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    1. CEAD JOS ACEVEDO Y GMEZ DERECHOS DE AUTOR PLAGIO EN REA ACADMICA 25 Febrero de 2011 Bogot D. C.

    2. Es decir son creaciones de la mente: las invenciones, las obras literarias y artsticas, los smbolos, los nombres, las imgenes y los dibujos y modelos utilizados en el comercio.Es decir son creaciones de la mente: las invenciones, las obras literarias y artsticas, los smbolos, los nombres, las imgenes y los dibujos y modelos utilizados en el comercio.

    3. QUE COMPRENDE? El derecho de autor y los derechos conexos. La propiedad industrial Las nuevas variedades vegetales. (Decreto 533 de1994 Por el cual se reglamenta el Rgimen Comn de Derechos de los Obtentores de Variedades Vegetales.) propiedad industrial: que comprende la proteccin de los signos distintivos, de las nuevas creaciones, los circuitos integrados, los secretos industriales (registro de marcas y patentes). Derechos conexos son las expresiones de los derechos de los artistas, intrpretes y organismos de radiodifusin. Variedades vegetales es cuando una persona podr ser un cultivador, un agricultor una compaa o un cientfico, o cualquier persona una variedad vegetal mediante tcnicas de fitomejoramiento que es el descubrimiento o la creacin de una variacin gentica en una especie vegetal.propiedad industrial: que comprende la proteccin de los signos distintivos, de las nuevas creaciones, los circuitos integrados, los secretos industriales (registro de marcas y patentes). Derechos conexos son las expresiones de los derechos de los artistas, intrpretes y organismos de radiodifusin. Variedades vegetales es cuando una persona podr ser un cultivador, un agricultor una compaa o un cientfico, o cualquier persona una variedad vegetal mediante tcnicas de fitomejoramiento que es el descubrimiento o la creacin de una variacin gentica en una especie vegetal.

    4. DERECHO DE AUTOR Es un conjunto de normas encaminado a proteger a los autores y a los titulares de obras, entendindose por tal "la expresin personal de la inteligencia que desarrolla un pensamiento que se manifiesta bajo una forma perceptible, tiene originalidad o individualidad suficiente, y es apta para ser difundida y reproducida" (sentencia C - 276 de 1996). Clases: Derechos morales es el vnculo que se genera entre el autor y su obra. Son perpetuos, inalienables, inem-bargables, intransferibles e irrenunciables. No pueden ser vendidos ni transferidos. Derechos patrimoniales le permiten al autor, o a cualquier otra persona na tural o jurdica que haya adquirido los derechos de autor, un control sobre su obra y benefi ciarse en trminos econmicos o pecuniarios por permitir su utilizacin o explotacin. Ejm Renunciable, pues a diferencia de lo que ocurre con los derechos morales, el autor puede prescindir de estos (retribucin econmica). - Independiente, ya que cada una de las formas de explotacin debe ser expresamente autorizada por el titular de los derechos. Clases: Derechos morales es el vnculo que se genera entre el autor y su obra. Son perpetuos, inalienables, inem-bargables, intransferibles e irrenunciables. No pueden ser vendidos ni transferidos. Derechos patrimoniales le permiten al autor, o a cualquier otra persona na tural o jurdica que haya adquirido los derechos de autor, un control sobre su obra y benefi ciarse en trminos econmicos o pecuniarios por permitir su utilizacin o explotacin. Ejm Renunciable, pues a diferencia de lo que ocurre con los derechos morales, el autor puede prescindir de estos (retribucin econmica). - Independiente, ya que cada una de las formas de explotacin debe ser expresamente autorizada por el titular de los derechos.

    5. NORMATIVIDAD Marco Constitucional Art. 61.- El Estado proteger la propiedad intelectual por el tiempo y mediante las formalidades que establezca la ley. Decisin Andina 351 de 1993 Rgimen Comn sobre Derechos de Autor y Derechos Conexos. Cdigo Civil, Artculo 671. Las producciones del talento o del ingenio son una propiedad de sus autores. Esta especie de propiedad se regular por leyes especiales. Decisin Andina y marco constitucional tiene por objeto la proteccin a la obra intelectual, que debe ser original, con caractersticas propias que la hagan diferente; lo que se protege es la individualidad, originalidad y estilo propio del autor para manifestar sus ideas. Decisin Andina y marco constitucional tiene por objeto la proteccin a la obra intelectual, que debe ser original, con caractersticas propias que la hagan diferente; lo que se protege es la individualidad, originalidad y estilo propio del autor para manifestar sus ideas.

