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www.fundacionlasgolondrinas.org. INDUCCIÓN. RESEÑA HISTÓRICA.

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  1. www.fundacionlasgolondrinas.org

  2. INDUCCIÓN

  3. RESEÑA HISTÓRICA La Fundación Las Golondrinases una ONG que trabaja desde hace 32 años con población desplazada y marginada en la ciudad de Medellín. Actualmente intervenimos en los barrios Llanaditas, Caicedo, Ocho de Marzo, La Cruz y Carpinelo (comunas 8, 9, 3 y 1), conformados por familias que viven en condiciones de extrema pobreza pues su economía está por debajo de la clasificación de pobreza, siendo la miseria su nivel real. Además tenemos presencia en 39 municipios antioqueños. Atendemos a 9.290niños, niñas y jóvenes entre Primera Infancia, Primaria, Básica Secundaria y Media Técnica. www.fundacionlasgolondrinas.org

  4. MARCO ESTRATÉGICO

  5. MISIÓN Acompañar a comunidades en condiciones de vulnerabilidad social de la ciudad de Medellín y municipios antioqueños, ofreciéndoles servicios de educación como pilar fundamental del modo de intervención, acompañados de servicios de nutrición, salud y/o generación de ingresos de acuerdo con las necesidades de cada comunidad, buscando la formación en valores y motivando a sus integrantes a ser personas activas, comprometidas y transformadoras de sus comunidades. www.fundacionlasgolondrinas.org

  6. DÓNDE ESTAMOS SECTOR URBANO MEDELLÍN • Comuna No. 1 POPULAR • Barrio Carpinelo • Comuna No. 3 MANRIQUE • Barrios La Cruz y Manrique • Comuna No. 8 VILLA HERMOSA • Barrios Llanaditas y Caicedo Villa Liliam • Comuna No. 9 BUENOS AIRES • Barrio 8 de Marzo

  7. DÓNDE ESTAMOS SECTOR RURAL ANTIOQUIA 39 Municipios en Antioquia

  8. LÍNEAS DE INTERVENCIÓN • Desarrollo Social y Comunitario • Formación para el empleo • Educación Primera Infancia de 0 a 5 - Metodología Reggio Emilia • Acompañamiento psicosocial • Educación formal y no formal Proyección con la comunidad • Bolsa de empleo • Educación Formal Regular 6 a 18 • Salud y nutrición Formación Técnica • Proyectos productivos • Construyendo Vidas - Vivienda www.fundacionlasgolondrinas.org

  9. EDUCACIÓN • PRIMERA INFANCIA: 7.690 • Medellín: • Buen Comienzo institucional: 500 niños • Jardín Infantil BCCarpinelo: 352 • UPA - BC: 208 niños. • Sala Cuna - BC: 150 niños. • Municipios: • De Cero a Siempre - PAIPI: 6.480 • EDUCACIÓN REGULAR • Primaria y Secundaria: 1.600 • Transición: 180 niños. • Primaria: 940 niños. • Básica Secundaria: 440 niños. • Media Técnica: 40 niños. “Colegio Básico Camino de Paz” GRAN TOTAL: 9.290 Niños, niñas y jóvenes atendidos

  10. EDUCACIÓN ANTES COLEGIO BÁSICO CAMINO DE PAZ Sede Caicedo - Villa Liliam Construido en el 2012 HOY 120 m2 para 300 niños (2.5 m2 x niño) 2.000 m2 para 550 niños (3.6 m2 x niño)

  11. DESARROLLO SOCIAL Y COMUNITARIO Acompañamiento Psicosocial • Intervención psicológica individual. • Terapia Asistida con Animales. • Intervención psicopedagógica grupal. • Intervención de trabajo social Nutrición • Promoción de Hábitos Saludables • Comedor Escolar y Sala Cunas Salud • Servicio médico. • Servicio odontológico. • Jornadas de salud. • Acompañamiento familiar. • Talleres en educación sexual. Programa de Vivienda “Construyendo Vidas” • Entrega de viviendas dignas. . www.fundacionlasgolondrinas.org

  12. FORMACIÓN PARA EL EMPLEO Nuestra área de Formación para el empleo consta de dos estrategias fundamentales : • 1. Formación: • Cursos Técnicos • Cursos Cortos • 2. Generación de ingresos: • Bolsa de empleo. • Proyectos productivos • Comunidad. • Proyectos productivos Fundación. www.fundacionlasgolondrinas.org

  13. COMUNICACIÓN • Utilizar el conducto regular • Procurar una comunicación clara y asertiva • Respetar diferencias de opinión • Hacer uso eficiente y racional de los medios de comunicación www.fundacionlasgolondrinas.org

