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Jornada informativa sobre suelos contaminados

Jornada informativa sobre suelos contaminados. “ Implicaciones legales y administrativas del RD 9/2005 para la empresa”. Guión. Normativa. Definiciones. Los informes de situación: obligación de informar. Suelo contaminado: criterios de declaración.

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Jornada informativa sobre suelos contaminados

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  1. Jornada informativa sobre suelos contaminados “ Implicaciones legales y administrativas del RD 9/2005 para la empresa”

  2. Guión • Normativa. • Definiciones. • Los informes de situación: obligación de informar. • Suelo contaminado: criterios de declaración. • Procedimiento de declaración de suelo contaminado. • Publicidad registral. • Descontaminación de suelos. • Régimen sancionador. • Resumen. • Actividades potencialmente contaminantes de suelos en Castilla y León. • Programa de apoyo a las empresas.

  3. Guión • Normativa. • Definiciones. • Los informes de situación: obligación de informar. • Suelo contaminado: criterios de declaración. • Procedimiento de declaración de suelo contaminado. • Publicidad registral. • Descontaminación de suelos. • Régimen sancionador. • Resumen. • Programa de apoyo a las empresas.

  4. Normativa • Ley 10/1998 de 21 de abril, de residuos. • RD 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados.

  5. Ley 10/1998 (I) Su artículo 27 establece que la declaración de suelo contaminado… • Es responsabilidad de la CC.AA. • Puede ser objeto de nota marginal en el registro de la propiedad. • Obliga a su limpieza y recuperación. El responsable será el causante, y subsidiariamente el poseedor y propietario. • Obliga a declararlo en escritura pública en las transmisiones.

  6. Ley 10/1998 (II) Además, obliga al Gobierno a… • Elaborar los criterios y estándares para la declaración de suelo contaminado. • Publicar una lista de actividades potencialmente contaminantes. Y dispone que las Comunidades Autónomas… • Inventariarán los suelos contaminados y evaluarán sus riesgos. • Priorizarán las actuaciones para su recuperación.

  7. RD 9/2005 Da cumplimiento a lo establecido en la Ley 10/98: • Prioriza la prevención, aunque sin definir medidas. • Establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo (art 3.2 y Anexo I) • Establece los criterios para la declaración de suelo contaminado. (Anexos III-VIII)

  8. Guión • Normativa. • Definiciones. • Los informes de situación: obligación de informar. • Suelo contaminado: criterios de declaración. • Procedimiento de declaración de suelo contaminado. • Publicidad registral. • Descontaminación de suelos. • Régimen sancionador. • Resumen. • Programa de apoyo a las empresas.

  9. Definiciones • Actividades potencialmente contaminantes del suelo. • Suelo contaminado. • Nivel Genérico de Referencia (NGR) • Riesgo

  10. Actividad potencialmente contaminante Actividad comercial o industrial en la que, por manejo de sustancias peligrosas o por generación de residuos, puede contaminar el suelo. Cualquiera que cumpla alguna de estas circunstancias: • Incluidas en el Anexo I del RD 9/2005. • Empresas que produzcan, manejen o almacene más de 10 Ton/año de sustancias peligrosas. • Más de 300.000 litros/año de consumo de combustible. • Más de 50.000 litros de capacidad de almacén de combustible.

  11. Suelo contaminado Aquel con las siguientes características: • Alterado negativamente por componentes químicos peligrosos, de origen humano. • Concentración de productos peligrosos tal que comporte un riesgo inaceptable para la salud humana o el medio ambiente. • Declarado como tal mediante resolución expresa.

  12. Nivel Genérico de Referencia (NGR) Concentración de un contaminante en el suelo que no conlleva un riesgo superior al máximo aceptable para la salud humana o los ecosistemas. • Anexo V del RD 9/2006: NGR para la protección de la salud humana. • Anexo VI del RD 9/2006: NGR para la protección de los ecosistemas. • Anexo VII del RD 9/2006: criterios para establecer NGR de sustancias no incluidas en los anexos V y VI. La Consejería de Medio Ambiente, determinará los NGR aplicables a cada suelo, según su uso actual y futuro.

