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POLITICA PROVINCIAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR

POLITICA PROVINCIAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR. ¿POR QUÉ UNA POLITICA DE CONVIVENCIA? Los nuevos escenarios sociales. La obligatoriedad en el nivel secundario. El pasaje de una escuela selectiva a una escuela inclusiva. 1 Anexo 1 MARCO POLITICO

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POLITICA PROVINCIAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR

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Presentation Transcript


  1. POLITICA PROVINCIAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR ¿POR QUÉ UNA POLITICA DE CONVIVENCIA? • Los nuevos escenarios sociales. • La obligatoriedad en el nivel secundario. • El pasaje de una escuela selectiva a una escuela inclusiva.

  2. 1 Anexo 1 MARCO POLITICO Promueve un Marco Político al conjunto de normas generales de convivencia escolar para el Nivel Secundario, basado en principios y valores que orientan el desarrollo de estrategias, la gestión de los proyectos institucionales y la aplicación de los procedimientos correspondientes. ASPECTOS CENTRALES DE LA POLITICA DE CONVIVENCIA • Anexo 1 MARCO POLITICO • Anexo 2 ESTRATEGIAS PARA LA GESTION DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR • Anexo 3 CONSEJO DE CONVIVENCIA ESCOLAR • Anexo 4 NORMAS GENERALES PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR • Anexo 5 ESTRATEGIAS DE APOYO PARA LA CALIDAD DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR • .

  3. CONSEJOS DE CONVIVENCIA ESCOLAR • Es un órgano colegiado, deliberativo, de consulta y resolución. No es un tribunal de disciplina. • El CCE es representativo de todos los actores de la escuela y tiene como fin garantizar en forma democrática el desarrollo de una micro política de convivencia escolar

  4. ORGANIZACIÓN DE LOS CONSEJOS DE CONVIVENCIA ESCOLAR • Convoca el directivo al inicio de cada ciclo lectivo (no exceder los 30 días) y lo preside el mismo. • Resoluciones del CCE son vinculantes para la escuela y pueden ser apelables. • Constitución del CCE según la matricula de la escuela. • Todos los actores institucionales tienen derecho a ser representantes y representados, siempre que hayan sido votados democráticamente por sus pares. • Los procesos de elección deben ser públicos e informados fehacientemente a toda la comunidad escolar.

  5. ORGANIZACION DE LOS CONSEJO DE CONVIVENCIA ESCOLAR • La elección de los alumnos la realizan sus pares. • No establecer requisitos de rendimiento académico para la representación. • Debe haber cumplido los 14 años al inicio del ciclo lectivo que desempeñará la representación. • Es condición para ser elegido, no poseer faltas intermedias, graves o extremadamente graves. • Si incurre en algunas de estas faltas, pierde la condición de representante.

  6. ORGANIZACION DE LOS CONSEJO DE CONVIVENCIA ESCOLAR • La duración de los mandatos no podrá ser superior a dos años, ni podrán ser reelegidos los miembros del Consejo de Convivencia Escolar, salvo fundadas excepciones. • Los miembros titulares tendrán voz y voto. También se elegirán suplentes.

  7. FUNCIONES DE LOS CONSEJOS DE CONVIVENCIA ESCOLAR • Elabora el Acuerdo de Convivencia Institucional, incorporando los aportes de todos los actores de la escuela. • El Acuerdo de Convivencia Escolar posee la especificación de las conductas posibles (según la clasificación de las faltas que forma parte de la presente Resolución) y las acciones reparadoras potenciales para las mismas. • Elabora la Resolución en la que estipula las sanciones correspondientes según la falta cometida y las acciones reparatorias propuestas por el Consejo. Es el director quien aplica la sanción. • Acuerda mecanismos permanentes de comunicación e información de todas las acciones del Consejo de Convivencia Escolar a la comunidad

  8. FUNCIONES DE LOS CONSEJOS DE CONVIVENCIA ESCOLAR • Identifica los factores que puedan prevenir situaciones problemáticas y propone su abordaje. • Cumple un rol proactivo ofreciendo a las autoridades sugerencias y propuestas para la creación de un buen clima en la escuela. • Emite opinión y asesora, con carácter consultivo, a la conducción del establecimiento cuando lo requiera. • Interpreta lo sucedido a través del análisis de la documentación elaborada por Equipos Directivos, de Orientación, preceptores y/o profesores. • Define la aplicación o no de sanciones a los actores involucrados en el marco de los contratos vigentes.