  14. SEGURIDAD INDUSTRIAL Y SALUD OCUPACIONAL

  15. SEGURIDAD INDUSTRIAL Y SALUD OCUPACIONAL POLÍTICA DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL La Fundación las Golondrinas declara presentar especial interés y preocupación por la integridad física y psicológica de sus empleados, considera que la Prevención de Accidentes de Trabajo y Enfermedad Profesional son parte Integral en el eficiente desempeño de los diferentes procesos, por lo cual la Dirección Ejecutiva teniendo como responsable al subproceso de Gestión Humana, mantendrá condiciones de trabajo seguras y optimas en cada uno de los ambientes laborales. Para cumplir lo anterior y propender por el mejoramiento continuo, la Fundación las Golondrinas se compromete a: • Llevar a cabo programas de sensibilización y capacitación sobre Seguridad y Salud Ocupacional dirigidos a todo el personal de la Institución. • Involucrar a todas las personas de la Institución en la observación y diagnóstico de condiciones inseguras o generadoras de riesgo, que observen en su lugar de trabajo o en su actividad laboral. • Disponer de los recursos Físicos, Humanos y Económicos necesarios para Garantizar, preservar y conservar ambientes laborales adecuados que permitan el óptimo desarrollo y desempeño laboral al interior de la Institución. • Generar Estrategias que permitan revisar permanentemente los equipos, procesos y condiciones de trabajo para garantizar la prevención de riesgos ocupacionales. • Revisar anualmente el Panorama de Factores de Riesgo de las áreas de trabajo, con el fin de identificar los cambios ocurridos y sugerir las medidas de control, al igual que los medios apropiados para su revisión y evaluación. • Definir e integrar paso a paso estándares de seguridad en aquellos procedimientos que comprometan la salud de las personas, a fin de preservar y conservar un ambiente laboral adecuado para el óptimo desarrollo y desempeño al interior de la Institución. • Cumplir con las normas tanto nacionales como internacionales que regulan la salud ocupacional, que resulten aplicables a la organización. • Controlar y minimizar los riesgos prioritarios identificados en el panorama de factores de riesgo.

  16. SEGURIDAD INDUSTRIAL Y SALUD OCUPACIONAL • Conocer riesgos asociados al puesto de trabajo • Usar elementos de protección • Reportar accidentes de trabajo oportunamente • Identificar la ruta de evacuación

  17. SEGURIDAD INDUSTRIAL Y SALUD OCUPACIONAL ACCIDENTE LABORAL • Es accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte. • Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o contratante durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo.

  18. ACCIDENTE LABORAL ACCIDENTE LABORAL • Nexo de causalidad: “Un accidente ocurre por causa del trabajo cuando existe una relación directa entre este último y el hecho imprevisto, o sea, cuando acaece como consecuencia directa de la actividad laboral que realiza el trabajador o empleado... cuando se habla del trabajo como causa del accidente se quiere significar que el último sin el primero no hubiera existido, pues de sus instalaciones, elementos o instrumentos partió la acción causante del daño orgánico.” • Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, sección segunda, sentencia de enero 18/1984

  19. ACCIDENTE LABORAL ACCIDENTE LABORAL • Nexo de Ocasionalidad “el accidente acaece con ocasión del trabajo cuando éste obra simplemente como una circunstancia para que aquél sobrevenga. Ocasión, al efecto, vale tanto como motivo, oportunidad, circunstancia, coyuntura. O sea que en este caso el trabajo crea la oportunidad para que ocurra el hecho funesto; la víctima sufre el accidente mientras desempeña su labor, es decir trabajando, pero sin que exista relación de causalidad entre el trabajo y el hecho que produce el daño” • Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, sección segunda, sentencia de enero 18/1984

  20. ACCIDENTE LABORAL ACCIDENTE LABORAL Nexo de ejecución de órdenes: • “Precisa la sala, que para que el accidente pueda calificarse como de trabajo estando el empleado cumpliendo una comisión u orden del empleador fuera de su sede de trabajo, es necesario que éste no se aparte del marco obligacional de la misma” • CSJ S-19/02/02

  21. ACCIDENTE LABORAL ACCIDENTE LABORAL • De igual forma se considera accidente de trabajo el que se produzca por la ejecución de actividades recreativas, deportivas o culturales, cuando se actúe por cuenta o en representación del empleador o de la empresa usuaria cuando se trate de trabajadores de empresas de servicios temporales que se encuentren en misión

  22. SEGURIDAD INDUSTRIAL Y SALUD OCUPACIONAL • Reportar al COPASO condiciones o prácticas que pongan en riesgo su salud o la de las demás personas. • Utilizar los elementos de protección personal necesarios para el desempeño de sus funciones. • Presentarse al trabajo descansado y reportar al jefe inmediato cualquier alteración en el estado de salud. • Portar el carné de la empresa en un lugar visible y portar los documentos de identificación, carné EPS y ARP. • Subir y bajar las escaleras usando cada peldaño y el pasamanos.