  13. Riesgo Probabilidad de que un contaminante presente en el suelo entre en contacto con algún receptor con consecuencias adversas para la salud humana o del medio ambiente.

  14. Guión • Normativa. • Definiciones. • Los informes de situación: obligación de informar. • Suelo contaminado: criterios de declaración. • Procedimiento de declaración de suelo contaminado. • Publicidad registral. • Descontaminación de suelos. • Régimen sancionador. • Resumen. • Programa de apoyo a las empresas.

  15. Está obligado a informar... El titular de la actividad: • De cualquiera incluida en el Anexo I. El propietario del suelo: • Cuando solicite licencia o autorización para otra actividad o que suponga cambio de uso. • Cuando se haya desarrollado actividad potencialmente contaminante, y se proponga un cambio de uso del suelo. El titular y/o el propietario: • A requerimiento de la Consejería de Medio Ambiente, a la vista de los informes presentados. A través de distintos tipos de Informes de Situación...

  16. Se debe presentar Informe de Situación en los siguientes casos: • Actividades potencialmente contaminantes en activo. • Establecimiento de una nueva actividad potencialmente contaminante. • Clausura de una actividad potencialmente contaminante. • Ampliación o modificación de una actividad potencialmente contaminante. • Cambio de uso de suelo en el que se desarrolló una actividad potencialmente contaminante.

  17. Actividades potencialmente contaminantes en activo Presentarán un Informe Preliminar de Situación, antes del 7 de febrero de 2007, con: • Datos generales de la actividad. • Materias primas peligrosas. • Productos intermedios o finales peligrosos. • Residuos o subproductos almacenados. • Sistemas de almacenamiento. • Áreas productivas. • Actividades históricas. Modelo de formulario en www.jcyl.es

  18. A partir de él, la Consejería puede requerir: Informe complementario de datos: • Para ampliar o subsanar la información. Informe complementario con analítica básica: • Cuando se detecten indicios relevantes de contaminación. • Si hay indicios de afección a aguas subterráneas, se comunicará a la Confederación Hidrográfica. • Sus contenidos serán:

  19. Contenido del informe complementario con analítica básica • Características físicas del emplazamiento. • Descripción geológica. • Descripción hidrogeológica: acuíferos, dirección de flujos, puntos de agua, mapa de isolíneas, etc. • Modelo conceptual teórico del emplazamiento. • Investigación histórica detallada. • Plan (justificado) de muestreo y análisis. • Presentación tabulada de datos. • Representación gráfica. • Análisis de laboratorio (Anexo). • Interpretación y conclusiones

  20. Resolución del informe preliminar de situación A partir de la información previa, la Consejería podrá requerir: • Informe periódico de situación: si no se detectan indicios de contaminación. • Informe periódico de control y seguimiento: cuando se considera necesario conocer la evolución de los Niveles Genéricos de Referencia. • Informe complementario de caracterización analítica detallada: cuando se detecten contaminantes en concentración superior a los Niveles Genéricos de Referencia, o más de 50 ppm de TPH.

  21. Informe complementario de caracterización analítica detallada Determinará si el riesgo es o no aceptable(Anexos IV y VIII RD 9/2005) Contendrá una caracterización detallada: • Revisión del modelo conceptual inicial. • Estrategia de obtención de datos. • Definición del modelo conceptual del emplazamiento. ...y una identificación y caracterización del riesgo: • Según Anexo VIII del RD 9/2005. • Cálculo para determinar si el riesgo es o no aceptable, y descripción de la metodología. • Valoración del análisis. • Propuesta de acción.

  22. Resolución del informe complementario de caracterización analítica detallada • Análisis de riesgo aceptable: suelo no contaminado para uso actual. • Se requerirá un informe periódico de control y seguimiento. • En caso de cambio de uso o clausura, se requerirá un informe de situación con caracterización analítica.

