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CAFTA - DR. Ing. Hazel Magaña de Palomares, M.A.E. TRATADO DE LIBRE COMERCIO (TLC).

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  1. CAFTA -DR Ing. Hazel Magaña de Palomares, M.A.E

  2. TRATADO DE LIBRE COMERCIO (TLC) Los TLC´s son instrumentos bilaterales o multilaterales de política exterior que los países utilizan para consolidar y ampliar el acceso de sus productos y eliminar barreras arancelarias y no arancelarias, así como establecer mecanismos de cooperación entre las partes contratantes. HMdP

  3. PRINCIPIOS BÁSICOS DE LOS TLC • Transparencia • Trato de nación más favorecida • Trato nacional HMdP

  4. OBJETIVOS DE LOS TLC • Liberalizar la totalidad de productos y servicios que se comercian entre las partes contratantes • Estimular la expansión y diversificación del comercio. • Eliminar los obstáculos al comercio. • Promover condiciones de competencia leal en la zona de libre comercio. • Aumentar las oportunidades de inversión HMdP

  5. BENEFICIOS PARA LOS EXPORTADORES • Comercio menos restrictivos: • No aplicación de medidas arbitrarias. • La mayoría de los productos gozan del 0% de arancel • Trato nacional y no discriminatorio: • A nuestros productos se le aplicará los mismos requisitos que a los del país importador o los de cualquier otro país. • Normativa jurídica segura • El Tratado es una ley para los países firmantes HMdP

  6. BENEFICIOS PARA LOS EXPORTADORES • Normativa para solucionar controversias • El tratado cuenta con un procedimientos más rápido y económico • Garantía a la inversión extranjera HMdP

  7. DR-CAFTA DR-CAFTA (Dominican Republic-Central America Free Trade Agreement, en inglés o Tratado de Libre Comercio entre República Dominicana, Centroamérica y USA, en español). En El Salvador: • Suscrito: 5 de Agosto de 2004 • Ratificación: 17 de Diciembre de 2004 • Publicación: Decreto Legislativo 555, publicado en el Diario oficial N. 17, tomo n. 366 de fecha 25 de Enero de 2005. • Vigente: 1 de Marzo de 2006 HMdP

  8. DR-CAFTA • La versión oficial de los TLC´s esta divida en: • Textos, y • Anexos. • Los textos constituyen la parte normativa, entre ellos tenemos: • Capítulo 3: Trato Nacional y Acceso de Mercancías al Mercado • Capítulo 4: Reglas de Origen y Procedimientos Aduaneros • Capítulo 6: Medidas Sanitarias y Fitosanitarias • Capítulo 7: Obstáculos Técnicos al Comercio • Capitulo 17: Ambiente • etc. HMdP

  9. BARRERAS AL COMERCIO Existen dos tipos de barreras u obstáculos que se deben considerar si vamos a exportar nuestros productos, estas son: • Medidas arancelarias, y • Medidas no arancelarias HMdP

  10. MEDIDAS ARANCELARIAS Son los aranceles o impuestos de importación de un producto. Existen dos tipos de arancel: Ad valoren: es el que se paga sobe el valor del producto Eje. un embarque de naranja vale $1000.00, si el arancel es de 5% significa que se pagará $50.00 de impuesto. Especifico: se paga por la cantidad (Lb, Kg. L, etc.) de producto que se está exportando. Eje. 1000 L de jugo de naranja pagarán $0.06/L, en este caso pagará $60.00 de impuesto. HMdP

  11. PROGRAMA DE DESGRAVACIÓN ARANCELARIA • Contiene la lista de los productos y el plan de reducción o eliminación del arancel. • La reducción del arancel puede aplicarse de las siguiente manera: • Reducción inmediata a 0% • Reducción gradual hasta llegar a 0% • Reducción gradual hasta llegar a una tasa menor. HMdP

  12. CLASIFICACIÓN ARANCELARIA • La partida arancelaria (código o número de identidad) puede estar compuesta por 6,8,10 o más dígitos. • A nivel mundial el código esta armonizado a nivel de 6 dígitos. • El Sistema Arancelario Centroamericano (SAC) está formado por 8 dígitos. http://www.sieca.org.gt/ArancelCA2002/Arancel.asp • El HTSUS: HarmonizedTariff Schedule of theUnitedStates está formado por 10 dígitos. http://www.usitc.gov/tata/hts/bychapter/index.htm HMdP

  13. EJEMPLOS Producto: BRÓCOLI FRESCO O REFRIGERADO SAC: 07041000 HTSUS: 07041020: cabezas de brócoli, entrada de junio 5 a octubre 15 07041040: cabeza de brócoli, entrada de octubre 16 a junio 4 07041060: reducida en tamaño de octubre 16 a junio 4 Producto: FRIJOL NEGRO SAC: 07133310 HTSUS: 07133320: entrando de mayo 1 a agosto 31 07133340: entrando de sept 1 a abril 30 HMdP