  9. FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE CONVIVENCIA. • Elabora y difunde un cronograma anual de actividades. • Se reúne con una periodicidad no inferior a cuatro encuentros por ciclo lectivo. • Debe sesionar con la mitad mas uno de sus miembros. • Las decisiones, para ser válidas, deberán tomarse por • mayoría simple de votos. En caso de existir empate, el voto del Director se considera doble. • Registra las sesiones en un libro de actas: convocatoria a • reuniones, participantes y temas abordados. • Los miembros del Consejo de Convivencia Escolar firman un convenio de confidencialidad respecto de los temas o asuntos que se debaten y tratan en las reuniones.

  10. NORMAS GENERALES DE CONVIVENCIA ESCOLAR CONCEPTOS CLAVE: Sanción reparación recuperación Escuela espacio de construcción de ciudadanía espacio para la convivencia democrática

  11. CRITERIOS DE CATEGORIZACION Y GRADUACION DE LAS FALTAS Por la forma de comisión: por acción o por omisión. Por el daño ocasionado: Por el riesgo generado: Por el destinatario de la falta: Si mismo Terceros: pares, adultos de la escuela, otros Escuela: edificio escolar, mobiliario escolar; identidad institucional

  12. CRITERIOS DE CATEGORIZACIÓN Y GRADUACION DE LAS FALTAS Factores agravantes o atenuantes :edad, contexto, intereses, motivos, reiteración, pluralidad de actores, magnitud, capacidad de comprensión de la conducta transgresora, madurez, actitud del alumno/a posterior a la transgresión.

  13. CATEGORIAS DE FALTAS • Falta

  14. LIMITES INNEGOCIABLES • Cuando la trasgresión implique un atentado contra la vida • Cuando la conducta sancionada produzca una lesión gravísima • Cuando la conducta sancionada estuviese tipificada en las • resoluciones vigentes sobre uso de armas. • Cuando la conducta trasgresora implicare un delito contra la • integridad sexual. • Se convoca al Consejo de Convivencia Escolar en forma extraordinaria a fin de tomar medidas que resguarden el derecho de la persona agredida y se tomen sanciones al agresor, tal como lo indica el ICE de 9 a 0 puntos; además de formalizar las acciones legales correspondientes.

  15. INDICE DE CONVIVENCIA ESCOLAR • (ICE) • Trayectoria de convivencia. • Trabajo en la prevención y promoción de buenas practicas y en la aplicación de sanciones a conductas transgresoras. • Responsabilidad del estudiante en la reparación de su conducta.

  16. INDICE DE CONVIVENCIA ESCOLAR • ICE • Puntaje inicial para cada estudiante: 25 puntos por ciclo lectivo. • Duración: un ciclo lectivo, se renueva anualmente. • Los 25 puntos se restan en forma proporcional a las faltas • cometidas. • Falta Leve: Se resta 1 punto del ICE • Falta Moderada: Se restan entre 2 y 3 puntos del ICE • Falta Intermedia: Se restan entre 4 y 6 puntos del ICE • Falta Grave: Se restan entre 7 y 9 puntos del ICE • Falta Extremadamente Grave: Se restan entre 10 o 12 puntos del ICE

  17. Frente a la falta cometida por el estudiante, la quita de puntos viene a representar el carácter sancionatorio y la realización de las actividades reparatorias, el carácter constructivo y de toma de conciencia sobre la norma vulnerada. •  Los puntos del ICE que se restan pueden ser recuperados, mediante la elaboración y realización de acciones reparatorias. • La acción reparadora se realiza en relación a la falta cometida, se recupera el puntaje restado por esa falta. • Las actividades reparadoras tienen un tiempo de realización de no más de un mes calendario. • Las acciones reparadoras son consensuadas entre estudiantes y escuela (Equipo de Orientación y/o Consejo de Convivencia Escolar) e informadas a los padres.

  18. TRAYECTORIA DE CONVIVENCIA

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