  23. Establecimiento de una nueva actividad potencialmente contaminante • Para su establecimiento, requiere un informe de situación de caracterización analítica. • Se resolverá mediante informe por la Consejería de Medio Ambiente.

  24. Contenido del informe de situación con caracterización analítica (I) Fase I: Informe de caracterización inicial. • Estudio histórico. • Estudio del medio físico. • Propuesta de caracterización analítica. Informado favorablemente este informe, se procederá a la toma de muestras y caracterización:

  25. Contenido del informe de situación con caracterización analítica (II) Fase II: Informe de toma de muestras y caracterización analítica. • Características físicas del emplazamiento. • Descripción geológica. • Descripción hidrogeológica: acuíferos, dirección de flujos, puntos de agua, mapa de isolíneas, etc. • Modelo conceptual teórico del emplazamiento. • Investigación histórica detallada. • Plan (justificado) de muestreo y análisis. • Presentación tabulada de datos. • Representación gráfica. • Análisis de laboratorio (Anexo). • Interpretación y conclusiones

  26. Resolución del informe de situación con caracterización analítica Si no se detectan indicios relevantes de contaminación... • Se sigue adelante en los trámites de obtención de licencia o autorización. • Obligación a presentar el informe preliminar de situación antes de 2 años del inicio de actividad. Si se detectan indicios relevantes de contaminación... • Se puede requerir un informe complementario del modelo conceptual del emplazamiento y caracterización analítica básica. • Se resuelve el informe de situación.

  27. Ampliación o modificación de una actividad potencialmente contaminante • Se presentará un informe de situación de caracterización detallada. • Contenido de este informe: • Características físicas del emplazamiento. • Descripción geológica. • Descripción hidrogeológica: acuíferos, dirección de flujos, puntos de agua, mapa de isolíneas, etc. • Modelo conceptual teórico del emplazamiento. • Investigación histórica detallada. • Plan (justificado) de muestreo y análisis. • Presentación tabulada de datos. • Representación gráfica. • Análisis de laboratorio (Anexo). • Interpretación y conclusiones • Resolución positiva, si no hay indicios relevantes de contaminación.

  28. Establecimiento de otra actividad En suelo donde se desarrolló una actividad potencialmente contaminante. • Se presentará un informe de situación de caracterización analítica. • Contenido de este informe: • Características físicas del emplazamiento. • Descripción geológica. • Descripción hidrogeológica: acuíferos, dirección de flujos, puntos de agua, mapa de isolíneas, etc. • Modelo conceptual teórico del emplazamiento. • Investigación histórica detallada. • Plan (justificado) de muestreo y análisis. • Presentación tabulada de datos. • Representación gráfica. • Análisis de laboratorio (Anexo). • Interpretación y conclusiones

  29. Resolución del informe de situación con caracterización básica Si no se detectan indicios relevantes de contaminación... • Se sigue adelante en los trámites de obtención de licencia o autorización. Si se detectan indicios relevantes de contaminación... • Se puede requerir un informe complementario del modelo conceptual del emplazamiento y caracterización analítica básica. • Se resuelve el informe de situación.

  30. Cambio de calificación del suelo En la que se desarrolló una actividad potencialmente contaminante • Se presentará un informe de situación con caracterización. • Contenido de este informe: Fase I: Informe de caracterización inicial. Fase II: Informe de toma de muestras y caracterización analítica.

  31. Contenido del informe de situación con caracterización analítica (I) Fase I: Informe de caracterización inicial. • Estudio del medio físico. • Datos de análisis de aguas subterráneas y suelos. • Memoria de la gestión de residuos peligrosos • Propuesta de caracterización analítica. • Propuesta de desmantelamiento selectivo, si procede. • Propuesta de gestión de residuos, si procede. Informado favorablemente este informe, se procederá a la toma de muestras y análisis:

  32. Contenido del informe de situación con caracterización analítica (II) Fase II: Informe de toma de muestras y caracterización analítica. Si no se detectan indicios relevantes de contaminación... • Se sigue adelante en los trámites de obtención de licencia o autorización. Si se detectan indicios relevantes de contaminación... • Se puede requerir un informe complementario del modelo conceptual del emplazamiento y caracterización analítica básica. • Se resuelve el informe de situación.

