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DIFERENCIAS EN LA COBERTURA Y MONTO DE LAS JUBILACIONES PROVOCADAS POR EL MERCADO LABORAL

Hugo Bertín Superintendencia de AFJP Agosto de 2002. DIFERENCIAS EN LA COBERTURA Y MONTO DE LAS JUBILACIONES PROVOCADAS POR EL MERCADO LABORAL. Superintendencia de AFJP. Características de los sistemas de pensiones El mercado laboral en la década de los ‘90

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DIFERENCIAS EN LA COBERTURA Y MONTO DE LAS JUBILACIONES PROVOCADAS POR EL MERCADO LABORAL

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  1. Hugo Bertín Superintendencia de AFJP Agosto de 2002 DIFERENCIAS EN LA COBERTURA Y MONTO DE LAS JUBILACIONES PROVOCADAS POR EL MERCADO LABORAL Superintendencia de AFJP

  2. Características de los sistemas de pensiones El mercado laboral en la década de los ‘90 Tratamientos diferenciados en el sistema previsional El género en el mercado laboral y en el sistema previsional Conclusiones Temas a desarrollar

  3. Eficiencia: A cada individuo otorga prestaciones proporcionales a su esfuerzo de contribución. Solidaridad: Se efectúan redistribuciones entre grupos de individuos. I. Características de los sistemas de pensiones

  4. Contribución definida: la prestación depende de los aportes realizados. Beneficio definido: las cotizaciones o aportes dependen de la cuantía de los beneficios prestablecidos. Esquemas alternativos

  5. Sistemas mixtos o multipilares: Permiten combinar las propiedades de eficiencia y equidad, adecuándose a las elecciones sociales. El componente solidario debe resultar adecuado para satisfacer la propiedad de suficiencia. Esquemas alternativos (2)

  6. Tasa de actividad: crecimiento inicial y luego estable Disminución del empleo asalariado registrado Desempleo creciente Subocupación creciente Precariazación creciente Empeoramiento en la distribución del ingreso II. Mercado laboral en los ‘90

  7. La tasa de actividad en el mercado laboral ha tenido un crecimiento en la primera parte de la década y luego se mantuvo relativamente estable. En el total de aglomerados urbanos la tasa de participación creció desde el 40,9% en mayo de 1991 al 45,9% en 1995 y al 44% en 2002. Tasa de actividad

  8. En los último años se mantuvo constante la participación relativa del empleo asalariado con relación al empleo por cuenta propia. Sin embargo, se observó una disminución del empleo registrado. Empleo asalariado vs. Cuenta propia

  9. Las tasas de desempleo abierto aumentaron en el mismo período fuertemente, alcanzando niveles récord. La tasa de desempleo abierto creció desde 6,3% en mayo de 1991 al 20,2% en 1995 y al 22% en 2002. Desempleo creciente

  10. Los indicadores de subocupación han mostrado también un incremento en este período. La tasa de subocupación horaria demandante se incrementó desde 2,9% en mayo de 1991 al 6,7% en 1995 y al 13% en 2002. Subocupación creciente

  11. Se observó un incremento en la precarización y en la informalización del mercado de trabajo: Implementación de formas de contratación atípicas: a) regímenes promovidos con exención de alícuotas para la seguridad social. Contratación con salarios inferiores. Incremento en el trabajo no registrado en todas las ramas de actividad. Precarización creciente

  12. Empeoramiento en la distribución del ingreso

  13. A) Antes de la reforma del ‘93: Regímenes especiales. B) Sistema Integrado de jubilaciones y Pensiones: Solteros vs. Casados, Convivientes y/o padres. Sanos vs. Enfermos. Actividades con riesgos diferenciados. El género. III. Tratamientos diferenciados en el sistema previsional

