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2a parte Historia de la Cárcel en México (Desde la Colonia hasta nuestros días)

2a parte Historia de la Cárcel en México (Desde la Colonia hasta nuestros días). La prisión durante la etapa de la Colonia.

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2a parte Historia de la Cárcel en México (Desde la Colonia hasta nuestros días)

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Presentation Transcript


  1. 2a parte Historia de la Cárcel en México (Desde la Colonia hasta nuestros días)

  2. La prisión durante la etapa de la Colonia El régimen penitenciario en el inicio de la colonia se organiza a partir de las Partidas, donde se declara que el lugar donde los presos deberán ser conducidos será la cárcel pública, no autorizándose a particulares tener puestos de prisión, detención o arresto que pudiesen constituir cárceles privadas. El objetivo fundamental de la prisión bajo los primeros difíciles años de la colonia fue garantizar la seguridad del aprisionado para evitar su fuga.

  3. La Recopilación de Leyes de los Reinos de las Indias Retoma la preocupación por el régimen carcelario. Estas leyes estuvieron inspiradas en el humanitarismo español y fueron dictadas en un intento de proteger y respetar la libertad de los indios, pero no lograron su finalidad debido a diversos factores, principalmente, la ambición de los españoles y la falta de vigilancia en su aplicación.

  4. Títulos de la Recopilación referentes a disposiciones carcelarias. Título VI De las cárceles y carceleros: 24 leyes. Título VII De las visitas de Cárcel: 17 leyes.

  5. Ley Primera, Título Sexto (expedida por Felipe II, el 2 de diciembre de 1578) se señalaba que: Mandamos que en todas las ciudades, villas y lugares de las Indias, se hagan cárceles para custodia y guarda de los delincuentes, y otros que deban estar presos, sin costa de nuestra real hacienda

  6. La Ley Segunda, Título Sexto, expedida por Carlos II, señalaba la separación por sexos en las cárceles: Los alguaciles mayores, alcaldes y carceleros tengan prevenido un aposento aparte, donde las mujeres estén presas y separadas de la comunicación de los hombres, guardando toda honestidad y recato, y las justicias lo hagan cumplir y ejecutar.

  7. Ley XI a los alcaldes y carceleros se les prevenía de Guardar bien a los presos, de forma quepor su culpa no se vaya alguno, pena de que se ejecutará en ellos la que el preso o presa mereciere

  8. Ley XVII, relativa a la prohibición a los alguaciles, escribanos, alcaldes, carceleros o cualquier otra persona de no "…quitar los vestidos y otras prendas a los presos…so pena de un ducado de oro…y en suspensión del oficio que ejerciere."

  9. Otras providencias importantes eran La existencia de capellanes en las cárceles para profesar misa (Ley III, Felipe II, del 2 de septiembre de 1593); El registro de los presos en un libro de gobierno (Ley VI, Felipe II, del 29 de abril de 1587); Mandato de tratar bien a los presos y no los injurien ni ofendan, y especialmente a los indios, de los cuales no se sirvan en ningún ministerio. (Ley IX s/f); Prohibición de juegos de azar en el interior de las cárceles, (Ley XIII s/f); Que los pobres no sean detenidos en las prisiones por costas (Ley XVI).

  10. La Ley XV que ordenaba la separación de personas de alcurnia respecto de presos comunes: "…cuando mandaren prender algún regidor o caballero, o persona honrada, señalen la carceleria conforme a la calidad y gravedad de sus personas y delitos; y guardando las leyes, los hagan poner en las cárceles públicas o casas de alguaciles, porteros o ministros, o las de ayuntamiento, y no en las galeras donde las hubiera.

  11. Otros aspectos importantes relacionados con el régimen penitenciario Se ordenó la construcción de cárceles en todas las ciudades, Se procuró el buen trato a los internos; Se prohibió a los carceleros utilizar a los indios y tratar con los presos; Se prohibió detener a los pobres por incumplimiento, en el pago de sus obligaciones, Se prohibió también quitarles sus prendas..

  12. El Tribunal de la Santa Inquisición en México

  13. En la Nueva España el Tribunal de la Santa Inquisición fue establecido el 2 de noviembre de 1571, por orden del rey de España Felipe II, El tribunal del Santo Oficio, se estableció en las actuales calles de Venezuela y Brasil. Hasta su supresión final el 10 de junio de 1820

  14. Generalidades de las causas que se han seguido en este Tribunal Santo Oficio de la Inquisición de México, (1571-1812). Causas seguidas de 1572 a 1600 110 Causas seguidas de 1600 a 1650 134 Causas seguidas de 1650 a 1700 51 Causas seguidas de 1700 a 1750 34 Causas seguidas de 1759 a 1812 54 Total de causas 383