  23. TIPS PARA PONER EN PRÁCTICA • Cuida la manera de vestirte para asistir al trabajo, es una prueba de respeto hacia los colaboradores de la empresa. • Sé organizado en tu puesto de trabajo. • Mantén un buen equilibrio entre la vida laboral y la familiar. • No pierdas la calma ante la presión o el estrés. • Se flexible, mantén una mente abierta frente a nuevas tareas o metas propuestas. • Procura mantener una actitud positiva. • Verifica siempre al iniciar y terminar las labores que todos los elementos del área de trabajo queden ordenados y en condiciones seguras.

  24. REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO

  25. REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO • PERÍODO DE PRUEBA: El período de prueba no puede exceder de dos (2) meses. En los contratos de trabajo a término fijo, cuya duración sea inferior a 1 año, el período de prueba no podrá ser superior a la quinta parte del término inicialmente pactado para el respectivo contrato, sin que pueda exceder de dos meses. • Durante el período de prueba, el contrato puede darse por terminado unilateralmente en cualquier momento y sin previo aviso, pero si expirado el período de prueba y el trabajador continuare al servicio del empleador, con consentimiento expreso o tácito, por ese solo hecho, los servicios prestados por aquel a este, se considerarán regulados por las normas del contrato de trabajo desde la iniciación de dicho período de prueba. Los trabajadores en período de prueba gozan de todas las prestaciones (CST, art. 80).

  26. REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO • Horario: los empleados de la Fundación las Golondrinas deberán cumplir con los horarios asignados, presentándose puntualmente a sus respectivas sedes de trabajo según sea la exigencia del programa, área de trabajo, proyecto o cargo: • Personal administrativo Lunes a viernes 8:00 a.m. a 5:00 p.m. con una hora de almuerzo. Sábado 8:00 a.m. a 12:00 m. • Personal Docente: por turnos rotativos Lunes a viernes 7:00 a.m. a 4:00 p.m. con una hora de almuerzo. Sábado (para los casos expresamente consagrados en los lineamientos operativos de los programas) 8:00 a.m. a 12:00 m.

  27. REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO • Trabajo ordinario y nocturno. Artículo 25 Ley 789 de 2002 que modificó el artículo 160 del Código Sustantivo del Trabajo quedará así: • 1. Trabajo ordinario es el que se realiza entre las seis horas (6:00 a.m.) y las veintidós horas (10:00 p.m.). • 2. Trabajo nocturno es el comprendido entre las veintidós horas (10:00 p.m.). Y las seis horas (6:00 a.m.).

  28. REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO • Trabajo suplementario o de horas extras es el que se excede de la jornada ordinaria y en todo caso el que excede la máxima legal (CST, art. 159). • La empresa no reconocerá trabajo suplementario o de horas extras sino cuando expresamente lo autorice a sus trabajadores de acuerdo con lo establecido para tal efecto en el artículo 14 de este reglamento.

  29. REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO VACACIONES REMUNERADAS • Los trabajadores que hubieren prestado sus servicios durante un (1) año tienen derecho a quince (15) días hábiles consecutivos de vacaciones remuneradas (CST, art. 186, num. 1º). • En los contratos a término fijo inferior a un (1) año, los trabajadores tendrán derecho al pago de vacaciones en proporción al tiempo laborado cualquiera que este sea (L. 50/90, art. 3º, par.).

  30. REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO PERMISOS Y LICENCIAS • La empresa concederá a sus trabajadores los permisos necesarios para el ejercicio del derecho al sufragio y para el desempeño de cargos oficiales transitorios de forzosa aceptación, en caso de grave calamidad doméstica debidamente comprobada, para concurrir en su caso al servicio médico correspondiente, para desempeñar comisiones sindicales inherentes a la organización y para asistir al entierro de sus compañeros, siempre que avisen con la debida oportunidad a la empresa y a sus representantes y que en los dos últimos casos, el número de los que se ausenten no sea tal, que perjudiquen el funcionamiento del establecimiento.

  31. REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO • Períodos de pago y lugar: • Lugar: pago electrónico en la cuenta determinada por el funcionario (Bancolombia). • Día de pago: los pagos se realizan quincenales los días 15 y 30 de cada mes. • Nota: para los contratos de prestación de servicio los pagos se realizan mes vencido.