    6. NORMATIVIDAD Ley 23 de 1982 sobre derechos de autor. Ley 44 de 1993 por la cual se modifica y adiciona la ley 23 de 1982 y se modifica la ley 29 de 1944. ARTCULO 1o.Los empleados y funcionarios pblicos que sean autores de obras protegidas por el Derecho de Autor, podrn disponer contractualmente de ellas con cualquiera entidad de derecho pblico. La ley 29 de 1944 trata sobre las disposiciones de la prensa, calidad director, aparecen multas y otros aspectos., Una de las adiciones en las dispociones generales fue que le do la facultad a los servidores pblicos de disponer contractualmente de sus obras como lo seala el artculo. La ley 29 de 1944 trata sobre las disposiciones de la prensa, calidad director, aparecen multas y otros aspectos., Una de las adiciones en las dispociones generales fue que le do la facultad a los servidores pblicos de disponer contractualmente de sus obras como lo seala el artculo.

    7. Normatividad Decreto 1360 de 1989 Por el cual se reglamenta la inscripcin del soporte lgico (software) en el Registro Nacional del Derecho de Autor. Decreto 460 de 1995 Por el cual se reglamenta el Registro Nacional del Derecho de Autor y se regula el Depsito Legal. Decreto 162 de 1996 "Por el cual se reglamenta la Decisin Andina 351de 1993 y la Ley 44 de 1993, en relacin con las Sociedades de Gestin Colectiva de Derecho de Autor o de Derechos Conexos".. Registro Nal tiene como finalidad es la de brindarle a los titulares del derecho autor y derechos conexos un medio de prueba y de publicidad a sus derechos as como a los actos y contratos. Depsito Legal la obligacin que se le impone a todo editor de obras impresas, con el propsito de guardar memoria de la produccin literaria, audiovisual y fonogrfica y acrecentar el patrimonio cultural. Sociedades de gestin colectiva asociacin formada principalmente por creadores y/o artistas para ayudarse entre s a administrar la reproduccin de sus obras ejemplo CEDER, que es la sociedad de gestin colectiva en Colombia que asocia a los autores y editores. Registro Nal tiene como finalidad es la de brindarle a los titulares del derecho autor y derechos conexos un medio de prueba y de publicidad a sus derechos as como a los actos y contratos. Depsito Legal la obligacin que se le impone a todo editor de obras impresas, con el propsito de guardar memoria de la produccin literaria, audiovisual y fonogrfica y acrecentar el patrimonio cultural. Sociedades de gestin colectiva asociacin formada principalmente por creadores y/o artistas para ayudarse entre s a administrar la reproduccin de sus obras ejemplo CEDER, que es la sociedad de gestin colectiva en Colombia que asocia a los autores y editores.

    8. Normatividad Ley 603 de 2000 Por la cual se modifica el artculo 47 de la Ley 222 de 1.995. Artculo 2o. Las autoridades tributarias colombianas podrn verificar el estado de cumplimiento de las normas sobre derechos de autor por parte de las sociedades para impedir que, a travs de su violacin, tambin se evadan tributos. Ley 222 se trata del cdigo de comercio. Sobre el informe de gestin, pues el caso de que utilicen obras de diferentes autores.Ley 222 se trata del cdigo de comercio. Sobre el informe de gestin, pues el caso de que utilicen obras de diferentes autores.

