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Art?culo 14 bis CN. En especial, la ley establecer?: ...jubilaciones y pensiones m?viles; . Reglamentaci?n del Art. 14 bis.. Ley 14.449 (% 82.- M?vil)Ley 18.037 / 8 (Actualizaci?n por ?ndices)Ley 24.241 (AMPO)Ley 24.463 (Fijada por Ley de Presupuesto). Utilizaci?n de los ?ndices. Determinar
E N D
1. ndices de Movilidad Previsional Colegio Pblico de Abogados de la
Capital Federal
16 de Mayo de 2008
2. Artculo 14 bis CN En especial, la ley establecer:
...
jubilaciones y pensiones mviles;
3. Reglamentacin del Art. 14 bis. Ley 14.449 (% 82.- Mvil)
Ley 18.037 / 8 (Actualizacin por ndices)
Ley 24.241 (AMPO)
Ley 24.463 (Fijada por Ley de Presupuesto)
14.449 Carcter sustitutivo
- Fcticamente imposible
18.037 / 8 ndices (Inconst.)
24.241 AMPO
24.463 Por disposicin legal (Manda autoimpuesta)
No inconstitucional, salvo que no haya movilidad.14.449 Carcter sustitutivo
- Fcticamente imposible
18.037 / 8 ndices (Inconst.)
24.241 AMPO
24.463 Por disposicin legal (Manda autoimpuesta)
No inconstitucional, salvo que no haya movilidad.
4. Utilizacin de los ndices Determinar Variaciones de variables entre perodos determinados
Trasladar montos antigos a Valores Actuales
Retrotraer Montos Actuales a Valores Histricos
Movilidad Remuneraciones / Haberes
El ltimo no se usa muchoMovilidad Remuneraciones / Haberes
El ltimo no se usa mucho
5. Caracterstica de ndices Pueden ser Mensuales, Anuales o Semestrales
Suelen tener un indice General y Rubros Especficos Ejemplo IPC General y Canasta BsicaEjemplo IPC General y Canasta Bsica
6. Metodologa de Medicin Se toma como base un determinado perodo y una poblacin y cobertura geogrfica determinada.
Esto determina la Base
El ndice del perodo base toma un valor simblico (Generalmente 100)
Los sucesivos ndices reflejan las variaciones
Se expresan en Valores simblicos y no en Pesos Corrientes
7. Metodologa de Medicin
8. Indices de Salarios(Nivel General de Remuneraciones NGR) Fuente Normativa: Ley 18.037 (Arts. 49 y 53)
Base 1969 = 100
Organismo: Secretara de la Seguridad Social
Metodologa de Encuesta. Media Variaciones Generales de Salarios
Se mantuvo en Secreto hasta 1991
Se utilizaba para el clculo de la Movilidad de la Ley 18.037
Sistema de Coeficientes
Base 1969 Ley - Se sacaron los aos anteriores Anuales
CoeficientesBase 1969 Ley - Se sacaron los aos anteriores Anuales
Coeficientes
9. Fue publicado Hasta Septiembre de 1993
Jurisprudencia que lo utiliza: Snchez
Sanchez II ordena completar hasta marzo de 1995 Indices de Salarios(Nivel General de Remuneraciones NGR) Octubre de 1993 Sancin Ley 24.241
Sanchez Hasta 1995 rigi el rgimen ( Ley de Solidaridad Previsional )
Octubre de 1993 Sancin Ley 24.241
Sanchez Hasta 1995 rigi el rgimen ( Ley de Solidaridad Previsional )
10. Movilidad(Caso Snchez)
11. Marcar Anuales (Promedio)Marcar Anuales (Promedio)
13. Coeficientes Arts. 49 y 53 Ley 18037
14. Coeficientes Arts. 49 y 53 Ley 18037 Ao 1987
% 50 ms altoAo 1987
% 50 ms alto
15. Coeficientes Arts. 49 y 53 Ley 18037 Ao 1988
El dobleAo 1988
El doble
16. ndice del Pen Industrial (IPI) Organismo: Secretara de la Seguridad Social
Actualmente denominado ndice de Salarios Bsicos de la Industria y la Construccin (ISBIC)
Base 1988=100
Jurisprudencia que lo utiliza: Zagari Jos (Sala I 22-03-2006)
17. Cmara del Trabajo
Reemplazo del Nivel General de Remuneraciones (NGR) antes de 1991
Actualizacin de Remuneraciones ANSES (Resolucin 140/1995) Se actualiza a marzo de 1991 ndice del Pen Industrial (IPI) Reemplazaba al NGR cundo no se publicabaReemplazaba al NGR cundo no se publicaba
18. ndice Salarial (INDEC) CVS Fuente Normativa: Decreto 1242/2002
Base Cuatro Trimestre de 2001 = 100
Se comienza a publicar en 2002
Organismo INDEC / Min. Econ. / P. Economica.
