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LIBRE COMPETENCIA EN EL MERCADO FARMACÉUTICO Y REGULACIÓN DE PRECIOS DE MEDICAMENTOS

LIBRE COMPETENCIA EN EL MERCADO FARMACÉUTICO Y REGULACIÓN DE PRECIOS DE MEDICAMENTOS FORO FARMACÉUTICO – ANDI Junio 2013. Germán Enrique Bacca Medina Superintendente Delegado para la Protección de la Competencia. 2010:

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LIBRE COMPETENCIA EN EL MERCADO FARMACÉUTICO Y REGULACIÓN DE PRECIOS DE MEDICAMENTOS

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  1. LIBRE COMPETENCIA EN EL MERCADO FARMACÉUTICO Y REGULACIÓN DE PRECIOS DE MEDICAMENTOS FORO FARMACÉUTICO – ANDI Junio 2013 Germán Enrique Bacca Medina Superintendente Delegado para la Protección de la Competencia

  2. 2010: CNPMD empieza a enviar bases de datos del SISMED a la SIC (Delegatura para la Protección del Consumidor) 1993: Ordena creación de la CNPM y el SISMED 2011: SIC: Delegatura de Reglamentos Técnicos y Metrología Legal 2006: Se crea el SISMED 1982: SIC, control de precios SIC: CONTROL DE PRECIOS DE MEDICAMENTOS 1994: Creación de la CNPMD 1991: Libertad económica / Libertad de precios

  3. La SIC está facultada para iniciar investigaciones por violación del régimen de control de precios de medicamentos (artículo 34 de la Circular 4 de 2006 –modificada por la Circular 01 de 2010-; artículos 10, 11 y 12 del Decreto 2876 de 1984 y artículo 132 de la Ley 1438 de 2011). • LIBERTAD VIGILADA • LIBERTAD REGULADA • CONTROL DIRECTO Circular 03 de 2013 SIC: CONTROL DE PRECIOS DE MEDICAMENTOS

  4. SANCIONES IMPUESTAS POR LA SIC POR NO REPORTE AL SISMED (2010 – 2012) SIC: CONTROL DE PRECIOS DE MEDICAMENTOS

  5. SANCIONES IMPUESTAS POR LA SIC POR NO REPORTE AL SISMED (Ene – Mayo 2013) SIC: CONTROL DE PRECIOS DE MEDICAMENTOS

  6. Autoridad Nacional en materia de Protección de la Competencia (Art. 6, Ley 1340/09): • Prácticas Comerciales Restrictivas de la Competencia • Competencia Desleal Administrativa • Integraciones empresariales • Abogacía de la Competencia (Art. 7, Ley 1340/09): • Conceptos previos sobre proyectos de regulación estatal que puedan tener incidencia sobre la libre competencia DELEGATURA PARA LA PROTECCIÓN DE LA COMPETENCIA

  7. DECRETO 1663 DE 1994 (NORMA ESPECIAL) • Abusos de posición de dominio. • Acuerdos anticompetitivos. Incluyendo: “Los que tengan por objeto o como efecto abstenerse de proveer a los usuarios o al Sistema General de Seguridad Social en Salud de información no reservada sobre la prestación de los servicios de salud, así como cualquier intento de ocultar o falsear la información y en general de impedir la debida transparencia en el mercado de los servicios de salud [...]”. • Actos contrarios a la libre competencia. • Prohibición a las asociaciones: Se les prohíbe adoptar decisiones o políticas internas que tengan por objeto o como efecto impedir, restringir o falsear el juego de la libre competencia. PROTECCIÓN DE LA COMPETENCIA EN EL SECTOR SALUD

  8. 1. INVESTIGACIÓN POR PCR: MEDICAMENTOS - SECTOR INSTITUCIONAL • Mediante Resolución No. 26273 de 2011, la Delegatura para la Protección de la Competencia abrió investigación para determinar si doce (12) EPS del Régimen Contributivo y sus respectivos representantes legales incurrieron en conductas violatorias del régimen sobre protección de la competencia. • Lo anterior, toda vez a partir de una información que suministró el MPS a esta Entidad se pudo evidenciar que los reportes sobre el gasto en medicamentos enviados por las EPS a ese Ministerio carecían de veracidad. Esto, en principio, evidenciaría el interés de esas EPS de incrementar artificialmente el gasto en salud con el fin de inducir un aumento en la UPC, pues el cálculo de la prima depende del reporte de gasto que efectúen las EPS al MPS. La situación descrita afectaría la debida transparencia en el mercado de aseguramiento en salud. ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS

  9. 2. INTEGRACIONES EMPRESARIALES ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS * Las 15 fueron aprobadas.

  10. 3. ABOGACÍA DE LA COMPETENCIA • Antecedentes: El mercado farmacéutico se caracteriza por presentar fallas, lo cual implica que el libre funcionamiento de las fuerzas del mercado en este sector no garantiza un nivel de prestación de servicios óptimo ni el alcance de una eficiencia distributiva. En razón de lo anterior, la regulación técnica y económica se consideró necesaria. • El 10 de mayo de 2013, la CNPMDM solicitó a la SIC concepto de abogacía de la competencia sobre el proyecto de circular 03 de 2013, "por la cual se establece la metodología para la aplicación del régimen de control directo de precios para los medicamentos que se comercialicen en el territorio nacional”. ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS

  11. Después de realizar diferentes reuniones con los funcionarios y técnicos de la CNPMDM y del MPS en las que se discutió el proyecto de la circular bajo análisis, la SIC elaboró un concepto el 17 de mayo de 2013 en el que concluyó que su articulado no tiende a generar un efecto anticompetitivo. No obstante lo anterior, sugirió algunas recomendaciones relacionadas con los siguientes aspectos: • Definición de los mercados relevantes • Medición del grado de concentración del mercado • Precio de referencia de comparación internacional ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS

  12. LIBRE COMPETENCIA EN EL MERCADO FARMACÉUTICO Y REGULACIÓN DE PRECIOS DE MEDICAMENTOS FORO FARMACÉUTICO – ANDI Junio 2013 Germán Enrique Bacca Medina Superintendente Delegado para la Protección de la Competencia

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