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GRACIAS POR SU AMABLE Y RESPETUOSA ATENCION

GRACIAS POR SU AMABLE Y RESPETUOSA ATENCION. VIVA EL SITRAUNAH. A 49 AÑOS DE VIDA SEGUIMOS EN LA LUCHA. ALGUNOS AVANCES EN LA NEGOCIACION DEL XV CONTRATO COLECTIVO. REDUCCION DE PERSONAL.

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GRACIAS POR SU AMABLE Y RESPETUOSA ATENCION

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  1. GRACIAS POR SU AMABLE Y RESPETUOSA ATENCION

  2. VIVA EL SITRAUNAH A 49 AÑOS DE VIDA SEGUIMOS EN LA LUCHA

  3. ALGUNOS AVANCES EN LA NEGOCIACION DEL XV CONTRATO COLECTIVO

  4. REDUCCION DE PERSONAL =CLAUSULA Nº 30.- La UNAH, en caso de reducción de personal, se obliga a seguir el siguiente orden de precedencia: a) Trabajadores nuevos no sindicalizados b) Trabajadores solteros no sindicalizados c) Trabajadores nuevos sindicalizados d) Trabajadores solteros sindicalizados e) Trabajadores sin familia menos antiguos y no sindicalizados f) Trabajadores con familia menos antiguos y no sindica­lizados g) Trabajadores con familia más antiguos y no sindica­lizados h) Trabajadores con familia más antiguos y sindicaliza­dos i) Representantes Sindicales j) Tribunal de Honor k) Miembros de las Juntas Directivas Seccionales l) Miembros de la Junta Directiva Central m) Delegados de las Seccionales al Congreso del SITRAUNAH.

  5. DEFENSA DE TRABAJADORES CLAUSULA Nº 35.- La UNAH se compromete a asumir la defensa de sus trabajadores cuando sean procesados por incidentes ocurridos durante el trabajo o fuera de él, siempre y cuando no haya dolo en el hecho que se le impute al trabajador o no se derivare de agresiones físicas a la autoridad en el cumplimiento de sus deberes. Procurará la UNAH, lograr su excarcelación y defensa, a través del Departamento Legal corriendo los gastos por cuenta de la misma, tanto y si los hechos supuestamente considerados como delitos ocurrieran dentro o fuera de la jornada de trabajo.

  6. =CLAUSULA Nº 51.- La UNAH continuarádotando al personal docente y administrativo de espacio físico; esto es suficientes cubículos y de sus respectivos mobiliarios (escritorios, sillas y armarios para guardar libros); para este efecto, la UNAH mediante un estudio que realizará dentro de los seis (6) meses siguientes a la firma de este contrato, establecerá las prioridades y, en base a éstas, el Secretaría Ejecutiva de Administración y Finanzas hará las previsiones presupuestarias correspondientes CUBICULOS PARA DOCENTES

  7. CLAUSULA Nº 52.- La UNAH, conjuntamente con el SITRAUNAH, se compromete, sesenta (60) días después de la firma del presente Contrato Colectivo, a realizar un diagnóstico para reglamentar los límites de cupos máximos y mínimos por sección de conformidad a las especificaciones del trabajo en cada campo de estudio. CUPOS POR SECCION

  8. CLAUSULA Nº 56.- La UNAH, dentro de los seis (6) meses siguientes, contados a partir de la firma del presente Contrato Colectivo se compromete a reinstalar la bodega de sustancias químicas de la Facultad de Ciencias Químicas y Farmacia y otras similares, en un lugar que reúna los requisitos mínimos de seguridad e higiene, así como dotar a los encargados de todos los implementos que la seguridad de los mismos demanda. Además, proporcionará, a los que trabajan en estos almacenes, un litro de leche diaria. SEGURIDAD EN QUIMICA

