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CARMI LOGISTICS

CARMI LOGISTICS. u. VENTANILLA UNICA (VUCEM). VENTANILLA UNICA.

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CARMI LOGISTICS

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Presentation Transcript


  1. CARMI LOGISTICS u VENTANILLA UNICA (VUCEM)

  2. VENTANILLA UNICA La ventanilla única es una herramienta que permite el envió de información electrónica, una sola vez, ante una única entidad, para cumplir con todos los requerimientos del comercio exterior, esto es posible a través de la simplificación, homologación y automatización de los procesos de gestión.

  3. Se elimina el uso de papel en las aduanas con este nuevo esquema de transmision de informacion en el despacho aduanero.

  4. Regla 3.1.31 OJO!!!!!!!! • Para los efectos de los artículos 36, primer párrafo, fracción I, inciso a) y II, inciso a), así como su penúltimo párrafo, 37, 80, 144, fracción III, 162, fracción VI, 169, último párrafo de la Ley, y 58, fracción III del Reglamento, el importador o exportador, deberán transmitir electrónicamente  a la autoridad aduanera a través del portal de la Ventanilla Digital  o mediante el sistema electrónico  que para tal efecto se establezca, conforme a los lineamientos que emita la ACCMA, la información en idioma español de los documentos que amparen el valor de la mercancía de comercio exterior, que se habrá de sujetar a alguno de los regímenes aduaneros definitivos o temporales, de importación o exportación, previstos en la citada Ley.

  5. Sigue la regla… • La información a que se refiere el párrafo anterior deberá ser transmitida electrónicamente previa al despacho aduanero de las mercancías y deberá contener, en su caso, los siguientesdatos: • I. Lugar y fecha de expedición del comprobante de valor. • II. Indicar si se trata de un documento único o con subdivisiones e identificar las mismas. • III. Nombre, denominación o razón social y domicilio del destinatario de la mercancía (calle, número y/o letra exterior, número y/o letra interior, colonia o localidad, delegación o municipio, entidad federativa, país y código o zona postal).

  6. • IV. Nombre, denominación o razón social y domicilio del vendedor (calle, número y/o letra exterior, número y/o letra interior, colonia o localidad, delegación o municipio, entidad federativa, país y código o zona postal). • V. RFC (del emisor del comprobante de valor). • VI. Patente o autorización del agente aduanal, o bien, número de autorización del apoderado aduanal, que realizará el despacho de las mercancías, el cual deberá contar, en su caso, con el encargo conferido de conformidad con la legislación aplicable. • VII. RFC  de las personas que podrán consultar información transmitida del comprobante de valor. • VIII. Número de identificación del documento que ampare el valor de la mercancía.

  7. • IX. La descripción comercial detallada de las mercancías y la especificación de ellas en cuanto a clase, cantidad en unidades de comercialización, unidad de medida de comercialización de la mercancía, números de identificación, cuando éstos existan, marca, modelo, submodelo, así como los valores unitario y total del documento que ampare las mercancías contenidas en el mismo, tipo de moneda en el que se están expresando y valor en dólares. No se considerará descripción comercial detallada, cuando la misma venga en clave. • X. FIEL de la persona que presenta la información. En el caso de personas morales, adicionalmente se podrá emplear el sello digital tramitado ante el SAT, para efectos de la transmisión de la información que nos ocupa, del comprobante de valor.

  8. • XI. Tipo de Operación (Importación/Exportación), en la cual se manifestará el comprobante de valor electrónico. • Tratándose de diversos documentos que amparen el valor de la mercancía de comercio exterior, además de proporcionar la información respectiva de cada uno de ellos, se deberá transmitir electrónicamente una lista de los mismos, asignándole a cada lista un número de control consecutivo.

  9. Lo terrible… • Se considerará que se comete la infracción prevista en el artículo 184, fracción II y se impondrá la sanción que dispone el 185, fracción I, ambos de la ley, por el incumplimiento a la obligación de transmitir la citada información en el plazo establecido, considerando que se incumple con la obligación además, cuando la información transmitida sea incompleta o incorrecta, con independencia de las demás infracciones y sanciones que señalen las disposiciones jurídicas aplicables.