  14. MEDIDAS NO ARANCELARIAS Son los requerimientos que los productos y servicios deben cumplir. Estos son: Reglas de Origen y Procedimientos Aduaneros • En el tratado se establecen las normas de origen que deben cumplir un producto para gozar de un arancel preferencial. • Además establece los procedimientos aduaneros que se aplican entre los países miembros para determinar el origen y que las autoridades de aduanas y comercio exterior puedan certificar el origen de las mercancías HMdP

  15. MÉTODOS PARA DETERMINAR ORIGEN DEL PRODUCTOS • Método 1: Cambio de clasificación arancelaria o partida. Consiste el producto terminado debe estar clasificado en una partida diferente a la de la materia prima, Ej. Harina y trigo. • Método 2: Valor de contenido regional. Cuando para producir utilizamos materias primas o insumos nacionales o de otros países que integran el tratado. HMdP

  16. MEDIDAS SANITARIAS Y FITOSANITARIAS • Es un acuerdo destinado especialmente a las normas sobre inocuidad de los alimentos, protección de los animales y preservación de los vegetales. • El Acuerdo autoriza a los países a que establezcan sus propias normas, los cuales deben estar basados en principios científicos. • Sólo se deben aplicar en la medida necesaria para proteger la salud y la vida de las personas y de los animales o para preservar los vegetales • No deben discriminar de manera arbitraria o injustificable. HMdP

  17. MEDIDAS SANITARIAS Y FITOSANITARIAS • Se deberán utilizar las normas, directrices y recomendaciones internacionales, cuando existan. • Se pueden establecer medidas más rigurosas que se basen en una evaluación apropiada de los riesgos , siempre que el criterio sea coherente y no arbitrario. • Pueden utilizarse normas y métodos equivalentes. • Los gobiernos deben realizar notificaciones previas de las medidas que adopten, salvo emergencias. HMdP

  18. NORMAS INTERNACIONALES • Para alimentos: Comisión del CodexAlimentarius FAO/OMS • Sanidad animal: Oficina Internacional de Epizootias. • Preservación de los vegetales: Secretaria de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria de la FAO. • NORMAS ISO HMdP

  19. OBSTÁCULOS TÉCNICOS AL COMERCIO • Incluye a: Las normas, los Reglamentos Técnicos (RT) y los Procedimientos de Evaluación de la Conformidad. • Se deberán utilizar las normas, directrices y recomendaciones internacionales, cuando existan. • No se elaborarán, adoptarán o aplicarán RT que tengan por objeto crear obstáculos innecesarios al comercio. • Los RT no restringirán el comercio más de lo necesario para alcanzar un objetivo legítimo. • Pueden utilizarse normas y métodos equivalentes. • Los gobiernos deben realizar notificaciones previas de las medidas que adopten, salvo emergencias. HMdP

  20. NORMA Y REGLAMENTO TÉCNICO Norma: Documentos aprobado por una institución reconocida que prevé, para un uso común y repetido, reglas directrices o características para bienes o procesos y métodos de producción conexos, y cuya observancia no es obligatoria. También puede incluir prescripciones en materia de terminología, símbolos, embalaje, marcado o etiquetado…. Reglamento Técnico Documento en el que se establecen las características de los bienes o sus procesos o métodos de producción conexos, incluidas las disposiciones administrativas aplicables y cuya observancia es obligatoria . También puede incluir prescripciones en materia de terminología, símbolos, embalaje, marcado o etiquetado… HMdP

  21. OBJETIVO LEGÍTIMO La garantía de la seguridad o la protección de la salud o la vida, humana, animal o vegetal, garantía de la seguridad o la protección del ambiente, o la prevención de las prácticas que puedan inducir a error o engaño a los consumidores, incluyendo asuntos relativos a la identificación de bienes o servicios, considerando entre otros aspectos, cuando corresponda, factores fundamentales de tipo climático, geográfico, tecnológico de infraestructura o justificación científica. HMdP

  22. EVALUACIÓN DEL RIESGO La evaluación del daño potencial que sobre la salud o la seguridad humana, animal o vegetal, o el ambiente, pudiera ocasionar algún bien o servicio comercializado entre las partes. HMdP

  23. PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD Cualquier procedimiento utilizado, directo o indirectamente, para determinar si los requerimientos pertinentes establecidos por reglamentos técnicos o normas se cumplen, incluido el muestreo, pruebas, inspección, evaluación, verificación, aseguramiento de la conformidad, acreditamiento de la conformidad, acreditamiento, certificación, registro o aprobación empleados con esos propósitos. HMdP

  24. TLC • Los textos de los Tratado e informaciones adicionales se puede consultar en la pag. Web http://www.minec.gob.sv/default.asp?id=70&mnu=70, • En la Dirección de Administración de Tratados Comerciales, Ministerio de Economía HMdP

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