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El Caso Sarayaku Una lucha por la Naturaleza y los Derechos Humanos

Mario Melo. El Caso Sarayaku Una lucha por la Naturaleza y los Derechos Humanos. Ubicación Bloque 23. Territorio de Sarayaku. Derechos violados. Derecho a la propiedad Derecho a la consulta previa Derecho a la identidad cultural Derecho a la vida Derecho a la tutela judicial efectiva.

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El Caso Sarayaku Una lucha por la Naturaleza y los Derechos Humanos

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Presentation Transcript


  1. Mario Melo El Caso SarayakuUna lucha por la Naturaleza y los Derechos Humanos

  2. Ubicación Bloque 23

  3. Territorio de Sarayaku

  4. Derechos violados • Derecho a la propiedad • Derecho a la consulta previa • Derecho a la identidad cultural • Derecho a la vida • Derecho a la tutela judicial efectiva

  5. Relación del pueblo con su territorio • 150. El señor Sabino Gualinga, Yachak de Sarayaku, declaró durante la audiencia que “Sarayakues una tierra viva, es una selva viviente; ahí existen árboles y plantas medicinales, y otros tipos de seres”

  6. Kawsay Sacha o selva viviente 152. El actual Presidente de Sarayaku, José Gualinga, refirió que en esa “selva viviente” hay “ruidos y fenómenos especiales” y es la “inspiración donde, cuando estamos en esos lugares, sentimos una forma de suspiro, de emoción, y así cuando regresamos a nuestro pueblo, a la familia, nos sentimos fortalecidos”. Esos espacios “son los que nos dan la potencia, la potencialidad y la energía vital para poder sobrevivir y vivir. Y todo está entrelazado entre las lagunas, las montañas, los árboles, los seres, y también nosotros como un ser viviente exterior”.

  7. Consulta e Identidad 220. La Corte considera que la falta de consulta al Pueblo Sarayaku afectó su identidad cultural, por cuanto no cabe duda que la intervención y destrucción de su patrimonio cultural implica una falta grave al respeto debido a su identidad social y cultural, a sus costumbres, tradiciones, cosmovisión y a su modo de vivir, produciendo naturalmente gran preocupación, tristeza y sufrimientoentre los mismos.

  8. Avances • Pueblos indígenas como sujetos colectivos de derechos • El deber de consultar es un Principio de Derecho Internacional • El deber de consultar es del estado y no puede delegarlo a empresas interesadas

  9. Estándares sobre consulta • Carácter previo • Buena fe y finalidad de llegar a un acuerdo • Medios adecuados y accesible • Estudio de impacto ambiental • Debe ser informada • De acuerdo a los estándares internacionales • Regulación de los procesos de consulta debe ser hecha con participación de las propias comunidades

  10. Mapa Sísmica Bloque 23

  11. Derecho a la vida 248. …la empresa petrolera realizó, con la aquiescencia y protección del Estado, el desbroce de senderos y sembró cerca de 1400 kg. de explosivo pentolita … Por ende, ha sido un riesgo claro y comprobado, que correspondía al Estado desactivar,. … el incumplimiento de la obligación de garantizar el derecho a la propiedad comunal, permitiendo la siembra de explosivos en su territorio, ha significado la creación de una situación permanente de riesgo y amenaza para la vida e integridad personal de sus miembros.

  12. Pasivos ambientales 247. Hasta el momento, el Estado ha extraído entre 14 y 17 kgs de los 150 kgs que se encontrarían en superficie, del total de más de 1400 kg dejados en el territorio. Llama la atención que, al finalizar el contrato con la CGC, se dejara constancia de que no habían pasivos ambientales (supra párrs. 120 a 123).

  13. Una década de lucha

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