  10. Y el cierre… • El importador o el exportador, una vez validada la información transmitida por ellos, recibirán un acuse de referencia emitido por la Ventanilla Digital o el sistema electrónico, esto es, el “e-document”, mismo que se habrá de declarar en el pedimento, sin que en estos casos sea necesario acompañar al mismo el comprobante de valor respectivo (factura u otro); y correspondiendo la rectificación de los datos trasmitidos conforme a lo dispuesto en las normas jurídicas aplicables, la cual se podrá llevar a cabo por el importador, exportador, o bien, por el agente o apoderado aduanal, siempre que en este último caso, se haya transmitido inicialmente conforme a la fracción VI de la presente regla, el número de la patente o autorización del agente o apoderado aduanal que realiza la rectificación empleando al efecto su FIEL.

  11. Fin de la regla. • En el caso de que, a fin de aplicar algún beneficio o derecho dispuesto en tratados o acuerdos internacionales de los que México sea Parte o previsto en algún ordenamiento jurídico, se requiera incluir en el comprobante de valor una declaración bajo protesta del importador o del exportador, señalando que el bien o bienes de que se trate califican como originarios, la misma se asentará en la transmisión electrónica que se efectúe, en el apartado que al efecto se establece, cumpliendo con las demás formalidades aplicables al caso según el tratado respectivo.

  12. Para recordar… • 3.1.31 • Infracción, articulo 184 Fracción II • Sanción, articulo 185 fracción I

  13. Sanción: $2,049.00a$3,073.00 en caso de omisión…

  14. Importante • FIEL, quien firme con ella no será el facultado para dar de alta a usuarios o capturista privado y receptores de notificaciones sino el ADMINISTRADOR DE USUARIOS este debe ser registrado como persona moral con FIEL en la VU

  15. ES obligatoria OFICIALMENTE • A partir del 01 de junio de 2012. A pesar de las dudas o incertidumbres que este esquema genera, no se debe alcanzar al importador o exportador, quien solo debió definir la forma de transmitir sus documentos. SOLAMENTE ESO.

  16. QUE ACTIVIDADES PODRAN REALIZARSE EN LA VENTANILLA DIGITAL • Llevar a cabo TRAMITES relacionados con importaciones, exportaciones y tránsito de mercancías, incluyendo las regulaciones y restricciones no arancelarias; • Consultar información sobre los procedimientos, así como las notificaciones que se deriven de dichos trámites, y • Efectuar pagos electrónicos de las contribuciones en su momento.

  17. BENEFICIOS • Entrega de información electrónica en un solo punto de contacto. • Atención permanente desde cualquier lugar. • Reducción de tiempos y costos. • Mejora logística. Una aduana sin papel permitirá agilizar la liberación de mercancías y hará más eficiente la cadena logística. • Combate a la corrupción. • Aumento de la certidumbre jurídica. • Eliminación de formatos en papel. La información digital substituye el uso de papel. • Mejora la seguridad de la información. Mediante el uso de tecnologías de información evita el daño o pérdida de datos, aun en casos de desastre.

  18. Beneficios Palpables 1º PARA EL SAT, evita digitalizar todos los documentos que hasta ahora tienen en papel. 2º PARA EL SAT, fiscalizara al contribuyente desde la captura de la información. 3º IMPORTADOR – EXPORTADOR & AGENTE ADUANAL, agilizaran tiempos reales en despacho.

  19. Obligación continuada • El IMPORTADOR / EXPORTADOR & AGENTE ADUANAL continua con la obligación de mantener en su contabilidad los expedientes de tramite por el lapso de 5 años .

  20. Que documentos acompañamos a un embarque con despacho en VUCEM? Los mismos que actualmente requiere el despacho de conformidad con el articulo 36 de la Ley Aduanera. QUE CAMBIA??????... la forma de entrega

  21. Forma de entrega Se entregan digitalizados los documentos: COVE. Se refiere solo al documento que comprueba el valor de las mercancias. DIGITALIZACION.El resto de los documentos.