  33. Cese definitivo de una actividad potencialmente contaminante • Se presentará un informe de situación de caracterización básica. • Contenido de este informe: Fase I: Informe de caracterización inicial. Fase II: Informe de toma de muestras y caracterización analítica.

  34. Contenido del informe de situación con caracterización analítica (I) Fase I: Informe de caracterización inicial. • Estudio del medio físico. • Datos de análisis de aguas subterráneas y suelos. • Memoria de la gestión de residuos peligrosos • Propuesta de caracterización analítica. • Propuesta de desmantelamiento selectivo, si procede. • Propuesta de gestión de residuos, si procede. Informado favorablemente este informe, se procederá a la toma de muestras y análisis:

  35. Contenido del informe de situación con caracterización analítica (II) Fase II: Informe de toma de muestras y caracterización analítica. Si no se detectan indicios relevantes de contaminación... • No se requieren más informes. Si se detectan indicios relevantes de contaminación... • Se puede requerir un informe complementario del modelo conceptual del emplazamiento y caracterización analítica básica. • Se resuelve el informe de situación.

  36. Resumen Establecimiento de otra actividad (diferente APC) en suelo que se desarrollo APC Actividades potencialmente contaminantes. NUEVAS Actividades Potencialmente Contaminantes (APC). ACTIVAS Informe de Situación con caracterización analítica. Enviar al S. Territorial () Ampliación o modificación sustancial de una APC A los dos años de puesta en marcha Derrames y accidentes que originen contaminación de suelos Informe Preliminar Situación (IPS) (Art 3.1 y 3.2.). Enviar al S. Territorial (La información disponible es suficiente para evaluar la problemática) (Art. 3.3.)  Contaminación de aguas subterráneas. Notificar a la administración hidráulica (art. 5) Informe Periódico de situación (IPS).(Art. 3.4.). Enviar al S. Territorial Sí se detectan indicios relevantes de contaminación No se detectan indicios relevantes de contaminación Resolución Informe complementario de caracterización analítica básica (art. 3.3.). Enviar al S. territorial Suelo no contaminado Niveles genéricos de referencia (Art. 6) Informe periódico de control y seguimiento (Art. 3.4.) Enviar al S. Territorial Resolución > NGR ó > 50 mg/kg TPH < NGR ó < 50 mg/kg TPH`s Suelo no contaminado para el uso actual Informe complementario caracterización analítica detallada (art. 3.3.) Informe de Situación con caracterización analítica. Enviar S. Territorial () Cambio de uso, o clausura Supera los NGR en 100 veces o más Análisis de riesgo (art. 4.3.) Riesgo Inaceptable. Anexo III Riesgo Aceptable Contaminación de aguas subterráneas. Notificar a la administración hidráulica (art. 5) Resolución Suelo contaminado Proyecto de descontaminación de suelos (art. 7) Control descontaminación S. Territorial Publicidad Registral (art. 8) Suelo no contaminado para el uso actual Informe de Situación con caracterización analítica. Enviar S. Territorial () Cambio de uso o clausura Suelo no contaminado Resolución Suelo recuperado

  37. Guión • Normativa. • Definiciones. • Los informes de situación: obligación de informar. • Suelo contaminado: criterios de declaración. • Procedimiento de declaración de suelo contaminado. • Publicidad registral. • Descontaminación de suelos. • Régimen sancionador. • Resumen. • Programa de apoyo a las empresas.

  38. Criterios legislativos de declaración de suelo contaminado • Si hay una valoración de riesgos y existen riesgos inaceptables para la protección de la salud humana o de los ecosistemas. (presentan alguna de las sustancias de los Anexos V y VI). • Si no hay valoración de riesgos, cuando la concentración de un contaminante excede en 100 veces el nivel genérico de referencia o atendiendo a ensayos de ecotoxicidad.