  14. Los regímenes especiales han dado lugar a la inexistencia de correlación entre el monto total de lo aportado y el beneficio recibido. La ausencia de correlación es independiente de la cuestión de género. La estimación de las tasas de retorno de los haberes previsionales, previos a la reforma, muestra tasas de retorno mayores en todos los casos para los regímenes especiales. II.a. Regímenes especiales

  15. T.I.R. de los regímenes previsionales antes de la reforma del ‘93

  16. Solteros vs. Casados, Convivientes y/o padres Sanos vs. Enfermos Actividades con riesgos diferenciados El género en el SIJP II.b. Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones

  17. El seguro colectivo de invalidez y fallecimiento en el Régimen de Capitalización: La prima del seguro se determina como un porcentaje del salario, sin distinción de cobertura. El trabajador soltero contribuye al financiamiento de las prestaciones respectivas, sin gozar él de la cobertura por muerte al no contar con derechohabientes establecidos por ley (cónyuge, conviviente, hijos menores). Solteros vs. Casados

  18. Dado el carácter de colectivo del seguro de invalidez y fallecimiento, la prima se determina sobre la base de la siniestralidad del conjunto de la población, provocando una redistribución del costo a favor de las actividades más riesgosas. Actividades con riesgos diferenciados

  19. En el Régimen de Capitalización, el beneficiario puede optar por dos modalidades: renta vitalicia (rv) o retiro programado (rp) En el caso de rp el beneficiario mantiene la propiedad de los fondos acumulados, el haber mensual sigue las variaciones de la rentabilidad, asume el riesgo de sobrevida y en caso de muerte el saldo de su cuenta es propiedad de los herederos legales. Sanos vs. Enfermos

  20. En el caso de rvp, el beneficiario pierde la propiedad de sus ahorros, no asume el riesgo de sobrevida y en caso de muerte el saldo no es heredable; de modo que no es conveniente si su esperanza de vida es menor a las previstas en la tabla utilizada Sanos vs. Enfermos (2)

  21. Mercado laboral. Sistema previsional: Mortalidad y beneficios previsionales. Tablas de mortalidad y beneficios previsionales . Beneficios y mortalidad unisex. Rentas vitalicias según sexo y situaciónconyugal. IV. El género en el mercado laboral y el sistema previsional

  22. Las diferencias en la cobertura previsional para las mujeres y los hombres dependen del funcionamiento del mercado laboral y de las “reglas” del sistema previsional. En relación al mercado laboral de los ‘90 se observan características propias que afectan negativamente la cobertura y el haber previsional que reciben las mujeres: Mercado laboral en la década del ‘90

  23. Desempleo creciente: La tasa de desempleo del total de mujeres creció desde el 6,5% en 1991 al 24,5% en 1995 y al 20,1% en 2002. (Para el mismo periodo la tasa correspondiente a los hombre fue del 6,3%, 17,4% y 23,2 respectivamente). Mercado laboral en la década del ‘90

  24. Precarización de las condiciones de empleo: Existen evidencias que en la década pasada la cantidad de mujeres que trabajan en condiciones precarias se ha multiplicado más de dos veces Empleo intermitente por períodos cortos: Mercado laboral en la década del ‘90

  25. Mercado laboral en la década del ‘90

  26. Maternidad: Las mujeres trabajadoras con licencia por maternidad no perciben salario, sino asignación familiar (equivalente al salario bruto). Este período es considerado para la cobertura de invalidez y fallecimiento, pero no existen aportes y, por lo tanto, no existe acumulación en las cuentas individuales. En el período de “excedencia” no se recibe remuneración y no es considerado para la cobertura. Mercado laboral en la década del ‘90

  27. Diferencias en la edad legal para obtener la pensión por vejez: La Ley 24.241 permite a las mujeres jubilarse 5 años antes que los hombres. Efectos: dada la mayor esperanza de vida: En el Régimen de reparto es el conjunto de los aportes el que financia la mayor supervidencia. Sistema previsional

