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LICENCIATURA EN CIENCIAS DEL TRABAJO

LICENCIATURA EN CIENCIAS DEL TRABAJO. ANÁLISIS ECONÓMICO DE LA REGULACIÓN SOCIAL. Tema 12: LA FINANCIACIÓN DEL ESTADO DEL BIENESTAR Profesor: Fco. Javier LOSCOS FERNÁNDEZ Curso 2007-2008. INGRESOS PÚBLICOS: CLASIFICACIÓN (I). ORDINARIOS : ·        Periódicos

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  1. LICENCIATURA EN CIENCIAS DEL TRABAJO ANÁLISIS ECONÓMICO DE LA REGULACIÓN SOCIAL Tema 12: LA FINANCIACIÓN DEL ESTADO DEL BIENESTAR Profesor: Fco. Javier LOSCOS FERNÁNDEZ Curso 2007-2008

  2. INGRESOS PÚBLICOS: CLASIFICACIÓN (I) ORDINARIOS: ·        Periódicos ·        No requieren autorización anual ·        No varían el patrimonio neto del sector público EXTRAORDINARIOS: ·        No periódicos ·        Requieren autorización anual ·        Reducen el patrimonio neto del sector público ·        Endeudamiento, venta de patrimonio público y señoreaje

  3. INGRESOS PÚBLICOS: CLASIFICACIÓN (II)

  4. INGRESOS TRIBUTARIOS: MODALIDADES (a. 2.2 LGT) • TASAS: son los tributos cuyo hecho imponible consiste en la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público, la prestación de servicios o la realización de actividades en régimen de derecho público que se refieran, afecten o beneficien de modo particular al obligado tributario, cuando los servicios o actividades no sean de solicitud o recepción voluntaria para los obligados tributarios o no se presten o realicen por el sector privado (art. 6 LTPP; art. 20 LRHL). (Tendrán la consideración de PRECIOS PUBLICOS las contraprestaciones pecuniarias que se satisfagan por la prestación de servicios o la realización de actividades efectuadas en régimen de Derecho público cuando, prestándose también tales servicios o actividades por el sector privado, sean de solicitud voluntaria por parte de los administrados. (art.24 LTPP; art.41 LRHL). • CONTRIBUCIONES ESPECIALES : El hecho imponible es la obtención por el obligado tributario de un beneficio o un aumento en el valor de sus bienes , como consecuencia de la realización de obras públicas o del establecimiento o ampliación de servicios públicos. • (SELIGMAN: "Contribuciones obligatorias recaudadas en proporción a los beneficios especiales derivados por la propiedad inmueble de una obra o mejoras públicas específicas emprendidas en interés general") • IMPUESTOS: Tributos exigidos sin contraprestación, cuyo hecho imponible está constituido por negocios actos o hechos que ponen de manifiesto la capacidad económica del contribuyente.

  5. ELEMENTOSDE LOS TRIBUTOS HECHO IMPONIBLE: presupuesto fijado por la Ley por el que nace la obligación tributaria (a. 20 LGT). BASE IMPONIBLE(a. 50.1 LGT): cuantificación (dineraria o no) del hecho imponible. BASE LIQUIDABLE = Base Imponible –Reducciones (a. 54 LGT) TIPO DE GRAVAMEN: cifra, coeficiente o porcentaje que se aplica a la BL para obtener la CI(a. 55 LGT). CUOTA ÍNTEGRA: Base liquidable x tipo impositivo (a. 56.1 LGT) CUOTA DIFERENCIAL: Cuota líquida – Retenciones y pagos a cuenta (a. 56.6 LGT). CUOTA LÍQUIDA: Cuota íntegra – Deducciones (a. 56.5 LGT). DEUDA TRIBUTARIA: Cuota diferencial + Sanciones y recargos (a. 58 LGT). OBLIGADOS TRIBUTARIOS (“sujeto pasivos”): Son las personas físicas o jurídicas y las entidades a las que la normativa tributaria impone el cumplimiento de obligaciones tributarias. (aa. 35-48 LGT).

  6. INGRESOS PÚBLICOS: CLASIFICACIÓN (III)

  7. IMPOSICIÓN GENERAL SOBRE EL CONSUMO: MODALIDADES MONOFÁSICOS: Sobre fabricantes Sobre mayoristas El impuesto se establece en una sola de las fases o etapas por las que pasa el bien a lo largo de su proceso de producción y distribución Sobre minoristas PLURIFÁSICOS: Impuesto múltiple “en cascada” Las empresas que aplican el impuesto cobrándolo de sus clientes de la siguiente fase de producción no recupera el impuesto que han soportado al repercutírselo sus proveedores Se establecen sobre varias o todas las fases por las que pasa un bien en su proceso de producción y distribución (proveedores de materias primas o productos semielaborados, mayoristas, minoristas, etc.) PERMITEN CONTROL CRUZADO Impuesto sobre el valor añadido: Grava el valor añadido en cada una de las fases del proceso productivo. En el caso concreto del IVA, se aplica de manera que el impuesto soportado en las compras se recupera, porque se deduce del impuesto repercutido y cobrado a los clientes.

