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UNIVERSIDAD ALAS PERUANAS Facultad de Derecho y Ciencias Políticas

UNIVERSIDAD ALAS PERUANAS Facultad de Derecho y Ciencias Políticas. DERECHO MINERO E HIDROCARBUROS 2010-II (Clase 7) Docente: Raúl Serpa Casas. PROCEDIMIENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE CONCESIONES MINERAS. Algunas precisiones al procedimiento para el otorgamiento de Concesiones Mineras .

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Presentation Transcript


  1. UNIVERSIDAD ALAS PERUANASFacultad de Derecho y Ciencias Políticas DERECHO MINERO E HIDROCARBUROS 2010-II (Clase 7) Docente: Raúl Serpa Casas

  2. PROCEDIMIENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE CONCESIONES MINERAS

  3. Algunas precisiones al procedimiento para el otorgamiento de Concesiones Mineras • A la solicitud para el otorgamiento de Concesiones Mineras se le denomina “Petitorio”. • Los Petitorios se tramitan ante el Instituto Geológico Minero y Metalúrgico - INGEMMET • IMPORTANTE: Al revisar el TUO de la Ley General de Minería o alguna de su normas reglamentarias, cualquier indicación respecto del Instituto Nacional de Concesiones Mineras (INACC) o Registro Público de Minería, deberá considerar que se encuentra referida al Geológico Minero y Metalúrgico - INGEMMET

  4. Información que se debe incluir al momento de formular un Petitorio Minero El petitorio deberá contener la siguiente información: Los nombres, apellidos, nacionalidad, estado civil, domicilio, número de D.N.I. o de Carnet de Extranjería del peticionario, así como los nombres, apellidos y nacionalidad del cónyuge, de ser el caso. Si el petitorio fuere formulado por dos (02) o más personas, se indicará, además, los nombres, apellidos, domicilio y el número de la DNI o Carné de Extranjería del apoderado común, con quien la autoridad minera se entenderá durante la tramitación de todo el expediente. Si el petitorio fuere formulado por una persona jurídica, se señalarán los datos de su inscripción en el Registro de Personas Jurídicas que le corresponda, así como los datos generales de su representante legal. En el caso que la persona jurídica aún no se encontrare inscrita, podrá presentarse la copia del cargo de presentación de la Escritura Pública de constitución en la que conste la fecha de ingreso al Registro.

  5. Información que se debe incluir al momento de formular un Petitorio Minero (1) Adicionalmente, se debe indicar: • Nombre del petitorio. • Distrito, provincia o región donde se encuentra ubicado el petitorio. • Clase de concesión, según se trate de sustancias metálicas o no metálicas. • Identificación de la cuadrícula o de la poligonal cerrada del conjunto de cuadrículas solicitadas, con coordenadas UTM, indicando el nombre de la carta y zona en que se ubica el petitorio.

  6. Información que se debe incluir al momento de formular un Petitorio Minero (2) • Extensión superficial del área solicitada, expresada en hectáreas. • Identificación de la cuadrícula o conjunto de cuadrículas colindantes, al menos por un lado, sobre las que se solicita la concesión, respetando derechos preexistentes. • Nombres, apellidos y domicilio del propietario del terreno superficial donde se ubique la concesión minera solicitada, en caso fuere conocido.

  7. Compromiso que debe asumir el Peticionario al momento de formular el Petitorio Minero (1) Compromiso Previo en forma de Declaración Jurada, mediante el cual se compromete a: • Realizar sus actividades productivas en el marco de una política que busca la excelencia ambiental. • Actuar con respeto frente a las instituciones, autoridades, cultura y costumbres locales, manteniendo una relación propicia con la población del área de influencia de la operación minera. • Mantener un diálogo continuo y oportuno con las autoridades regionales y locales, la población del área de influencia de la operación minera y sus organismos representativos, alcanzándoles información sobre sus actividades mineras.

  8. Compromiso que debe asumir el Peticionario al momento de formular el Petitorio Minero (2) • Lograr con las poblaciones del área de influencia de la operación minera una institucionalidad para el desarrollo local en caso se inicie la explotación del recurso, elaborando al efecto estudios y colaborando en la creación de oportunidades de desarrollo más allá de la vida de la actividad minera. • Fomentar preferentemente el empleo local, brindando las oportunidades de capacitación requeridas. • Adquirir preferentemente los bienes y servicios locales para el desarrollo de las actividades mineras y la atención del personal, en condiciones razonables de calidad, oportunidad y precio, creando mecanismos de concertación apropiados.

  9. Publicación del Petitorio en el Diario Oficial “El Peruano” (1) Si el petitorio reúne los requisitos antes mencionados, dentro de los 7 días hábiles siguientes a la presentación del petitorio, notificará al interesado adjuntando los avisos para su publicación. La publicación deberá realizarse dentro de los 30 días hábiles siguientes a la fecha de notificación del aviso correspondiente y entregarse al INGEMMET dentro de los 60 días siguientes.

  10. Publicación del Petitorio en el Diario Oficial “El Peruano” (2) Todos los petitorios de concesiones mineras deberán publicarse por una sola vez en el diario oficial “El Peruano” y en el diario encargado de la publicación de los avisos judiciales de la capital del departamento en donde se encuentre ubicada el área solicitada. Los petitorios de concesiones mineras ubicadas en el departamento de Lima se publicarán únicamente en el Diario Oficial “El Peruano”.

  11. Emisión de Dictámenes Técnico y Legal favorables respecto del Petitorio Minero formulado Dentro de los treinta días hábiles siguientes a la recepción de la publicación de los avisos, de no mediar oposición, la Dirección de Concesiones Mineras del INGEMMET emitirá los dictámenes técnico y legal correspondientes.

  12. Expedición del Título de Concesión Minera Dentro de los cinco días hábiles siguientes de haberse emitido los dictámenes técnico y legal, bajo responsabilidad del Jefe de la Dirección de Concesiones Mineras, el expediente deberá ser elevado al Presidente del INGEMMET para la expedición de la Resolución correspondiente. La Resolución expedida por el INGEMMET deberá ser notificada al peticionario y demás interesados en el respectivo procedimiento. Importante: El INGEMMET sólo podrá otorgar el título de la concesión minera en caso que los dictámenes técnico y legal sean favorables.

  13. Publicación de las Concesiones Mineras otorgadas por el INGEMMET El INGEMMET, dentro de los primeros quince días de cada mes, publicará en el Diario Oficial "El Peruano'' la relación de las concesiones mineras cuyos títulos hubieren sido otorgados durante el mes inmediato anterior. Dicha relación contendrá la siguiente información: • Nombre de la concesión minera; • Código de Identificación; • Nombres y apellidos del titular; • Coordenadas UTM de la cuadrícula o de la poligonal cerrada del conjunto de cuadrículas que forman parte de la concesión; • Áreas que deberá respetar el concesionario, identificadas con coordenadas UTM; • Número y fecha de la resolución de otorgamiento del título.

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