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Competencia desleal y Publicidad

Grupo 3. Josune Bueno Itziar Culla Leire Fernández Laura Garachana Elisabet Gracia Telmo Olascoaga. Competencia desleal y Publicidad. Índice. Ley 3/1991 Competencia desleal. Ley 34/1988 Publicidad. Ley 29/2009. Ley 3/1991 sobre la Competencia desleal. Legislación. Ley 3/1991.

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Competencia desleal y Publicidad

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Presentation Transcript


  1. Grupo 3 Josune Bueno Itziar Culla Leire Fernández Laura Garachana Elisabet Gracia Telmo Olascoaga Competencia desleal y Publicidad

  2. Índice Ley 3/1991 Competencia desleal Ley 34/1988 Publicidad Ley 29/2009

  3. Ley 3/1991 sobre la Competencia desleal

  4. Legislación Ley 3/1991 Directiva 2005/29 CE

  5. Exposición de motivos Sector tradicionalmente sin legislación Legislación obsoleta e incompleta Grave deterioro de nuestro tráfico mercantil

  6. Aspiración de la ley 1. Poner término a la incertidumbre y desamparo del sector 2. Crear un marco jurídico cierto y efectivo Así, dan cauce a la más energética y sofisticada lucha concurrencial

  7. Necesidades a las que responde Creciente demanda social: Exposición a nuevos mercados y nuevas estrategias comerciales Necesidad de equipararse a la regulación UE Proteger tanto a los empresarios como a los consumidores ante esta situación

  8. Principios de la ley Garantizar la libre empresa y libre competencia Garantizar a su vez los intereses de los consumidores (art 51 CE)

  9. La ley es General: Para satisfacer toda la heterogénea demanda social desde la perspectiva unitaria. Moderna: con modelos más avanzados y en la órbita del Derecho Europeo. De corte institucional: para garantizar el juego competitivo de acuerdo con unos valores e intereses cristalizados en nuestra constitución económica.

  10. Cambios que supone esta ley Cambio de concepción: los conflictos ya no solo entre competidores y ahora el derecho de competencia desleal es un instrumento para ordenar y conciliar conductas en el mercado. • Nueva orientación y apertura a la tutela de nuevos intereses: • Intereses de empresarios • Intereses colectivos del consumo • Legitimación activa para las acciones: ahora los consumidores tanto individualmente como colectivamente

  11. 2. Elementos generales del ilícito concurrencial Criterio restrictivo Dos condiciones para que se trate de un “acto de competencia desleal”: Realizado en mercado Llevado a cabo con fines concurrenciales La relación puede no ser de competencia

  12. Ejemplos de actos concretos de competencia desleal: Prácticas de confusión Denigración Explotación de la reputación ajena Supuestos de engaño y de violación de secretos Discriminación Venta perdida Etc Así se logra que los mercados se mantengan transparentes y competitivos

  13. Ley 34/1988 General de Publicidad

  14. Legislación Ley 34/1988 Directiva 84/450 CEE

  15. Exposición de motivos Necesidad de adaptar la legislación a la comunitaria La ley anterior (1964) en desuso por inflexibilidad y no ajustarse a los valores de la CE Contenido basado en la directiva y en normas del espacio jurídico intereuropeo

  16. Principios Dirimir las controversias derivadas de la publicidad ilícita Obtener el cese de la publicidad ilícita Asegurar las garantías para el ejercicio de la publicidad

  17. Ley 29/2009

  18. Legislación Ley 29/2009 Directiva 2005/29/CE Directiva 2006/114/CE

  19. Exposición de motivos Directiva 2005/29 Necesidad de adaptar la legislación nacional a la comunitaria Directiva 2006/114 Ley de Competencia Desleal Modifica Ley General de Publicidad Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios

  20. Modificaciones de la Ley de Competencia desleal Elementos para que haya deslealtad: Comportamiento del empresario o profesional contrario a la diligencia profesional que le es exigible en sus relaciones con los consumidores Que el empresario sea susceptible de distorsionar significativamente el comportamiento económico del “consumidor medio” Consumidor normalmente informado, razonablemente atento y perspicaz, teniendo en cuenta los factores sociales, culturales y lingüísticos (TJUE) Mismo régimen jurídico sean los afectados empresarios o consumidores Modifica algunas normas de carácter procesal

  21. Modificaciones de la Ley de Competencia Desleal Se modifica para: Disponer de los mismos remedios para responder a todas las prácticas que perjudiquen a los consumidores Se introduce un nuevo capitulo destinado a regular los códigos de conducta Se modifica las normas de carácter procesal, para incorporar las reglas sobre la carga de la prueba

  22. Modificaciones de la Ley General de Publicidad Importancia del mantenimiento del concepto de publicidad ilícita Frente a la publicidad que atente contra la dignidad de la persona o vulnere los derechos y valores reconocidos en la Constitución Mecanismos de coordinación Ley General de Publicidad Ley de Competencia Desleal

  23. Nivel de protección mayor de los consumidores En esta nueva ley se introducen sistemas eficaces de resolución extrajudicial de reclamaciones que se ajusten a las determinadas por la UE.

  24. ¿Quién tiene la competencia para dictar estas leyes? Ley de Competencia Desleal: El Estado, según el art. 149.1 apartados 6º, 8º y 13º de la CE 78. El resto de la ley, sobre las acciones derivadas, etc., son competencia del Estado para garantizar la igualdad entre todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales, y las bases y coordinación de la planificación general de la actividad economica. (Art. 149.1 apartados 6º, y 13º de la CE 78)

  25. Conclusiones

  26. Conclusiones Los preámbulos de estas leyes Mencionan la necesidad de adaptarse a las exigencias de las normas europeas Resumen brevemente lo que se va a regular en la ley Expresan los principios que rigen la ley Hacen referencia a la competencia, si es estatal o autonómica

  27. Conclusiones Creemos que el fin ultimo de este tipo de leyes y de sus modificaciones posteriores, es evitar que el poder desorbitado que han ido ganando las empresas genere una posición todavía más desventajosa para los consumidores. • Por eso: • Se regula todo con mucho mas detalle. • Se amplia la legitimación activa para las acciones que de estos ilícitos deriven.

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