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¿ QUE ES DEMUNA?

MUNICIPALIDAD distrital DE SANTA CRUZ DE COCACHACRA DEMUNA DEFENSORIA MUNICIPAL DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE. ¿ QUE ES DEMUNA?. CONCEPTO

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¿ QUE ES DEMUNA?

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Presentation Transcript


  1. MUNICIPALIDAD distrital DE SANTA CRUZ DE COCACHACRADEMUNADEFENSORIA MUNICIPAL DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

  2. ¿ QUE ES DEMUNA? CONCEPTO Es Defensoría Municipal del Niño y del Adolescente, es un servicio gratuito, encargado de promover, defender y vigilar el cumplimiento de los derechos que la ley reconoce a los niños, niñas y adolescentes en la jurisdicción de la municipalidad. • En el año de 1989: La Coordinadora Nacional de Derechos Humanos convoca a un grupo de organizaciones que trabajan en el tema de los derechos humanos, para que de forma organizada se hagan las incidencia ante las autoridades nacionales para la firma y posterior ratificación de la «convención sobre los Derechos del Niño y Adolescente»

  3. RESUMEN HISTORICO DE LA DEMUNA • Desde 1997 esta considerada en la Ley Orgánica de Municipalidades como una función especifica de los Gobiernos Locales. • En la municipalidad de Santa Cruz de Cocachacra se viene atiende desde el mes de Mayo del 2014. • El Estado Peruano al suscribir la Convención sobre los Derechos del Niño, y adolescente. • El 26de enero de 1990 con resolución Legislativa N°25278, • El 4 de agosto del mismo año, se comprometió adecuar sus leyes y las practicas al nuevo paradigma que este acuerdo internacional ofrecía sobre la niñez y adolescencia.

  4. Mediante el Decreto Ley N° 26102 aprobado como una nueva norma nacional dirigida a la niñez y adolescencia peruana, que es el Código de Niños y Adolescentes desde el año 1992, que paso a reemplazar que en ese entonces era el vigente Código de Menores, desde el año 1962, superando de esta manera. Hoy la conocida Doctrina de los niños y adolescentes. • En el año de 1990: El Perú ratifica la convención sobre los Derechos del Niño y adolescente. • En el año de 1992: El Perú promulga el código de los niños y adolescente. - El GIN(grupo de iniciativa nacional por los derechos del niño) se constituye formalmente, respondiendo a la necesidad de fortalecer a la sociedad civil como interlocutora ante el Estado para lo cual es necesario informar y formar organizaciones en el rubro de la infancia.

  5. En 1992- 1999- 2005: Como representante de la sociedad civil, el GIN(Grupo de iniciativa nacional por los derechos del niño),se encarga de la elaboración de los Informes Alternativos a las Naciones Unidas sobre el cumplimiento de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño por parte de Estado Peruano. • 2000-2005: el GIN participa activamente en los procesos de definición del primer Plan Nacional de Acción por la Infancia y la Adolescencia(2002-2010)y del primer Plan Nacional de Prevención y Erradicación del trabajo infantil (2005-2010). • 2009: el GIN empieza un trabajo de incidencia política de lucha contra el trabajo infantil y sus peores formas, promoviendo la elaboración de un proyecto de Ley de Modificaciones al Código de Niños y Adolescentes en la comisiones congrégales correspondientes, respecto a la elevación de la edad mínima de admisión al empleo. • 2010: el GIN elabora dos informes sobre el monitoreo de los dos protocolos facultativos a la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, respecto a la participación de los niños en los conflictos armados y ala venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía.

  6. 2011: el GIN participa activamente en los procesos de definición del Plan Nacional de Acción por la infancia y la Adolescencia desde el 2012 al 2021, y de la Estrategia Nacional para la Prevención y Erradicación de Trabajo Infantil (2012-2021). • 2012: el GIN trabaja a la elaboración del Cuarto Informe alternativo de la sociedad civil a las Naciones Unidas sobre el cumplimiento de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño por parte del Estado peruano, en conjunto con otras organizaciones a través del colectivo a la implementación de la CDN( Convención de derechos del niño), conformado por el, la ANC( asociación nacional de centros),. • El GIN inicia un proyecto de Incidencia en Políticas Publicas Locales sobre Peores Formas del Trabajo Infantil con mayor incidencia en municipalidades de Miraflores, San Juan de Miraflores, San Isidro, Cercado de Lima y Villa el Salvador. • El GIN, en conjunto con las organizaciones del colectivo «vota por la niñez», que propone aportar modificaciones que van en contra de principios contenidos en la Convención sobre los Derechos Humanos.

