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PROGRAMA DE INDUCCIÓN NUEVO PERSONAL

Servicio de Salud Arica. PROGRAMA DE INDUCCIÓN NUEVO PERSONAL. Subdirección de Recursos Humanos. OBJETIVO DEL PROGRAMA. Que conozcas cuales son tus derechos y deberes como funcionarios público de la salud.

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PROGRAMA DE INDUCCIÓN NUEVO PERSONAL

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Presentation Transcript


  1. Servicio de Salud Arica PROGRAMA DE INDUCCIÓN NUEVO PERSONAL Subdirección de Recursos Humanos

  2. OBJETIVO DEL PROGRAMA • Que conozcas cuales son tus derechos y deberes como funcionarios público de la salud. • Te familiarices con la información estratégica del Servicio como la misión, visión, los objetivos y valores del Servicio. • A qué beneficios podrás optar cómo funcionario. • Crear en ti, la oportunidad de pertinencia y permanencia dentro del Servicio.

  3. Derechos Obligaciones Prohibiciones Servicio de Bienestar Remuneración Seguridad e Higiene Información SSA Carrera Funcionaria Trabajando con Calidad de Vida Capacitación Evaluación de Desempeño

  4. Información Servicio Salud Arica

  5. RESEÑA HISTORICA Año 1.577 los “Copachos” (frailes) fundan Hospital San Juan de Dios Año 1.927 Ley Orgánica establece que Médicos serán Directores de Hospitales Año 1.952 creación Servicio Nacional de Salud (SNS). DirecciónZonal se radica en Antofagasta, con Jurisdicción entre Arica y Taltal Pasó a Jurisdicción Chilena en el año 1.880 Siglo XX Campaña de Erradicación de la Malaria y Control del Anophelismo Éxito alcanzado por el Dr. Juan Noé Crevani Década de los 50 Organismo de Salud de Arica a cargo de los efectos del “Puerto Libre” Año 1.979 S.N.S. desaparece y se crean 29 S.S.autónomos. SSA Jurisdicción en provincias Arica y Parinacota Año 2.005 Reforma de Salud: - SSA= Red Asistencial: Hospital, Consultorios, Postas y Privados - Seremía= Área Medio Ambiente, Promoción de la Salud y Fiscalizaciones. Década de los 80 traspaso APS a Municipios y se crea Fonasa e Isapres

  6. VISION “El Servicio de Salud Arica se proyecta como una Empresa de Servicio Público que lidere el desarrollo de estrategias que optimicen el Nivel de Salud de la población de Arica y Parinacota”

  7. MISION El Servicio de Salud Arica es una Empresa de Servicio Público que tiene como misión velar por la salud de la población, liderando propuestas que permitan potenciar actividades de promoción, prevención, tratamiento y rehabilitación, con énfasis en el auto cuidado personal, familiar y comunitario, en forma eficiente, mediante la capacitación permanente de su personal y la optimización de recursos humanos y financieros, en el marco de la solidaridad, equidad, probidad, oportunidad y respeto.

  8. PRINCIPIOS Y VALORES El Servicio de Salud Arica asume como propios los siguientes Principios y Valores: • Eficiencia y Calidad en el Servicio. • Solidaridad. • Responsabilidad. • Equidad. • Probidad. • Participación. • Oportunidad. • Respeto.

  9. OBJETIVOS DEL SERVICIO DE SALUD 2006-2010. En el Ámbito de la Gestión Administrativa: • Implementar en el SSA un estilo de Organización y Gestión Moderna. • Gestionar el cumplimiento del Plan de Inversiones para el Servicio de Salud Arica. • Mantener un Servicio de Salud Equilibrado y • Estable Financieramente.

  10. Elaborar un Plan para el Desarrollo del Recurso Humano en el Servicio de Salud Arica. • Diseñar un Sistema de Información Administrativo Inteligente dirigido tanto a los clientes externos como internos del Servicio. • Difundir el nuevo Modelo de Gestión del Servicio de Salud Arica, tanto hacia el interior del Servicio como hacia la Comunidad.