    9. ACTOS ADMINISTRATIVOS UNAD Consejo Superior Universitario mediante Acuerdo No. 006 del 26 de agosto de 2008, adopt el Estatuto de Propiedad Intelectual de la UNAD. Trabajos de Grado artculo 38. Resolucin No. 2946 de 2009 Por la cual se reglamenta los Derechos de Autor y la Propiedad Industrial en la Universidad Nacional Abierta y a Distancia UNAD. Trabajos de grado se encuentran en los artculos 6 7 y ss. Seala la resolucin como por ejemplo Los derechos patrimoniales que se desprenden de aquellas obras realizadas por los servidores pblicos de la UNAD en cumplimiento de sus funciones, sern de propiedad de la Universidad, es decir que ser la UNAD quien detente los derechos patrimoniales. En todo caso quienes infrinjan las normas sern objeto de las sanciones previstas en el ordenamiento jurdico disciplinario y penal.Seala la resolucin como por ejemplo Los derechos patrimoniales que se desprenden de aquellas obras realizadas por los servidores pblicos de la UNAD en cumplimiento de sus funciones, sern de propiedad de la Universidad, es decir que ser la UNAD quien detente los derechos patrimoniales. En todo caso quienes infrinjan las normas sern objeto de las sanciones previstas en el ordenamiento jurdico disciplinario y penal.

    10. TRABAJO DE GRADO Circular N 06 del 15 de abril de 2002 de la Dir. Nal de Derechos de Autor ha sealado: As, los derechos de autor sobre una obra literaria o artstica, como lo sera un trabajo de grado, son de la persona que la realiz, quien la elabor imprimiendo todo su ingenio e inteligencia. Es su expresin la que queda plasmada en lo producido, siendo por lo tanto el titular de los derechos morales y patrimoniales de la creacin. En consecuencia, si la obra es realizada por un estudiante, ser l, a la luz de la legislacin vigente en materia de derecho de autor, el titular de todas las prerrogativas y facultades que la misma concede.

    11. TRABAJO DE GRADO Circular N 06 del 15 de abril de 2002 de la Dir. Nal de Derechos de Autor ha sealado: En consideracin a ello, el autor nico y exclusivo ser el estudiante que organiz, recaud y plasm toda la informacin recopilada, incluidas las directrices e ideas planteadas por el director; as, cuando ste proporciona y presenta diferentes opciones al estudiante o corrige dicho trabajo, no hace otra cosa que cumplir con una obligacin que le ha encomendado la institucin de educacin superior a la cual pertenece, sin realizar ninguna expresin literaria o artstica. 1) El director de un trabajo de grado se le encomienda la tarea de brindar orientaciones o recomendaciones a uno o los es su labor se concreta a sealar parmetros de investigacin que inspiren al estudiante a preparar finalmente su trabajo de grado. Es as que el autor de la tesis de grado es la persona que expresa y plasma sus ideas en la tesis. le 2)Hay que sealar que el artculo 6 de la Ley 23 de 1982 y 7 de la Decisin Andina 351 de 1993, consagran el principio universal de la no proteccin de las ideas. Por lo tanto, an cuando el director realiza una valiosa labor de apoyo al aportar ideas, dicha contribucin no est protegida por el derecho de autor1) El director de un trabajo de grado se le encomienda la tarea de brindar orientaciones o recomendaciones a uno o los es su labor se concreta a sealar parmetros de investigacin que inspiren al estudiante a preparar finalmente su trabajo de grado. Es as que el autor de la tesis de grado es la persona que expresa y plasma sus ideas en la tesis. le 2)Hay que sealar que el artculo 6 de la Ley 23 de 1982 y 7 de la Decisin Andina 351 de 1993, consagran el principio universal de la no proteccin de las ideas. Por lo tanto, an cuando el director realiza una valiosa labor de apoyo al aportar ideas, dicha contribucin no est protegida por el derecho de autor

    12. PLAGIAR Definicin La accin de plagiar viene del latn plagiare, que traduce "Copiar en lo sustancial obras ajenas, dndolas como propias", segn lo define la Real Academia Espaola plagiar, se refera a una prctica "entre los antiguos romanos" para "utilizar un siervo ajeno como si fuera propio ", de algn modo el significado actual es una metfora porque plagiar es el acto de utilizar las ideas de otros como si fueran propias. En la prctica textual el plagio abarca desde tomar una frase, un prrafo o todo un documento sin ponerlo entre comillas y sin citar la fuente. plagiar, se refera a una prctica "entre los antiguos romanos" para "utilizar un siervo ajeno como si fuera propio ", de algn modo el significado actual es una metfora porque plagiar es el acto de utilizar las ideas de otros como si fueran propias. En la prctica textual el plagio abarca desde tomar una frase, un prrafo o todo un documento sin ponerlo entre comillas y sin citar la fuente.