  9. SEGURIDAD EN QUIMICA Es entendido que la UNAH, para prevenir siniestros, desplazará del campus universitario y los ubicará fuera de éste, todos los reactivos químicos que en suma cantidad se encuentren y solo podrá ingresar al campus, reactivos o químicos necesarios para los laboratorios. Se trasladarán a un sitio despoblado donde no cause daño a la biodiversidad y medio ambiente.Ante un siniestro de incendio, inundación, huracán, etc. La UNAH se compromete 30 días después de la firma del presente contrato colectivo instalar equipo de seguridad como ser, extinguidores, construcción de escaleras de emergencia, ubicará hidrantes en cada uno de los edificios para prevención de incendios, señalización de rutas de evacuación de emergencia, así como dotar de la debida capacitación al personal para el uso del equipo.

  10. OTROS UNIFORMES 39.- PARA LAS SECRETARIAS: Dos (2) uniformes, la administración reconocerá hasta un Salario Mínimo para la compra de un par de anteojos, una vez durante la vigencia del presente contrato colectivo, previo diagnóstico oftalmológico.40.- PARA LOS SOLDADORES Dos (2) uniformes, dos (2) pares de zapatos, protector para los ojos, soldadura autógena.41.- PARA NECROTECA Y PATOLOGÍA DE LA FACULTAD DE CIENCIAS MÉDICAS Dos (2) uniformes, dos (2) gabachas blancas, mascarilla, guantes especiales.42.- PARA LOS RECOLECTORES DE BASURA: Dos (2) pares de guantes, dos (2) overoles, dos (2) pares de botas de suela, dos (2) uniformes.43.- PARA EL PERSONAL DE RECURSOS HUMANOS QUE LABORAN COMO AUXILIAR DE CONTROL: Tres (3) pantalones tipo jeans, dos (2) pares de zapatos y un (1) capote.

  11. CLAUSULA Nº 70.- La UNAH otorgará a toda trabajadora en estado de gravidez, un descanso forzoso retribuido de la siguiente manera:a.- Durante seis (6) semanas que preceden al parto y doce (12) semanas después del alumbramiento. Las seis (6) semanas de prenatal deberá tomarlas obligatoriamente a partir de la fecha que señale el médico en la incapacidad o certificado respectivo.b.- En caso de adelanto en la fecha del parto siempre se garantizarán las diez y ocho (18) semanas de descanso forzoso. PRE Y POST NATAL

  12. VACACIONES CLAUSULA Nº 71.- En aplicación del artículo 348 de Código del Trabajo la época de las vacaciones debe ser señalada por la UNAH, procurando armonizar el disfrute de las mismas en la misma época, para todos los empleados universitarios y de manera que no afecte la planificación en períodos académicos, distribuyendo las mismas en un período a mediados de año y el otro a finales del mismo respetando las reglas siguientesCatorce (14) días calendario al finalizar el primer periodo académico y veintiocho (28) días calendario preferiblemente en los meses de diciembre y enero de cada año. El personal de las Unidades que deban prestar servicios para el normal desenvolvimiento de la Institución en el periodo de vacaciones de medio año, gozarán de las mismas posteriormente. Estas vacaciones de medio año, no podrán ser acumulables, ni compensadas con dinero.

  13. PERMISO PARA ASAMBLEAS CLAUSULA Nº 75.- La UNAH otorgará permiso a todos aquellos trabajadores que laboren por jornada mixta, con el objeto de que asistan a las asambleas ordinarias y extraordinarias que el SITRAUNAH realice. Para tal efecto el trabajador deberá presentar la convocatoria a su respectivo jefe inmediato, quien deberá autorizarlo, en el entendido que dicho permiso será por el tiempo que dure la asamblea pudiéndola presentar al día hábil siguiente de la realización de la misma.