  11. En el Ámbito de la Gestión Sanitaria y en Red: • Proveer servicios acordes a las expectativas del usuario y estándares del sector. • Realizar el Seguimiento a los Compromisos de Gestión Anual determinados por la Dirección General de la Red Asistencial (Digera). • Dar Cumplimiento a los Compromisos de Gestión Anual Asociados a la Programación en Red.

  12. COBERTURA DEL SERVICIO DE SALUD ARICA • Provincias de Arica y Parinacota General Lagos • PROVINCIA DE ARICA • Arica • Camarones Putre Arica • PROVINCIA DE PARINACOTA • Putre • General Lagos Camarones

  13. NUESTRA RED: Provincia de Arica: • Dirección del Servicio: Edificio Prat y Alborada

  14. 1 Hospital: Dr Juan Noé Crevani

  15. 3 CENTROS COMUNITARIOS DE SALUD MENTAL (CCSM) ESSMA Norte ESSMA Sur PRAIS

  16. 1 HOGAR PROTEGIDO 1 RESIDENCIA PROTEGIDA 1 CASA DE ATENCION DEL PROGRAMA DE REPARACION 1 CENTRO DE SALUD AMBIENTAL 1 PROGRAMA DE SALUD Y PUEBLOS INDIGENAS (PESPI) 1 UNIDAD DE ATENCION PRIMARIA OFTALMOLOGICA (UAPO) OTROS ESTABLECIMIENTOS

  17. ATENCIÓN MUNICIPALIZADA EN SALUD • Centro de Atención en Salud Familiar (CESFAM) “Remigio Sapunar” “Victor Bertín Soto”

  18. “ Amador Neghme“ “Iris Velíz“

  19. 3 Centros Comunitarios de Salud Familiar (CECOSF) • Dr. René García • Dr. Miguel Massa • Cerro la Cruz

  20. 3 Postas de Salud Rural • San Miguel de Azapa • Poconchile • Sobraya Posta Poconchile-Arica

  21. Posta de Salud Rural CAMARONES Posta Codpa

  22. PROVINCIA DE PARINACOTA PUTRE • 1 Centro de Atención en Salud Familiar (CESFAM) CESFAM “Putre“

  23. PUTRE Posta Belén Posta Ticnamar

  24. GENERAL LAGOS Posta Vísviri Posta Alcérreca

  25. ORGANIGRAMA DIRECCIÓN DIRECCIÓN Consejo IntegradorRed Asistencial Consejo Consultivode Usuario Departamento de Auditoria DepartamentoAsesoría Jurídica Oficina de Emergencias Dpto. deApoyo a la Gestión Comunicaciones ParticipaciónSocial RelacionesInternacionales Secretaria y Oficina de Partes Subdirección deRecursos Humanos Subdirección Gestión Asistencial Subdirección Recursos Físicos y Financieros Administración Dpto. Desarrollo Organizacional Dpto. Información en Salud y Producción Dpto. Coordinación deRed Asistencial Dpto. Finanzas Dpto. Desarrollo de lasPersonas Dpto. Recursos Físicos Unidad de Farmacia e Ilícitos PRAIS Dpto. Gestión delPersonal Dpto. Informática Oficina de Calidad

  26. ORGANIGRAMA HOSPITAL DIRECCIÓN HOSPITAL Secretaría y Oficina de Partes Gestión Clínica Coordinación de Enfermería Consejo Técnico Comité y Otros Órganos Asesores Educación Continua IIH Farmacia C. De Ética COGGES Consejo Consultivo Usuario Abastecimiento Emergencia Diálisis Capacitación C. Implementación y Autogestión C. Auditoría C. Salud, Prevención y Autocuidado C. Normalización Equipo Directivo Planificación y Desarrollo Oficina de Calidad Auditoría Asesoría Jurídica Subdirector Administrativo Subdirección Atención Ambulatoria Subdirección Atención Cerrada Subdirector Apoyo Clínico