    13. CONSECUENCIAS JURIDICAS Ley 599 de 2000 (Cdigo Penal Colombiano), Ttulo VIII artculos de 270 al 272 con sus respectivas modificaciones. Art. 270. (Modificado por el artculo 14 de la Ley 890 de 2004). VIOLACION A LOS DERECHOS MORALES DE AUTOR Incurrir en prisin de treinta y dos (32) a noventa (90) meses y multa de veinte seis punto sesenta y seis (26.66) a trescientos (300) salarios mnimos legales mensuales vigentes quien : 3. Por cualquier medio o procedimiento compendie, mutile o transforme, sin autorizacin previa o expresa de su titular, una obra de carcter literario, artstico, cientfico, audiovisual o fonograma, programa de ordenador o soporte lgico. Es un punto de referencia, derechos patrimoniales aqu es cuando sin permiso expreso del autor se utiliza una obra. No hay que olvidar la ley 734 de 2002 deberes del artculo 34 Cumplir y hacer que se cumplan los deberes contenidos enla Constitucin, las leyes, los decretos, los estatutos de la entidad, y los reglamentosEs un punto de referencia, derechos patrimoniales aqu es cuando sin permiso expreso del autor se utiliza una obra. No hay que olvidar la ley 734 de 2002 deberes del artculo 34 Cumplir y hacer que se cumplan los deberes contenidos enla Constitucin, las leyes, los decretos, los estatutos de la entidad, y los reglamentos

    14. SANCIONES INTERNAS Acuerdo No. 006 del 2008 Artculo 10. SANCIONES: quien llegare a violar algn derecho de Propiedad Intelectual, bien sea de un miembro de la comunidad universitaria, o de un tercero particular, estar adems sujeto a las acciones civiles, penales y administrativas a que haya lugar ante la justicia ordinaria, todo de conformidad con las normas sustanciales y procedimentales vigentes. Resolucin No. 2946 de 2009 Artculo 16 Pargrafo: En todo caso quienes infrinjan las normas sern objeto de las sanciones previstas en el ordenamiento jurdico disciplinario y penal. Aplica tanto para los servidores pblicos como estudiantes. Es decir afrontar las indemnizaciones por daos y perjuicios que surjan de cualquier tipo de accin administrativa, civil o penal.Aplica tanto para los servidores pblicos como estudiantes. Es decir afrontar las indemnizaciones por daos y perjuicios que surjan de cualquier tipo de accin administrativa, civil o penal.

    15. REGLAMENTO GENERAL ESTUDIANTIL Artculo 69. Deberes. Son deberes del estudiante: j) Preservar y respetar la autora intelectual que se derive de las actividades acadmicas y de investigacin. () l) No cometer fraudes, engaos, ni actos que atenten contra la moral, las buenas costumbres ni contra el normal funcionamiento acadmico o administrativo de la institucin. Sanciones disiciplinaria de universidades cuando se presenta fraude academico Corte Constitucional, Sala Primera de Revisin, Sentencia del 4 de abril de 2006, T-264-06 Corte Constitucional, Sala Primera de Revisin, Sentencia de 4 de abril de 2006, T-263-06 Sanciones disiciplinaria de universidades cuando se presenta fraude academico Corte Constitucional, Sala Primera de Revisin, Sentencia del 4 de abril de 2006, T-264-06 Corte Constitucional, Sala Primera de Revisin, Sentencia de 4 de abril de 2006, T-263-06

    16. REGLAMENTO GENERAL ESTUDIANTIL Artculo 76. Faltas de los estudiantes. Se consideran faltas de los estudiantes, entre otras: El incumplimiento de los deberes de los estudiantes establecidos en el presente reglamento que afecten el normal desarrollo de la actividad universitaria. () f) Hacer fraude en cualquiera de las pruebas o actividades acadmicas. () h) Desobedecer, con intencin manifiesta, los preceptos de este reglamento Fraude cualquier comportamiento o prctica ilcita empleada para obtener una nota o alcanzar un objetivo en el desarrollo de una actividad acadmica, que vaya en contra de las normas, reglamentos y procesos pedaggicos que la UNAD establece y que atenta contra la integridad intelectual y moral, por lo que se constituye en una falta disciplinaria sancionable. Fraude cualquier comportamiento o prctica ilcita empleada para obtener una nota o alcanzar un objetivo en el desarrollo de una actividad acadmica, que vaya en contra de las normas, reglamentos y procesos pedaggicos que la UNAD establece y que atenta contra la integridad intelectual y moral, por lo que se constituye en una falta disciplinaria sancionable.