  14. PREMIOS A ESTUDIANTES • CLAUSULA Nº 76.- La Universidad otorgará un premio anual a los trabajadores universitarios que realicen estudios secundarios o universitarios bajo las siguientes condiciones: • Índice Estudiante Estudiante Unid. Valorativa • Académico Secundaria Universitario Anuales 76% - 79% L 475.00 L 575.00 28 80% - 89% 625.00 725.00 28 90% ó más 875.00 1,075.00 28 Los trabajadores beneficiados de estos premios, deberán trabajar a tiempo completo y tener carácter laboral permanente. Dichos premios serán entregados por la UNAH, veinte (20) días después de haber sido seleccionados por la Comisión de Becas Bipartita UNAH-SITRAUNAH.

  15. PERMISO PARA CAPACITACIONES SINDICALES CLAUSULA Nº 77.- La UNAH, concederá permiso remunerado a 100 trabajadores por cada año de vigencia del Contrato Colectivo, para que participen en cursos sindicales, a tiempo completo, hasta por diez (10) días laborales, ya sean promovidos por el SITRAUNAH, Federación, Confederación. Etc. Los permisos serán distribuidos entre los trabajadores de los diferentes departamentos; para ello, la Junta Directiva Central seleccionará a los participantes y enviará la lista de los mismos con diez (10) días de anticipación a la Secretaría Ejecutiva de Desarrollo de Personal, quien otorgará los permisos respectivos en el término máximo de diez (10) días calendario después de presentada dicha lista. Es entendido, que el trabajo que realiza el personal que goza de permiso, se distribuirá entre el resto del personal del Departamento o Sección dentro de la jornada ordina­ria de trabajo, sin ningún incremento de salario adicional. Al finalizar el seminario, capacitación o taller, el trabajador acreditara con la constancia de participación ante el Jefe respectivo.

  16. PERMISOS / BECAS Y OTROS CLAUSULA Nº 78.- La UNAH concederá un total de cuarenta y dos (42) meses hombre de tiempo remunerado en cada año de vigencia del Contrato Colectivo para que sus trabajadores puedan disfrutar de becas que le sean otorgadas por organismos nacionales e internacio­na­les, con el objeto de realizar estudios de capacitación laboral, para asistir a conferencias, cursos y congresos nacionales e internacionales. Con la solicitud de permiso se deberá presentar la invitación y el programa de la Beca, conferencia, cursos, congresos a los que participará al finalizar la conferencia, cursos y congresos nacionales e internacionales, el trabajador acreditará con la constancia de participación ante el Jefe respectivo

  17. BECAS PARA HIJOS CLAUSULA Nº 80.- La Institución otorgará la cantidad de CIEN MIL LEMPIRAS (L100,000.00) anuales para el otorgamiento de becas de estudios para los hijos de los trabajadores y a los trabajadores mismos, que realicen estudios en los Institutos de Secundaria e Institutos Técnicos. Para la aplicación de esta cláusula, las partes contratantes deberán conjuntamente, dentro de los treinta (30) días después de la firma de este Contrato, elaborar el reglamento contentivo de los requisitos para la obtención de estas becas y las cantidades que deberán ser entregadas a los beneficiarios. Este beneficio se concederá en base al reglamento de la comisión Bipartita de Becas UNAH SITRAUNAH

  18. PERMISOS GENERALES • CLAUSULA Nº 81.- La UNAH concederá permiso debidamente remunerado a los trabajadores en los casos siguientes: a.- b.- Hasta por diez (10) días laborables, cuando la gravedad o muerte de los familiares mencionados en el literal anterior, ocurra fuera de la localidad donde está ubicado el centro de trabajo en que presta sus servicios el trabajador y cuando éste tenga que trasladarse al lugar en que ocurra la gravedad o muerte. En caso de que la gravedad de los parientes mencionados en los literales a) y b) de esta cláusula persistiera, se les concederá a los trabajadores su permiso cuantas veces sea necesario. c.- Para asistir al sepelio de sus compañeros(as) de traba­jo, así como para asistir al sepelio de los familiares incluidos en el literal a.