  32. REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO Se establecen las siguientes clases de faltas graves, así: 1. Incurrir en tres o más faltas leves en un periodo de seis meses calendario. 2. aprovechar su posición dentro de la fundación para pedir o recibir beneficios a nombre de la institución o hacer negocios con la comunidad educativa, personas de la comunidad, voluntarios, miembros de junta etc, sin autorización previa de la dirección ejecutiva. 3. Excederse en las atribuciones otorgasen previa autorización del superior competente. 4. Rendir informes de avalúos y diligencia de inspección revisión final realizando las labores de rigor. Consumo de bebidas embriagantes, del juego de azar, consumo de drogas enervantes narcóticos, lo mismo que las actuaciones inmorales del trabajo que puedan perjudicar la institución. 6. el incumplimiento de órdenes o instrucciones de sus superiores jerárquicos. 7. Revelar secretos o datos reservado de la fundación. 8. Ser embargado por sueldo por obligaciones predio durante más de tres periodos de pago; o durante más de cuatro periodos cuando figure como codeudor de la obligación, con excepción de los embargos provenientes de la sustracción de las obligaciones familiares. 9. El incumplimiento las normas establecidas en manuales, reglamentos, circulares, cartas o memorandos. 10. a) El retardo hasta de 15 minutos en la hora de entrada al trabajo sin excusa suficiente, por tercera vez. 11. c) La falta total del trabajador a sus labores durante el día sin excusa suficiente, por primera vez. 12. d) Violación grave por parte del trabajador de las obligaciones contractuales o reglamentarias.

  33. REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO Se establecen las siguientes clases de faltas leves, así: 1. no observar estrictamente las medidas preventivas prescritas por el Coordinadora o jefe inmediato. 2. Los retardos al trabajo en las horas de entrada sin causa justificada. 3. Hacer uso indebido de los útiles de trabajo que suministra la fundación. 4. Jugar en el sitio de trabajo en horas laborales. 5. Ausentarse del trabajo sin permiso sin justa causa justificada en horas laborales. 6. Dedicarse en horas de trabajo a lecturas, pasatiempos, o cualquier la labor extraña al trabajo respectivo.

  34. REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO El Debido Proceso se realizara de la siguiente manera: 1. Para las faltas leves que no impliquen consecuencias significativas para la Fundación, se debe realizar en primera instancia llamado de atención verbal. Cuando la falta leve es reiterativa se da inicio a un proceso disciplinario escrito el cual tiene mayor solemnidad. 2. A partir de dos faltas leves: el llamado de atención debe ser realizado por escrito, debe contener señalamiento de la presunta falta cometida y las pruebas existentes. 3. A partir de los tres llamados de atención por escrito se realiza apertura a un proceso disciplinario de diligencia de descargos, en el caso de que la falta en que incurra el empleado sea grave el empleador contara con toda la potestad para proceder de plano sin realizar apertura de un proceso disciplinario, pudiéndolo citar a diligencia de descargos de manera inmediata.

  35. ENTREGA DE CARGO PARA ENTREGA DEL CARGO SE DEBE TENER EN CUENTA: • REALIZAR UNA RELACIÓN DE EXPEDIENTES Y/O DOCUMENTOS A SU CARGO:(incluir archivos físicos, sistematizados, en términos generales ejemplo: papelería de estudiantes, historias clínicas, informe metas cuantitativas, balance social etc.) En caso de requerir adjuntar inventario de documentos anexo al acta de entrega. • REALIZAR UNA RELACION DE MOBILIARIO, ENSERES Y EQUIPOS DE OFICINA O LUGAR DE TRABAJO (ADJUNTAR INVENTARIO DE UTILES Y/O EQUIPOS DE OFICINAS): incluir el estado del bien mueble, enceres y/o equipos. • REALIZAR UNA CONDICION DE LOS TRABAJOS ENCOMENDADOS ejemplo: informe del mes sin concluir, valoración psicopedagógica de los niños completa y con planes de acción, historias clínicas diligenciadas, papelería estudiante clasificadas y archivadas etc. (incluir trabajos pendientes, si los tuviera): • REALIZAR UNA OBSERVACIONES de la persona que entrega el cargo y de quien recibe.

  36. ¡ Gracias ! Sede Administrativa: Calle 50A # 41 - 47 Tels.: (4) 2394136 / 2 390678 / 2393067 Sede Llanaditas: Cra. 21 # 59 A -35 Tels.: (4) 2910509 / 2913372 Cel.: 3148855266 direjecutiva@fundacionlasgolondrinas.org www.fundacionlasgolondrinas.org Medellín - Colombia Síguenos en:

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