  7. COMO SE CREA LA DEMUNA • Por acuerdo de sesión de concejo se crea la DEMUNA y designa el responsable. • El responsable es un profesional(abogado, psicólogo, trabajador social o educador de otra especialidad)con vocación de servicio y solvencia moral. • Si la municipalidad no cuenta con profesionales, la responsabilidad podrá ser asumida por las persona que reúnan los requisitos de idoneidad y sea capacitado. • También se puede designar a un funcionario que ya esta laborando en la Municipalidad y que pueda asumir las siguientes tareas: • Coordinar la labor del equipo de la DEMUNA: para garantizar la atención de casos y las acciones de promoción. • Presentar el plan de trabajo y los informes de las actividades de la DEMUNA. • Facilitar coordinaciones con las instituciones que prestan servicios de atención a niños en la localidad(Salud, PNP, Iglesias, hogares, asociaciones, colegios y otras instituciones, etc.) • Gestionar recursos que requiere el servicio para su buen funcionamiento.

  8. OBJETIVO: • Es importante tener presente que todos los elementos que integran el servicio nacional de defensoría tienen un objetivo en común que es proporcionar un servicio de calidad a los diferentes usuarios que se acercan a una Defensoría del Niño y del Adolescente.

  9. LABOR DE LA DEMUNA • Ofrece atención gratuita y confidencial de casos de alimentos, régimen de visitas, maltrato psicológico, reconocimiento voluntario de filiación, y , en general situaciones que afecten los derechos de los niños y adolescentes. • Realiza difusión y capacitación sobre los Derechos del Niño y adolescente • Impulsa actividades preventivas y de movilización social por los Derechos de los Niños y adolescentes. • Coordina permanentemente con instituciones y organizaciones locales para atender los problemas de los niños, adolescentes y familia. • Denuncia delitos en agravio de niños y adolescentes

  10. FUNCIONES ESPECIFICAS DE LA DEMUNA • Las funciones de las Defensorías del Niño y del Adolescente se llevan a cabo a través de tres labores específicos como son: a) PROMOCIÓN,b)DEFENSA Y c)VIGILANCIA • Conocer la situación de los niños y adolescentes que se encuentran en instituciones publicas y privadas. • Intervenir cuando estén en conflicto sus derechos a fin de hacer prevalecer su interés superior. • Promover el fortalecimiento de lazos familiares. • Promover el reconocimiento voluntario de filiaciones. • Orientar programas en beneficio de los niños y adolescentes que trabajan. • Orientar programas en beneficio de los niños y adolescentes que trabajan. • Brindar orientación a la familia para prevenir situaciones criticas. • Presentar denuncias ante las autoridades competentes por falta y delitos en agravio de los niños y adolescentes e intervenir en su defensa. • Llevar a cabo audiencias de conciliación destinadas a resolver conflictos originados por violencia familiar. • Al entrar en vigencia Ley de Conciliación cumple función de instancias pre-judiciales y sus Actas tendrán título de ejecución.

  11. ¿Quiénes pueden pedir la intervención de DEMUNA? • Los propios niños, niñas y adolescentes. • La madre, el padre o cualquier otro familiar. • Cualquier persona que conozca de una situación que afecte los derechos del niño y adolescente.

  12. ORGANIZACIÓN La defensoría puede estar integrada por profesionales o personas de la comunidad debidamente capacitadas para administrar su adecuado funcionamiento. Asimismo, puede contar con personal de apoyo que también haya recibido la capacitación respecto al funcionamiento del servicio.

  13. b)Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - Sub Dirección de Defensorías • En octubre de 1996 se crea el Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano (PROMUDEH) mediante Decreto Legislativo N° 886. • El 25 de julio del 2002 se crea a el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (MINDES) mediante Ley N° 27793. • Con la promulgación de Decreto Legislativo N° 1098, al 20 de enero del 2012, dicha función es ejercida por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP). • En tal sentido ,ahora existe un vinculo funcional entre todas las Defensorías del Niño y del Adolescente y el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a través de la Sub- Dirección de Defensorías, por ser la instancia que dicta las normas y políticas necesarias para que las Defensorías del Niño y Adolescentes realicen su labor; aun cuando ellas no pertenecen orgánicamente al Ministerio.

  14. c) Instituciones Promotoras y de Apoyo • Son aquellas instituciones publicas, privadas u organizaciones de la sociedad civil que a demostrado interés en la problemática de la niñez y adolescencia o en cumplimiento de sus funciones, impulsan la creación de una o varias DNA(defensoría del niño y adolescente) y de la cual ésta o éstas dependen económicamente y administrativamente de si, así por ejemplo, municipios, escuelas, parroquias, Salud, P.N.P, organizaciones de base, entre otras, etc.