  28. En el Régimen de Capitalización los efectos inciden en el haber jubilatorio: Si el retiro es 5 años antes el efecto es doble e independiente de la tabla actuarial: “ceteris paribus” el saldo acumulado es menor El menor saldo deberá financiar prestaciones por 5 años adicionales Sistema previsional (2)

  29. Los regímenes de reparto se ven afectados por la mortalidad de los participantes Los regímenes de capitalización se ven afectados, además, por las tablas de mortalidad utilizadas como base de cálculo: Capital complementario en caso de invalidez o fallecimiento Renta vitalicia en caso de jubilación Mortalidad y beneficios previsionales

  30. En el Régimen de Capitalización se utilizan las tablas de mortalidad por sexo GAM 1971, que corresponden a la mortalidad de los asegurados estadounidenses entre 1941 y 1950. Según estudios de la Superintendencia de AFJP, la GAM 1991subestima la mortalidad efectivamente observada en la población argentina. Tablas de mortalidad “previsionales”

  31. El P.E.N. Dictó el Decreto 1306/00, actualmente suspendido, por el que se establecía la utilización de tablas de mortalidad “unisex” para el cálculo de los capitales a integrar de invalidez y fallecimiento y para el cálculo de la prestación de vejez, independientemente de su modalidad de pago. Tablas de mortalidad “previsionales

  32. Rentas según sexo y situación conyugal

  33. El 80% de los hombres y el 50% de las mujeres (de 65 a 70 años) está casado, El 70% de los aportantes son hombres. La distribución de los jubilados sería: Jubilados por sexo y situación conyugal

  34. Para hombres con cónyuges (56% de los potenciales beneficiarios) aumentarían 1%, ya que se compensan la estimación de menor mortalidad propia y mayor de la cónyuge. Para hombres sin cónyuges (14%) se reducirían el 6%. Para mujeres con cónyuges (15%) aumentarían 6% y sin cónyuges (15%), 13%. Prestaciones

  35. No altera el monto de las prestaciones en caso de fallecimiento o invalidez Cambia los capitales complementarios a integrar por las Compañías de Seguros de Vida, pero globalmente se compensarían las diferencias Se ajusta al objetivo previsional y origina menores diferencias que la elección adecuada de tablas por sexo Unificar las tablas de mortalidad por sexo

  36. El grado de cobertura previsional y el monto del haber previsional de la población dependen de las características del mercado laboral y de las “reglas” específicas del sistema previsional. En la década de los ‘90 se observó un deterioro en la calidad y en el nivel de empleo de la población en general. IV. Conclusiones

  37. Uno de los desafíos más importantes es pensar el sistema previsional en función de la nueva estructura del mercado laboral. El diseño de las políticas públicas debe contemplar la utilización de instrumentos específicos en ambos subsistemas, de forma de corregir las distorsiones “en la fuente”. El Decreto 1306 introdujo un esquema de prestaciones por vejez más flexible y, al mismo tiempo, una prestación básica no contributiva. Conclusiones (2)

  38. En el caso argentino, las “reglas específicas” involucran tratamientos diferenciados por género y por otros conceptos: La ley previsional prevé una flexibilidad para el acceso de la mujer a la prestación por vejez, en el rango entre los 60 y 65 años. En el caso del Régimen de Reparto el financiamiento de la diferencia entre la menor edad y la mayor esperanza de vida es absorbida entre sus aportantes y los ingresos fiscales. Conclusiones (3)

  39. En el caso del Régimen de Capitalización esta diferencia se traduce en un menor haber total, aunque adelanta la prestación del régimen público. La reforma previsional del año 2000, no vigente, contempla la utilización de tablas actuariales unisex, con los efectos directos en las prestaciones de los beneficiarios mujer-hombre, soltera/o - casada/o. Conclusiones (4)

  40. Hugo Bertín Gerente de Control de Beneficios e Instituciones Superintendencia de AFJP hbertin@safjp.gov.ar

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