1 / 20

Octubre 2007

Asesoría Tributaria y Recaudación. Octubre 2007. Agenda. Mult ingreso : No Aplicación de Mínimo no Imponible Deducciones Declaración de Reintegros CJPPU Declaración de Deducciones por novedad Partidas exclusivas CESS Ajuste anual Estrategia de evolución de los formatos de archivo.

brooks
Télécharger la présentation

Octubre 2007

An Image/Link below is provided (as is) to download presentation Download Policy: Content on the Website is provided to you AS IS for your information and personal use and may not be sold / licensed / shared on other websites without getting consent from its author. Content is provided to you AS IS for your information and personal use only. Download presentation by click this link. While downloading, if for some reason you are not able to download a presentation, the publisher may have deleted the file from their server. During download, if you can't get a presentation, the file might be deleted by the publisher.

E N D

Presentation Transcript


  1. Asesoría Tributaria y Recaudación Octubre 2007

  2. Agenda • Multingreso: No Aplicación de Mínimo no Imponible • Deducciones • Declaración de Reintegros CJPPU • Declaración de Deducciones por novedad • Partidas exclusivas CESS • Ajuste anual • Estrategia de evolución de los formatos de archivo. • Asesoría Tributaria y Recaudación

  3. Multingreso - 1 Alcance y normativa • Art. 78, Dec.148/007 de 26/4/2007 • Art. 18, Dec.208/007 de 18/6/2007 • Resolución DGI Nro.662/007 de 29/6/2007. • Quienes perciban simultáneamente rentas de trabajo de más de un empleador y/o pasividad y su ingresos superen el importe del Mínimo No Imponible (MNI), solamente podrán deducir dicho importe en una de las fuentes pagadoras. • Es de aplicación a partir del 1° de octubre de 2007. Asesoría Tributaria y Recaudación

  4. Multingreso - 2 Declaración de No aplicación de MNI • Opera para aquellos trabajadores que realizaron la opción en el rubro 4 del formulario DGI Nro. 3100 • Aplica para el mes de cargo siguiente a la fecha de presentación del formulario DGI 3100 por parte del trabajador a la empresa. • Ejemplo: para el mes cargo 10/2007, cuyo pago se realiza en noviembre, se considerarán los form. 3100 presentados a la empresa hasta 30/09/2007 • Asesoría Tributaria y Recaudación

  5. Declaración de No aplicación del MNI La información respecto de los trabajadores que hicieron la opción por No aplicación del MNI, se deberá presentar: A través del mecanismo de Deducciones: Código: 7 - Cat.: 1 - No Aplicación del Mínimo No Imponible – Mes desde: 10/2007 o mayor Por novedad En forma independiente de las restantes deducciones que deba presentar Durante el mes de octubre Multingreso - 3 • Asesoría Tributaria y Recaudación

  6. Deducciones - 1 Declaración de aportes profesionales a CJPPU • Código 3 – Aportes Jubilatorios • Se declara : • Categoría = de la 1 a la 11 (Únicamente) • No se declara Monto • Código 4 – Reintegros • Se declara: • Categoría = 0 • Monto = Importe del Reintegro • Asesoría Tributaria y Recaudación

  7. Deducciones - 2 Declaración por novedad • Reducir el volumen de datos a informar • Evitar errores e inconsistencias en la declaración • Reducir el tiempo de procesamiento • Evitar inconsistencias en los cálculos y pagos manuales • Asesoría Tributaria y Recaudación

  8. Partidas exclusivas CESS - 1 Alcance y normativa • Art.31, Título 7, T.O 1996, en la redacción dada por el art. 8 de la Ley 18.083 de 27/12/2006 • Artículo 47, Dec. 148/007 26/4/2007 • Art. 18, Dec. 208/007 de 18/6/2007 • Los montos de aguinaldo, licencia y similares, devengados con anterioridad al 1/7/2007, que se abonen en el período 7/07 a 11/07, estarán sujetos a la retención del IRPF, ajustándose en el mes de 12/07 (ajuste anual). • Se excluye el salario vacacional. • Asesoría Tributaria y Recaudación

  9. Partidas exclusivas CESS - 2 Declaración a partir de diciembre/2007 • Se crea un nuevo concepto en nómina: • Concepto 8 – Partidas exclusivas CESS • Corresponde a partidas gravadas por CESS que no son consideradas renta computable para el IRPF • Opera restando del monto imponible para determinar la base de cálculo del IRPF • Asesoría Tributaria y Recaudación