  19. PERMISOS GENERALES j.- Si se tratare de una enfermedad que no puede ser atendida en el país, la UNAH se obliga a gestionar ante el IHSS su traslado al exterior, donde esta institución tuviera asistencia recíproca. k.- Por cinco (5) días calendario al trabajador que contraiga matrimonio. l.- Para asistir a congresos o asambleas, relacionados con la profesión o similares, en que tenga interés la UNAH y el SITRAUNAH. m.- Hasta por tres (3) días laborales por muerte de parientes no mencionados en el literal a) de esta cláusula, debiendo presentar copia de Acta de Defunción y el original del informe de investigación que hará la sección correspondiente. En todos los casos sin excepción, deberá presentar la documentación de soporte, lo que podrá realizarse antes, durante o después de solicitar el permiso según sea el caso.

  20. AUXILIO MORTUORIO CLAUSULA Nº 111.- En caso de muerte, natural o accidental, del trabajador que no esté afiliado al INPREUNAH, la UNAH otorgará a la persona o personas que él haya designado, o a sus herederos legales, por una sola vez, la cantidad de (Lps. 10,000.00)DIEZ MIL LEMPIRAS, para sufragar los gastos de sepelio o conexos. Cuando la persona que falleciere fuere la esposa o compañera de hogar, el padre, la madre, hijo o cualquier dependiente económico del trabajador, la UNAH le proporcionará al trabajador, en calidad de préstamo automático, hasta la cantidad de CINCO MIL (L.5,000.00), de acuerdo a la capacidad de pago del trabajador; este préstamo lo pagará mediante deducciones mensuales iguales durante los doce meses siguientes al del otorgamiento del préstamo, con un recargo equivalente a los costos financieros del IN­PREUNAH, por concepto de gastos de administración, quedando un mes de gracia para comenzar a hacer las deducciones de dicho préstamo. Las cantidades serán entregadas el mismo día o el hábil siguiente. Si el trabajador no hubiere designado beneficiarios, los gastos de sepelio se entregarán excepcionalmente a la persona que acredite dichos gastos, sin que puedan exceder, por ningún concepto, la cantidad establecida.

  21. AUXILIO DE LA UNAH A TRABAJADORES NO AFILIADOS AL IMPREUNAH CLAUSULA Nº 121.- La UNAH destinará un fondo anual rotatorio de CINCUENTA MIL LEMPIRAS (Lps. 50,000.00), a partir de la vigencia del presente Contrato Colectivo, para cada trabajador que solicite el beneficio adquirido, reparar la vivienda a los trabajadores con familias que no que no estén afiliados al INPREUNAH, que a la firma de este contrato no tengan o requieran de su reparación. El reembolso de estos préstamos se hará dentro de los doce (12) meses siguientes a la fecha de su otorgamiento, mediante deducciones del salario mensual que devenga el trabajador, en abonos iguales, con recargo por concepto de gastos de administración equivalente al costo de financiamiento establecido por el INPREUNAH. La Secretaría Ejecutiva de Administración y Finanzas y la representación sindical reglamentarán la forma, requisitos y demás condiciones­ bajo las cuales serán otorgados los préstamos a que se refiere esta cláusula.

  22. ACTUALIZACION DE VIATICOS CLAUSULA Nº 148.- La UNAH, pagará, sin discrimina­ción, los viáticos necesarios a todos los empleados, de acuerdo al Reglamento de Viáticos y gastos de viaje vigente en la UNAH. Asimismo, la UNAH se compromete a actualizar los montos de viáticos de acuerdo a la tabla de viáticos aprobados por el Gobierno Central.

  23. APORTACIONES DE LA UNAH AL SITRAUNAH PARA CONGRESOS Y SIMILARES CLAUSULA Nº 118.- La UNAH donará al SITRAUNAH la suma de SETENTA MIL LEMPIRAS (L70,000.00), por una sola vez durante la vigencia del presente Contrato Colectivo, para la celebración del Décimo Tercer Congreso Sindical de los trabajadores de Universidades de Centroamérica, México y del Caribe, cantidad que será entregada un mes antes de la fecha de la celebración del mismo. Además, proporcionará un autobús con su respectivo combustible, motorista y los viáticos de éste.

