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Jurisdiccion Supranacional de los Derechos Humanos. Abog . Alexander Joao Peñaloza M. 1. Los Tratados. Los Tratados Internacionales aprobados y ratificados por el Estado peruano forman parte del Derecho interno, si su contenido versa sobre Derechos Humanos adquieren jerarquia constitucional.
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Jurisdiccion Supranacional de los Derechos Humanos Abog. Alexander Joao Peñaloza M
1. Los Tratados • Los Tratados Internacionales aprobados y ratificados por el Estado peruano forman parte del Derecho interno, si su contenido versa sobre Derechos Humanos adquieren jerarquia constitucional
3.1.1. Declaracion Universal de DD. HH • Adecuacion del comportamineto de los Estados con relacion a sus observancia a los Derechos Humanos en el ambito internacional • De cierta obligatoriedad en el Derecho Internacional
3.1.2. Los Pactos Internacionales de DD.HH • Tambien conocido como los pactos de Nueva York • Incluyen la totalidad de los Derechos Humanos enunciados en la Declaracion Universal • Dotados y desarrollados de unidad gracias la libre determinacion de los pueblos como un derecho humano.
3.1.2.1. El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Politicos
4. El Comité de Derechos Humanos • Solicita y recibe informes periodicos a los Estados, con la facultad de conocer la medida en que los Estados han venido cumpliendo con sus compromisos en reconocimiento, promocion y defensa de los derechos fundamentales • Las denuncias entre los Estados parte, siempre y cuando el Estado denunciado haya aceptado la competencia del comité, este procedimiento contempla dos fases, el Comité intervendra solo en la segunda fase, si en un plazo de 6 meses de presentada la denuncia inicial los Estados no llegan a un acuerdo directo
4. El Comité de Derechos Humanos • Las Comunicaciones individuales; cuya competencia es opcional, se aplica a aquellos Estados que han ratificado el Pacto como el Protocolo • El sistema de comunicaciones permite a cualquier individuo a denunciar ante el Comité una supuesta violacion de los DD.HH, reconocidos en el Pacto Internacional.
4.1. Requisitos de admisibilidad • NO puede ser anonima • Debe guardar conformidad con los principios del Pacto y de la ONU • Debe estar fundamentada • No haber sido conocida por otro organo supranacional de defensa de Derechos Humanos en anterioridad • Haber agotado los recursos internos existentes en la jurisdiccion interna del Estado agresor • No se establece plazos de caducidad
4.2. Tramite Se pueden solicitar medidas cautelares
5. El Pacto de Derechos Civiles y Politicos • Protocolo facultativo • En su Primer Protocolo, establece un sistema de peticiones individuales que tambien forman parte de la carta internacional • En el Segundo Protocolo, el pacto es destinado a abolir la pena de muerte • Le encomienda una funcion adicional al Comité; recibir las denuncias que todo individuo le formule por haber sufrido una violacion de cualquiera de los derechos enumerados en el pacto, siempre que se hana agotado toso los recursos internos disponibles
6. La Corte Penal Interncional • Constituida por el Estatuto de Roma (17-07-1998) • Surgen como respuesta del Consejo de Seguridad de la ONU, ante las coyunturas de ausencia de paz y seguridad internacionales • Tienen por finalidad, garantizar el respeto de las normas de Derecho Internacional Humanitario asi como de otros instrumentos que tipifican los delitos o crimenes de lesa humanidad
8. Comision Interamericana de DD.HH • Organo consultivo que sirve de organo consultivo para promover la observancia y defensa de los Derechos Humanos • Realiza funciones de promocion, conciliacion entre el Estado agresor y la victima • Asesora a los Estados que lo soliciten • Critica el contenido de los informes que expiden los Estados miembros sobre la vigencia de los DD.HH • Legitima a los que vienen cumpliendo sus recomendaciones • Cumple una dimension protectora cuando solicita a un Estado la suspension de actos violatorios contra los derechos fundamentales
9. Estados miembros del Pacto de San Jose • Recibe y examina las denuncias que formule un Estado contra otro Estado parte, por la violacion de los derechos reconocidos en la Convencion • Recibe y examina las denuncias o quejas de personas, grupos de personas reconocidos en un Estado miembro por la violacion de los preceptos de la Convencion
10. Funcion de la Comision Mediacion P R O M O V E R Solucion amistosa Arbitraje
11. Negativa de acuerdo amistoso • 1. La publicacion de un informe elaborado por la Comision en el que se consignan la opinion y conclusiones de sus miembros respecto del asunto sometido a su consideracion, que puede constituir una sancion moral • 2. De encontrarse responsabilidad en el Estado y de negarse a asumirla, la Comision hace suya tal violacion a los derechos y remitira los antecedentes a la Corte Interamericana para que asuma competencia y resuelva el caso
12. Corte Interamericana de DD.HH • Organo cuasi jurisdiccional, creado por el Pacto de San Jose • Su papel se subordina al reconocimiento de su competencia por los Estados miembros del pacto • Absuelve consultas acerca de la interpretaciondde los instrumentos americanos de reconocimiento y proteccion de los DD.HH • Ejerce una funcion contenciosa, al conocer los casos sobre violaciones a los derechos contenidos en la Convencion
12. Corte Interamericana de DD.HH • Su competencia es exclusiva de la Comision y de los Estados partes • Asi, el individuo solo puede reclamar ante una vulneracion a los derechos fundamentales reconocidos por la Convencion, ante la Comision, o solicitar la intersecion de otro Estado para formular el reclamo • Maxime si la corte no actua de oficio.
13. Competencias de la Corte • 13.1. Competencia Jurisdiccional P R O C E S O ETAPA ESCRITA ETAPA ORAL • Conduzcan a conocer la verdad en Torno a la vulneración de los DD.HH Demanda Memoria Contra memoria Medidas de instrucción Medidas cautelares
13.1.1. Resolucion anticipada y Sentencia • Si el Estado demandado manifiesta su acuerdo con la responsabilidad establecida por la Corte, el proceso puede culminar antes del juzgamiento • La Corte puede decidir, archivar o no el expediente para luego supervisar el cumplimiento de los acuerdos de las partes • Si la Corte encuentra responsabilidad, dicatar sentencia, cuyos efectos son vinculantes para el tribunal o corte del Estado demandado y para futuros casos
13.2. Competencia consultiva • A pedido de los Estados miembros de la OEA, emite opiniones consultivas sobre la interpretacion de la Convencion Americana de DD.HH. • Las opiniones pueden ser el resultado de una respuesta generica sobre el alcance de la Convencion, o sobre la consulta en un caso concreto
14. Resoluciones de la Corte • Son obligatorias y definitivas, no se contempla recurso impugnatorio alguno • Las mismas que deben ser aplicados directamente por las autoridades nacionales, y por tribunales nacionales en casos • El quorum para las deliberaciones es de 5 jueces, • El fallo dispondra: 1). Se garantice el goce de los derechos y libertades conculcados, 2). Que se reparen las consecuencias, 3). Pago de una justa indemnizacion a la parte lesionada, el cual debe ser reclamando mediante al procedimiento interno vigente para la ejecucion de sentencias