1 / 23

Cesiones de créditos

Cesiones de créditos. Julio César Rivera. Introducción: La cesión de créditos como contrato de causa variable. Noción de causa en sentido objetivo La cesión como contrato de causa variable: reconocimiento en la doctrina y la jurisprudencia. La causa final en la cesión típica.

Télécharger la présentation

Cesiones de créditos

An Image/Link below is provided (as is) to download presentation Download Policy: Content on the Website is provided to you AS IS for your information and personal use and may not be sold / licensed / shared on other websites without getting consent from its author. Content is provided to you AS IS for your information and personal use only. Download presentation by click this link. While downloading, if for some reason you are not able to download a presentation, the publisher may have deleted the file from their server. During download, if you can't get a presentation, the file might be deleted by the publisher.

E N D

Presentation Transcript


  1. Cesiones de créditos Julio César Rivera

  2. Introducción: La cesión de créditos como contrato de causa variable • Noción de causa en sentido objetivo • La cesión como contrato de causa variable: reconocimiento en la doctrina y la jurisprudencia www.rivera.com.ar

  3. La causa final en la cesión típica • Para el cesionario: La adquisición de la propiedad de un crédito • Para el cedente: • - la percepción de un precio; • - la adquisición de un bien (incluso otro crédito) • - una liberalidad • Por lo que se reconocen la cesión-venta, la cesión-permuta y la cesión-donación www.rivera.com.ar

  4. La causa final en la cesión típica • También puede el cedente perseguir su liberación de una obligación preexistente (o contemporánea al negocio) • Esta cesión-pago es una modalidad del pago por entrega de bienes www.rivera.com.ar

  5. La cesión-pago • Se puede presentar como: • - cesión pro soluto • - cesión pro solvendo www.rivera.com.ar

  6. Cesión pro solvendo y otras figuras semejantes • - no es una cesión en garantía • - no es una cesión con garantía de solvencia del deudor cedido www.rivera.com.ar

  7. Cesiones atípicas • En el derecho argentino se incluyen en esta calificación la cesión en garantía y la cesión en prenda • Lo que da lugar entonces a figuras como: • - prenda de créditos • - prenda de títulos • - cesión de créditos en garantía www.rivera.com.ar

  8. Prenda de créditos • Previsión expresa (art. 3204 Cód. civil) • Soporte en otras previsiones (3205, 3209 Cód. civil, 587 Cód. com.) • Requisitos: entrega del título (quid de las facturas) • Efectos www.rivera.com.ar

  9. Prenda de títulos • Objeto: títulos que tienen “incorporado” un crédito • Diferencia de régimen: la cesión se hace por endoso www.rivera.com.ar

  10. Cesión de créditos en garantía • Ausencia de previsión expresa en la legislación • Distintas tesis: • - es un negocio inválido pues la cesión solo puede tener por objeto la transmisión de la propiedad; • - es un negocio válido cuyo efecto es la constitución de un derecho real de prenda; • - es un negocio fiduciario que transmite la propiedad del crédito al cesionario www.rivera.com.ar

  11. Efectos de la cesión en garantía • Depende de la posición que se asuma sobre cuál es el derecho transmitido; • Las diferencias radican en: • - legitimación del cedente para perseguir el cobro del crédito; • - legitimación del cesionario para disponer del crédito; • - en el concurso o quiebra respecto de la verificación y graduación del crédito www.rivera.com.ar

  12. Fideicomisos en garantía • Reconocimiento del fideicomiso en la legislación • Efectos principales • Quid del fideicomiso en garantía • Relación entre el fideicomiso y la cesión de créditos www.rivera.com.ar

  13. Otras cesiones atípicas • Cesión de cobranza • - equiparación con el mandato • - efecto de la quiebra www.rivera.com.ar

  14. Cesión global de créditos futuros • Admisión en el derecho argentino de la cesión de créditos futuros (arts. 1446 a 1448) • Admisión en la jurisprudencia de la cesión global de créditos futuros www.rivera.com.ar

  15. Cesión de flujos de caja • Cuáles flujos de caja pueden ser objeto de cesión • Efectos frente al concurso o quiebra del cedente www.rivera.com.ar

  16. Cesión de posición contractual • Diferencias con la mera cesión de créditos • Exigencia del consentimiento de la contraparte www.rivera.com.ar

  17. Algunas cuestiones prácticas sobre el objeto de la cesión • Pacto de non cedendo • - opiniones doctrinarias y soluciones judiciales • Exigencia convencional de la aceptación del deudor cedido www.rivera.com.ar

  18. Cesiones de créditos y concursos • Cesión en garantía: • - exigencia de verificar; • - invocación del privilegio • Efecto de la verificación sin invocación del privilegio www.rivera.com.ar

  19. Fideicomiso en garantía y verificación El fiduciario no tiene carga de verificar porque no es acreedor El beneficiario de la garantía debe verificar su crédito: ¿ como quirografario o como “preferido”? www.rivera.com.ar

  20. Cesión en garantía, fideicomiso en garantía y concursos • Oponibilidad a la masa de la cesión de créditos en garantía - Criterios judiciales diversos www.rivera.com.ar

  21. Cesión en garantía, fideicomiso en garantía y concursos • Oponibilidad del fideicomiso en garantía: • - soluciones judiciales contradictorias www.rivera.com.ar

  22. Cesión de créditos en garantía, fideicomiso y concursos • Distintos criterios doctrinarios:- Alegría: sobre la base de la conservación de la empresa y un ppio. general deducido de los textos legales, no pueden producirse efectos sobre flujos futuros • - Carregal: podrían disponerse limitaciones transitorias y en circunstancias que no se previera la atención de las necesidades fundamentales del giro empresario www.rivera.com.ar

  23. Conclusiones www.rivera.com.ar

More Related