  10. Declaración del Concepto 8 En mes cargo 12/2007 - se deberán incluir las partidas correspondientes al período: 07/07 a 12/07 Desde mes cargo 01/2008- las correspondientes a cada mes Partidas exclusivas CESS - 3 • Asesoría Tributaria y Recaudación

  11. Ajuste anual - 1 IRPF: Impuesto anual con anticipos mensuales • Anticipos mensuales • Ingresos mensuales • Deducciones que aplican • De acuerdo con la fecha de presentación del formulario 3100 por parte del trabajador a la empresa • Ajuste anual – mes de cargo diciembre • Ingresos anuales (ejercicio 2007: de julio a diciembre) • Deducciones anuales (ejercicio 2007: de julio a diciembre) • De acuerdo con la vigencia de las mismas • Asesoría Tributaria y Recaudación

  12. Cálculo + Impuesto anual - Deducciones anuales - Anticipos (hasta noviembre07) Ajuste anual - 2 AJUSTE ANUAL • Asesoría Tributaria y Recaudación

  13. Evolución del formato ATYR • Cada versión incorpora a la anterior la especificación necesaria para contemplar un nuevo tipo de declaración. Versión 1 – Hasta Enero 2008 • Deducciones Versión 2 – Desde Febrero 2008 • Deducciones • Nóminas • Se incorpora Domicilio de Obra en registro 3 Versión 3 – Desde Julio 2008 • Deducciones • Nóminas • Rectificativas • Asesoría Tributaria y Recaudación

  14. Especificación del formato ATYR v2 • Asesoría Tributaria y Recaudación

  15. Especificación del formato ATYR v2 • Caracteres ASCII • Largo variable • Separador de campos | (ASCII 124) • Separador de registros es el cambio de línea (ASCII 10) • Campos que no contengan información se indica || (sin ceros ni blancos en el medio). • 1 archivo 1 declaración 1 empresa • 1 disquete n archivos Deducciones : D_xxxxxxxx.bps Nóminas : N_xxxxxxxx.bps • Asesoría Tributaria y Recaudación

  16. Especificación del formato ATYR v2 • Deducciones • Si existe Registro 5 tiene que haber algún registro (8 o 9 o10 u 11) para la persona. • Si existe algún registro (8 o 9 o10 u 11), tiene que haber un registro 5 para la persona. • Nóminas • Si existe Registro 5 tiene que existir al menos un registro tipo 6 y al menos un registro tipo 7. • Si existe Registro 6 tiene que existir un registro tipo 5 y al menos un registro tipo 7. • Asesoría Tributaria y Recaudación

  17. Estrategia de evolución de los formatos de archivo - 1 • Hasta Enero 2008 (mes cargo 12/2007) • Son aceptados los siguientes formatos(*) • Formato Hermes 4 y 5 para Nóminas • Formato Conexión 8.1.1, 8.2.1, 8.2.2 para Nóminas • Formato Intercambio V6 y V7 para Rectificativas, y V7 para Nóminas • Deducciones – Formato ATYR V1 (*)Se reitera que no se aceptará el concepto 7 en Nóminas y Rectificativas. • Asesoría Tributaria y Recaudación

  18. Estrategia de evolución de los formatos de archivo - 2 • Febrero 2008 (mes cargo 01/2008) • Dejarán de ser aceptados los siguientes formatos • Formato Hermes 4 y 5 para Nóminas • Formato Conexión 8.1.1, 8.2.1, 8.2.2 para Nóminas • Formato Intercambio V7 para Nóminas • Serán aceptados • Nóminas – Formato ATYR V2 • Deducciones – Formato ATYR V2 y V1 • Rectificativas – Formato de Intercambio V6 y V7 • Asesoría Tributaria y Recaudación

  19. Estrategia de evolución de los formatos de archivo - 3 • Julio 2008 (mes cargo 06/2008) • Dejarán de ser aceptados los siguientes formatos • Rectificativas – Formato de Intercambio V6 y V7 • Serán aceptados • Nóminas – Formato ATYR V3 y anteriores • Deducciones – Formato ATYR V3 y anteriores • Rectificativas – Formato ATYR V3 • Asesoría Tributaria y Recaudación

  20. Por mayor información Asistencia al Contribuyente- Sarandí 570 PB, Sucursal Cordón, Colonia 1851 PB y Sucursales del Interior del País. Asistencia a empresas con programas propios - a través de la dirección de correo consultasformato@bps.gub.uy Página Web - www.bps.gub.uy Asistencia ATYRO- 0800.2001 o a través de la dirección de correo atyro@bps.gub.uy Muchas gracias • Asesoría Tributaria y Recaudación

More Related