivia Aguilar ecomunic@yahoo.com.mx DICIEMBRE 05 DE 2008

  2. AUDITORÍA AMBIENTAL Ambiente: El conjunto de elementos naturales y artificiales o inducidos por el hombre que hacen posible la existencia y desarrollo de los seres humanos y demás organismos vivos que interactúan en un espacio y tiempo determinado. Administración Ambiental: Conjunto sistematizado de acciones que establece una empresa para el control, preparación, ejecución, registro y proyección de sus actividades y procesos, con el propósito de prevenir la contaminación ambiental y proteger y preservar los recursos naturales. Auditor Ambiental: Persona física acreditada como unidad de verificación en términos de lo dispuesto por la Ley Federal sobre Metrología y Normalización para realizar auditorías ambientales, determinar medidas preventivas y correctivas derivadas de la realización de una auditoría ambiental y las demás actividades vinculadas con estas. LGEEPA, D. O. F. 13 de junio de 2003.

  3. AUDITORÍA AMBIENTAL Aviso de incorporación: Documento mediante el cual el responsable del funcionamiento de una empresa comunica a la Procuraduría su intención de registrarse en el programa de auditoría ambiental. Plan de Acción: Documento derivado de la auditoría ambiental que contiene las medidas preventivas y correctivas, así como los plazos para su realización, que se compromete a realizar el responsable de una instalación auditada. Contaminación: La presencia en el ambiente de uno o más contaminantes o cualquier combinación de ellos que cause desequilibrio ecológico. Contaminante: Toda materia o energía en cualquiera de sus estados físicos y formas, que al incorporarse o actuar en la atmósfera, agua, suelo, flora, fauna o cualquier elemento natural, altere o modifique su composición y condición natural. LGEEPA, D. O. F. 13 de junio de 2003.

  4. AUDITORÍA AMBIENTAL CONTINGENCIA AMBIENTAL: Situación de riesgo ambiental derivada de actividades humanas o fenómenos naturales, que puede poner en peligro la integridad de uno o varios ecosistemas. CONTROL: Inspección, vigilancia y aplicación de las medidas necesarias para el cumplimiento de las disposiciones establecidas en los ordenamientos correspondientes. ECOSISTEMA: La unidad funcional básica de interacción de los organismos vivos entre sí y de éstos con el ambienteen un espacio y tiempo determinado. EMERGENCIA ECOLÓGICA: Situación derivada de actividades humanas o fenómenos naturales que al afectar severamente a sus elementos, pone en peligro a uno o más ecosistemas. EMISIÓN. La descarga directa o indirecta a la atmósfera de toda sustancia, en cualquiera de sus estados físicos. LGEEPA, D. O. F. 13 de junio de 2003.

  5. AUDITORÍA AMBIENTAL FAUNA NOCIVA: Conjunto de especies animales potencialmente dañinas a la salud y a la economía, y se alimentan de los residuos orgánicos. FUENTE FIJA: Es toda instalación establecida en un sólo lugar, que tenga como finalidad desarrollar operaciones o procesos industriales, comerciales, de servicios, o actividades que generen o puedan generar emisiones contaminantes a la atmósfera, agua o suelo. FUENTE MÓVIL: Cualquier máquina, aparato o dispositivo emisor de contaminantes a la atmósfera, al agua y al suelo que no tiene un lugar fijo. FUENTE MÚLTIPLE: Aquella fuente fija que tiene dos o más ductos o chimeneas por las que se descargan las emisiones a la atmósfera, agua o suelo, proveniente de un sólo proceso. LGEEPA, D. O. F. 13 de junio de 2003.

  6. AUDITORÍA AMBIENTAL GENERACIÓN: Acción de producir residuos. GENERADOR: Persona física o jurídica que como resultado de sus actividades produzca residuos. IMPACTO AMBIENTAL. Modificación positiva o negativa del ambiente ocasionado por la acción del hombre o de la naturaleza. LIXIVIADO: Líquido proveniente de los residuos, el cual se forma por reacción, arrastre o percolación y que contiene, disueltos o en suspensión, componentes que se encuentran en los mismos residuos. MANIFIESTO: Documento oficial por el que el generador mantiene un estricto control sobre el transporte y destino de sus residuos. LGEEPA, D. O. F. 13 de junio de 2003.