  27. ORGANIGRAMA SERVICIO MUNICIPAL DE SALUD DIRECTOR SERMUS Planificación y Estudios Consejo Técnico Informática Estadística Proyectos ESTABLECIMIENTOS DE SALUD UNIDAD RURAL ADMINISTRACION Y FINANZAS SERVICIOS DE APOYO Sobraya Farmacia A. Neghme Tesoreria Contabilidad San Miguel Laboratorio V. Bertin Soto Remuneraciones Abastecimiento Servicios Generales Poconchile SAPU Personal I. Véliz

  28. LEYES PRINCIPALES QUE REGULAN AL PERSONAL SERVICIO DE SALUD

  29. G R A C I A S

  30. Derechos, Obligaciones y Prohibiciones del Personal

  31. Derechos

  32. DERECHOS FUNCIONARIOS Artículo 89, DFL- 29 Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.834.- • Todo funcionario tendrá derecho a gozar de estabilidad en el empleo y a ascender en el respectivo escalafón; • Participar en los concursos; • Hacer uso de feriados, permisos y licencias;

  33. DERECHOS FUNCIONARIOS Titulo II, Código del Trabajo Las trabajadoras tendrán derecho a un descanso de maternidad de seis semanas antes del parto y doce semanas después de él. Art. N° 195, Código del Trabajo. El padre tendrá derecho a un permiso pagado de cinco días en caso de nacimiento de un hijo. Este derecho es irrenunciable.

  34. PERMISOS • Se entiende por permiso la ausencia transitoria de la institución. • Todo funcionario tiene derecho a 6 días de permiso administrativos al año • El jefe directo podrá conceder o denegar discrecionalmente dichos permisos. • Los médicos tienen 12 días al año.

  35. PERMISOS • Los permisos no son acumulables de un año a otro. • Se puede solicitar permisos, sin goce de remuneraciones, para profesionales funcionarios (LEY 19.664) hasta 2 meses en cada año calendario o 6 meses cada 3 años. (art. 27 DFL 1). • Se puede solicitar permisos, sin goce de remuneraciones para funcionarios pertenecientes a la LEY 18.834 hasta por 6 meses, en un año calendario.

  36. FERIADO LEGAL • Tienen derecho los funcionarios a: • con hasta 15 años de servicio, 15 días. • de 15 a 20 años, 20 días. • más de 20 años, 25 días. • Se tendrá derecho a hacer uso de su feriado cuando se haya cumplido efectivamente un año de servicio. • Los funcionarios/as que residan en las regiones extremas del país, tendrán derecho a gozar de su feriado aumentado en cinco días hábiles.

  37. INFORMACIÓN IMPORTANTE • Los feriados legales podrán solicitarse en forma fraccionada, pero una de las fracciones no podrá ser inferior a diez días. • Sólo en caso extraordinario y por requerimientos del Servicio, los feriados legales pueden ser acumulados para el año siguiente, siempre que ello no implique exceder en conjunto de un total de 30, 40 o 50 días hábiles, según el caso.

  38. LICENCIAS MÉDICAS Es el derecho que tiene el funcionario de ausentarse o reducir su jornada de trabajo durante un determinado lapso, con el fin de atender al restablecimiento de su salud. El plazo de presentación de la Licencia Médica, 3 días hábiles (el día sábado se considera hábil, pero no se trabaja dicho día) a contar de la fecha que fue emitida la licencia.