  15. De entre los delitos seguidos con mayor frecuencia se encuentran los siguientes: Casado dos veces Fornicación (adulterio), Por solicitante de hombre (prostitución) Solicitante de mujer Proposición eróticas malsanas Hereje luterano reconciliado Judaizante Hechicero Supersticiones Blasfemias Por palabras escandalosas o mal sonantes Por decir que no había purgatorio, Por negar la adoración de las imágenes Por haber dicho que era mejore estado el del matrimonio que el de los clérigos

  16. Por idólatra Por haber dicho que no era pecado el estupro de una doncella queriendo ella Por decir misa y confesar sin ser sacerdote Por perturbador del Santo Oficio Por menospreciador Por haber mandado hacer sigilio de oro con la imagen del demonio Por haber pintado un demonio en la pierna Por ayudar a una fugar Por decir haber tenido acceso carnal con los santos Por rendir información falsa Por decir que no era pecado el masturbarse Por astrólogo Por alumbrado Por usar pellote Por zahori Por carmelita descalzo espontáneo Por fingir visiones.

  17. Establecimientos de internamiento de la Santa Inquisición • La Cárcel Secreta. En ella se mantenía a los reos incomunicados hasta en tanto no les fuera dictada la sentencia definitiva. • LaCárcel de Ropería, donde eran llevados los inculpados por diverso delitos, • La Cárcel de la Perpetua que servía para que los sentenciados extinguirán sus sentencias.

  18. El Tribunal y la Cárcel de la Acordada

  19. Fue creado en 1719, por acuerdo del Virrey Marqués de Valero, y resolución de la Real Audienciadándole amplias facultades. • Sus sentencias eran inapelables • No rendía cuentas a la Sala del Crimen • Funcionaba como un Tribunal Ambulante • Se presentaba en los pueblos acompañado de: • Escribano • Comisario • Sacerdote • Verdugo • Juzgaba sumariamente a los delincuentes • Si la sentencia era de muerte se ejecutaba sin dilación.

  20. Al ser abolido el Tribunal y la Cárcel de la Acordada quedó funcionando como prisión ordinaria o cárcel nacional, carácter con el que subsistió hasta 1862. Fecha en la que los presos fueron trasladados a la entonces nueva Cárcel de Belem.

  21. Manuel de Lardizábal y Uribe, el Beccaria mexicano, en su Discurso sobre las penas contraído a las leyes criminales de España, para facilitar su reforma (1782), se refiere a las cárceles constituidas en “escuelas de iniquidad y seminarios de hombres malos y perniciosos a la República”.

  22. La prisión durante los difíciles años de la Independencia.

  23. Circular del Ministerio del Interior, de fecha del 20 de septiembre de 1838, bajo el gobierno del General Anastacio Bustamante, establecía en su segundo párrafo que "Debe notarse que están en vigor todas aquellas leyes que, no chocando abiertamente con el sistema que rige, tampoco se encuentran derogadas expresamente por alguna otra disposición posterior, teniendo lugar esta regla con respecto de aquellas leyes que fueron dictadas en épocas remotas y bajo las diferentes formas de gobierno que ha tenido la nación."

  24. Principales proyectos de la época en materia penitenciaria: • A) El reglamento de 1814. Fue el primer ordenamiento de importancia. • Establecía el trabajo obligatorio para los presos. • El establecimiento de talleres de artes y oficios. • Se prohibía el internamiento de menores e inimputables.

  25. B) El 24 de abril de 1823 se expidió un decreto que ordenaba: • La demolición de calabozos estrechos • La limpieza y amplitud necesarias a las prisiones para conservar la salud de los detenidos. • C) El 11 de mayo de 1823 y 5 de enero de 1833 se declaró que la ejecución de las sentencias corresponde al poder ejecutivo. • D) En este mismo año se expidió un reglamento para que en la Cárcel Nacional se estableciera de manera obligatoria el trabajo para los presos en talleres de arte y oficios.

  26. E) El 27 de enero de 1840 se emitió un decretó reformando la legislación carcelario, se disponía • Que en las cárceles hubiera los departamentos necesarios para incomunicación, detenidos y sentenciados, • La obligación de desempeñar algún arte u oficio, que a la vez les produzca lo necesario para subsistir, y que inspirándoles el amor al trabajo, los aleje de la ociosidad y de los vicios.

  27. F) En el decreto de 1848 se indica que en el Distrito y Territorios Federales se establece el sistema penitenciario; • Se mandan construir edificios distintos para la detención y prisión de los acusados o indiciados, para la corrección de jóvenes delincuentes y para la reclusión de sentenciados. • Se adoptaba el sistema filadélfico, • Se instituye la obligatoriedad de la instrucción primaria para los internos, así como el trabajo para todos; • Permite la comunicación frecuente con sus familiares. • G) En este mismo año se presentó un esquema penitenciario para el Distrito Federal, en el cual se hacía una combinación con el sistema Auburn, como medio correctivo para la mayoría de los reclusos, y el de Filadelfía para los crímenes mayores.