  7. AUDITORÍA AMBIENTAL NIVEL MÁXIMO PERMISIBLE: Nivel máximo de agentes activos contaminantes que se permite que contengan los residuos sólidos, o en su defecto sean emitidos a la atmósfera, al agua o al suelo; de acuerdo con lo establecido por la normatividad vigente aplicable en la materia. PRESERVACIÓN: El conjunto de políticas y medidas para mantener las condiciones que propician la evolución y continuidad de los procesos naturales. PREVENCIÓN: El conjunto de disposiciones y medidas anticipadas para evitar el deterioro del ambiente. PROTECCIÓN: El conjunto de políticas y medidas para mejorar el ambiente y prevenir y controlar su deterioro. LGEEPA, D. O. F. 13 de junio de 2003.

  8. AUDITORÍA AMBIENTAL RESIDUO SÓLIDO: Sobrantes sólidos de procesos domésticos, industriales y agrícolas. RESIDUO SÓLIDO MUNICIPAL: Aquel residuo que se genera en casa habitación, parques, jardines, vía pública, oficinas, sitios de reunión, mercados, comercios, bienes muebles, demoliciones, construcciones, instituciones, establecimientos de servicio y en general, todos aquellos generados en actividades municipales, que no requieran técnicas especiales para su control. RESTAURACIÓN: Conjunto de actividades tendientes a la recuperación y restablecimiento de las condiciones que propician la evolución y continuidad de los procesos naturales. RUIDO: Sonido inarticulado y confuso desagradable al oído humano. LGEEPA, D. O. F. 13 de junio de 2003.

  9. AUDITORÍA AMBIENTAL • RIESGO: La probabilidad de que ocurra un accidente dentro de cierto periodod de tiempo, junto con lasa consecuencias para las personas, las propiedades y el medio ambiente. • Influye dos aspectos: • La probabilidad de que ocurra un accidente dentro de cierto periodo de tiempo. • Las consecuencias para la población, las propiedades y el medio ambiente. PNUMA, APELL. 2003

  10. AUDITORÍA AMBIENTAL PELIGRO: Una amenaza que pudiera ocasionar un accidente (alternativamente una fuente de riesgo). ACCIDENTE: Evento inesperado y no intencional el cual ocurre repentinamente y causa daño a personas, propiedades o al medio ambiente. PNUMA, APELL. 2003

  11. AUDITORÍA AMBIENTAL ANÁLISIS DE RIESGO: La identificación y evaluación sistemática de objetos riesgosos y peligrosos. OBJETO RIESGOSOS: Una industriam una bodega, un deposito ferroviario,.. que implican un peligro o una fuente de riesgo. Pueden existir varias fuentes de riesgo en un mismo objeto riesgoso. DESASTRE: Desde el punto de vista local, implica muchas muertes y decenas de sobrevivientes gravemente heridos, daños materiales valuados en varios millones de dólares o daño ambiental a largo plazo. PNUMA, APELL. 2003

  12. AUDITORÍA AMBIENTAL POR CASO: El evento posible que presentaría las peores consecuencias. Existen tres tipos: Las consecuencias son tan restringidas que el riesgo no es importante, sin importar la probabilidad del evento. Las consecuencias son tan serias que tiene que haber muy poca probabilidad de que ocurra el evento para que el nivel de riesgo sea tolerable. En casos extremos, la existencia de medidas efectivas de seguridad hace que el riesgo sea intolerable. Las peores consecuencias posibles son irrelevantes ya que la probabilidad de que ocurra el evento es tan baja que el riesgo es insignificante. Sin embargo, cuando se hace este tipo de apreciaciones, se deben considerar los efectos del sabotaje y el terrorismo. Esto podría indicar que se debe escoger el tipo 2. PNUMA, APELL. 2003

  13. AUDITORÍAAMBIENTAL

  14. AUDITORÍA AMBIENTAL Definición: Las Auditorías Ambientales Consisten en la revisión en la revisión exhaustiva de las instalaciones, procesos, almacenamiento, transporte, seguridad y riesgo, entre otros aspectos, que permitan definir planes de acción que definan con plazos determinados las obras, reparaciones, correcciones, adquisiciones y acciones necesarias emanadas del dictamén de la auditoría, estén o no normadas, para finalmente ser firmadas entre la autoridad y el empresario y garantizar su cumplimiento mediante fianza. Gutiérrez- Najera 2000

