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Cámara Departamental de Industria de Cochabamba . PARQUE INDUSTRIAL DE SANTIVAÑEZ. MARCO NORMATIVO. Ley Nº 3097 (15/07/05) D.S. Nº 28367 (21/09/05) Estatuto Orgánico (30/11/05) Reglamento de Edificaciones (19/01/06). Ley Nº 3097 de 15 de julio de 2005.
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Cámara Departamental de Industria de Cochabamba PARQUE INDUSTRIAL DE SANTIVAÑEZ
MARCO NORMATIVO Ley Nº 3097 (15/07/05) D.S. Nº 28367 (21/09/05) Estatuto Orgánico (30/11/05) Reglamento de Edificaciones (19/01/06)
Ley Nº 3097 de 15 de julio de 2005 Establece la creación de un Directorio Mixto, compuesto por autoridades del sector público y privado relacionadas con el desarrollo productivo, como órgano máximo, encargado de la administración, operación, implementación y gestión del Parque.
Ley Nº 3097 de 15 de julio de 2005 • El Directorio Mixto está conformado por: • El Prefecto del Departamento de Cochabamba como Presidente. • El Director Departamental de Desarrollo Productivo de la Prefectura como Secretario. • El Alcalde Municipal de Santiváñez. • El Presidente de la F.E.P.C. • El Presidente de la C.D.I. • El Presidente de CADEPIA. • El Secretario Ejecutivo de la COD. • El Presidente de la CADEXCO.
Autorizaa la Prefectura del Departamento a transferir los terrenos* ubicados dentro del Parque Industrial a favor del Directorio Mixto. * Terrenos saneados Ley Nº 3097 de 15 de julio de 2005
Dispone el régimen de incentivos yexenciones tributarias municipales para las industrias que se instalen en el Parque: • Facilidades en la aprobación de planos de construcciones industriales, fraccionamiento de terrenos y cambio de uso de suelo. • Terrenos, construcciones y edificios = exentos del IPBI por 7 años a partir del registro de la transferencia del lote. Ley Nº 3097 de 15 de julio de 2005
D.S. Nº 28367 de 21 de septiembre de 2005 Reglamento de la Ley Nº 3097, define las atribuciones y obligaciones del Directorio Mixto. Entre las atribuciones principales, se encuentra la elaboración de los diversos reglamentos que permitan el funcionamiento del Parque Industrial.
Establece los requisitos y preciospara la adquisición de terrenos en el Parque Industrial. Los precios establecidos en el decreto para MyPes son de: 15 UFV’s al contado y 30 UFV’s a crédito, a 10 años plazo. La cantidad de terreno a ser adquirida por éstas oscila entre los 1.000 a 1.500 m2. D.S. Nº 28367 de 21 de septiembre de 2005 Los precios definidos en el decreto para empresas Medianas y Grandes son de: 20 UFV’s al contado y 40 UFV’s a crédito, a 10 años plazo. La cantidad de terreno a ser adquirida por éstas, deberá ser superior a 1.500 m2.
Art. 8º(PRECIO Y PLAZO DE PAGO). … IV. Se faculta al Directorio Mixto a incrementar el precio de los lotes, según el valor comercial y la demanda que estos adquieran. D.S. Nº 28367 de 21 de septiembre de 2005
Consta de 8 capítulos y 46 Artículos referidos a: • Constitución • Fines y objetivos • Miembros • Régimen Orgánico Interno • Patrimonio • Formas de Modificación • Intercambio Institucional • Disolución Estatuto Orgánico aprobado en reunión de Directorio Mixto de 30/11/05 y ratificado por Resolución Prefectural 028/2006 de 18/01/06
Reglamento de Edificaciones aprobado en reunión de Directorio Mixto de fecha 19/01/06 y ratificado por Resolución Prefectural Nº 030/2006 de 20/01/06 Consta de 11 artículos. Fue aprobado en cumplimiento al artículo 4º del D.S. Nº 28367. Define la infraestructura básica de las industrias, así como la utilización de áreas comunes dentro del P.I.S.
VALOR COMERCIAL DEL TERRENO Tomando en cuenta el valor promedio por concepto de expropiación, incluyendo la inversión realizada y la inversión en etapa de ejecución, el costo del metro cuadrado es de: $us. 6,74 x m2. Si a esto se suma la inversión pendiente, el valor de los terrenos debería ser de: $us. 11,33 x m2.
VALOR ESTABLECIDO EN EL D.S. Hipótesis: La mitad de los terrenos serán vendidos para la instalación de microempresas y la otra mitad para empresas medianas y grandes. *La inversión proyectada asciende a $us. 3.079.086.- 1 Bs. = 1.1531 (03-03-06) 1$us. = 8,07 Bs.
SOSTENIBILIDAD En base al cuadro anterior, a la atribución IV del Art. 8º del D.S. Nº 28367, y en procura de asegurar la sostenibilidad de la 1ª fase del P.I.S., los terrenos se tendrían que vender, al contado, a: MyPes UFV’s 30 = $us. 4.28 Medianas y Grandes UFV’s 40 = $us. 5.71 Obteniéndose en este caso, ingresos por $us. 3.350.706 suficientes para cubrir la inversión proyectada de $us. 3.079.086