  8. IMPUESTOS MONOFÁSICOS SOBRE EL CONSUMO: EFECTO PIRAMIDACIÓN

  9. IMP. GRAL. SOBRE EL CONSUMO:EFECTO PIRAMIDACIÓN EFECTO PIRAMIDACIÓN: Efecto de amplificación del precio que se produce como consecuencia de la aplicación demárgenes comerciales sobre precios de adquisición que incluyen impuestos procedentes de etapas anteriores. Es tanto mayor cuanto: • más lejos del consumidor se aplique el impuesto. • más etapas tenga el proceso de producción y distribución. • mayores sean los márgenes comerciales • mayor sea el tipo de gravamen.

  10. IMPUESTOS PLURIFÁSICOS SOBRE EL CONSUMO: EFECTO CASCADA

  11. IMP. GRAL. SOBRE EL CONSUMO:EFECTO CASCADA EFECTO CASCADA: Efecto de amplificación del precio que se produce como consecuencia de la aplicación del tipo impositivo sobre bases ya gravadas que incluyen impuestos procedentes de etapas anteriores. Es tanto mayor cuanto: • más lejos del consumidor se aplique el impuesto. • más etapas tenga el proceso de producción y distribución. • mayor sea el tipo de gravamen. • mayores sean los márgenes comerciales(los efectos piramidación y cascada se refuerzan entre sí) SÓLO ES POSIBLE EN IMPUESTOS PLURIFÁSICOS

  12. IMPUESTOS PLURIFÁSICOS SOBRE EL CONSUMO: CASCADA + PIRAMIDACIÓN

  13. IVA: SISTEMAS DE DETERMINACIÓN DE LA BASE IMPONIBLE ADICIÓN Suma de las remuneraciones de todos los factores de producción pagados por la empresa en la fase de producción (rentas y alquileres + salarios + intereses + beneficios) SUSTRACCIÓN (Base – base) Restar al valor de venta del bien que sale de la empresa, el precio de compra que pagó por los inputs empleados en su producción CRÉDITO AL IMPUESTO (Cuota – cuota) La empresa calcula el tributo aplicando el tipo impositivo al total de sus ventas y deduciendo el impuesto que pagó por sus compras durante dicho período. En sentido estricto, este método no es tanto un procedimiento para determinar la base del impuesto cuanto para calcular la cuota del mismo. Es el método más aplicado por las siguientes ventajas: • facilidad de su gestión y de control para la Administración • sencillez para la empresa

  14. EL I.V.A. TIPO CRÉDITO AL IMPUESTO: APLICACIÓN

  15. INGRESOS PÚBLICOS: CLASIFICACIÓN (IV)

  16. PROGRESIVIDAD TÉCNICA

  17. PRINCIPIOS GENERALES DE LA IMPOSICIÓN

  18. PRINCIPIOS GENERALES DE LA IMPOSICIÓN(Neumark, 1970)

  19. INCIDENCIA IMPOSITIVA INCIDENCIA LEGAL: Carga fiscal derivada directamente de la legislación impositiva. INCIDENCIA EFECTIVA: Sobre quién recaen realmente las cargas impositivas. Es el resultado del proceso de traslación. TRASLACIÓN: se produce cuando el sujeto pasivo legal de un impuesto consigue que sea un tercer agente económico el que soporte la carga del impuesto (sujeto pasivo de hecho), incrementando los precios de sus productos (traslación hacia adelante), o bien reduciendo la remuneración de los factores de producción (traslación hacia atrás). REPERCUSIÓN: se produce cuando la traslación impositiva está expresamente prevista en la ley INCIDENCIA LEGAL ≠ INCIDENCIA REAL

  20. INCIDENCIA IMPOSITIVA: EQUILIBRIO PARCIAL Ley de Dalton El impuesto será soportado en mayor medida por los agentes (oferentes o demandantes) cuyo comportamiento sea más inelástico

  21. ESQUEMA GENERAL DEL SISTEMA IMPOSITIVO ESPAÑOL

  22. Fuente: Ministerio de Economía y Hacienda (2005)

  23. REFERENCIAS • Ministerio de Economía y Hacienda (2005): Proyecto Presupuestos Generales del Estado 2006: Introducción y estructuras presupuestarias [“Libro azul”]. Madrid: Centro de Publicaciones del M.E.H. [Accesible en internet: http://www.igae.meh.es/Internet/Cln_Principal/ClnPresupuesto/PresupuestosGeneralesEst/PresupuestosGeneralesEstado/PGE2006.htm ]

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