  15. AUDITORÍA AMBIENTAL • El concepto, alcances y limitaciones que asume la auditoría en el Derecho Positivo en México, en el parecer de la Dra. Raquel Gutiérrez Najera es el mismo que prevalece en el Derecho de la Comunidad Económica Europea y así explicado en el Reglamento CEE 1836/93, y que se conoce como “Ecoauditoría”, el cual es un sistema comunitario de gestión ambiental voluntario que responde a los siguientes criterios: • Vountariedad • Relevancia del proceso ; si bien afecta al sector secundario, puede afectar a otras actividades: minera, agropecuaria, • El énfasis gestor, instrumento de gestión de calidad. Martín Mateo Ramón. Manual de Derecho Ambiental, Madrid, España. 1995

  16. AUDITORÍA AMBIENTAL Otro concepto Define a la auditoría como el examen sistemático integral de equipos y procesos, con que una organización lleva a cabo actividades de producción, servicios o aprovechamiento de recursos naturales, con la finalidad de detectar fallas, deficiencias o incumplimientos de la normatividad ambiental y construir áreas de oportunidad para el mejor aprovechamiento de sus capacidades en el marco de la ley. Siendo concebida como una herramienta idónea para el cuidado, protección y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, considera como universo de aplicación a toda aquella actividad que impacte al ambiente. INE-Pedro Murad Robles. 2005.

  17. AUDITORÍA AMBIENTAL Naturaleza: Su naturaleza voluntaria y concertada permite promoverla, no sólo entre las actividades de jurisdicción federal, sino también en aquellas clasificadas en los sectores estatal y municipal, por lo que abarca todos los ámbitos del gobierno. INE-Pedro Murad Robles. 2005.

  18. AUDITORÍA AMBIENTAL Origen: La auditoría ambiental tiene su origen en los años setenta en los Estados Unidos de América, en donde un grupo de compañías industriales iniciaron de manera independiente programas de revisión y autoevaluación del estado ambiental que guardaban sus procesos de producción, con el objeto de prevenir accidentes, disminuir riesgos y avanzar en sus niveles de seguridad. La aplicación de estas metodologías resultó al cabo de los años, en importantes beneficios económicos y sociales, tanto para la protección del ambiente como para las propias empresas. auditoria_ambiental@profepa.gob.mx

  19. AUDITORÍA AMBIENTAL Historia de la Auditoría Ambiental en México La Profepa instrumentó este Programa en 1992 y fue hasta 1997 que se introdujo la expedición de certificados de industria limpia. Con la finalidad de que la auditoría ambiental abarcara aquellos aspectos no regulados por la normatividad, mediante acuerdos voluntarios entre las empresas y la autoridad. auditoria_ambiental@profepa.gob.mx

  20. AUDITORÍA AMBIENTAL Creándose dos órganos desconcentrados de la Secretaría de Desarrollo Social, como autoridades rectoras en materia de protección del ambiente; El Instituto Nacional de Ecología, como instancia normativa; y La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, como institución responsable de vigilar el cumplimiento de la ley. Ambos, a partir de diciembre de 1994, pasaron a ser órganos desconcentrados de la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca. Hoy SEMARNAT. auditoria_ambiental@profepa.gob.mx

  21. AUDITORÍA AMBIENTAL “La atribución sustantiva de la PROFEPA (Procuraduría Federal de Protección al Ambiente) Es la vigilancia del cumplimiento de la ley para proteger el ambiente. Esto se logra mediante dos mecanismos básicos; la verificación industrial normativa y la auditoría ambiental. La primera tiene la ventaja de ser un acto de autoridad, sin embargo, tiene una limitante: sólo se puede exigir el cumplimiento de aquello que está normado. Por el contrario, la importancia de la auditoría ambiental en México radica en que, al ser un acto concertado, puede incluir situaciones aún no reglamentadas pero de urgente atención” auditoria_ambiental@profepa.gob.mx

  22. AUDITORÍA AMBIENTAL A través de la primera, se inspeccionan las fuentes de contaminación de competencia federal mediante procedimientos administrativos que dan lugar a la imposición de sanciones y a la adopción de medidas de seguridad. La auditoría ambiental, por su parte, no implica actos unilaterales, sino acuerdos de voluntad, por lo que permite que se aborden aspectos no regulados por la normatividad, a fin de lograr una gestión ambiental integral por parte de las empresas. auditoria_ambiental@profepa.gob.mx

