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Análisis Costo-Beneficio

Análisis Costo-Beneficio. Cálculo de los costos. Los costos de la regulación se derivan de Los costos se derivan de la obligación establecida en el Resolutivo Décimo Segundo del Anteproyecto de Resolución, referente a la entrega de información técnica de las redes y de información de demanda.

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Análisis Costo-Beneficio

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Presentation Transcript


  1. Análisis Costo-Beneficio

  2. Cálculo de los costos Los costos de la regulación se derivan de Los costos se derivan de la obligación establecida en el Resolutivo Décimo Segundo del Anteproyecto de Resolución, referente a la entrega de información técnica de las redes y de información de demanda. Es importante mencionar que los concesionarios ya cuentan con dicha información, y que los costos se refieren al procesamiento necesario para entregarla en los formatos establecidos por la Comisión. Supuestos: Los concesionarios no requieren realizar inversiones adicionales en equipos o sistemas, únicamente procesar la información para entregarla en los formatos establecidos. Se supone que son necesarias dos personas con capacidades de análisis de sistemas para procesar la información, trabajando durante 5 jornadas laborales. La tarifa media de consultoría de procesos se toma como aproximación del sueldo diario, mismo que se obtiene de el análisis costo beneficio presentado ante Cofemer como parte de la MIR de Portabilidad Numérica: http://www.cofemermir.gob.mx/uploadtests/12132.62.59.1.An%C3%A1lisis%20costo%20beneficio%20de%20PN%20en%20M%C3%A9xico%20-%20P%C3%BAblico.pdf

  3. Cálculo de los costos Los resultados del cálculo son los siguientes: Notas: La tarifa media diaria de consultoría es de 150 dólares a diciembre de 2006, se actualizó utilizando el índice de precios al consumidor de Estados Unidos: http://www.bls.gov/cpi/ Se utilizó el promedio de 2009 del tipo de cambio peso-dólar: www.banxico.org

  4. Cálculo de los beneficios Los beneficios cuantificables del Anteproyecto se refieren a que la utilización de Modelos de Costos para determinar las tarifas de interconexión se traducen en una reducción de las asimetrías de información entre el regulador y las empresas reguladas, reduciendo la incertidumbre asociada a los pagos por servicios de interconexión. Dicha incertidumbre se puede calcular de forma aproximada como un porcentaje de los pagos por interconexión realizados durante el 2009. Supuestos: Se realiza el supuesto de que la utilización de los Modelos de Costos reduce la incertidumbre asociada a los pagos por interconexión, y que ello representa el 10% de los pagos por interconexión realizados durante 2009. Se supone un comportamiento homogéneo entre los concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones y acorde a parámetros internacionales.

  5. Cálculo de los beneficios Notas: Para calcular los pagos por interconexión a los operadores fijos, se parte del dato de Telmex-Telnor contenido en el Reporte Anual presentado de acuerdo a las disposiciones de carácter general aplicables a las emisoras de valores para el año terminado el 31 de diciembre de 2009; se extrapolan los ingresos utilizando la participación de mercado del resto de los operadores. La participación de mercado se calcula utilizando el número de líneas reportadas por Telmex en el Reporte a la BMV antes señalado e información pública de la página de Internet de la Comisión. Para calcular los pagos por interconexión a los operadores móviles: i) se parte del dato de Telmex-Telnor contenido en el Reporte Anual antes mencionado y , se extrapolan los ingresos utilizando la participación de mercado del resto de los operadores; ii) se utiliza el dato de minutos de telefonía móvil de salida publicado en la página de internet de la Comisión, y se supone que el 9.3% de ese tráfico termina en otras redes móviles, dicho supuesto se obtiene con información de referencias internacionales.

  6. Análisis Costo-Beneficio El Anteproyecto de Regulación se apega a lo establecido en el Artículo 3 fracción V del Acuerdo de Calidad Regulatoria, que señala que las dependencias y organismos descentralizados podrán emitir o promover la emisión o formalización de regulación siempre que: “V. Que los beneficios aportados por la regulación, en términos de competitividad y funcionamiento eficiente de los mercados, entre otros, son superiores a sus costos de cumplimiento por parte de los particulares.” Con los cálculos realizados anteriormente, se observa que los Beneficios son 1,254 veces superiores a los costos, o bien, los costos representan menos del 1% de los beneficios, con lo cual se da cumplimento al Acuerdo de Calidad Regulatoria.

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