  15. BASE LEGAL • Resolución Legislativa 25278, que aprueba la Convención sobre los Derechos del Niño. • Decreto Ley 26102, Código de los Niños y Adolescentes( art 45° al 50°). • Texto único Ordenado de la Ley 26260, Ley de Violencia Familiar(art 30°), D.S. 006-97-JUS. • Ley 23853,Ley Orgánica de Municipalidades( art 67°,inc 1),Modificado por Ley 26875. • Ley 23853,Ley Orgánica de Municipalidades( art 67°,inc 1),Modificado por Ley 26875. • Ley 26872, Ley de conciliación y su ampliatoria Ley 27007. • Constitución Política del Estado. • Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades.

  16. SITUACION ACTUAL • El nuevo Código del Niño y Adolescente – Ley 27337 – ratifica la necesidad de contar con este tipo de servicio que enfrenta a todo un panorama de problemas recogidos en el Plan Nacional de Atención por la Infancia y Adolescencia 2002-2010. • Existen en todo el territorio nacional 2,200 Defensorías del Niño y del Adolescente que funcionan en distintas instituciones promotoras.

  17. f) Usuarias de las Defensorías del Niño y del Adolescente. • Son todas aquellas personas que reciben algún tipo de servicio de la defensoría del Niño Y Adolescente. Deben vigilar que el servicio prestado por ellas cumpla con las funciones para las que fue creado.

  18. Casos específicos que atiende la DEMUNA De Santa Cruz de cocachacra a) Pensión de alimentos: para niñas niños y adolescentes que no reciben sus alimentos por parte de sus padres. b) Acta de compromiso voluntario de tenencia y régimen de visitas. c) Apoyo al Maltrato psicológico de la niñez y adolescencia: asesoramiento legal y tratamiento en coordinación con el are de psicología. d)Otros casos de asesoramiento legal que son inherentes a la persona humana especialmente a la defensa de niños y adolescentes cuando son vulnerados y violados sus derechos. e)Seguimiento de los casos, de competencia de la demuna hasta el final.

  19. Funcionamiento de la Demuna en Santa Cruz de Cocachacra • La Demuna de Santa Cruz de Cocachacra se inauguró el 13 de mayo del 2014, en sito av. Nicolás de Piérola sur, carretera central. • Iniciando su funcionamiento de la DEMUNA en la Municipalidad de Santa Cruz de Cocachacra desde el 15 de mayo, según registro N° 15491, Aprobado el 17 de diciembre del 2013 por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, mediante los tramites y gestiones realizadas por el actual Alcalde Distrital: • SR. BERNABE EBER BELLO GONZALES.

  20. Horario de Atención de la DEMUNA en Santa Cruz de Cocachacra • Recepción de casos, Notificación, Visitas y Seguimiento: De Lunes a Viernes DE : 9:00 am A 1:00 pm DE : 2:00 pm A 5:00 pm - A CARGO DE LA SRTA: LEYDI MANRIQUE RICSE - Asistente • Atención de Audiencias, Conciliaciones y Evaluaciones de los casos los días: • Martes y Jueves: DE : 2:00 pm A 5:00 pm A CARGO DEL DR. SIXTO SALAZAR PADILLA Jefe de Demuna

  21. ORGANIGRAMA MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ DE COCACHACRA DEMUNA “MARÍA Y NIÑO JESÚS” COCACHACRA ORGANOS DE COORDINACION Y APOYO ASISTENTE JEFE DE DEMUNA * CENTRO DE SALUD * INSTITUCIONES * EDUCATIVAS DR. SIXTO SALAZAR * GOBERNACIÓN SRTA. LEYDI * JUZGADO DE PAZ MANRIQUE RICSE PARROQUIA PADILLA * * COMUNIDAD * N.P. P.

  22. CUADRO DE INDICADORES Y NIVEL DE CUMPLIMIENTO

  23. FOTOS DE DEMUNA

  24. DR.SIXTO PADILLA SALAZAR • JEFE DE DEMUNA

  25. INAGURACION DE LA DEMUNA Y EL CENTRO DE PROMOCION Y VIGILANCIA COMUNAL

  26. DEMUNA DEL DISTRITO DE SANTA CRUZ DE COCACHACRA DEMUNA

  27. PALABRAS DEL SR. EBER BELLO GONZALES ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE COCACHACRA

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