  23. AUDITORÍA AMBIENTAL Áreas de Verificación: La auditoría ambiental verifica las siguientes áreas: Agua, emisiones a la atmósfera, suelo, residuos sólidos, residuos peligrosos, ruido, aprovechamiento de los recursos naturales, riesgo ambiental, sistemas de gestión ambiental, asuntos para los cuales no tenemos aún una normatividad completa y equilibrada. auditoria_ambiental@profepa.gob.mx

  24. AUDITORÍA AMBIENTAL • Sujetos: • Los sujetos de una auditoría son: • Empresas de servicios; • Comercio; • Aprovechamiento de recursos naturales como hoteles, marinas; • Hospitales; • Gaseras; • Sector manufacturero y minero, entre otros, • Así como entidades municipales. auditoria_ambiental@profepa.gob.mx

  25. AUDITORÍA AMBIENTAL A la fecha (2004) las solicitudes de auditorías han variado desde empresas pequeñas con cuatro empleados hasta aquellas con más de diez mil trabajadores. Se han adscrito sectores industriales, gubernamentales y privados por ejemplo, automotriz, química y petroquímica, textil, farmacéutico, alimentos, maquilas. Sectores de servicio como hoteles, gasolineras, talleres automotrices, laboratorios clínicos, entre otros. auditoria_ambiental@profepa.gob.mx

  26. AUDITORÍA AMBIENTAL Justificación El propósito general de la auditoría ambiental es identificar, evaluar y controlar los procesos industriales que pudiesen estar operando bajo condiciones de riesgo o provocando contaminación al ambiente. Con la finalidad de prevenir de manera efectiva accidentes ambientales, el Programa de Auditoría incluye una evaluación técnica detallada de aspectos reglamentados como control de aguas residuales, contaminación atmosférica, residuos peligrosos y ruido, pero no sólo aspectos correctivos, sino preventivos también, aún cuando no estén reglamentados, tal es el caso de los relacionados con la prevención de accidentes, como son: el diseño de las instalaciones, la operación de los procesos, el mantenimiento, la capacitación del personal, entre otros. auditoria_ambiental@profepa.gob.mx

  27. AUDITORÍA AMBIENTAL Con una auditoría ambiental se obtienen resultados a los que se argumentó es difícil llegar con la aplicación coercitiva de la ley, sobre todo cuando se trata de instalaciones industriales de gran tamaño o complejidad (refinerías, acerías, etcétera). Su carácter voluntario hace posible el examen exhaustivo y sereno de un conjunto de procesos productivos que es difícil revisar en el contexto de visitas de inspección conducidas unilateralmente por la autoridad auditoria_ambiental@profepa.gob.mx

  28. AUDITORÍA AMBIENTAL En 1993 se firma el Tratado de Libre Comercio de América del Norte y se establece en el artículo V del Acuerdo Paralelo denominado Acuerdo de Cooperación Ambiental de América del Norte, que la auditoría ambiental mexicana es una forma de cumplir la legislación para los fines del tratado. A partir de entonces se agrega como prioritario para el Programa Nacional de Auditoría Ambiental al sector exportador. auditoria_ambiental@profepa.gob.mx

  29. AUDITORÍA AMBIENTAL • Beneficios • La reducción de emisiones de residuos y descargas, así como el control del ruido hacia nuestro entorno. • Para la industria, pueden generar incentivos económicos por la reducción de primas de seguros, uso eficiente de insumos en la producción. • Como resultado de las auditorías ambientales se otorga a aquellas organizaciones/empresas/instituciones que han cumplido con los requisitos ambientales de la auditoría certificados en tres niveles: • Reconocimiento de excelencia ambiental; • 2. Certificado de Industria limpia y Cumplimiento Ambiental; • 3. Reconocimiento a Organizaciones que Cumplen las Normas Ambientales. auditoria_ambiental@profepa.gob.mx

  30. AUDITORÍA AMBIENTAL Certificados de Desempeño Ambiental La lógica de otorgar certificados de desempeño ambiental, radica en que el gobierno además de sancionar a los actos y actores que violan la normatividad ambiental y afectan al medio ambiente, debe reconocer y promover los esfuerzos voluntarios de aquellos actores que desarrollen sus actividades en un marco de sustentabilidad ambiental y de respeto al medio ambiente mediante un reconocimiento público de su desempeño y otorga distintos certificados ambientales. auditoria_ambiental@profepa.gob.mx