  28. El contenido penitenciario de la Constitución de 1857 • Artículo 22. Quedan para siempre prohibidas las penas de mutilación y de infamia, la marca, los azotes, los palos, el tormento de cualquier especie, la multa excesiva, la confiscación de bienes y cualquier otras penas inusitadas o trascendente. • Artículo 23. Por lo que respecta a la abolición de la pena de muerte, ésta será hecha a condición de que el Poder Ejecutivo se encargue de establecer, en el menor tiempo posible, un régimen penitenciario.

  29. La cárcel de la Ciudad o de la Diputación

  30. La cárcel de la ciudad o de la Diputación. La cárcel fue llamada Cárcel de la Ciudad por corresponder los presos en ella a las personas sujetas a la jurisdicción de los alcaldes ordinarios. El 26 de octubre de 1835 fue suprimida la figura de los alcaldes ordinarios La cárcel subsistió: Para la detención de infractores por faltas administrativas; Para la compurgación de condenas de sentenciados por delitos menores; Prisión preventiva de los reos que habrían de ser trasladados a la Cárcel de Belem

  31. La cárcel de Belem

  32. La Cárcel de Belem estaba dividida en cuatro departamentos La sección de los hombres El patio de la Providencia destinado a separos de gente de la policía y gendarme, Sección para menores y Sección para mujeres

  33. Por decreto del 13 de diciembre de 1897, la Cárcel de Belem paso a ser la Cárcel General de la Ciudad de México. El 30 de enero de 1933 fue clausurada, después de setenta años de existencia,

  34. El Código Penal de 1871 (Antonio Martínez de Castro) • Trataba de organizar un sistema penitenciario celular • Establecer una clasificación del reo • Ordenaba el trabajo y la educación como medio para su readaptación social • Se instituía la igualdad de condiciones y derechos entre los reos. • Se señalaban obligaciones al Estado para atenderlos • Quedaban prohibidas cualquier actividad de humillación o explotación laboral de los reos. • Establecía los primeros beneficios como la libertad preparatoria por • Buena conducta • Una vez cumplidos dos tercios de la pena

  35. Con el Código Penal de Antonio Martínez de Castro adoptó el sistema penitenciario progresivo irlandés o de Croffton. • Incomunicación absoluta o parcial, diurna y/o nocturna • Celda unicelular • Trabajo e instrucción común durante el día • Permisos excepcionales para salir durante el día • Libertad preparatoria

  36. La Cárcel de Santiago Tlatelolco • Fundada en 1883, fue la prisión militar de México, • Tenía un cupo muy reducido • Estaba dividida en dos plantas: • Una para la oficialidad • Otra para la tropa • En julio de 1964, se inauguró el centro penitenciario militar, denominado Centro Militar Número 1 de Rehabilitación Social, ubicado en el Campo Militar número

  37. El Fuerte de San Juan de Ulúa(Puerto de Veracruz)

  38. El encierro en el México contemporáneo

  39. Informe sobre los trabajos del Congreso Penitenciario, E.C. Wines (Londres en 1871) • No existía un sistema penitenciario • Separación entre procesados y sentenciados. • Problemas de sobrepoblación. • Inexistencia de personal técnico penitenciario. • Los reos tenían limitaciones para escribir o recibir correspondencia. • Se carecían de escuelas y bibliotecas • No existían talleres

  40. La Penitenciaria de la ciudad de México(El Palacio Negro de Lecumberri) En este lugar donde reina la tristeza No se castiga el delito, se castiga la pobreza. Inscripción en el patio de Lecumberri.

  41. Brevísimos antecedentes • La Constitución de 1857, en su artículo 23, mandaba al Poder Administrativo establecer a la mayor brevedad posible un régimen penitenciario. • No fue sino hasta el gobierno de Porfirio Díaz cuando se formó una comisión para llevar a cabo el proyecto. • Los ingenieros, Antonio Torres Torrija, Remigio Sáyago y Francisco de P. Vera, quienes presentaron el proyecto penitenciario el 30 de diciembre de 1882. • El 9 de mayo de 1885 comenzó formalmente la construcción • Fue elegido el sistema penitenciario Irlandés, es decir, la división de la pena en cuatro períodos graduales.

  42. El edificio se terminó en 1897 Pero no pudo ser puesto en servicio porque el drenaje, de acuerdo con los planos originales, estaba trazado y conectado para verterse en el gran canal del valle, lo que hizo necesario esperar a que dicho sistema de desagüe comenzara a funcionar, Casi tres años después, motivando que su inauguración se pospusiera hasta el 29 de septiembre de 1900, fecha en la que fue solemnemente inaugurado,

  43. El edificio fue proyectado con la intención de adaptarlo al sistema panóptico, es decir con una estructura radial

  44. En el centro del edificio se levantaba la torre vijía.

  45. Modernos Talleres

  46. Sistema modelo de cocinas y panaderías

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