1 / 10

Sistema de Planificación por Resultados (SPR) SECRETARIA TECNICA DE PLANIFICACION

Sistema de Planificación por Resultados (SPR) SECRETARIA TECNICA DE PLANIFICACION. SISTEMA DE PLANIFICACIÓN DE RESULTADOS (SPR). Es un instrumento que orienta la programación y el monitoreo de la gestión institucional para la consecución de los objetivos nacionales del desarrollo.

mlowell
Télécharger la présentation

Sistema de Planificación por Resultados (SPR) SECRETARIA TECNICA DE PLANIFICACION

An Image/Link below is provided (as is) to download presentation Download Policy: Content on the Website is provided to you AS IS for your information and personal use and may not be sold / licensed / shared on other websites without getting consent from its author. Content is provided to you AS IS for your information and personal use only. Download presentation by click this link. While downloading, if for some reason you are not able to download a presentation, the publisher may have deleted the file from their server. During download, if you can't get a presentation, the file might be deleted by the publisher.

E N D

Presentation Transcript


  1. Sistema de Planificación por Resultados (SPR) SECRETARIA TECNICA DE PLANIFICACION

  2. SISTEMA DE PLANIFICACIÓN DE RESULTADOS (SPR) Es un instrumento que orienta la programación y el monitoreo de la gestión institucional para la consecución de los objetivos nacionales del desarrollo. El POI y el Plan de Acción son productos del mismo, que a traves de las diferentes etapas interactúan entre si con el PGN, sirviendo de plataforma para el análisis y evaluación de la gestión pública.

  3. PRINCIPALES DISPOSICIONES LEGALES

  4. Decreto N°1761/2019 POR EL CUAL SE AUTORIZA AL MINISTERIO DE HACIENDA LA MODIFICACIÓN EN LA ESTIMACIÓN DE LOS INGRESOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL (TESORERÍA GENERAL Y MINISTERIO DE HACIENDA) Y DE LAS ENTIDADES DESCENTRALIZADAS (GOBIERNOS DEPARTAMENTALES Y MUNICIPALES), LA AMPLIACIÓN DE LOS CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS Y DE LAS CUOTAS DE INGRESOS Y GASTOS DEL PLAN FINANCIERO, APROBADO POR DECRETO N° 1256 DE FECHA 11 DE FEBRERO DE 2019, DENTRO DEL PRESUPUESTO 2019 DE LAS CITADAS ENTIDADES. • Art. 11.-Establécese que la Secretaría Técnica de Planificación del Desarrollo Económico y Social (STP), será la encargada de monitorear el avance y cumplimiento de los Planes de Acción enmarcados en los Planes de desarrollo Departamental y Municipal alineados al PND. Para el efecto, establécese la utilización del módulo de Monitoreo de Planes dentro del Sistema de Planificación por Resultados (SPR) de acuerdo a los siguientes criterios y procedimientos:

  5. a) Plan de Acción: Las Gobernaciones y Municipalidades elaborarán los planes de acción, registrando la cantidad efectiva de bienes y servicios programados, los destinatarios, los gastos y las evidencias documentales, según cronograma establecido por la STP.

  6. Capitulo 03-03 “PLANIFICACIÓN OPERATIVA” • Decreto Reglamentario de Presupuesto N°1145/2019

  7. Articulo N° 60 Modificación del Plan Operativo Institucional

  8. En caso de incumplimiento la STP comunicará a la AGPE y la Contraloría General de la República.

  9. SEGUIMIENTO DE METAS DEL PLAN DE ACCION

  10. GRACIAS

More Related