  31. AUDITORÍA AMBIENTAL Incentivos Como una garantía en la eficiencia de recursos y procesos, Imagen pública al ser identificada como empresa socialmente responsable y comprometida con el ambiente Han provocado que este mecanismo resulte eficiente para fortalecer el cumplimiento de los requerimientos en materia ambiental. auditoria_ambiental@profepa.gob.mx

  32. AUDITORÍA AMBIENTAL Desarrollo de Auitorías Ambientales Objetivos a definir en una auditoria ambiental. Las auditorias en cuanto a su ejecución pueden ser externas o internas y en ambos casos el foco de los objetivos puede ser diferente. En general si se ha de ver a la auditoría ambiental como una herramienta su objetivo podría definirse como el fin hacia el cual se canalizan todos los esfuerzos en un periodo de tiempo para alcanzar el beneficio de la misma, es decir el producto de la auditoria que contribuye a alcanzar los objetivos de la empresa. auditoria_ambiental@profepa.gob.m

  33. AUDITORÍA AMBIENTAL Términos de Referencia para la Realización de Auditorías Ambientales a Organizaciones Industriales y No Industriales Objetivo Tienen como propósito establecer los lineamientos metodológicos para la realización de auditorías en instalaciones y procesos productivos industriales y no industriales, para detectar áreas de oportunidad y proponer medidas que aseguren el cumplimiento de la legislación vigente en la materia y contribuyan a mejorar su desempeño ambiental. auditoria_ambiental@profepa.gob.m

  34. AUDITORÍA AMBIENTAL auditoria_ambiental@profepa.gob.m

  35. AUDITORÍA AMBIENTAL Protocolos de realización. Dentro de un programa de auditoría como en prácticamente cualesquier proceso de certificación de calidad, es importante establecer las especificaciones o términos de referencia sobre la forma de conducir y documentar los resultados de la auditoría. En el marco del programa nacional de auto-auditorias, la PROFEPA ha creado una serie de términos de referencia que de alguna manera han servido de base en México para la elaboración de especificaciones de auditoria. En general, no existe "libro biblia" sobre como se deben elaborar dichas especificaciones pero es claro que el costo beneficio de las acciones que en ellas se establezcan es prioritario. auditoria_ambiental@profepa.gob.m

  36. AUDITORÍA AMBIENTAL • Elementos de un protocolo de auditoria • Especificar controles de calidad a utilizar • Protocolos detallados para cada paso de la auditoría • Manejo y presentación de datos y resultados • Elaboración de borrador de resultados y ruta de revisión • Condiciones para veto de resultados por parte del cliente • Condiciones para la difusión de los resultados. auditoria_ambiental@profepa.gob.m

  37. AUDITORÍA AMBIENTAL Es conveniente darle al documento donde se plasman las especificaciones un formato uniforme con los formatos de procedimientos internos y como mínimo deberá plantear varias secciones que incluyan: Índice básico de una especificación de auditoria Elementos 1.0 Objetivo 2.0 Alcances 3.0 Normas y reglamentos aplicables 4.0 Definición de términos 5.0 Especificaciones 6.0 Equipo auditor 7.0 Reporte 8.0 Control de calidad 9.0 Firmas y autorizaciones auditoria_ambiental@profepa.gob.m

  38. AUDITORÍA AMBIENTAL Plan de Acción Es muy importante no iniciar la auditoria en la planta hasta que se tenga bien consensuado el plan de la misma con la persona que coordinara los trabajos por parte del cliente. Suele suceder que la mayor parte de la información que se requiere para la evaluación, no se encuentra disponible a la hora de la auditoria. En condiciones normales este proceso debe iniciarse por lo menos tres meses antes de arribar al sitio. En la práctica esta condición rara vez se cumple, ya que generalmente una auditoría requiere de varios pasos administrativos antes de la contratación de la firma auditora y una vez contratada es el mismo cliente quien exige se inicien los trabajos de inmediato. Cuando se trata de auditores internos, salvo en las grandes corporaciones, estos tienen otras funciones a parte de ser miembros del equipo auditor y por lo mismo requieren de adecuar agendas y prioridades. auditoria_ambiental@profepa.gob.m

  39. AUDITORÍA AMBIENTAL Auditores No es fácil auditar el cumplimiento con la normatividad por razón del volumen de la misma, encontrar una o varias personas que dominen temas de incunbencia de la PROFEPA, Secretaría de Salud y Secretaría del Trabajo es difícil. Si a esto sumamos que además se requiere que el auditor conozca de las tecnologías existentes y de los riesgos que posiblemente no estén contemplados en la normatividad, la tarea de conformar un grupo de trabajo es monumental. auditoria_ambiental@profepa.gob.m