  22. COVE. Que es? La digitalización del documento que muestra el VALOR DE LAS MERCANCIAS. Una factura puede generar un COVE, pero un COVE no necesariamente deriva de una FACTURA.

  23. COVE La autoridad aduanera ha sostenido una estrategia contra la subvaluación y se apoya el uso del COVE para lograr información electrónica del valor referido de todas las mercancías para su monitoreo y estudio.

  24. Delego funciones? 1. Para Tramites Gubernamentales (tramite Ordinario de la Fiel) 2. Uso en impuestos internos ISR, IETU, ETC… (tramite ordinario del a FIEL) 3. Para DESPACHO ADUANERO (SE INCORPORA) VENTANILLA DIGITAL DE COMERCIO EXTERIOR (se delegan funciones por medio de los sellos digitales amparados por la FIEL.)

  25. DELEGO a través de la FIEL • 1. VUCEM, delegamos para TRAMITES; COVE Y DIGITALIZACION. • 2. COVE, delegamos para COVE Y DIGITALIZACION. NO TRAMITES. • 3. CAPTURISTA, no se delega solo se consulta y captura sin firma y sin responsabilidad.

  26. Por que delego? Por que: 1. CARMI es especialista y conocemos el proceso informático y con carácter relevante el aduanero. 2. CARMI cuenta con personal para auxilio y estamos en las ADUANAS. 3. CARMI es una empresa responsable. 4. CARMI es la agencia aduanal de tu preferencia.

  27. Delego por que… 5. CARMI conoce el proceso para cargar la información al sistema de VUCEM. 6. CARMI entendemos el proceso aduanal y somos capaces de calificar los documentos.

  28. Que opciones tengo con CARMI? • Esquema 1) SI nos proporcionaron los Sellos Digitales (expedidos de su FIEL), CARMI realizará su operación completa y dará el servicio, firmando a su nombre los documentos de: • -       Facturas Comerciales (COVES) y -       Documentos Digitalizados ESTE ES EL ESQUEMA MAS COMPLETO

  29. ESQUEMA 2 CARMIINTERMEDIO • Esquema 2)No nos proporciono los Sellos Digitales:-      Ejecutivo de CARMI Captura las Facturas Comerciales (en Sistema CARMI), -      Ejecutivo de CARMI Digitaliza los Documentos (en Portal de VUCEM), -      Para Firmar las Facturas Comerciales, usted entra a nuestro portal de CARMI y Firma cada una de las Facturas. • -       Para Firmar los Documentos Digitalizados, usted entra al portal de VUCEM y Firma cada documento Digitalizado, • -       Por cada Factura Comercial y Documento Digitalizado que firma, usted recibe un Acuse, mismo que se envía a el Ejecutivo de CARMI para que los declare en el pedimento. ESTE ES EL ESQUEMA INTERMEDIO

  30. ESQUEMA 3 CARMIBASICO • Esquema 3) Si no nos proporciono Sellos Digitales, el procedimiento de trabajo es similar al Esquema 2, solo con una variante: • -       Usted captura y Firma las Facturas Comerciales (en Portal de VUCEM), -       Ejecutivo de CARMI Digitaliza los Documentos (en Portal de VUCEM), -       Para Firmar los Documentos Digitalizados, usted entra al portal de VUCEM y Firma cada Documento Digitalizado, • -       Por cada Factura Comercial y Documento Digitalizado que firme, usted recibe un Acuse, mismo que debe enviarle a su ejecutivo de CARMI para que lo ligue al pedimento. ESTE ES EL ESQUEMA BASICO

  31. COORDINACIÓN INTERSECRETARIAL • Secretaria de Hacienda y Crédito Público. • Secretaría de Economía. • Secretaría de la Función Pública. • Secretaría de Salud. • Secretaría Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. • Secretaría de la Defensa Nacional. • Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales. • Secretaría de Educación Pública. • Secretaría de Energía.