    17. RECOMENDACIONES Verificar que se citan las fuentes (Bibliografa) de acuerdo con las normas ICONTEC y APA Parafrasear Los textos de digitales, internet estilo de cita de la Asociacin Psicolgica Americana = APA ejm se coloca la cita del autor en arial 10 y el anlisis individual va en arial 12 (opinin) parafrasear no es simplemente cambiar superficialmente el texto (algunas palabras por otras sinnimas o alterar su orden). Es leer el original, comprender lo que el autor dice, sintetizar la informacin y entonces escribirla con nuestras propias palabras. Aunque utilicemos nuestras propias palabras, la idea no es nuestra y debemos citar al autor de la misma.estilo de cita de la Asociacin Psicolgica Americana = APA ejm se coloca la cita del autor en arial 10 y el anlisis individual va en arial 12 (opinin) parafrasear no es simplemente cambiar superficialmente el texto (algunas palabras por otras sinnimas o alterar su orden). Es leer el original, comprender lo que el autor dice, sintetizar la informacin y entonces escribirla con nuestras propias palabras. Aunque utilicemos nuestras propias palabras, la idea no es nuestra y debemos citar al autor de la misma.

    18. IDENTIFICAR EL PLAGIO Pginas de Internet: www.plagiarism.org www.copyscape.com www.mydropbox.com www.webconfs.com Herramientas que permiten determinar el porcentaje de semejanza entre las pginas del texto presentado y establecer si hay o no plagio, cada cual tiene sus indicaciones de uso.Herramientas que permiten determinar el porcentaje de semejanza entre las pginas del texto presentado y establecer si hay o no plagio, cada cual tiene sus indicaciones de uso.

    19. CASOS COLOMBIANOS DE PLAGIO Casos difundidos por los diferentes medios de comunicacin: Gobierno Pidi La Suspensin De Notarios Implicados En Plagio De Tesis De Grado El caso fue denunciado el domingo por el peridico EL TIEMPO. El superintendente de Notariado y Registro, Orlando Garca-Herreros, anunci este lunes que la entidad les inici investigacin disciplinaria a los notarios implicados en el plagio de tesis de grado, las cuales fueron presentadas como libros inditos dentro del concurso de mritos convocado por el Gobierno en el 2007. El caso tambin llev a esa entidad a pedirles a los nominadores de los notarios (en su mayora, gobernadores) que los suspendan del cargo de manera inmediata hasta que culmine la investigacin, que lidera un equipo especial del DAS, con ayuda de la Fiscala Fecha de publicacin5 de abril de 2010 AutorUNIDAD INVESTIGATIVA u.investigativa@eltiempo.com.co

    20. F http://www.mer.cl/modulos/catalogo/IMAGENES/248/2009/06/07/0607E00601.JPG Imagen tomada del artculo de: Plagio acadmico: Flojera, deshonestidad o ignorancia? Fraudes en las aulas Prcticas viciosas y maneras de evitarlas Autor EVELYN ERLIJ Este es un documento chileno del 7 de junio de 2009. donde la autora realiza una serie de pro y contras contra el rincn del vago y monografias.com y como afirman que a pesar de que estos documentos estn quien los utilic deber resguardar y proteger la informacin. Solo si preguntan que es indemnidad Estado o situacin de quien est libre de dao o perjuicio. Es este caso la UNAD. Este es un documento chileno del 7 de junio de 2009. donde la autora realiza una serie de pro y contras contra el rincn del vago y monografias.com y como afirman que a pesar de que estos documentos estn quien los utilic deber resguardar y proteger la informacin. Solo si preguntan que es indemnidad Estado o situacin de quien est libre de dao o perjuicio. Es este caso la UNAD.

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