Metodologa: Encuesta (% 70)
Jurisprudencia que lo Utiliza: Badaro - Cirillo Decreto de Pesificacin
Se complet el perodo 2001 2002 en el 2002
%70 Masa salarial
Decreto de Pesificacin
Se complet el perodo 2001 2002 en el 2002
%70 Masa salarial
19. Movilidad (Caso Badaro) 1995 - Sanchez1995 - Sanchez
20. Movilidad (Caso Cirillo) 1995 - Sanchez1995 - Sanchez
21. Se utiliza para calcular el CVS
Indice Salarial ? CVS
Se compone de tres Sub ndices (Sector Pblico / Sector Privado Registrado / Sector Privado No Registrado)
Incluye todos los trabajadores del pas. ndice Salarial (INDEC) - CVS El CVS es un promedio de tasa diaria
Empleados de todo el pas. Sector Nacional, Provincial.El CVS es un promedio de tasa diaria
Empleados de todo el pas. Sector Nacional, Provincial.
22. Crticas al IS y Badaro Incluye al Sector No registrado. (Se extrae de la Encuesta Permanente de Hogares) - % 19.93
Incluye Empleados que no aportan al SIJP (Pcias. Con Cajas No Transferidas)
No registrado % 19.93
No participa del SIJP
Ejemplo IPS %9.12No registrado % 19.93
No participa del SIJP
Ejemplo IPS %9.12
23. Incidencia del Trabajo no Registrado en el IS
24. Evitar la incidencia del Sector No Registrado 8.- % ms alto
142 - 1348.- % ms alto
142 - 134
25. Incidencia del Trabajo no Registrado en el IS
26. Promedio de Remuneraciones declaradas al SIJP No es un ndice tcnicamente. Se expresa en Pesos Corrientes
Se comenz a medir en julio de 1994
Organismo: Mtro. Economa Secretara de Poltica Econmica
Metodologa: Promedio Directo de las DDJJ presentadas por Empleadores. Fuente SIJP
Incluye SAC Devengado Si se puede ver el sueldo de un perodo
Misma Secretara que INDEC
SAC. Es remuneratorio. Se hacen aportes. Si se puede ver el sueldo de un perodo
Misma Secretara que INDEC
SAC. Es remuneratorio. Se hacen aportes.
27. Promedio de Remuneraciones declaradas al SIJP El SAC se divide por 12El SAC se divide por 12
28. Promedio de Remuneraciones declaradas al SIJP
29. Jurisprudencia Sirombra (%70)
Incluye a todos los trabajadores sin incluir Sector no Registrado
No incluye afiliados a Cajas no transferidas
La metodologa impide errores
Respeta la metodologa de la 24.241 Promedio de Remuneraciones declaradas al SIJP No surge de encuesta
Similar al AMPONo surge de encuesta
Similar al AMPO
30. Aporte Medio Previsional Obligatorio (AMPO) Fuente Normativa: Ley 24.241
Organismo: Secretara de la Seguridad Social
Se comienza a publicar en Febrero de 1994
No es un ndice tcnicamente
Metodologa: Se divide el total de aportes por la cantidad de aportantes
Representa una movilidad justa
Respeta la situacin presupuestaria
Unidad de Medida: Topes / Movilidad
Aumentos de prestaciones - aumento de ingreso del SIJPUnidad de Medida: Topes / Movilidad
Aumentos de prestaciones - aumento de ingreso del SIJP
31. Aporte Medio Previsional Obligatorio (AMPO) Jurisprudencia: Gonzalez Elisa. Sala I desde abril 1995 a abril de 1997
En agosto de 1997 se reemplazo por el MOPRE, fijado por resolucin.
No tuvo modificacin alguna
Mejor ndice Actual - SIJPMejor ndice Actual - SIJP
32. Movilidad (Caso Gonzalez)
33. Actualizacin del AMPO / MOPRE
34. Variaciones porcentuales en los ndices
35. Haberes Leyes 24.241 - PBU Prestacin Bsica Universal
Haber = 2.5 * AMPO ($80.-) + %1 por ao . (hasta 45)
Mnimo = $200.- Mximo $230.-
36. Haberes Leyes 24.241 Promedio Remun. Aclarar que la Res. 140/95 es del 1995Aclarar que la Res. 140/95 es del 1995
37. Promedio Remuneraciones + Rentas Presuntas
Promedio = (n + p) * W + (m + p) * R
-----------------------------------
( n + m + p ) Promedio ponderadoPromedio ponderado
38. Haberes Leyes 24.241 PC / PAP
PC = Promedio PC * %1.5 * aos hasta 1994
PAP = Promedio PAP * %1.5 * aos desde 1994
(Hasta 35 aos)
39. Resolucin 298/2008 Actualizacin de Remuneraciones Resolucin 140/1995. ISBIC hasta marzo de 1991
Coeficiente de actualizacin segn incrementos del mnimo + %10.-1.7937568 (Equivale a un incremento del %79.37)
Para perodos posteriores el coeficiente disminuye hasta llegar a 1
40. Resolucin 298/2008 Actualizacin de Remuneraciones
41. Resolucin 298/2008 Actualizacin de Remuneraciones
42. Resolucin 298/2008 Actualizacin de Remuneraciones
43. Resolucin 298/2008 Actualizacin de Remuneraciones
44. Actualizacin RemuneracionesResolucin 298/2008
45. Actualizacin Rentas AutnomosResolucin 298/2008
46. PC y PAP Res. 298/2008
47. PC y PAP Res. 298/2008
48. PBU Res. 298/2008 No tiene fundamentoNo tiene fundamento
49. PBU Canasta Bsica
50. Clculo de Haberes Res. 298/08