  24. APORTACIONES DE LA UNAH AL SITRAUNAH PARA CONGRESOS Y SIMILARES CLAUSULA Nº 119.- La UNAH entregará al SITRAU­NAH, en cada año de vigencia del presente Contrato Colectivo, la suma de QUINCE MIL LEMPIRAS (L15,000.00), para las actividades culturales, recreativas, deportivas y celebración del Día Internacional de los Trabajadores, que el SITRAUNAH tenga a bien programar. CLAUSULA Nº120.- La UNAH dispone otorgar un subsidio anual a la Escuela del SITRAUNAH “RAMÓN AMAYA AMADOR”, consistente en la suma de VEINTE MIL LEMPIRAS(Lps. 20.000.00), para ayudar a su sostenimiento. Asimismo, proporcionará locales para su funcionamiento dentro de sus propias instalaciones, permiso para los alumnos y coordinadores de la misma y útiles escolares. Para los efectos de esta cláusula se entiende que los permisos se darán dentro de los períodos de clase.

  25. APORTACIONES DE LA UNAH AL SITRAUNAH PARA CONGRESOS Y SIMILARES CLAUSULA Nº 126.- La UNAH continuará proporcionan­do al SITRAUNAH, para ser utilizadas en las actividades relacionadas con las celebraciones del Día Internacional de los Trabajadores las siguientes unidades de transporte: A.- 1.- Tres (3) unidades para la Seccional de Tegucigalpa. 2.- Dos (2) unidades para la Seccional de San Pedro Sula. 3.- Dos (2) unidades para la Seccional de La Ceiba. 4.- Una (1) unidad para los demás centros regionales. • Asimismo, proporcionará al SITRAUNAH una (1) unidad para ser utilizada en Tegucigalpa seis (6) días antes de dicha efemérides; también proporcionará una (1) unidad para la Seccional en la UNAH-VS y otra para la Seccional en el CURLA, para ser utilizadas cuatro (4) días antes del Primero de Mayo. Es entendido que tal unidad podrá utilizarse durante el día y la noche, para lo cual el Departamento de Mantenimiento gestionará, ante la Dirección General de Tránsi­to, el permiso correspondiente.

  26. APORTACIONES DE LA UNAH AL SITRAUNAH PARA CONGRESOS Y SIMILARES CLAUSULA Nº 124.- La UNAH se compromete a entregar a la Organización Sindical de los Trabajadores Universitarios, en cada año de vigencia del presente Contrato Colectivo, la cantidad de DIESISIETE MIL QUINIENTOS LEMPIRAS (L17,500.00) para la celebración de las actividades que se indican en la cláusula Nº 67 del presente Contrato Colectivo y también para la fiesta de despedida de fin de año.

  27. APORTACIONES DE LA UNAH AL SITRAUNAH PARA CONGRESOS Y SIMILARES CLAUSULA Nº140.- La UNAH instalará, en cada sede de la Organización Sindical, en Tegucigalpa y Centros Regionales, para uso de la Junta Directiva Central y Seccionales, un aparato telefónico directo para comunica­ciones nacionales e internacionales. Asimismo, proporcio­nará el servicio de Télex y Fax Internet y red de computadoras para el servicio de los trabajadores, con que cuenta la UNAH para recepción y envío de mensajes, en el entendido de que estos servicios serán utilizados estrictamente para comunicación con Centro América y el Caribe, en asuntos sindicales. CLAUSULA Nº141.- La UNAH, a partir de la vigencia del presente Contrato Colectivo, venderá al SITRAUNAH, a precio de compra, todos aquellos útiles, materiales y equipo de oficina que necesite aquél y que tengan en existencia en el Almacén del Departamento de Compras y Suministros, hasta un máximo de OCHENTA MIL LEMPIRAS(Lps. 80,000.00) en el año.

  28. GRACIAS POR SU AMABLE ATENCION ¡¡SITRAUNAH UNIDO!! ¡JAMAS SERA VENCIDO!

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