  32. TRAMITES Y REQUISITOS La implementación de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior se desarrollaria en tres etapas, para lo cual las diferentes autoridades competentes en materia de comercio exterior que la integren adoptarán una arquitectura de redes informáticas abiertas, compatibles e interoperables, conforme a las mejores prácticas internacionales en la materia. En cada una de las tres etapas a que se refiere el párrafo anterior se incorporará y compartirá progresivamente la información pertinente en términos de las disposiciones aplicables, que se encuentre en poder de las autoridades competentes en materia de comercio exterior, a más tardar en las siguientes fechas: Etapa 1: SE y AGA, al 30 de septiembre de 2011; Etapa 2: SEDENA, SEMARNAT, SAGARPA y SALUD, al 30 de enero de 2012, y Etapa 3: SENER y SEP, al 30 de junio de 2012.

  33. DONACIONES DEPOSITO FISCAL EXTRACCION POR CONDUCTO IMPORTACIO Y EXPORTACION AGA REGISTROS SERVICIOS INSCRIPCION DE EMPRESASA CERIFICADAS ALMACENAMIENTO EN DEPOSITOS FISCALES MANEJO, ALMACENAJE Y CUSTODIA PROCEDIMIENTO REVISION DE ORIGEN IMPORTACION TEMPORAL MANIOBRAS EN RECINTO FISCAL

  34. Reforcemos la figura del CAPTURISTAS • Deben estar dados de alta como personas FISICAS, pueden ser dependientes del A.A., conoce y entiende procesos. • No es fácil su trabajo, requiere de concentración y conocimiento.

  35. Reforcemos que es el Sello digital • Es para realizar tramites en la ventanilla, su administración es responsabilidad de la persona moral, con el sello de acceso a la VUCEM, su poseedor es el responsable de la información que se proporciona.

  36. Generalidades del Sello - Su designación la hace el titular de la FIEL - No se habilitan entre si - No son asignados a personas morales, solo a personas físicas y ante el SAT sus actos son responsabilidad del titular de la FIEL - Su VIGENCIA es de 2 años , va con el calendario de la FIEL.

  37. Proceso en la VU • 1. ingresar con la FIEL, registrar las operaciones. • 2. Enviar información para revisión y autorización. • 3. Calculo de impuestos y pago desde cuenta bancaria (en su caso). • 4.Presentacion del formato. Verificación en tableta.

  38. Pago de Impuestos??? DTA, IGI, IVA, en general impuestos de comercio exterior NO SE PAGAN EN VU, siguen pagándose en pedimento, solo se paga algún tramite en cuanto las dependencias en su totalidad estén incorporadas.

  39. Quienes????? • Persona moral o física para firmar los tramites. • Persona para oir y recibir notificaciones. • Accionista o socio.

  40. Diferentes actividades a una persona • Capturista privado y persona para oir y recibir notificaciones si puede ser la misma persona.

  41. Tramites SIN FIEL • COPIAS CERTIFICADAS • CAAT (Código Alfanumérico del Transportista).

  42. Digitalización. • Es el almacenamiento de documentos en RED. • Busca la eliminación de papel. • Estarán vigentes 90 días en tanto se “ligan” a un pedimento y posteriormente hasta en tanto la FIEL exista.

  43. Recordemos que el COVE Sistema que valida y recibe de manera anticipada, la información de los documentos que comprueban el VALOR, e información de remesas en el caso de consolidados.

  44. En virtuales se hace COVE?? • NO

  45. COVE y E-DOCUMENT es igual? • NO • COVE es el certificado de valor • E-Document es la constancia de la certificación de valor

  46. Rectificación de valores? • OJO la L.A. actualmente si lo permite • La VU NO en esta fase • Posteriormente, el procedimiento será 1. Transmitir el correcto, 2. el A.A. rectifica valor, declarando COVE correcto, 3.El VOCE (Validador) lo “permitirá” antes o después de su cruce

  47. Que CANTIDADES declaro? • NO SON CANTIDADES, SON VALORES: • VALOR UNITARIO EN PESOS • VALOR TOTAL EN PESOS • VALOR TOTAL EN DOLARES

  48. Tipo de cambio. CUAL USO??? • EL VIGENTE AL MOMENTO DEL ENVIO DEL COVE

  49. INCREMENTABLES? • NO se agregan incrementables

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