  40. AUDITORÍA AMBIENTAL En la práctica la realización de una auditoría interna implica que quien realiza la auditoría generalmente tiene funciones duales como es de alguna manera resolver o atender parte de los problemas que tiene que auditar. En muchas ocasiones esta situación va en detrimento de la objetividad donde se termina evaluando el esfuerzo que se hace por cumplir más que la realidad de la empresa. Esta circunstancia ha hecho que muchas empresas opten por una auditoría externa. Además del costo externo de la auditoría se suma la presión de quien en última instancia esta pagando los honorarios del auditor es el auditado. La mejor manera de superar esta situación es a través de la elaboración de términos de referencia o especificaciones que delimiten los alcances en función del objetivo. auditoria_ambiental@profepa.gob.m

  41. AUDITORÍA AMBIENTAL Profesionalismos del auditor.- Se refiere al cuidado y la diligencia con que el auditor atendie los trabajos de la auditoría. Se recomienda que quien esta a cargo posea algún tipo de registro profesional que se encuentre adscrito a algún código de ética profesional. auditoria_ambiental@profepa.gob.m

  42. AUDITORÍA AMBIENTAL Certificación de los auditores.- El Instituto Nacional de Ecología, tiene el mandato de establecer un sistema de certificación de auditores. La experiencia reciente que se tiene en México sobre estos esquemas es mala por la corrupción que genera. Por lo tanto es factible que en corto tiempo se lancen convocatorias como lo esta haciendo la Secretaria de Industria y Comercio para la certificación de laboratorios dentro del SINALP en donde organismos autónomos del gobierno serán los responsables de la certificación de los laboratorios. auditoria_ambiental@profepa.gob.m

  43. AUDITORÍA AMBIENTAL Identificación de las características del equipo auditor en cuanto a la competencia técnica de los miembros que lo componen. Típicamente, los equipos de auditoría se componen por varias personas las cuales son "expertos" en las áreas que cubren. auditoria_ambiental@profepa.gob.m

  44. AUDITORÍA AMBIENTAL auditoria_ambiental@profepa.gob.m

  45. AUDITORÍA AMBIENTAL Medidas de Seguridad y Sanciones: Si durante el desarrollo de una auditoría se detecta la presencia de un riesgo inminente de desequiibrio ecológico, o de daño o deterioro grave a los recursos naturales, casos de contaminación con repercusiones peligrosas para los ecosistemas, sus componentes o para la salud pública, la Procuraduría determinará las medidas inmediatas de urgente aplicación que deberán ser observadas por el responsable, o bien podrá ordenar alguna o algunas de las medidas de seguridad previstas en el Titulo Sexto de la Ley. auditoria_ambiental@profepa.gob.m

  46. MARCO JURÍDICO DE LA AUDITORÍA AMBIENTAL

  47. Marco Jurídico de la auditoria ambiental

  48. AUDITORÍA AMBIENTAL • MARCO JURIDICO DE LA AUDITORÍA AMBIENTAL • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos • Ley Orgánica de la Administración Pública Federal • Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente • Ley de Metrología y Normalización

  49. AUDITORÍA AMBIENTAL • Nuestra Carta Magna y la Protección Al Ambiente • Las acciones del Estado tendientes a la búsqueda de la conciliación del hombre con la naturaleza, y toda vez que el ambiente estaría representado por “el medio en el cual se desarrolla la vida”, es decir, abarca la gama de recursos bióticos y abióticos que coexisten en el planeta a través de una unidad que armoniza sus relaciones llamadas “ecosistema”, así como la “diversidad biológica” del planeta; su fundamento jurídico es asumido en forma directa e indirecta por nuestra Constitución a través de sus artículos: • 4º, 25, 27, 28, 115, 73, fracción XXIX-G, Gutiérrez N. 2000

  50. AUDITORÍA AMBIENTAL Artículo 4º …Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución. …Toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar. Los ascendientes, tutores y custodios tienen el deber de preservar estos derechos. El Estado proveerá lo necesario para propiciar el respeto a la dignidad de la niñez y el ejercicio pleno de sus derechos. El Estado otorgará facilidades a los particulares para que coadyuven al cumplimiento de los derechos de la niñez D. O. F. 27 de septiembre de 2004

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