  39. Criterios técnicos de declaración de suelo contaminado • La presencia de contaminantes no es suficiente para calificar un suelo como contaminado. • Es preciso establecer máximos niveles admisibles. • Es necesario analizar factores de influencia. • Los suelos se comportan de distinta manera ante una misma cantidad de contaminante por: • Vulnerabilidad. • Poder de amortiguación. • Sensibilidad.

  40. Vulnerabilidad de suelos • pH < 5 • Bajo contenido en arcilla. • Moderado contenido en materia orgánica. • Bajo grado de saturación en bases. • Mal drenaje.

  41. Análisis de riesgos Es la probabilidad de que la contaminación de un suelo produzca efectos adversos en la salud humana y/o el medio ambiente. Riesgo = Concentración X Exposición X Toxicidad SUELO NO CONTAMINADO SUELO POTENCIALMENTE CONTAMINADO SUELO CONTAMINADO Riesgo admisible = NGR

  42. Guión • Normativa. • Definiciones. • Los informes de situación: obligación de informar. • Suelo contaminado: criterios de declaración. • Procedimiento de declaración de suelo contaminado. • Publicidad registral. • Descontaminación de suelos. • Régimen sancionador. • Resumen. • Programa de apoyo a las empresas.

  43. Procedimiento de declaración de suelo contaminado • A partir de los criterios apuntados. • Atenderá al uso del suelo. • Supone Nota Marginal en el Registro de la Propiedad. • Se notificará a la Confederación Hidrográfica. • Obliga la adopción de medidas de recuperación.

  44. Guión • Normativa. • Definiciones. • Los informes de situación: obligación de informar. • Suelo contaminado: criterios de declaración. • Procedimiento de declaración de suelo contaminado. • Publicidad registral. • Descontaminación de suelos. • Régimen sancionador. • Resumen. • Programa de apoyo a las empresas.

  45. Publicidad Registral • Nota Marginal en el Registro de la Propiedad, a iniciativa de la Consejería de Medio Ambiente. • Obligatorio hacerlo constar en las escrituras públicas de las transmisiones. • Se cancela sólo ante resolución administrativa firme de desclasificación.

  46. Guión • Normativa. • Definiciones. • Los informes de situación: obligación de informar. • Suelo contaminado: criterios de declaración. • Procedimiento de declaración de suelo contaminado. • Publicidad registral. • Descontaminación de suelos. • Régimen sancionador. • Resumen. • Programa de apoyo a las empresas.

  47. Descontaminación de suelos • Obligatorio, a partir de la declaración de suelo contaminado. • A cargo de los causantes de la contaminación. Subsidiariamente, los poseedores y propietarios no poseedores. • Contaminación residual no debe suponer riesgo para el uso previsto del suelo. • Aplicará las mejores técnicas disponibles, preferentemente in situ. • Posibles acuerdos voluntarios y convenios de colaboración. • La declaración de descontaminación exige resolución administrativa firme. • El suelo, destinado sólo a los usos autorizados.

  48. Guión • Normativa. • Definiciones. • Los informes de situación: obligación de informar. • Suelo contaminado: criterios de declaración. • Procedimiento de declaración de suelo contaminado. • Publicidad registral. • Descontaminación de suelos. • Régimen sancionador. • Resumen. • Programa de apoyo a las empresas.

  49. Régimen sancionador • Las sanciones pueden ascender a 1.200.000 euros (Ley 10/98 de residuos). • Si no se presenta informe preliminar de situación, hasta 300.000 euros.

  50. Guión • Normativa. • Definiciones. • Los informes de situación: obligación de informar. • Suelo contaminado: criterios de declaración. • Procedimiento de declaración de suelo contaminado. • Publicidad registral. • Descontaminación de suelos. • Régimen sancionador. • Resumen. • Programa de apoyo a las empresas.

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