  39. Obligaciones

  40. OBLIGACIONES FUNCIONARIAS Artículo 55 Estatuto Administrativo o 61 Decreto Fuerza Ley 29. • Desempeñar personalmente las funciones del cargo en forma regular y continua, sin perjuicio de las normas sobre delegación; • Orientar el desarrollo de sus funciones al cumplimiento de los objetivos de la institución y a la mejor prestación de los servicios que a ésta correspondan; • Realizar sus labores con esmero, cortesía, dedicación y eficiencia, contribuyendo a materializar los objetivos de la institución; • Cumplir la jornada de trabajo y realizar los trabajos extraordinarios que ordene el superior jerárquico;

  41. Cumplir las destinaciones y las comisiones de servicio que disponga la autoridad competente; • Obedecer las órdenes impartidas por el superior jerárquico; • Observar una vida social acorde con la dignidad del cargo;

  42. Proporcionar con fidelidad y precisión los datos que la institución le requiera relativos a situaciones personales o de familia, cuando ello sea de interés para la administración, debiendo ésta guardar debida reserva de los mismos; • Observar estrictamente el principio de probidad administrativa (Artículo 54° de la Ley 19.653, revisar articulo), que implica una conducta funcionaria moralmente intachable y un desempeño honesto y leal de la función o cargo, con preeminencia del interés general sobre el particular.

  43. El Artículo 64 de esta misma Ley señala las conductas o actos que “Contravienen especialmente el principio de la probidad administrativa: • Usar en beneficio propio o de terceros la información reservada o privilegiada a que se tuviere acceso en razón de la función pública que se desempeña; • 2. Hacer valer indebidamente la posición funcionaria para influir sobre una persona con el objeto de conseguir un beneficio directo o indirecto para sí o para un tercero;

  44. 3. Emplear, bajo cualquier forma, dinero o bienes de la institución, en provecho propio o de terceros; 4. Ejecutar actividades, ocupar tiempo de la jornada de trabajo o utilizar personal o recursos del organismo en beneficio propio o para fines ajenos a los institucionales; 5. Solicitar, hacerse prometer o aceptar, en razón del cargo o función, para sí o para terceros, donativos, ventajas o privilegios de cualquier naturaleza.

  45. HORARIO DE TRABAJO • Lunes a Viernes : 8:30 - 17:18. 44 horas semanales. • Atrasos : 8:36 (Descuentos). • Horario de colación: 30 minutos. (Dictamen Contraloría General de la Republica). • Los atrasos e inasistencias afectarán la evaluación del funcionario. • Los atrasos e inasistencias reiteradas, sin causa justificada, serán sancionados con destitución, previa investigación sumaria.

  46. DESTINACIONES, COMISIONES Y COMETIDOS FUNCIONARIOS Destinaciones: Es la obligación que tiene el funcionario/a de desempeñar funciones propias del cargo dentro de la Institución correspondiente. Comisión de Servicio: Los funcionarios/as pueden designarse en comisión de servicios para el desempeño de funciones ajenas al cargo en el mismo servicio o en otro distinto. Cometidos Funcionarios: Realizar labores específicas inherentes al cargo que sirven, desarrollándose dentro o fuera de su lugar de desempeño habitual.

  47. RENUNCIA Artículo 146 al 148, Estatuto Administrativo • La renuncia es el acto en virtud del cual el funcionario/a manifiesta al Director del Servicio la voluntad de hacer dejación de su cargo. • La renuncia debe ser presentada por escrito en la Secretaría de la Dirección del Servicio con copia la Jefatura directa del funcionario/a.

  48. RENUNCIA Artículo 146 al 148, Estatuto Administrativo • La renuncia no producirá efecto sino desde la fecha en que quede totalmente tramitada la resolución que la acepte, a menos que en la renuncia se indicare una fecha determinada y así lo disponga el Director/a del Servicio. • En los casos de cargos de exclusiva confianza, la remoción se hará efectiva por medio de la petición de renuncia que formulará el Director/a del Servicio. Si la renuncia no se presenta dentro de las cuarenta y ocho horas de requerida, se declarará vacante el cargo.

  49. Prohibiciones

  50. PROHIBICIONES Art. 78 del Decreto Fuerza Ley N° 84. • Ejercer facultades, atribuciones o representación de las que no esté legalmente investido, o no le hayan sido delegadas; • b) Intervenir, en razón de sus funciones, en asuntos en que tengan interés él, su cónyuge, sus parientes consanguíneos hasta el tercer grado inclusive o por afinidad hasta el segundo grado, y las personas ligadas a él por adopción;

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